miércoles, 1 de mayo de 2013
¿Qué hay detrás de las revoluciones?
Bien que lo siento pero creo que le voy a aguar la fiesta del 1º de Mayo.
No sé si habrá algún antropólogo entre la audiencia de este modesto blog que pueda explicarme porqué los seres humanos nos movemos y nos conmovemos mucho más por los sentimientos, por la música, por el heroísmo y el romanticismo que por la razón.
Hace bien poco tuvimos un ejemplo muy evidente en España que, al menos para mí, resultó muy revelador: Los mineros leoneses que marcharon sobre Madrid, hace menos de un año, fueron recibidos en la capital por miles de personas, aclamados como héroes de una lucha contra un sistema injusto que oprime a los débiles y da más poder a los ya poderosos.
Las imágenes de la evocación colectiva de las revoluciones obreras eran evidentes: banderas rojas al viento, cantos revolucionarios, una vanguardia (los propios mineros) fuerte y cohesionada… solamente faltaron las barricadas.
Sin embargo, el análisis razonado de la situación no tenía nada que ver con la lucha obrera ni con la ocupación de los medios de producción por parte de la clase obrera… ¡que va!: los mineros marchaban sobre Madrid para reivindicar el mantenimiento de las subvenciones y subsidios públicos…. ¡para sus patrones!
En el fondo siento mucho pensar así. Siento mucho tener la manía de mirar detrás del cartón-piedra y ser un aguafiestas… los mineros, lo que atacaban con su marcha no era al sistema y a la burguesía en pro de la clase obrera… defendían sus propios privilegios, sus coeficientes reductores y su derecho a jubilarse antes que todos los demás.
Si se fijan, ninguna de las reivindicaciones de la marcha estaba dirigida a reivindicar las necesarias inversiones en infraestructuras para el desarrollo de alternativas económicas viables para las comarcas mineras. Si cerraran las minas, cierre al que tarde o temprano están abocadas por el necesario declive del carbón en defensa del clima, se desarrollaran alternativas reales en las comarcas mineras y todos los mineros tuvieran empleo, se verían obligados a jubilares con 65 años (o tal vez 67 años, al ritmo que van las cosas), como todos los demás y esa perspectiva bien merecía una marcha sobre Madrid… ¿ustedes no lo harían?
Esta triste y fría visión de la realidad, tan poco romántica, tan antipática me supone un conflicto interno. Por un lado quiero pensar en el asalto al Palacio de Invierno de San Petersburgo, de octubre de 1917, como un acto de rebeldía en el que el pueblo, por fin organizado, cantando “La Internacional”, asaltó el poder en el primer gran triunfo contra la injusticia.
La realidad es cruel y no tiene banda sonora. Los bolcheviques, un grupo muy pequeño de personas en un inmenso país como es Rusia, con aquel acto, dieron un golpe de estado contra una incipiente, débil y muy imperfecta democracia e instauraron un régimen totalitario y opresivo que reprimió la libertad durante 70 años y asesinó a millones de personas.
Es materia de Sostenibilidad esta dicotomía también está presente. Nuestro lado romántico nos empuja a ver la realidad distorsionada y de forma parcial, emocionados con la belleza de unas pocas flores y perdiendo la capacidad de ver todo jardín.
En octubre de 2012 murió Barry Commoner. Uno de los primeros y, casi seguro, más grandes pensadores del ecologismo… o, más propiamente, del ecosocialismo. Digo ecosocialismo porque que Commoner no se limitó a ver el mundo con una visión conservacionista y limitada, sino que desarrolló sus teorías en la percepción de que el ser humano y la Tierra son compatibles y pueden vivir en armonía.
Commoner es el autor de “El Circulo se Cierra”, escrito en 1971, y que se adelanta en muchos años a las hoy asentadas tesis de la Sostenibilidad y el equilibrio entre tecnología y todas sus ventajas y la preservación del medio natural.
En ese libro, Barry Commoner enunció lo que, quizás, es su teoría más citada y conocida, las cuatro reglas de la ecología:
1. Todo está conectado con todo lo demás. Hay una sola ecosfera para todos los organismos vivos y lo que afecta a uno, afecta a todos.
2. Todo debe ir a parar a alguna parte. No hay "residuos" en la naturaleza y no hay un "afuera" adonde las cosas puedan ser arrojadas.
3. La naturaleza es la más sabia. La humanidad ha creado tecnología para mejorar la naturaleza, pero los tales cambios en el sistema natural usualmente han sido en detrimento de tal sistema.
4. No existe eso de la "Barra Libre". En la naturaleza, ambos miembros de la ecuación deben estar equilibrados, para cada ganancia hay un coste, y las deudas al final se pagan.
La aplicación de esta teoría a la Sostenibilidad es evidente. Todas las esferas de nuestra vida como seres vivos están conectadas y, nos guste o no, todo tiene un trasfondo, una trastienda… unos bastidores que los sujetan.
Y es ahí, precisamente ahí, donde el romanticismo y los actos de heroísmo se acaban, donde los activistas colgándose de arneses desde chimeneas desplegando pancartas son una mera anécdota, un mal chiste, donde la humanidad se la está jugando.
Y sí, lo siento, esa tramoya se mueve con dinero.
Y no estoy hablando de avaricia, en estos últimos meses se ha hablado mucho de la llamada “pobreza energética”, la situación económica que supone la imposibilidad de pagar el coste de la calefacción. Pues bien, si nos dejáramos llevar por el romanticismo aplicado a la Sostenibilidad, ¿no sería una buena idea prohibir los combustibles fósiles y abrazar, de una vez por todas, las energías renovables?... ¿saben a cuanto tendría que subir el precio de cada kilovatio para que cuadraran las cuentas?. Alguien dirá que lo que necesitamos es investigar y desarrollar nuevas tecnologías en el mundo de las renovables para que sus costes sean asumibles… pues para eso, también hace falta dinero.
Por ello que esta entrevista a Connie Hedegaard, comisaria europea de Cambio Climático, me ha preocupado mucho.
Aplicando lo que dice la 1ª ley de Commoner, en estos momentos, castigar aún más a la industria europea sólo servirá para favorecer la producción fuera de Europa, especial y obviamente en China, y allí no utilizan energías renovables, ni siquiera gas natural, allí utilizan directamente carbón. Carbón al que habrá que sumar las miles de toneladas de carbono necesarias para el transporte. Y sólo tenemos una atmósfera.
Y, aplicando lo que dice la 4º ley, ¿cómo es posible que alguien, con capacidad, responsabilidad y conocimiento, diga que “Sé que España lo ha hecho muy bien en las renovables”?... España ha aceptado una factura en renovables que no puede pagar y que no podrá pagar en muchos años.
Eso sería tanto como decir que “lo ha hecho muy bien” un gestor de un equipo de fútbol que compra jugadores que no puede pagar, gana títulos que con una gestión adecuada nunca habría alcanzado provocando la quiebra y desaparición del club… una situación que supongo que les suena. Y mucho me temo que no hay una diputación o un ayuntamiento que pueda salvar al sector de las renovables en España… aunque, para el futuro de nuestros hijos, sería mucho más importante haberlo salvado antes que a toda una liga de fútbol.
Alguno de ustedes, sufridos lectores, podrá decir, “¡Cómo eres!, estamos hablando del aire, las olas, las ballenas, de la gloria del triunfo de la copa de Europa, de luchar contra la injusticia y del futuro de nuestros hijos… y tú te pones a hablar de sucio dinero”.
Bien que lo siento pero… ¿no les había dicho que venía dispuesto a aguarles la fiesta?
miércoles, 24 de abril de 2013
Estimada Miriam: Epítetos y fracking
(Ilustración cortesía de lab.rtve.es/fracking)
Estimada Miriam,
Lo primero de todo, aunque apenas acabamos de conocernos y solamente ha sido cibernáticamente, es confesarte mi admiración por tu trabajo.
Lo que hacéis en Lab.RTVE me parece, sencillamente, alucinante. Es verdad, y no me cuesta admitirlo, que en el fondo tengo alma de periodista y cuando un trabajo informativo se hace bien, ya me tiene ganado (cosas de familia), pero si a la información sumáis mi debilidad por el diseño y las nuevas tecnologías... pues eso, que todavía tengo la boca abierta desde que vi el reportaje de la violencia en Honduras. En definitiva, cada infografía que sacáis me gusta más que la anterior.
Todo ese gran trabajo visual, la capacidad de síntesis. la facilidad para seguir el hilo de la explicación... en todos esos aspectos, el especial sobre el "fracking" me parece impecable y te felicité por ello. Solamente te comenté que, en mi modesta opinión, "sobraba algún epíteto"... Y, como me diste pie, pues nada aquí voy.
Conocía un trabajo parecido, este microsite, que visualmente es una obra de arte que explica qué es el fracking desde un claro posicionamiento previo "anti". Lo digo porque cae en, uno tras otro, todos los argumentos tópicos de los grupos contrarios, sin contraste científico o documental alguno, pero que incluyen palabras que dan mucho miedo a la gente: las más socorridas son "cáncer" y "contaminación del agua que beben nuestros hijos"
Aquí, en AVEQ-KIMIKA somos abogados. Somos unos abogados un poco raros porque nos dedicamos a una especialidad concreta del Derecho. Tan concreta que ni siquiera tiene un nombre serio y reconocido. Nosotros lo llamamos Derecho Industrial.
Una parte importante de nuestra actividad de todos los días, que nosotros llamamos con el casi poético nombre de "Tutela de Producto", está dedicada a la clasificación de productos químicos. Trabajamos conjuntamente con laboratorios, grupos de toxicología, expertos en ciencias ambientales, por supuesto químicos de toda Europa, con la coordinación de la Agencia Europea de Productos Químicos (ECHA) para determinar, con toda la precisión que sea posible, cuando un producto químico es peligroso y cuando no, y en qué escala de peligrosidad debe clasificarse... incluida la peligrosidad para el medio ambiente.
La sociedad nos exige, y hace bien, que hagamos nuestro trabajo con seriedad y precisión y que la Industria para la que trabajamos cumpla la normativa vigente al milímetro. En la misma medida, creo yo, la sociedad pide a los medios que presenten la información de forma objetiva y contrastada, separando opinión de información.
Como audiencia podemos pediros que, aunque todo el mundo que habla en voz alta (o que incluso vocifera) dice que los productos químicos que se usan en el fracking son "altamente contaminantes", vosotros os lo cuestionéis y vayais un poco más allá y os preguntéis si ese epíteto responde a una realidad objetiva o a una opinión valorable y, cuando menos, parcial.
Toda actividad humana es contaminante. Toda. Pero la clave para decidir sobre una actividad humana contaminante, no es ni siquiera si es más o menos contaminante, la cuestión clave para tomar la decisión es si compensa. Y, me explico y lo llevo a propósito al extremo de la demagogia: trasladar a un herido a un hospital contamina, si se hace en un carro de bueyes contamina poco, si se hace en una ambulancia diésel, contamina más... pero esa contaminación, compensa por otros beneficios.
El caso es que de todos los listados oficiales de productos químicos utilizados en miles de pozos en los Estados Unidos, auditados por las autoridades medioambientales norteamericanas, están disponibles en esta web. Perfectamente geo-localizados. Hemos analizado decenas de ellos y no hemos encontrado ningún pozo que utilice un fluido hidráulico que sea "altamente contaminante". Para ello, basta con contrastar los listado con las clasificaciones oficiales de la Agencia Europea de Productos Químicos (ECHA) (lo más sencillo es copiar el número CAS de cada sustancia y buscarlo en la página de la ECHA).
Y es que, partiendo de la idea de que toda la materia existente es un producto químico, aquellos que pueden producir efectos preocupantes en el medio ambiente se clasifican, conforme al Sistema Globalmente Armonizado de Clasificación y Etiquetado de Productos Químicos y, específicamente, a la adaptación realizada del mismo por la Unión Europea, en peligrosidad aguda, de efectos inmediatos para el medio ambiente acuático, en grados 1, 2, 3 y 4, adicionalmente aquellos que pueden provocar efectos nocivos en el medio ambiente a largo plazo y, además, aquellas sustancias que afectan a la capa de ozono. Además, muy importante, es imprescindible de hecho, tener en cuenta la concentración. Para tratar el agua del grifo, la que tú y yo bebemos, la del Canal de Isabel II o del Consorcio de Aguas de Bilbao, se utilizan productos que también podrían calificarse como "altamente contaminantes", como por ejemplo, el cloro. Lo importante es cuanto.
Bueno, pues en las decenas de pozos que hemos analizados no hemos encontrado ninguna sustancia con capacidad de contaminación ambiental apreciable en porcentajes con la más mínima incidencia. De hecho, la sustancia más peligrosa para el medio ambiente que hemos encontrado, utilizada en torno al 0,005% en algunos pozos, es Hipoclorito Sódico al 30%... es decir, lo que solemos llamar lejía en nuestras casas.
El gran problema del fracking no son los productos químicos, ni la contaminación de los acuíferos, ni los terremotos... el gran problema del fracking se ve en las diferencias entre los temas de la campaña de las elecciones presidenciales de los Estados Unidos en 2008 y en 2012.
En las presidenciales de 2008, uno de los ejes principales en los que se basó la victoria de Barack Obama fueron las energías renovables y los futuros "Green Jobs" derivados de aquellas. En 2012, debido al descenso escalofriante de los precios del gas natural por boom del fracking, ese tema desapareció. El gran problema del fracking es que va a retrasar la apuesta que tendremos que acabar haciendo por las energías renovables... haciendo que los enormes costes económicos de dicha apuesta se paguen de forma más gradual pero afectando de forma clara a la lucha contra el cambio climático.
Pero, esta sencilla explicación, para los grupos de presión más conocidos, no parece ser suficiente y parecen partir del principio que dice que el pueblo no puede entender aspectos científicos complejos o a largo plazo y que, para conseguir que la gente se posicionen en contra de "algo", es necesario exagerar, e incluso mentir descaradamente, para conducirles hacia "la verdad". Parecen necesitar infundir miedo con conceptos como terremotos, agua contaminada o cáncer... Personalmente, esta manera de enfocar los debates sobre Sostenibilidad me parece un insulto a la inteligencia de todos nosotros.
Para terminar, creo que debo aclarar es que no soy ni pro-fracking, ni anti-fracking. Me considero más bien pro-verdad, así que, desde mis modestos conocimientos, trato de situar este tema en su sitio objetivo y luego que cada cual obtenga sus propias conclusiones y... ¡me gustaría tanto que los medios de comunicación me ayudéis en esa labor!.
Ha sido un placer, Miriam, tienes en mi un fiel seguidor en Twitter y, te lo aseguro, visitaré vuestro laboratorio a menudo.
viernes, 19 de abril de 2013
Conceptos sencillos, palabras complicadas en el aire
El pasado martes tenía lugar en el Parlamento Europeo una votación que, sin ser ni mucho menos “crucial” (pues la medida que finalmente fue rechazada puede volver a ser presenta por al Comisión más adelante), sí que me parecía importante como indicador de cuánto hay de sinceridad en las instituciones europeas y en los países miembros en la protección del medio ambiente y, hasta que punto, esa voluntad de protección se puede ver "contaminada" con intereses que nada tienen que ver con la naturaleza, la salud y la atmósfera pero que terminan por perjudicar a la capacidad competitiva de la industria europea, a su capacidad para crear empleo.
Como jurista, no puedo dejar de admitir que el sistema de comercio de derechos de emisión es el sistema más avanzado, más justo y, teóricamente, eficiente de internalización de costes ambientales y, como tal, la herramienta perfecta para poner al mercado a trabajar eficazmente en favor del medio ambiente.
Se supone que la existencia de un mercado líquido concede a las empresas eficientes la posibilidad de vender “derechos de emisión” y por lo tanto, ser premiadas por sus mejoras, y que obliga a las empresas menos eficientes a gastar dinero en comprarlos, castigando su competitividad en el mercado. Es el sistema definitivo para que las empresas se muevan y con ellas el I+D+i en pro de tecnologías más amigables para el medio ambiente.
Los principios teóricos se supone que ya están en marcha y que el mercado funciona. Pero un mercado, para que se consolide y funcione, necesita algo más, algo que solamente se lo da una actividad estable durante un periodo de tiempo: necesita seguridad jurídica.
Se trata de que el mercado no esté sometido a decisiones arbitrarias (básicamente derivadas de decisiones administrativas) que impidan la planificación a largo plazo.
¿Cuál es el objetivo del mercado de derechos de emisión de gases de efecto invernadero?: reducir las emisiones de gases de efecto invernadero, lo demás son efectos secundarios, buenos o malos, pero secundarios.
Parece ser que algunos estados miembros y la propia Comisión están preocupados por la efectividad de algunas de las políticas que se pretendían desarrollar colateralmente con la puesta en marcha del mercado de derechos de emisión y es que, al parecer, la exigencia optima para las empresas en la mejora de procesos, que a su vez provocaría una decidida apuesta por la I+D, estaba calculada por las autoridades europeas en un precio del derecho fluctuando en torno a 30,00 €/tm
Pero, en el camino se ha cruzado la dichosa crisis. La producción de la industria ha descendido dramáticamente y sectores clave para el mercado de derechos de emisión como la producción eléctrica, el refino de petróleo o la producción de cemento, han dejado de demandar derechos de emisión saturando el mercado de oferta y situando el precio en torno a los 5,00 €/tm habiendo marcado esta semana un mínimo histórico de 2,63 €/tm, el mismo día de al votación.
Independiente de los motivos, el caso es que los objetivos de reducción de emisiones de CO2 se están cumpliendo pero, claro, los derechos que las empresas compran y venden. En esta fase ya madura del desarrollo de la directiva, se van poniendo en el mercado por emisión de los estados miembros mediante subastas y, evidentemente, las expectativas de recaudación distan mucho de ser las esperadas.
Esta información del Parlamento Europe y, en concreto las explicaciones de los dos ponentes de las posturas enfrentadas en la votación, Matthias Groote y Herbert Reul, resumen la cuestión bastante bien.
Es en esta situación, peculiar pero previsible sin duda y que, como tal, debió ser contemplada en el diseño del sistema, en l que la Comisión Europea propone al Parlamento una medida que viene a decir: la libertad (en este caso la de mercado) me gusta, siempre y cuando haga lo que al regulador (económicamente) interesa... porque el fin jurídico de la norma esta, de hecho, cumpliéndose.
Además, no seamos ingenuos, cargar aún más las espaldas de la industria europea, con esta especie de "ayudas de estado invertidas", compitiendo en un mercado global, no sólo no beneficia a la atmósfera, sino que la perjudica seriamente pues cada neumático que dejemos de fabricar en Europa será sustituido por uno hecho en China, con tecnología mucho menos eficiente. No olvidemos que el problemas del calentamiento... es global.
Decían los chicos y chicas de Factor CO2, la consultora de referencia en este complejo mundo en España y una de las más importantes del mundo (y no lo digo porque sean de Bilbao), en su boletín semanal emitido, precisamente, el mismo día 16: "Día nefasto para el comercio europeo de derechos de emisión"... es posible, pero fue un buen día para la seguridad jurídica y para la atmósfera, que es de lo que se trata.
sábado, 6 de abril de 2013
¿Un producto químico en el grifo de mi casa?
No son pocas las ocasiones en las que, en el ámbito de la Unión Europea o en círculos políticos y sociales aún más cercanos, se ha comentado el poder y capacidad de control de los grupos de presión.
Pues si el poder de los grupos de presión en Europa puede ser objeto de preocupación, en los Estados Unidos, de donde procede la denominación y el propio sistema de organización como tal, debería serlo aún más, porque su poder allí es inmenso.
Este mismo mes de abril, en una localidad del estado de Florida, se pudo comprobar que ni siquiera en un círculo de audiencia de carácter local, los medios de comunicación están libres de ver su fundamental labor de denuncia pública, tan importante para la salud de una democracia, libre de presiones y posibles represalias.
Los hechos hablan por sí mismos: el pasado 1 de abril, Val St. John y Scott Fish, responsables del programa de radio matinal de la emisora WWGR/Gator Country de Fort Myers, denunciaron públicamente la presencia de abundantes cantidades de una sustancia de compleja denominación química, también conocida por sus siglas en inglés DHMO en los grifos de los domicilios particulares de toda su comunidad.
No señalaron a ninguna entidad o persona directamente responsable de esta circunstancia y se limitaron a presentar hechos objetivos pero que, lógicamente, provocaron la natural alarma entre la población.
Aunque personalmente no he escuchado las grabaciones, entiendo que los conductores del programa, tras experimentar los efectos de dicha sustancia química en su propios cuerpos y en los de sus familias durante años, habrán explicado, con objetividad y cierta base científica, a la comunidad y a los alarmados conciudadanos, dichos efectos.
Los datos objetivos son que la sustancia química objeto de la alarma no tiene efectos perjudiciales para la salud en dosis bajas, sin embargo, su ingesta excesiva sí puede suponer un riesgo grave, con casos incluso mortales, ampliamente descritos y documentados en la toxicología médica.
Este concreto producto químico ha sido objeto de polémica desde hace ya tiempo. Es, con casi total probabilidad, el producto que más muertes y accidentes provoca a lo largo del año y ha sido objeto de abundantes estudios y análisis como solvente y facilitador de muchas sustancias clasificadas como cancerígenas, mutagenicas e incluso que pueden producir infertilidad o riesgos durante el embarazo.
Como es habitual, su inadecuada gestión se ceba especialmente en los más débiles. En los países más pobres del mundo esa inadecuada gestión produce un diario drama de muerte y sufrimiento especialmente cruel con los niños.
La sustancia en cuestión está químicamente muy relacionada con otras como el peróxido de hidrógeno, una sustancia nociva por ingestión e inhalación, muy corrosiva y comburente y con el óxido de deuterio, utilizado hasta hace poco años en la producción de energía nuclear.
Como suele ser habitual en estos casos, la excusa alegada para tomar represalias contra quien, únicamente, ha cumplido con su deber profesional, ha sido la alarma social creada en torno la denuncia. Como suele suceder también, dichas excusas deben ser rechazadas pues la más leve noción de sentido común dicta bien a las claras que, cuando se trata de salud, toda precaución es poca y cualquier alarma está justificada.
Me tomo la libertad, desde esta modesta tribuna, de reclamar y exigir a WWGR/Gator Country que no se pliegue a las presiones y que proceda a la inmediata restitución en su puesto de los informadores.
Así mismo, reclamamos una investigación exhaustiva y precisa de los hechos, con depuración de responsabilidades hasta sus últimas consecuencias, incluso penales si fuera preciso, y la elaboración de un concienzudo estudio toxicológico en la zona afectad para conocer el verdadero alcance del problema.
Para más información sobre la noticia: WPTV, ABC y WFTV
Ficha de datos de seguridad del DHMO
Página de la Wikipedia en castellano sobre la sustancia en cuestión: monóxido de dihidrógeno
martes, 19 de marzo de 2013
Acceso seguro a domos de cisternas
Pues aquí estoy, a las 23:00 empezando una entrada del blog... ya sé que no son horas, pero ayer le prometí a un asociado que le constestaba aquí a una consulta por email... y aquí me tienen.
Voy a contestar aquí porque es una consulta recurrente y en la que llevamos trabajando más de un año.
Te quería hacer una consulta ya que tenemos una duda respecto a la forma de proceder con ciertos transportistas esporádicos (los camiones cisterna) en cuanto a tema de seguridad.
En nuestra fábrica, cuando accede un transportista se le registra el acceso, se le entregan las normas básicas de seguridad para, seguidamente, llevarle a la zona de pesada para coger una muestra y así nuestro control de calidad comprueba si la materia prima cumple con las especificaciones acordadas. Ahí es donde está nuestra duda, ¿quién debe subirse a lo alto del camión para coger la muestra? ¿está marcada esa obligación o es un acuerdo entre empresas?
Nosotros acordamos con el proveedor que la muestra la tome el transportista por el simple hecho de que tomar la muestra implica subirse a lo alto del camión para acceder a las cisternas y ellos son los únicos que conocen el estado de su camión y sus elementos de seguridad (barandilla lateral). Esto no quiere decir que la obligación sea nuestra y debamos disponer de una instalación preparada para ello
Hasta ahora obligamos a los transportistas a subirse con arnés de seguridad.
Lo pregunto porque alguna vez hemos tenido desacuerdos con algún transportista y en caso de accidente no sé si tendremos alguna responsabilidad. Si la obligación es nuestra, tendremos que colocar un pórtico con línea de vida porque no creo que podamos pedir a los trabajadores que se suban a un camión que no es de nuestra propiedad ni sabemos si sus elementos de seguridad están en condiciones.
Un saludo
Jaime
Pues muy buenas, Jaime. Te cuento:
Este tema nos lo planteó el departamento de seguridad de Arkema por primera vez en diciembre de 2011. En una preocupación importante porque puede ser motivo de accidentes graves y de difícil control por nuestra parte.
La decisión de quién se sube al camión a tomar la muestra no está regulada, ni mucho menos, es una cuestión de pacto entre empresas.
Ahora bien, si se sube un trabajador de la propia empresa, esa actividad deberá estar evaluada y deberá realizarse con todas las garantías de un trabajo en altura. Si se sube el chofer del camión, lo mismo, aunque será entonces una cuestión de coordinación de actividades.
Como explicamos en su momento en este informe, la cisterna es un equipo de trabajo y, como tal, debería ser autónomamente capaz de ofrecer garantías de seguridad suficientes para realizar una operación normal, cuando no habitual, como es la toma de una muestra.
Pues muy buenas, Jaime. Te cuento:
Este tema nos lo planteó el departamento de seguridad de Arkema por primera vez en diciembre de 2011. En una preocupación importante porque puede ser motivo de accidentes graves y de difícil control por nuestra parte.
La decisión de quién se sube al camión a tomar la muestra no está regulada, ni mucho menos, es una cuestión de pacto entre empresas.
Ahora bien, si se sube un trabajador de la propia empresa, esa actividad deberá estar evaluada y deberá realizarse con todas las garantías de un trabajo en altura. Si se sube el chofer del camión, lo mismo, aunque será entonces una cuestión de coordinación de actividades.
Como explicamos en su momento en este informe, la cisterna es un equipo de trabajo y, como tal, debería ser autónomamente capaz de ofrecer garantías de seguridad suficientes para realizar una operación normal, cuando no habitual, como es la toma de una muestra.
En otras empresas asociadas, ante las mismas dudas que te han surgido a ti, como habrás visto en la presentación, han instalado líneas de vida fijas en la empresa de modo que, el chofer al ascender por la escalera de gato de la cisterna y recorrer el trámel en el domo, esté permanentemente sujeto.
El caso más notable es quizás el de Derivados del Flúor en el que, ni siquiera han de subirse al domo de la cisterna y toda la operación se realiza desde la instalación fija, con escaleras de 45º para subir y bajar de la misma.
Sin embargo, aquellas empresas que tienen instalaciones de seguridad no terminan de estar tranquilas. Tienen una preocupación, que en vuestro caso se agudiza, si un chofer sube a la cisterna, con el equipo de seguridad del que le dota la empresa principal, se resbala y cae y la línea de vida falla: ¿Tiene la empresa principal responsabilidad por ello?
En realidad, como ya hemos dicho, la cisterna es un equipo de trabajo y debería ser autónomamente segura. ¿Aceptarías en la fábrica una plataforma elevadora que no tuviera barandilla suficiente, propiedad de una contrata para usarla sus trabajadores, que vienen a cambiar una luminaria de la nave o alquilada para usarla personal propio?… y si alguien te dijera: “no, pero instalas una línea de vida en la nave y ya está”…. ¿qué le responderías?... si es que te dignas a responderle… Sin embargo, esa es la situación habitual con las cisternas.
El caso es que, después de trabajar el tema en el GT de Seguridad de AVEQ-KIMIKA, se decidió que convenía implicar a FEIQUE en la solución que se consideraba y, esta presentación que ilustra la entrada, se puso en común en la Comisión de Seguridad Integral de FEIQUE en febrero del año pasado.
El caso más notable es quizás el de Derivados del Flúor en el que, ni siquiera han de subirse al domo de la cisterna y toda la operación se realiza desde la instalación fija, con escaleras de 45º para subir y bajar de la misma.
Sin embargo, aquellas empresas que tienen instalaciones de seguridad no terminan de estar tranquilas. Tienen una preocupación, que en vuestro caso se agudiza, si un chofer sube a la cisterna, con el equipo de seguridad del que le dota la empresa principal, se resbala y cae y la línea de vida falla: ¿Tiene la empresa principal responsabilidad por ello?
En realidad, como ya hemos dicho, la cisterna es un equipo de trabajo y debería ser autónomamente segura. ¿Aceptarías en la fábrica una plataforma elevadora que no tuviera barandilla suficiente, propiedad de una contrata para usarla sus trabajadores, que vienen a cambiar una luminaria de la nave o alquilada para usarla personal propio?… y si alguien te dijera: “no, pero instalas una línea de vida en la nave y ya está”…. ¿qué le responderías?... si es que te dignas a responderle… Sin embargo, esa es la situación habitual con las cisternas.
El caso es que, después de trabajar el tema en el GT de Seguridad de AVEQ-KIMIKA, se decidió que convenía implicar a FEIQUE en la solución que se consideraba y, esta presentación que ilustra la entrada, se puso en común en la Comisión de Seguridad Integral de FEIQUE en febrero del año pasado.
La Comisión acordó que FEIQUE tomaría el relevo y la federación, con su habitual diligencia, comenzó desarrollar intensamente el tema y, a su vez solicitó al Instituto Nacional de Seguridad e Higiene que redactara una Nota Técnica de Prevención (al parecer, están en ello...).
Resumiendo, las preguntas clave son:
¿El empresario principal es subsidiariamente responsable de un accidente de un conductor con una cisterna no-adecuada?. Pues no veo motivo para tratar este asunto como cualquier otra coordinación de actividades.
¿La empresa principal debe comprobar que el camión cisterna cumple con las medidas de seguridad necesarias para el acceso y permanencia seguro a la misma?... aquí, como ya he hecho antes, contesto con una pregunta: ¿debe comprobar y, en su caso, aceptaría la empresa principal a una contrata que viene a realizar un trabajo en altura que trae una plataforma elevadora que no estuviera adecuada?
¿La empresa principal, en su procedimiento de compras, debe indicar la necesidad de que se usen cisternas adecuadas?, ¿Se pueden fijar plazos para la adecuación dada la escasez en el mercado? esta es quizás, la pregunta más compleja. No hay en el mercado, en general, cisternas que cumplan con las especificiaciones necesarias... ¿paramos toda la industria?. Nosotros hemos recomendado a las empresas que empiecen a introducir este tema en sus procedimientos de compra, es decir, que empiecen con indicaciones y consejos para, posteriormente empezar a fijar plazos razonables.
Resumiendo, las preguntas clave son:
¿El empresario principal es subsidiariamente responsable de un accidente de un conductor con una cisterna no-adecuada?. Pues no veo motivo para tratar este asunto como cualquier otra coordinación de actividades.
¿La empresa principal debe comprobar que el camión cisterna cumple con las medidas de seguridad necesarias para el acceso y permanencia seguro a la misma?... aquí, como ya he hecho antes, contesto con una pregunta: ¿debe comprobar y, en su caso, aceptaría la empresa principal a una contrata que viene a realizar un trabajo en altura que trae una plataforma elevadora que no estuviera adecuada?
¿La empresa principal, en su procedimiento de compras, debe indicar la necesidad de que se usen cisternas adecuadas?, ¿Se pueden fijar plazos para la adecuación dada la escasez en el mercado? esta es quizás, la pregunta más compleja. No hay en el mercado, en general, cisternas que cumplan con las especificiaciones necesarias... ¿paramos toda la industria?. Nosotros hemos recomendado a las empresas que empiecen a introducir este tema en sus procedimientos de compra, es decir, que empiecen con indicaciones y consejos para, posteriormente empezar a fijar plazos razonables.
¿Se puede (o se debe) suplir con instalaciones propias las deficiencias?. En este caso, ¿es conveniente prohibir expresamente subir a los domos de las cisternas fuera de los lugares indicados para ello?. Sin duda. Puede ser caro y difícil... pero no queda más remedio. Las barandillas plegables que llevan algunas cisternas no suelen, en general, tener la firmeza ni la altura suficiente.
La operación debe estar bien evaluada y las medidas de seguridad deben ser las adecuadas y suficientes.
Es evidente que, al hacerlo, la empresa principal asume una responsabilidad que, en principio, no le corresponde. Es por ello que, poco a poco, intentaremos que las cisternas se vayan adaptando hasta que la necesidad de suplir estas deficiencias desparezca.
(Esta es mi opinión, personal e intrasferible, previemente revisada por el Grupo de Trabajo KIMIKA en Seguridad. Ahora bien, no todo el mundo tiene porque estar de acuerdo... de hecho, incluso CEFIC parece matizarla...)
jueves, 14 de marzo de 2013
Un ejercicio de responsabilidad y realismo con la verificación
¡Esperen!, no se vayan... que no se han equivocado. La entrada de hoy tiene una ilustración casi igual a la de la semana pasada pero no es la misma... esta es nueva. Y contiene novedades importantes.
Si tienen la bondad de ampliar el documento verán que es una nueva edición del Foro Medioambiental de APD. La 4ª sesión. ¡Por fin!
El tema estaba elegido desde antes de verano: "Decreto 212/2012 de Entidades de Colaboración Ambiental y verificaciones externas" aunque claro, el número del decreto aún no lo sabíamos, pero para esta edición del Foro, dedicado a explicar a la industria vasca el contenido y alcance de las novedades legislativas ambientales que se van publicando, sabíamos iba a ser una norma fundamental y que traería cola... pero las cosas se complicaron.
A principios del mes de octubre revisamos el programa de los foros. Se había aprobado el Decreto de IKS y ya teníamos la sesión organizada pero, con las elecciones previstas para el 21 de octubre parecía claro que el Decreto de ECAs no iba a salir y, sobre todo, no iba a tener una fecha de entrada en vigor lo suficientemente cercana para preocupar a la industria de forma inmediata.
Y, una vez más, lo que descartamos que pasaría... pasó. El martes, 16 de octubre, el último consejo del Gobierno Vasco presidido por Patxi López aprobó el texto, con algunas inclusiones (sí, la dichosa verificación de la declaración PRTR) que no habíamos visto en los borradores y ¡con entrada en vigor para el 1 de enero!.
Había que esperar al texto definitivo, que se publicaría el 21 de noviembre y ya, en pleno desconcierto del cambio de gobierno y de responsables del Departamento, era imposible dar pautas exactas de a qué atenernos con el texto y, en concreto, con la verificación externa de las declaraciones PRTR que el decreto publicado convertía en obligatorio de la noche a la mañana.
Ya les he ido contando por aquí cómo se han desarrollado los acontecimientos desde entonces. Y así, ayer 13 de marzo, Virginia Aira, la muy eficiente y siempre resolutiva Directora de Programación de la Zona Norte de APD, nos animó a que nos tiráramos a la piscina y no esperáramos más. Y convocamos...
Contrariamente a lo que es costumbre en el Foro no hemos querido liar a nadie del Gobierno Vasco. Somos conscientes que, con ello, el interés de la reunión es algo menor, pero creíamos que era importante explicarles esta concreta pieza de la regulación y no hemos querido comprometer a ninguno de los técnicos o de los responsables del departamento en un tema tan polémico, inestable y notoriamente resbaladizo para hablar ex-cátedra.... porque nosotros tenemos una ventaja de la que ellos no disfrutan: nosotros podemos especular.
Aún no tenemos moderador para el debate pero a alguien liaremos (¿algún voluntario?) pero la ponente que me acompañará es de mucha categoría.
Sofía García Arana es una de las abogadas de referencia en Derecho Medioambiental en Euskadi. Socia de esa esperazadora aventura llamada Ekoiure, coordinadora del Grupo de Trabajo en Derecho de la Sostenibilidad del Colegio de Abogados de Bizkaia y redactora del borrador original del Decreto de ECAs, antes de los muchos cambios que nos han traído de cabeza ultimamente.
Hablaremos de lo que hay, de lo que habrá y, sobre todo, de lo que nos gustaría que hubiera en un muy inmediato futuro. A nosotros, como abogados y a ustedes como industriales.
Hoy, 14 de marzo, el BOPV ha publicado la ORDEN de 4 de marzo de 2013, de la Consejera de Medio Ambiente y Política Territorial, por la que se adoptan medidas provisionales en relación con la aplicación del Decreto 212/2012, de 16 de octubre, en materia del cumplimiento de las obligaciones derivadas del Registro Estatal de Emisiones y Fuentes Contaminantes.
Los nuevos responsables del Departamento, en un difícil y valiente ejercicio de responsabilidad y realismo, han dado base jurídica a lo que, por otra parte era una realidad fáctica: la obligación de verificación externa para la declaración PRTR que el Decreto 212/2012 preveía no se podía llevar a cabo con las mínimas garantías.
Ahora tenemos un año para convencerles de que, en el caso de esta verificación concreta, no es solamente una cuestión de oportunidad, de que es una cuestión de principios. Esa "campaña" empieza el próximo jueves.
Ahora tenemos un año para convencerles de que, en el caso de esta verificación concreta, no es solamente una cuestión de oportunidad, de que es una cuestión de principios. Esa "campaña" empieza el próximo jueves.
miércoles, 6 de marzo de 2013
Las ECAs y verificaciones en Domingo de Pascua.
Se me han ocurrido muchas florituras pedantes y culturetas con la circunstancia de que, este año, el fin del plazo de las declaraciones medioambientales de 31 de marzo coincida con el Domingo de Resurrección... había pensado en Santo Tomás, que tuvo que ver las heridas de Jesús para creer que en realidad había resucitado... o en el suicida alzamiento independentista irlandés contra los británicos, en Dublin, el Lunes de Pascua de 1916... pero no he querido aburrirles.
Vamos a lo práctico:
Lo primero es lo primero. Les copio el enlace a la circular que enviamos ayer martes a las empresas asociadas: KIMIKA 13/13
Si estuviéramos hablando de un plazo que terminara el 30 de junio o así, la circular habría sido distinta. Habríamos pedido a las empresas y que no descartaran el trámite hasta tener algo por escrito.Necesitamos que esas seguridades trasmitidas verbalmente se concreten en papel y de manera oficial… aunque solamente fuera por ahorrarnos la pelea con el auditor de ISO14000, pero claro, con un plazo perentorio que termina en 25 días cuyo último día, para “más inri” (nunca mejor traída la expresión) coincide con Domingo de Pascua… no podíamos pedir a las empresas que simplemente esperaran.
Confiamos mucho en las fuentes que nos han asegurado que están preparando/tramitando algo por escrito para, coyunturalmente, determinar la exención general a la obligación de verificar en este ejercicio 2013. Estaremos atentos y les informaremos.
Como Asociación, como industriales, no renunciamos a nuestra filosofía de fondo y no aceptaremos de buen grado la verificación externa obligatoria de las declaraciones PRTR para años posteriores.
Es evidente que los responsables del Departamento de Medio Ambiente, desde la Consejera hasta los directores y directoras tienen algo de lo que carecemos nosotros (y de lo que carecen los funcionarios de carrera), tienen legitimidad democrática. Esa legitimidad les permite tomar decisiones administrativas y reglamentarias con las que, podemos no estar de acuerdo, pero que nos quedará más remedio que recomendar por ser una obligación vigente y exigible.
Esto significa que, si para el próximo ejercicio se dan las condiciones necesarias para poder llevarla a cabo (por ejemplo, que se hayan consensuado, redactado y publicado oficialmente las instrucciones y normas técnicas que digan cómo hacer la declaración y cómo será la verificación) y la normativa no cambia, no nos quedará más remedio que indicar a las empresas asociadas la necesidad de proceder a dicha verificación.
Personalmente, confío en que de aquí al 31 de marzo de 2014 hayamos conseguido convencer a los nuevos responsables del Departamento que es una verificación que carece de utilidad y de fundamento, que no aporta valor a las empresas, ni reduce la carga administrativa en el Departamento, y de que no puede ser Euskadi la única región europea con esta exigencia. También se lo contaremos por aquí.
Pero les confieso que me siento un poco frustrado con este tema. En el marco de nuestra colaboración con el Foro Medioambiental de APD, el pasado 30 de octubre de 2012, a los pocos días de publicarse el Decreto 183/2012, el Decreto del IKS, lié a Juan Ignacio Escala y a Mikel Ballesteros para que presentaran su contenido y alcance a la industria.
Mis sensaciones eran de satisfacción y cierta alegría. Pensaba, estaba seguro de hecho, que el Decreto 183/2012 traería la paz a la galaxia del IKS.
En la industria teníamos, por fin, una norma que daba seguridad jurídica a las obligaciones de información y uso de IKS y, los responsables de la herramienta ya no se extralimitarían y por fin, podrían decir, con razón, que el uso de la herramienta era obligatorio.
Es cierto que la solemne afirmación del responsable del proyecto, en aquella jornada, de que el 1 de enero de 2013 el IKS estaría listo para que se pudieran tramitar todos los procedimientos ambientales en su plataforma, me pareció más que desmedidamente optimista… ¿” alocadamente aventurada" sería el término correcto? … no, quizás mejor: “temerariamente suicida”; sin embargo, pensé ingenuo, que a lo mejor, tienen todo preparado en el “back office” del programa y solamente les queda dar a un botón para ponerlos a disposición del público…
Ahora bien, cuando se publicó el Decreto 212/2012, el 21 de noviembre de ese mismo año, y vi la fecha de entrada en vigor, me alarmé muy seriamente... toda la estructura, la propia credibilidad de tan delicado sistema, dependía de contar con un asentado cuerpo de instrucciones y normas técnicas que dieran pautas claras a las empresas con incidencia ambiental, normas de gestión a las propias ECAs y, fundamental para el buen funcionamiento del decreto, necesaria seguridad a los técnicos de los servicios de Lakua para que puedan dar credibilidad y tener confianza en el sello que pondrán entidades, al fin y al cabo, privadas y pagadas por la industria. Todo eso no existía… y no había “back office” que valiera, y para el día 1 de enero de 2013, esa estructura no iba a estar lista.
El panorama al que se enfrentan los recién nombrados responsables del departamento es muy complicado: tienen en sus manos un instrumento de gran potencial pero que necesita de un gran consenso para ser llevado a buen puerto y que no debe, no puede ponerse en marcha de prisa y corriendo, sin el necesario diálogo y consenso.
Además, necesitamos del Departamento, y se lo pediremos una y mil veces, que funcione como un equipo y con una sola voz.
No puede ser posible que haya webs paralelas a la oficial en el que se den pautas, utilizando el logo oficial del Gobierno Vasco, sin la necesaria autoridad para hacerlo y que no se asientan en decisiones de aquellos que tienen la legitimidad democrática para tomarlas.
IKS-eeM tiene su Decreto que, ahora mismo no puede cumplir, ¿por qué los responsables del programa no se concentran en cumplirlo, en que el programa sea lo más flexible posible y que cumpla con las necesidades de los servicios de la viceconsejería... en que de verdad sirva para acelerar los procesos administrativos y no en complicarlos con requisitos inexistentes y que a nadie aportan valor?
Me refiero, concretamente a este documento llamado "INFORME VERIFICACIÓN CAMPAÑA Euskadi-PRTR 2013 (DATOS 2012)", que apareció hace unos días en la página web para-oficial www.eper-euskadi.net y que es un fútil intento de resucitar aquel viejo invento llamado "Metodología Euskadi PRTR" que además de tener un buen montón de requisitos absurdos, a pesar de lo que el mismo documento diga, ya ha quedado demostrado su carácter absolutamente voluntario (pueden bajárselo desde aquí, en la parte de abajo de la página: "VERIFICADORES DE LA INFORMACIÓN MEDIOAMBIENTAL" o directamente en este enlace: http://www.eper-euskadi.net/eper_euskadi/eper_listados/2013/informe_verificacion.doc Como ahí no sé si aguantará mucho tiempo, pueden bajarlo también de aquí: Dropbox y pinchen arriba a la derecha, donde pone "Descargar".
¿Qué norma legal europea, estatal o autonómica dice que en la declaración PRTR hay que justificar la calibración de los caudalímetro y que si no se justifica no se pueda entragar dicha declaración?... la calibración será necesaria para los datos "Medidos" pero, si el industrial modifica la calificación del dato y lo señala como "Estimado", cosa que puede hacer con total libertad, ¿cómo es posible que impida la entrega?
[Un chascarrillo: Una vez abierto con su Word y pinchen en el logo de Office, "Preparar" y luego en "Propiedades" (en versiones anteriores de Office en "Archivo" y luego en "Propiedades"), podrán ver el nombre de su autor...]
Si estuviéramos hablando de un plazo que terminara el 30 de junio o así, la circular habría sido distinta. Habríamos pedido a las empresas y que no descartaran el trámite hasta tener algo por escrito.Necesitamos que esas seguridades trasmitidas verbalmente se concreten en papel y de manera oficial… aunque solamente fuera por ahorrarnos la pelea con el auditor de ISO14000, pero claro, con un plazo perentorio que termina en 25 días cuyo último día, para “más inri” (nunca mejor traída la expresión) coincide con Domingo de Pascua… no podíamos pedir a las empresas que simplemente esperaran.
Confiamos mucho en las fuentes que nos han asegurado que están preparando/tramitando algo por escrito para, coyunturalmente, determinar la exención general a la obligación de verificar en este ejercicio 2013. Estaremos atentos y les informaremos.
Como Asociación, como industriales, no renunciamos a nuestra filosofía de fondo y no aceptaremos de buen grado la verificación externa obligatoria de las declaraciones PRTR para años posteriores.
Es evidente que los responsables del Departamento de Medio Ambiente, desde la Consejera hasta los directores y directoras tienen algo de lo que carecemos nosotros (y de lo que carecen los funcionarios de carrera), tienen legitimidad democrática. Esa legitimidad les permite tomar decisiones administrativas y reglamentarias con las que, podemos no estar de acuerdo, pero que nos quedará más remedio que recomendar por ser una obligación vigente y exigible.
Esto significa que, si para el próximo ejercicio se dan las condiciones necesarias para poder llevarla a cabo (por ejemplo, que se hayan consensuado, redactado y publicado oficialmente las instrucciones y normas técnicas que digan cómo hacer la declaración y cómo será la verificación) y la normativa no cambia, no nos quedará más remedio que indicar a las empresas asociadas la necesidad de proceder a dicha verificación.
Personalmente, confío en que de aquí al 31 de marzo de 2014 hayamos conseguido convencer a los nuevos responsables del Departamento que es una verificación que carece de utilidad y de fundamento, que no aporta valor a las empresas, ni reduce la carga administrativa en el Departamento, y de que no puede ser Euskadi la única región europea con esta exigencia. También se lo contaremos por aquí.
Pero les confieso que me siento un poco frustrado con este tema. En el marco de nuestra colaboración con el Foro Medioambiental de APD, el pasado 30 de octubre de 2012, a los pocos días de publicarse el Decreto 183/2012, el Decreto del IKS, lié a Juan Ignacio Escala y a Mikel Ballesteros para que presentaran su contenido y alcance a la industria.
Mis sensaciones eran de satisfacción y cierta alegría. Pensaba, estaba seguro de hecho, que el Decreto 183/2012 traería la paz a la galaxia del IKS.
En la industria teníamos, por fin, una norma que daba seguridad jurídica a las obligaciones de información y uso de IKS y, los responsables de la herramienta ya no se extralimitarían y por fin, podrían decir, con razón, que el uso de la herramienta era obligatorio.
Es cierto que la solemne afirmación del responsable del proyecto, en aquella jornada, de que el 1 de enero de 2013 el IKS estaría listo para que se pudieran tramitar todos los procedimientos ambientales en su plataforma, me pareció más que desmedidamente optimista… ¿” alocadamente aventurada" sería el término correcto? … no, quizás mejor: “temerariamente suicida”; sin embargo, pensé ingenuo, que a lo mejor, tienen todo preparado en el “back office” del programa y solamente les queda dar a un botón para ponerlos a disposición del público…
Ahora bien, cuando se publicó el Decreto 212/2012, el 21 de noviembre de ese mismo año, y vi la fecha de entrada en vigor, me alarmé muy seriamente... toda la estructura, la propia credibilidad de tan delicado sistema, dependía de contar con un asentado cuerpo de instrucciones y normas técnicas que dieran pautas claras a las empresas con incidencia ambiental, normas de gestión a las propias ECAs y, fundamental para el buen funcionamiento del decreto, necesaria seguridad a los técnicos de los servicios de Lakua para que puedan dar credibilidad y tener confianza en el sello que pondrán entidades, al fin y al cabo, privadas y pagadas por la industria. Todo eso no existía… y no había “back office” que valiera, y para el día 1 de enero de 2013, esa estructura no iba a estar lista.
El panorama al que se enfrentan los recién nombrados responsables del departamento es muy complicado: tienen en sus manos un instrumento de gran potencial pero que necesita de un gran consenso para ser llevado a buen puerto y que no debe, no puede ponerse en marcha de prisa y corriendo, sin el necesario diálogo y consenso.
Además, necesitamos del Departamento, y se lo pediremos una y mil veces, que funcione como un equipo y con una sola voz.
No puede ser posible que haya webs paralelas a la oficial en el que se den pautas, utilizando el logo oficial del Gobierno Vasco, sin la necesaria autoridad para hacerlo y que no se asientan en decisiones de aquellos que tienen la legitimidad democrática para tomarlas.
IKS-eeM tiene su Decreto que, ahora mismo no puede cumplir, ¿por qué los responsables del programa no se concentran en cumplirlo, en que el programa sea lo más flexible posible y que cumpla con las necesidades de los servicios de la viceconsejería... en que de verdad sirva para acelerar los procesos administrativos y no en complicarlos con requisitos inexistentes y que a nadie aportan valor?
Me refiero, concretamente a este documento llamado "INFORME VERIFICACIÓN CAMPAÑA Euskadi-PRTR 2013 (DATOS 2012)", que apareció hace unos días en la página web para-oficial www.eper-euskadi.net y que es un fútil intento de resucitar aquel viejo invento llamado "Metodología Euskadi PRTR" que además de tener un buen montón de requisitos absurdos, a pesar de lo que el mismo documento diga, ya ha quedado demostrado su carácter absolutamente voluntario (pueden bajárselo desde aquí, en la parte de abajo de la página: "VERIFICADORES DE LA INFORMACIÓN MEDIOAMBIENTAL" o directamente en este enlace: http://www.eper-euskadi.net/eper_euskadi/eper_listados/2013/informe_verificacion.doc Como ahí no sé si aguantará mucho tiempo, pueden bajarlo también de aquí: Dropbox y pinchen arriba a la derecha, donde pone "Descargar".
¿Qué norma legal europea, estatal o autonómica dice que en la declaración PRTR hay que justificar la calibración de los caudalímetro y que si no se justifica no se pueda entragar dicha declaración?... la calibración será necesaria para los datos "Medidos" pero, si el industrial modifica la calificación del dato y lo señala como "Estimado", cosa que puede hacer con total libertad, ¿cómo es posible que impida la entrega?
[Un chascarrillo: Una vez abierto con su Word y pinchen en el logo de Office, "Preparar" y luego en "Propiedades" (en versiones anteriores de Office en "Archivo" y luego en "Propiedades"), podrán ver el nombre de su autor...]
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