lunes, 30 de marzo de 2009

Frau Kokott is rigth, shame reality is wrong (Frau Kokott tiene razón, lástima que la realidad se equivoque)


Let me explain who is Frau Kokott and why she is right. Sometimes, maybe I should say always, laws and regulations may be deficiently planed and worse written. 1907/2006/EC Regulation, better known as REACH goes beyond because when you finish reading its 300 pages you always think what is wrong is reality.

Frau Juliane Kokott is advocate general of The Court of Justice of the European Communities. Is one of the main figures of law in Europe in last years. Brilliant in exposures, synthetic in opinions and with great convincing ability in conclusions.

I invite you to read her opinion about a question solicited by English courts about Articles 6, 7, 21 and 23 of REACH Regulation (C558/07)

The main question is the obligation manufacturer or importer of a polymer of submitting a registration to the Agency for the monomer substances chemically bound the polymer consists of 2% weight by weight (w/w) or more.

As usual, Frau Kokott builds a solid report, a legally untouchable description firmly based on the literal content of Regulation and the main principles of European Law. But in fact, as it is common in European Law reality clash with text and I would dare to affirm that, in this very case, the reform aim does not concedes margin to the Regulation.

Frau Kokott says "[…] that problem is solved by the market. If suppliers of polymers wish to sell them on the European market, they will make it possible to register the monomer substances or – preserving their business secrets – register them themselves with the assistance of an only representative. Otherwise they will have to do without that market. Importers and any users of the polymers can influence that decision by the prices they are prepared to pay. "... The most of the times, suppliers will prefer to renounce to European Market better than declare the secret of his core business.

Moreover, articles are not included in REACH provisions… an American PVC supplier for European medical devices (catheter, plasma bags…) producers have to decide between declare to the world his secrets or to assume himself the enormous costs of registration… or produce the medical devices himself and export articles to Europe with no restrictions at all…

I always compare Law and Chemical Engineering: Laws and regulations are like pipes, depots and equipments in a chemical plant. They may be incorrectly planed, but universal rules of justice, equity and proportionality will always keep the same. The facilities and machines maybe bad designed and constructed but water boils at 100ºC at 1 Bar in all of them.

When a pipe is not correctly made it just does not work... and sometimes the equipment could even be dangerous, very dangerous…. with Law is the same. I only hope that the Court will be not so brilliant.... but a little more realistic.


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jueves, 26 de marzo de 2009

La receta de la abuela para hacer un huevo frito (versión Colegio de Químicos del País Vasco)


Este artículo lo preparamos en el Colegio de Químicos allá por el mes de junio del año pasado en plena polémica entre cocineros)

Ponemos una sartén sobre el fuego, que por cierto es de acero, es decir de hierro (Fe) en, más o menos, un 98 por ciento pero que también lleva carbono (C), silicio (Si), manganeso (Mn), fósforo (P), azufre (S), aluminio (Al), cromo (Cr), titanio (Ti) y vanadio (V) en pequeñas proporciones. Además, está recubierta de teflón antiadherente, aunque ‘teflón’ es una marca comercial y su denominación correcta sería politetrafluoretileno (CF2=CF2).

Como decíamos, ponemos la sartén sobre el fuego. Puede ser una cocina de gas natural, que se compone principalmente de metano (CH4) y ciertas cantidades de etano (C2H6), propano (C3H8), butano (C4H10) y pentano (C5H12), así como dióxido de carbono (CO2), nitrógeno (N2), helio (He) y suele llevar un mercaptano, por ejemplo etanotiol (C2H6S), que se añade artificialmente para dar olor al gas de forma que sea fácilmente detectable en caso de fuga.

Para encenderla, aplicamos una chispa al gas que inicia su combustión, es decir, empieza a combinarse con el oxígeno del aire desprendiendo dióxido de carbono y vapor de agua, además de luz y calor en la reacción, es decir, hacemos fuego: CH4 + 2O2 --> CO2 + 2H2O.

Puede ser sobre una cocina vitrocerámica, cuyo material se hace de dióxido de silicio (SiO2) en un elevado porcentaje pero al que se añade óxido de sodio (Na2O), óxido de calcio (CaO), óxido de aluminio o alúmina (Al2O3), óxido de potasio (K2O), trióxido de azufre o anhídrido sulfúrico (SO3), óxido de magnesio o magnesia (MgO), dióxido de titanio (TiO2), óxido de hierro III (Fe2O3)...

Vale. Conforme. Ya se va calentando la sartén y en ella echamos aceite de oliva, ese líquido amarillo brillante de aspecto apetitoso que se compone en un 99-98 por ciento de una fracción saponificable formada por triglicéridos o ácidos grasos libres, básicamente ácido oleico (C18H34O2), ácido palmítico (C16H32O2) y ácido alfa-linoleico (C18H30O2), de otros ácidos grasos en pequeña concentración y fosfolípidos.

Un ejemplo de triglicérido estaría formado por una molécula de glicerol (C3H8O3), unido con tres moléculas, una de ácido oleico, otra de ácido palmítico y otra de ácido alfa-linoleico formando cadenas.

Además, contiene una fracción insaponificable formada por hidrocarburos, alcoholes, esteroles y tocoferol (C29H50O2).Y, finalmente, otros componentes menores como polifenoles (muy importantes para el gusto) pigmentos clorofílicos (por ejemplo, clorofila A: C55H72O5N4Mg) y caroteno (C40H56), relacionados con el color entre verde, amarillo y anaranjado y otros compuestos volátiles responsables de su aroma. Y hay que reconocer lo bien que huelen los compuestos volátiles...

Pero vamos a lo nuestro: Una vez que el ácido oleico, perdón, el aceite alcance los 100 grados más o menos, tendremos que proceder a romper la cobertura de carbonato de calcio (CaCO3) que, ligada mediante una mezcla de distintas proteínas, forma un caparazón duro pero que se rompe fácilmente contra el borde de la sartén. Con extremo cuidado, procurando no quemarnos y que no caigan pequeñas porciones de carbonato cálcico a la sartén, hacemos caer el contenido del huevo sobre el aceite.

Al momento distinguimos dos partes: una transparente, pero que casi de inmediato se vuelve blanca, y otra amarilla. La parte blanca no contiene apenas grasa y se compone de proteínas, entre las que la ovoalbúmina es la principal de ellas, pero también contiene ovotransferrina, ovomucoide, ovomucina y lisozina. ¿Qué son las proteínas? Pues son macromoléculas formadas por cadenas lineales de aminoácidos. ¿Y qué son los aminoácidos? Pues son los monómeros que forman las proteínas. Bueno, para explicarlo de forma sencilla: nuestro ADN (y el de la gallina) no sólo es capaz de reproducirse a sí mismo, es también capaz de crear moléculas funcionales, capaces de hacer determinadas cosas que necesitamos, utilizando como ladrillos moléculas químicas más pequeñas (los aminoácidos). Por ejemplo, la hemoglobina (una proteína) es capaz de oxidarse en contacto con el aire de los pulmones y reducirse (ceder el oxígeno) en contacto con las células del cuerpo, es decir, de transportar oxígeno desde los pulmones.

La parte amarilla, que contiene la mayor parte de las vitaminas del huevo, está formada en su mayoría por grasas, algunas ya citadas como: ácido oleico, ácido linoleico, ácido palmitoleico, ácido palmítico y otros. Pero no nos despistemos... que el huevo ha empezado a hacerse por debajo con el aceite y, ayudados por una cuchara o una espumadera, vamos echando pequeñas cantidades de aceite caliente por encima para que se haga por ambos lados.

La parte amarilla, pero sobre todo la blanca, se transforman y de ser líquidos viscosos se van convirtiendo en sólidos. Es el efecto de la temperatura sobre las proteínas que coagulan a partir de los 70-80 grados y que produce que las moléculas de proteína vayan entrelazándose entre sí, polimerizando y formando enormes agregados macromoleculares, en pocas palabras, se solidifican. No conviene hacer demasiado la parte amarilla, para poder untar el pan en ella.

Una vez alcanzado el punto justo de coagulación que nos gusta, con ayuda de una espumadera, sacamos el huevo de la sartén y lo depositamos en un plato y está listo para comer... ¡Maldición! Se nos ha olvidado echarle el cloruro sódico (NaCl). Es que no sabemos ni dónde tenemos la cabeza. ¡Y todavía hay quien dice que la química no debe entrar en la cocina!

martes, 24 de marzo de 2009

¿Son los técnicos capaces de entender el Derecho?, yo creo que sí... pero sólo lo creo...


Hace unos días, Joseba Marquiegui de Dow Chemical me envió una presentación, de estas que se envían por email por ser graciosas pero que, en este caso, me la enviaba con bastante mala idea.

No voy a contarles nada de Joseba porque después de casi 10 años de compartir codo con codo trinchera y rancho, victorias y derrotas solamente me saldrían cosas buenas y, dado que ahora es uno de mis jefes en la Junta de AVEQ-KIMIKA, parecería peloteo.

La presentación era, básicamente, un desarrollo algebraico de 2+2=4 hasta convertirlo en una fórmula larga e incomprensible, con senos, cosenos y letras griegas y terminaba preguntándose: “si los técnicos siempre decimos 2+2=4 por ser la forma más sencilla, ¿por qué los abogados hacen justo lo contrario?.”

Quizás debería decir que Joseba tiene un defecto, pequeño pero que no tiene fácil solución: Joseba es ingeniero, lo cual no sería un problema si no fuera porque es el director técnico de una empresa química con un grado de excelencia en gestión difícilmente alcanzable lo que implica que su vida profesional ha consistido y consiste, en un porcentaje muy elevado, en leer, interpretar y aplicar normas jurídicas.

No, no me entiendan mal. No pretendo que los puestos técnicos en la fábricas sean ocupados por abogados.... ¡Dios me libre!, que ya he tenido serias acusaciones de corporativismo además, si un importante preparación previa en aspectos técnicos, lo pobres no daría pie con bola.

Pero es que la situación contraria tampoco es muy lógica. Los técnicos, que saben un montón de reactores y reactivos, de catalizadores y condensadores de repente se enfrentan sin saber muy bien cómo a una enorme pila de reales decreto, reales decreto-ley y decretos legislativos y no saben ni si quiera diferenciar entre ellos (¿ah?, ¿pero no son lo mismo?).

Cuando allá por 1997 Juanjo Navarro me contrató para este puesto me dijo algo que ha sido una de las máximas de la gestión de la Asociación desde entonces: las empresas ya tienen químicos e ingenieros muy buenos pero necesitarían complementarlos con la visión jurídica de los problemas, como no pueden permitirse (ni necesitan, en la mayoría de los casos) un abogado en plantilla, vamos a complementar su trabajo desde aquí... y así empezamos a trabajar....

Desde entonces, hemos hecho muchas cosas con esa intención, con esa idea. Hemos desmenuzado muchas normas publicadas en los boletines en resumidas circulares, hemos atendido cientos de consultas, hemos redactados mucho informes y siempre tratando de transmitir una idea: sí, el Derecho es lógico, la normativa técnica tiene un sentido aunque no lo parezca, porque alguien tiene que darnos las claves para ver los cimientos y las vigas en las que se apoyan esos ladrillos sueltos que caen sobre la cabeza de los técnicos. Sin esos cimientos, nos pasaremos toda la vida tapando grietas sin llegar a arreglar el edificio...

Es por ello, que como complemento a ese trabajo, con menos periodicidad de la que me gustaría, celebramos un corto pero intenso taller de trabajo que llamamos: Curso KIMIKA de Derecho para técnicos y que siempre comienzo tratando de provocar a los asistentes afirmando: “El Derecho es una ciencia. Al menos tanto como la química y la física. Permitidme que os lo demuestre”.

Cuando el taller termina, tengo que admitirlo, no consigo convencer a casi nadie, pero los asistentes se marchan a su fábrica con un par de herramientas bajo el brazo que les van a ahorrar mucho tiempo de trabajo.... y esa es otra de las máximas que en su día me dio Juanjo Navarro: “El tiempo de trabajo de los profesionales es el recurso más escaso de las fábricas. Cuanto más tiempo podamos ahorrarles más útiles seremos”.

En ello estamos.

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lunes, 23 de marzo de 2009

Marta no quiere hablar conmigo


He llamado por teléfono a Marta no menos de 5 veces en los últimos 3 meses. Y no he conseguido que se ponga (no sé si he traspasado ya la frontera del acoso...). Pero, aunque las chicas en general nunca me han hecho mucho caso, Marta no me está evitando por los que ustedes piensan, y eso que es todo un partido...

Marta es una profesional de primera línea, es la responsable técnico de una empresa asociada, que es una forma de llamar al negociado de "marrones varios" de una fábrica pequeña: laboratorio cuando hace falta, calidad, medio ambiente, seguridad laboral y seguridad industrial, transporte de mercancías peligrosas, asistencia técnica al cliente, ser la conciencia de toda la fábrica y, si se tercia ya de paso, arreglar las impresoras, si se estropean... y, un día, pasaban por allí los papeles del decreto de la legionella y también debieron caer en su mesa... yo, la verdad, pensaba que era un tema para los de mantenimiento pero este marrón en concreto ha venido a caer en los de siempre...

Supongo que Marta piensa que le llamo para darle trabajo, que en mi habitual labor de dar malas noticias voy a informarle de otro marrón. No me extraña que me evite, cada vez que le llega uno de mis email es para avisarle que va a tener más trabajo y creo que ya no da más de sí. Gestiona los sistemas de calidad, medio ambiente y seguridad, las obligaciones derivadas de la IPPC, de la Directiva Seveso, de la Ley de Prevención, de la Ley de Residuos, de un ADR nuevo cada 2 años, del E-PRTR, de.... ¿sigo?.

Marta ha cambiado de dirección de email 5 veces en los últimos 7 años, sin haberse cambiado de escritorio. La fábrica donde trabaja es propiedad de una multinacional, como antes lo fue de otras 4, y en cada venta, en cada absorción, ha cambiado la nacionalidad de su jefe de área, de programa de RP y de sistema de reporte mensual.

La fábrica donde trabaja Marta es "un juguete", solía decir su antiguo director. Eficiente, versátil, adaptable, extremadamente limpia, tiene apenas 25 trabajadores en total, repartidos en 3 turnos y marcas estratosféricas en seguridad laboral. Sin embargo, cada nuevo Real Decreto, cada nueva encuesta con apercibimiento de sanción, cada nuevo "invento" de la Administración para "mejorar" el seguimiento y control de no sé que parámetros, cae como una losa sobre Marta, y sobre sus colegas de puesto en todas las fábricas de Euskadi, personas ya sobresaturadas de papeles (o de emails, que para el caso es lo mismo) y con muy pocas esperanzas de que la cosa mejore...

Ronda por ahí una encuesta (ya les voy a avisando), voluntaria eso sí, pero impulsada desde un ministerio, sobre las implicaciones económicas de la IPPC que tiene 23 páginas de cuestionario y 7 de instrucciones para rellenarlo... y luego se extrañarán de recibir pocas respuestas.

Se preguntarán ustedes, con bastante lógica, si la multinacional de Marta no debería dimensionar el departamento técnico conforme a sus obligaciones ambientales y de seguridad... pero la respuesta es bien sencilla: teniendo en cuenta que es una fábrica tan pequeña, el departamento está correctamente dimensionado para lo que es obligatorio (justo, no se vayan a creer, que en ningún sitio atan perros con longaniza...) para lo que no está preparado es para improvisaciones de la Administración, inventos y caprichos burocráticos.

Mientras tanto, los responsables técnicos de las empresas IPPC del País Vasco, convertidos en “super-personas” (nótese el término políticamente correcto) siguen sacando adelante el día a día de sus instalaciones, velando por el cumplimiento de la normativa de sus fábricas y pensando que lo único que piden es que, cuando la Administración se invente algo para darles más trabajo, al menos lo pida con amabilidad y con un “por favor”, porque, en muchas ocasiones, hacerlo o no hacerlo no es una cuestión de coste para la empresa (a Marta no le van a pagar más por dar cumplimiento al trámite en cuestión) en muchas ocasiones es solamente cuestión de horas que se restan de jugar con los hijos, de ir al gimnasio, de pasear por el monte o de clases de tai-chi.

Marta, mujer, llámame que sólo quería hablar contigo para felicitarte el año nuevo.


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miércoles, 18 de marzo de 2009

Un momento para la reflexión estratégica


Tras muchos días dedicados a temas muy de "corto", de lupa, y cuando estaba estudiando un asunto relacionado con la clasificación legal de los gases refrigerantes según la MI-ITC-EF-004, que ya es materia de microscopio..., ayer, por esas casualidades que a veces tiene el día a día, coincidieron tres interesantes visiones de prismáticos (casi de telescopio) con tres personas muy interesantes.

El primero fue una conversación con, Ekain Laka analista de la consultora Naider . A Ekain apenas le conozco, pero he seguido su trabajo como parte del equipo de Naider y he leído algunos de sus artículos en el blog que recomiendo vivamente.

Ekain venía a hablar de innovación (cómo no) así que empecé yo, innovando, con una pregunta en sentido contrario, que yo le dirigí a él: cuando tienes que explicar a qué te dedicas, dices que eres consultor pero si te pregutan sobre qué... ¿qué respondes?.

Ekain, supongo que acostumbrado a esa pregunta, respondió algo así como "asesoría estratégica para la Administración Pública"... y yo completo: asesoran a los políticos una vez que han ganado las elecciones.

Si se dan un paseo por su web verán que se trata de un proyecto precioso, muy bien fundamentado y elegantemente vestido, atractivo por fuera y por dentro, dedicado a reflexionar sobre grandes temas y estrategias, sobre Sostenibilidad y Planificación (así, con mayúsculas), visiones a largo plazo de lo que será Euskadi y la industria vasca dentro de 10 ó 20 años.

Un rato más tarde, enfrascado en un interesante dilema sobre el régimen jurídico de los focos de emisión no-sistemáticos con la nueva Ley de Atmósfera de 2007, Enrique Navarro de B+I Strategy tuvo la amabilidad de enviarme por email un artículo suyo que esta semana publica Estrategia Empresarial, sobre emprendizaje uno de los factores vitales para la empresa, la economía y la sociedad y en concreto, sobre el Efecto Medici.... si tienen un momento échenle un vistazo porque merece la pena.

Aunque Enrique todavía es joven, le conozco hace ya bastantes años. Sus trabajos en la planificación estratégica de actividades y organizaciones, procesos de adaptación a cambios estratégicos son, sencillamente, magníficos.

He coincidido con B+I Strategy en algunos trabajos, uno de ellos en la invitación que nos hizo la facultad de Ciencia y Tecnología de la UPV a su planificación de adaptación al nuevo espacio europeo de titulaciones y su aportación fue (y es) vital pues, los trabajos a corto, el día a día, no nos dejan mirar a lo lejos y tiene que venir alguien como B+I Strategy que desde fuera nos obligue a levantar la cabeza y otear el horizonte.

Y así siguió el día. Cuando leyendo un primer borrador de un informe que estamos preparando sobre las posibilidades del uso de la figura de la patente en la minimización de las amenazas que plantea el Reglamento REACH para los fabricantes de mezclas químicas, me encontré con la documentación de una jornada de la Semana Europea de la Calidad de 2008 organizada por Azpiegitura y BAI, la Agencia de Innovación de Bizkaia, llamada Herramientas para la Innovación: Vigilancia Tecnológica y Patentes en la que José Antonio Calvo de Acorde Consulting , participó con una ponencia llamada “I+D+i en la Planificación Estratégica”.

En aquella ocasión, Joxean, amigo y maestro, transmitió una serie de reflexiones clave sobre la innovación como pieza fundamental de la estrategia, que aporta las guías del cambio, de la evolución de las organizaciones, para avanzar hacia la Visión. Asimismo, recalcó la importancia de la vigilancia sistemática y continua como elemento básico para apoyar la toma de decisiones.

Acorde es para nosotros una de las referencias básicas en tema de planificación y estrategia. Su trabajo en el histórico Grupo de Trabajo KIMIKA en Calidad Total y en la planificación estratégica de CEBEK han marcado nuestra forma de hacer las cosas de forma fundamental en los últimos años.

Las empresas piensan que los tiempos no están para gastar dinero en reflexiones.... pero se equivocan, es ahora, cuando se avecinan cambios, cuando la aguas se vuelven turbulentas, cuando hay que cambiar estrategias y visiones. Cuando conviene dedicar algunos recursos a mirar el horizonte (y el plano) y pensar a dónde vamos y cómo iremos.

Si me lo permiten, para acabar, completando a, Eva Arrilucea también de Naider, que hace muy poco citaba en el blog al gran maestro del ajedrez, francés de origen polaco, Ksawery Tartakower, (que los franceses llaman Xavier Tartakover), "La jugada está ahí, pero necesitas verla", dejemos que alguien nos la señale.....


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lunes, 16 de marzo de 2009

Nueva APQ en puertas


Los temas y novedades normativas de Seguridad Industrial nos están dando mucho trabajo en los últimos tiempos. Otro día les cuento los quebraderos de cabeza que nos está dando la aplicación de la nueva Directriz Básica de Protección Civil en el tema Seveso... estamos trabajando mucho en el tema y nos queda mucho, muchísimo que trabajar...

En febrero se publicó el nuevo reglamento de aparatos a presión. El Real Decreto 2060/2008 es un texto de 92 páginas, que se aplica a la instalación, inspecciones periódicas, reparación y modificación, de los equipos sometidos a una presión máxima admisible superior a 0,5 bar.

En principio, dice la Disposición Adicional Primera, que los equipos a presión (aparatos a presión, recipientes a presión simples, equipos a presión, conjuntos, las tuberías y los recipientes a presión transportables que se utilicen de forma permanente en instalaciones fijas) cuya instalación y puesta en servicio se hubiese efectuado con anterioridad a la entrada en vigor del real decreto, seguirán rigiéndose por las prescripciones técnicas que les fueron de aplicación en el momento de su puesta en servicio.... aunque después matiza algunas cosas... ya daremos detalles en la circular que mandaremos circular en unos días. Los requisitos técnicos son exigentes, pero sólo aplicables a nuevos proyectos. Si que modifica el régimen de inspección pero nada a lo que no estemos acostumbrados.

Además, hace ya tiempo que se viene anunciando la redacción y publicación de la APQ-9 dedicada a regular el almacenamiento de peróxidos orgánicos y que, en principio, va a contener ciertas reformas de las APQ 1 a 7.

El Real Decreto 379/2001 es la norma que aprobó el reglamento de almacenamiento de productos químicos y que recoge cómo deben tramitarse todo los permisos administrativos para poder almacenar productos clasificados como peligrosos a partir de ciertas cantidades. En realidad, todos los almacenamientos de sustancias peligrosas (a partir de ciertas cantidades, insisto) están regulados y hay que presentar un proyecto de cómo se va realizar ese almacenamiento, aunque además hay algunos tipos de productos para los que la norma dice “cómo” debe ser ese proyecto. Son la normas ITC-MIE-APQ (Instrucción Técnica Complementaria – Ministerio de Industria y Energía – Almacenamiento de Productos Químicos):

ITC MIE APQ-1 “Almacenamiento de líquidos inflamables y combustibles”.
ITC MIE APQ-2 “Almacenamiento de óxido de etileno”
ITC MIE APQ-3 "Almacenamiento de cloro".
ITC MIE APQ-4 "Almacenamiento de amoníaco anhidro"
ITC MIE APQ-5 "Almacenamiento de botellas y botellones de gases comprimidos licuados y disueltos a presión”
ITC MIE APQ-6 "Almacenamiento de líquidos corrosivos"
ITC MIE APQ-7 "Almacenamiento de líquidos tóxicos"
ITC MIE APQ-8 «Almacenamiento de fertilizantes a base de nitrato amónico con alto contenido en nitrógeno».

El texto de la nueva APQ define “peróxidos orgánicos” como sustancias orgánicas que contienen la estructura bivalente –O-O- y pueden considerarse derivados del peróxido de hidrógeno, en el que uno de los átomos de hidrógeno, o ambos, han sido sustituidos por radicales orgánicos, de modo que el propio peróxido de hidrógeno, o agua oxigenada, parece quedar excluida.

Una de las propiedades más características de los peróxidos orgánicos, debido a su estructura química, es que son sustancias relativamente inestables y puede inducirse su descomposición por aumento de la temperatura o contaminación (óxidos, metales incompatibles, materia orgánica, suciedad, etc.). Esta descomposición va acompañada generalmente de la liberación de gases o vapores y de la generación de calor, que si se acumula puede conducir a lo que se conoce como reacción fuera de control, reacción autoacelerada o “runaway”.

Precisamente uno de los gases que se produce durante la descomposición es oxígeno por lo que los peróxidos orgánicos son considerados como sustancias comburentes. Esto, unido a que la mayoría son también inflamables o se encuentran diluidos con disolventes inflamables, hacen que los incendios de estas sustancias sean uno de los accidentes más graves que se pueden llegar a producir en la industria: comburente y combustible en el mismo compuesto: un incendio muy difícil de apagar.

Por lo que hemos leído hasta ahora (veremos cuando se publique), los almacenamientos de peróxidos orgánicos, existentes con anterioridad a la fecha de entrada en vigor del presente real decreto se adaptarán a las prescripciones de la APQ-9 en el plazo máximo de cinco años, contados desde la fecha de dicha entrada en vigor.

Para ello, en el plazo de seis meses, contados desde esa misma fecha, se presentará, ante el órgano competente de la correspondiente Comunidad Autónoma, un proyecto o memoria, según la capacidad de almacenamiento, en el que consten las modificaciones que se van a realizar para adecuar las instalaciones.

Aburrirse, lo que se dice aburrirse, no nos aburrimos... ¿verdad?

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jueves, 12 de marzo de 2009

Cierre de la campaña KIMIKA sobre E-PRTR 2009


El otro día, los asociados a AVEQ-KIMIKA afectados por E-PRTR (¡ojo!, que no son los mismos que los "invitados" a utilizar el programa IKS-L03) recibieron la circular de cierre de la campaña E-PRTR 2009.

El trabajo de las empresas todavía no ha terminado pero, salvo la guardia permanente en la que de mantiene el servicio de consultas, AVEQ KIMIKA no va a tomar más iniciativas a este respecto.

Las pautas ofrecidas por la Asociación al respecto, con un pequeño matiz, son básicamente las mismas que en 2008 y así seguirán en tanto no se produzcan variaciones en el planteamiento de todo el programa.

La industria vasca, no sólo la química, está más que acostumbrada a ir más allá de los requisitos legales. La inmensa mayoría de las empresas, a lo largo de su historia cercana, han recibido de mejor o peor grado en la medida de sus posibilidades, tareas extra, en ocasiones con muchas horas de trabajo, que superaban la normativa y lo han hecho de forma consciente, por conciencia y compromiso con el Desarrollo Sostenible.

En este tema en concreto, las desavenencias con la gestión del programa son especialmente tristes en cuanto que tanto en objetivos como en medios la industria está esencialmente de acuerdo con la actuación de la Administración: estamos a favor de conseguir un registro E-PRTR de calidad y en la informatización de todos los sistemas de relación empresa-Administración con el fin de ganar en agilidad y transparencia.

Nuestra pretensión es, como ya hemos hecho en ediciones anteriores, ofrecer nuestras recomendaciones al respecto, en función de nuestro propio criterio jurídico, técnico y práctico. Sin embargo son solamente “recomendaciones” y, quizás no hace falta si quiera citarlo, las empresas son libres de, alcanzado el mínimo legal, llevar a cabo cuantos requisitos voluntarios consideren oportunos, más o menos de los que a continuación se indican.

Como regla general, y con el fin de evitar confusiones que todavía arrastramos de la edición anterior, es importante señalar que el Departamento de Medio Ambiente del Gobierno Vasco propone utilizar el documento denominado “Metodología Euskadi E-PRTR” que contiene gran número de requisitos adicionales a los mínimos legales. En este sentido, la “circular” fechada el 3 de febrero de 2009 y firmada por la Directora de Calidad Ambiental, colgada en la página web www.eper-euskadi.net no aporta novedad alguna y vuelve, una vez más, a insistir en una forma de plantear la cuestión que ha sido reiteradamente rechazada por la industria por ampararse en la ambigüedad.

En todo momento la referencia que se hace a “obligaciones” viene precedida por fórmulas del tipo: “.... en el marco de la Metodología Euskadi E-PRTR, las empresas presentarán....” o “.... las empresas, atendiendo a la Metodología Euskadi E-PRTR, deberán... ” y que tiene el mismo valor jurídico que si dijera: “.... para obtener la ISO-14001, las empresas deberán...”.

Conclusión: si la utilización de toda la Metodología Euskadi E-PRTR es completa y absolutamente voluntaria, todos los requisitos incluidos en la misma tienen la misma naturaleza.




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martes, 10 de marzo de 2009

Apiretal de refinería...


Fotografía por cortesía de mi hija Paula cuando tenía 6 días de vida.

Hace ya tiempo que me he dado cuenta de que la sociedad occidental se divide en dos grupos: aquellos que conocen la palabra “Apiretal” y aquellos que no. Los primeros, además de conocer esa palabra misteriosa, junto con otros arcanos como Dalsy, percentil o calostro, se caracterizan por tener abundantes ojeras y sonrisa bobalicona cuando se habla de determinados temas. Todos estos síntomas llevan a un sólo diagnóstico: el primer grupo tiene hijos pequeños, y la mayoría de ellos, no sólo conocen el Apiretal, la mayoría de ellos lo tienen colocado en un pequeño altar ante el que se postran con regularidad astral.

Pero es curioso que nunca se han preguntado de dónde sale, qué era el Apiretal antes de ser un milagro.... es decir: ¿cómo se hacen los milagros?, al menos los milagros líquidos de color rojo metidos en una pequeña botella con cuenta gotas.

Cuando se habla y se escribe sobre la importancia de contar en nuestra sociedad con refinerías de petróleo, no todo el mundo sabe que tanto el gasóleo como la gasolina se obtienen precisamente en las refinerías. Menos aún conoce la gente que es en estas mismas refinerías donde se producen los gases propano y butano de uso doméstico tan generalizado y, desde luego, son minoría los que saben que los derivados del petróleo van mucho más allá y que, si desapareciera esta actividad, su sustitución resultaría prácticamente imposible.

Tal es el caso, por ejemplo, de las naftas de refinería, de las que se fabrica el benceno, uno de los productos químicos orgánicos con más aplicaciones. Aunque el propio crudo tiene ya una pequeña parte de benceno, en un proceso de reformado catalítico, la mezcla de hidrocarburos con punto de ebullición entre 60º y 200º (las naftas) se mezcla con hidrógeno gas y se expone a dos catalizadores combinados de platino y rodio a unos 500º C grados y una presión elevada. En esas condiciones, los hidrocarburos alifáticos presentes en las naftas, forman anillos y pierden hidrógeno, convirtiéndose en hidrocarburos aromáticos, familia a la que pertenece el benceno. Los distintos productos de la reacción son sacados por extracción y posteriormente separados entre ellos por destilación. Uno de esos productos es el benceno. Pues bien, el benceno es uno de los productos químicos orgánicos con más aplicaciones. Por ejemplo, para fabricar fenol, otra sustancia con infinidad de usos industriales.

El fenol de mayor pureza y calidad se combina con ácido sulfúrico y ácido nítrico para “nitrarlo”y una vez separados los isómeros mediante un procesos de destilación, se obtiene una nueva molécula llamada 4-nitrofenol, el cual se reduce en presencia de borohidruro de sodio, para producir un nuevo cambio molecular y generar: 4-aminofenol. Este aminofenol es acetilado en presencia del anhídrido acético, obteniéndose así el N-(4-Hidroxifenil)-acetamida o... paracetamol.

Todo este galimatías, que sólo los químicos y los farmacéuticos entienden, se resume en que las naftas procedentes de la refinería, convenientemente transformadas por la industria química y farmacéutica, nos las tomamos en forma de pastilla contra la fiebre y el dolor de cabeza.

Esa identificación es difícil de imaginar. Su aspecto, su función, presentación, color, olor, estado... todo es diferente. La química parece milagrosa, pero no lo es. La química no puede crear nada sin un punto de partida --“la materia no se crea ni se destruye, sólo se transforma”-- y los átomos de carbono, colocados en forma de anillo del Termalgin, del Gelocatil o del Apiretal, también tienen su origen en la refinería.

Parece un milagro, sí, pero en realidad es sólo ciencia.

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viernes, 6 de marzo de 2009

Cuando el papeleo no deja trabajar por el medio ambiente


Foto cortesía de Maxam www.maxam-corp.com

Los que nos dedicamos a esto de la seguridad y el medio ambiente industrial somos gente un poco rara... ¿No tienen a veces sensación de ser un poco ...."frikie"?. En muchas ocasiones, nos encontramos entren nosotros, técnicos de empresa, consultores, técnicos de Ihobe, auditores, funcionarios.... y transcurrido el protocolario momento de preguntar por la familia, “¿qué tal los niños?”, “ya van p’arriba, ya”......, terminamos conversando, con gran interés y ardor que, a veces casi podríamos llamar hasta pasión, de temas que comentados en la cuadrilla (no lo intenten, por favor) aparejaría inmediatamente recibir el calificativo de "persona rara".

En más de una ocasión, al colgar el móvil después de haber utilizado palabras como IPPC, AAI y de discutir denodadamente que no, que los VLE que vienen en los BREF son solamente una referencia... mi mujer me pregunta "... pero, la persona que hablaba contigo...te entendía..¿verdad?", yo respondo “sí, claro, si no estaría loco perdido...” y mi mujer, con serenidad y sensatez, me contesta “..es que eso es lo que me estaba temiendo...”

Pues hoy traigo uno de esos tema. Algo estamos haciendo mal en el control de los residuos y no es por falta de control, es más bien por lo contrario.

No, no estoy acusando a nadie, pero creo que, entre todos, empresas, gestores, auditores, consultores, autoridades..., deberíamos reflexionar un segundo sobre un asunto muy-muy concreto y pensar cómo encauzarlo.

A la hora de clasificar los residuos, cada una de las corrientes que se generan en una fábrica, reciben un código de este aspecto: Q7//R13//L8//C51//H5/6//A669//B0019, en este caso es aceite hidráulico usado (LER 130110) y su significado es:

Categorías de residuos (Q)
Q7- Sustancias que hayan pasado a ser inutilizables (por ejemplo: ácidos contaminados, disolventes contaminados, sales de temple agotadas, etcétera).

Operaciones de tratamiento (D/R)
R13-Acumulación de residuos para someterlos a cualquiera de las operaciones enumeradas entre r1 y r12 (con exclusión del almacenamiento temporal previo a la recogida en el lugar de la producción)

Tipos genéricos de residuos peligrosos (L/P/S/G)
L8-Aceites y sustancias oleosas minerales (lodos de corte, etcétera).

Constituyentes que dan a los residuos su carácter peligroso (C)
C51-Hidrocarburos y sus compuestos oxigenados, nitrogenados y/o sulfurados no incluidos en la presente tabla

Características de los residuos peligrosos (H)
H5/6-H5: “nocivo”: se aplica a sustancias y preparados que por inhalación, ingestión o penetración cutánea puedan entrañar riesgos de gravedad limitada para la salud.
H6: “tóxico”: se aplica a sustancias y preparados (incluidos los preparados y sustancias muy tóxicos) que por inhalación, ingestión o penetración cutánea puedan entrañar riesgos graves, agudos o crónicos e incluso la muerte.

Actividades generadoras de los residuos (A)
A669-Otras fabricaciones de productos químicos.

Procesos en los que se generan los residuo (B)
B0019-Servicios generales.


Cada una de las letras significa algo. Es un sistema que facilita el seguimiento y el control de los residuos. Un lenguaje conocido por todos los agentes que intervienen y que permite una exhaustiva vigilancia de la producción, gestión, transporte y destino final de los mismos.

En teoría, el código se lo otorga el gestor que, tras recibir una muestra del productor, le envía un documento de aceptación, en el que le dice que sí, que puede hacerse cargo de ese residuo concreto.

Esos códigos se han incluido de forma literal en las autorizaciones de productor de residuos peligrosos y en la recientes Autorizaciones Ambientales Integrada y de ahí, se han copiado, también literalmente, en los documentos asociados a los sistemas de gestión medioambiental de las empresas.

El problema es que, si la empresa cambia de gestor, pueden producirse ligeras variaciones en la codificación y modificar los códigos en el sistema de gestión medioambiental es trabajoso.... pero cambiar las autorizaciones por ese motivo es casi impensable.

Esto es especialmente grave cuando ese cambio de códigos no es por una mera diferencia de criterios en la clasificación sino por un cambio verdaderamente importante en el destino y gestión final de los residuos.

Por ejemplo, si conseguimos mediante un proyecto de investigación, cambiar un D1-Depósito sobre el suelo o en su interior (por ejemplo: vertido, etcétera) por un R10-Tratamiento de suelos, produciendo un beneficio a la agricultura o una mejora ecológica de los mismos el lío burocrático es de tal calibre que puede desanimar a más de uno.... cuando Maxam lo hizo no se desanimó..... menos mal.

¿Cuál es la solución?, pues yo creo que habría que dejar los códigos abiertos en las autorizaciones y en los sistemas de gestión. Con ello no perderíamos control y ganaríamos en flexibilidad.... pero es solamente una opinión. Sería conveniente que lo reflexionáramos entre todos.

Eso sí, no lo comenten por favor con la cuadrilla este domingo tomando unos pintxos y si les ven pensativos y les preguntan “¿en que andas pensando?”, contesten con resolución “sobre una receta de pollo en pepitoria que leí el viernes en un blog”..... no les digan la verdad, si no quieren que les llamen “frikies”. Háganme caso. Buen fin de semana.


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miércoles, 4 de marzo de 2009

Recursos de alzada a la AAI y silencio negativo: ¿qué plazo tengo para ir al juez?


Es estas últimas semanas están siendo recurrentes las siguientes preguntas que, con ligera variación de fechas, son más o menos así:

“Recibimos en mayo la resolución subordinada del viceconsejero de la Autorización Ambiental Integrada y como no estábamos de acuerdo con ............. (rellénese lo que proceda)....... presentamos recurso de alzada ante la consejera el 10 de julio de 2008. Se supone que el silencio al recurso es negativo en un plazo de 3 meses, así que, el 10 de octubre de 2008 debemos considerar el recurso rechazado y se nos abre plazo para ir al juez que la Ley 29/1998, en su artículo 46, limita a un plazo de 6 meses, así que, el plazo límite para presentar la demanda contencioso-administrativa termina el 10 de marzo de 2009.... ¿la presentamos?”

Segunda pregunta:

“... además, también se nos termina el plazo de presentación de la documentación de efectividad, pero muchos de los documentos están afectados por el recurso de alzada... ¿qué hacemos?”

Y yo siempre contesto: “Buen pregunta”.

En principio, es compromiso del Departamento contestar a todos los recursos de alzada. Nos han insistido en que algunos se contestarán en 2 meses y otros en 8, pero se contestarán todos. De hecho, poco a poco, las empresas están recibiendo las respuestas.

Pero es importante que las empresas estén tranquilas en la espera. El silencio negativo no “obliga” a que la empresa considere su recurso rechazado, en realidad, le “da derecho” a considerarlo rechazado con el fin de evitar callejones sin salida en los que el administrado podría tener que esperar años y años sin recibir respuesta y sin medios legales para reclamarla.

Una respuesta al recurso, una vez transcurridos los 3 meses de silencio, podría ser en cualquier sentido, por supuesto podría dar la razón a la empresa, haciendo la demanda contenciosa innecesaria.

Pero ¿qué sucede si pasan los 6 meses que dice el artículo 46 de la Ley 29/1998 a contar desde la fecha de presunto silencio?, ¿pierdo la posibilidad de ir al juez?... bueno, pues a pesar de lo que dice la Ley ese plazo no existe. Así lo ha dicho el Tribunal Constitucional en reiteradas ocasiones: limitar con un plazo la posibilidad de acudir al juez por un silencio negativo es contrario al artículo 24.1 de la Constitución (véase la última sentencia al respecto). Es contrario a la Tutela Judicial Efectiva y, por lo tanto, si transcurrido un “plazo razonable”, pongamos para verano, el Departamento no ha contestado, AVEQ-KIMIKA recomendará a las empresas demandar por en vía contencioso-administrativa. Mientras tanto recomendamos una cierta flexibilidad.

Respecto a la documentación de efectividad nuestra recomendación es la siguiente: entregar, en cuanto esté lista toda la documentación no afectada por el recurso de alzada. Con ello, ningún tercero podrá decir que la empresa no ha cumplido con sus obligaciones ni reclamarle nada. Se gana plazo, pues dice la Ley 30/1992 de procedimiento administrativo que el Departamento tendrá que revisar lo entregado y, en caso de que falte algo, reclamarlo por escrito.... esperemos que, en lo que tarden en revisar dicha documentación, todos los recursos de alzada estén contestados.

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Qué pocos alumnos quieren estudiar química...


Foto cortesía de Malaria No More http://www.malarianomore.org/

El otro día hablaba con Pascual Román sobre un tema que nos preocupa mucho a ambos y que debería preocupar a la sociedad y a los responsables políticos. Pascual es un sabio. Un químico vocacional, un heterodoxo maestro de químicos que disfruta enseñando y explicando y con el que, cada conversación, cada charla, es una expedición por los misterios de la ciencia y de la historia de la ciencia.

Charlábamos Pascual y yo de la evidente crisis de vocaciones científicas y más concretamente del descenso en las matriculaciones en la licenciatura en ciencias químicas que hace peligrar la titulación en la Universidad del País Vasco.

En la recién terminada campaña electoral todos las partidos (parece que en algo al menos todos estamos de acuerdo) han hecho énfasis en la necesidad de promover la ciencia y la investigación, la llamada tercera transformación de la economía vasca en la que la capacidad de generar empleo y riqueza estaría basada en la innovación y en los avances que la ciencia aporte.

No creo que sea necesario dar detalles de la importancia central y básica de la química en la investigación. No nos engañemos, todas las ciencias experimentales, todas, necesitan de la química para avanzar: electrónica, farmacia, medicina, biotecnolgía, nanotecnología, ecología, energía y por supuesto prácticamente todo el desarrollo industrial necesitan de las aportaciones de la química... Y de los químicos.

¿Cómo vamos a realizar esa segunda transformación si nos falla la cantera?, ¿quién va a investigar en Euskadi?.

Además del descenso en la natalidad, como siempre en materias sociológicas las causas son complejas, en un diagnóstico apresurado, podríamos citar algunas: el continuado recorte de los contenidos y horas de dedicación a las ciencias en la enseñanza secundaria. A pesar del esfuerzo y maestría de muchos profesores de colegios e institutos, muchos de los alumnos no llegan a entender las materias y sin entenderlas, difícilmente pueden llegar a gustarles. Eso alumnos, a la hora de elegir itinerarios, elegirán opciones más humanas, menos abstractas, en los itinerarios de letras.

Desde mi particular punto de vista, este es el verdadero problema que las sucesivas reformas educativas no han hecho sino empeorar. Mientras tanto la prensa ha estado debatiendo sobre la obligatoriedad de la religión y sobre la objeción de conciencia a la asignatura de Educación para la Ciudadanía... que no es que a mí me parezca mal que se debata sobre ello, los valores son importantes... pero... ¿ni una línea sobre el futuro de la ciencia y de la investigación?, ¿ni una línea?...

Hay otra causa más profunda que afecta a la química particularmente, aún más difícil de arreglar que el tema educativo, es mucho más compleja de explicar. La sociedad, la opinión pública en general, tiende a identificar la química con aspectos negativos, como algo sencillamente "malo".

Si la opinión pública (y la opinión "publicada") suele ser injusta, es esta una cuestión verdaderamente sangrante. Las mismas personas que nos beneficiamos en casi cada momento de la vida de las ventajas y beneficios que nos reporta la química, sin ser (o sin querer ser) del todo conscientes de ello, la identificamos como algo negativo.

Pensamos, con muy poco recorrido, "lo natural es bueno y lo artificial es malo". Así nos lo vende la publicidad y así lo compramos.

Bueno, pues yo sinceramente pienso que una sociedad adulta, formada por personas adultas, no puede vivir engañada para siempre, que debemos ser conscientes que "lo natural" para la especie humana es tener una esperanza de vida de 30 años. Que para la especie humana "lo natural" es ver morir a 3 de cada 5 niño antes de llegar a ser adultos. Que tan "natural", tanto derecho a existir como especie en beneficio de la biodiversidad tienen los mosquitos que transmiten la malaria, que en mata 3.000 niños cada día en África o las langostas que condenan al hambre al Sahel africano como el lince ibérico o el oso panda.

¿Qué diferencia el mosquito (o incluso en propio parásito que el mosquito transmite) del lince ibérico? No es que el mosquito sea "malo" y el lince "bueno" es, solamente, nuestra relación como especie. Los seres humanos deberíamos asumirlo de una vez:. Necesitamos que nos protejan de "lo natural" y nuestra única protección es la ciencia. Nuestro escudo, lo que protege a nuestros hijos, es la química.

Necesitamos químicos para curar la malaria.... ¿nadie se apunta?


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martes, 3 de marzo de 2009

Y en estas llegó GHS... y nos pilló prevenidos (o casi...)


Iba a titular... "Y en estas llegó GHS y nos pilló despistados". Daría un efecto muy literario a esta entrada del blog... pero no sería cierto. No aplicaremos aquella máxima del periodismo: "Nunca dejes que la verdad te estropee una buena historia" (que conste que la frase no es mía, se la dice Walter Matthau a Jack Lemmon en la película de Billy Wilder "Primera Plana" en la que ambos hacen de periodistas).

GHS (Globally Harmonized System) parte de uno de los objetivos de la Cumbre del Milenio, la Cumbre de Río de Janeiro de 1992. Seguimos los trabajos de la OCDE y de Naciones Unidas para alcanzar un sistema mundial. Sabíamos de las intenciones de la Unión Europea de implementarlo en paralelo al REACH. Hicimos estrecho seguimiento del trámite legislativo en las instituciones europeas... Así que, sabíamos que venía y no podemos decir que la publicación del Reglamento 1272/2008 en el Diario Oficial de la UE el pasado 31 de diciembre fuera una sorpresa.

Pero, aún así, nunca se debe despreciar la capacidad de sorprender, hasta al lector más avisado, que tiene un Boletín Oficial. Los boletines oficiales, son como las buenas películas de misterio, sabes que el asesino va a hacer lo que le es propio (asesinar) pero si la película es buena, la sorpresa está garantizada.

Pues a lo que iba..... como ya sabe todo el mundo, los reglamentos europeos son directamente aplicables, no necesitan transposición a normas nacionales y el propio Reglamento fijaba su entrada en vigor para el 20 de enero de 2009....... y para abrir boca (nunca mejor dicho), sin más aclaración que el título del artículo “Modificación de la Directiva 67/548/CEE”, dice, en el artículo 55, que el anexo I de la Directiva queda derogado y sustituido por el Anexo VI parte 3 del propio Reglamento GHS y a todos se nos quedó cara de pez, porque un Reglamento europeo es de aplicación directa y "derogaría" el Real Decreto español con su entrada en vigor...

¿Había quedado borrado de un plumazo el anexo I de nuestra vieja y querida Directiva 67/548 y sustituido por el anexo IV del nuevo y flamante Reglamento GHS?, dado que el Reglamento es directamente aplicable ¿significaba eso que el anexo I del Real Decreto 363/1995 ya no estaba en vigor en España?.... ¿ya no se aplicaban las frases R y los pictogramas naranja?, ¿había que revisar ya toda la clasificación y el etiquetado de todos los productos conforme a GHS?.

La verdad es que el Reglamento, en ningún sitio dice que no sea así. De hecho, en el artículo 62, dice:

Artículo 62. Entrada en vigor
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. (es decir el 20 de enero de 2009)
Los títulos II, III y IV serán de aplicación para las sustancias a partir del 1 de diciembre de 2010, y para las mezclas a partir del 1 de junio de 2015.


Y el artículo 55 está en el Título V....

Pero, no podía ser. Sería contradecir todo el sistema transitorio que retrasaba la entrada en vigor de la nueva clasificación.... el truco está en que el Reglamento reforma la Directiva y, al hacerlo, adquiere la naturaleza jurídica de ésta en esa parte concreta, es decir, que para su aplicación anterior a su entrada en vigor como Reglamento propiamente dicho, necesitaría de implementación a norma estatal y es evidente que dicha implementación no se va a producir antes del 1 de diciembre de 2010.

En AVEQ-KIMIKA seguiremos con GHS. Además de las circulares e informes que iremos publicando en la web, convocaremos un curso en el mes de abril para explicar, con todo el detalle del que seamos capaces, los cambios que vienen.

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lunes, 2 de marzo de 2009

Pero... ¿cuál es la clasificación oficial de una sustancia química, hoy mismo, en España?



Pues nadie está del todo seguro... y la importancia de la cuestión es muy seria. De la clasificación de las sustancias depende, no sólo el etiquetado y la ficha de datos de seguridad, sino también cuestiones clave de seguridad como el almacenamiento APQ, la evaluación de riesgos higiénicos de fabricantes y clientes o incluso la aplicación de la normativa de accidentes graves Seveso...

Es verdad que esta respuesta resulta un tanto sorprendente pero viendo el lío que hay organizado con la normativa reguladora lo que es de verdad sorprendente es que la industria nos atrevamos a etiquetar nada por la ausencia de seguridad jurídica... pues entre el batiburrillo que hay organizado en Europa con este tema y el secular retraso del Gobierno Español en trasponer la normativa europea, hacer una etiqueta de una sustancia peligrosa es toda una aventura... peligrosa.

Un par de notas:

- Las etiquetas CE actualmente en vigor en Europa son las establecidas en el Anexo I de la Directiva 67/548/CEE según su trigésimo primera reforma (sí, han leído bien, 31), llamadas Adaptaciones al Progreso Técnico o ATP de sus siglas en inglés. Su consulta en formato papel es imposible.... en formato electrónico, es muy sencilla y eficaz: ESIS.

- En España, el listado de etiquetas está traspuesto en el Anexo I del Real Decreto 363/1995, ha tenido 8 ATP, desde la 22 a la 29 de la europeas, esta última traspuesta por la Orden PRE/1244/2006. Quedan pendientes las dos últimas ATPs una publicada por Directiva 2008/58/CE y la última, por Directiva 2009/2/CE, esta incluída en Diario Oficial de la Unión Europea hace apenas un mes y cuyos plazos de transposición, de ambas, termina el 1 de junio próximo. No hay forma de consultar lo que está en vigor si no es mediante mirar y mirar hojas de BOE.

Un ejemplo práctico: el flúor gas (F2), la verdad es que no conozco ninguna empresa que almacene, use o comercialice flúor gas como tal... pero, se trata sólo de un ejemplo:

A día de hoy:

Etiqueta en vigor en la UE:

SUSTANCIA: FLÚOR



Ficha España (según la 19 ATP, incluida en la versión originaria del RD 363/1995)

SUSTANCIA: FLÚOR


En este caso los cambios son sutiles y ha pasado de ser R7 “Puede provocar incendios“ a ser R8 “Peligro de fuego en contacto con materias combustibles”, la diferencia es relativamente pequeña pero, si sucediera, como ha sucedido, que una empresa tenga en su instalación un depósito de 200 tm de una sustancia R52 (Nocivo para el medio ambiente acuático) y se reclasificara como R50 (Muy peligroso para el medio ambiente acuático) se vería afectada, sin haber cambiado nada, por el Real Decreto 1254/1999, Seveso, en su máximo nivel de exigencia. Y la diferencia es muy seria.

A la hora de etiquetar, a las empresas asociadas, les recomendamos adaptarse a las directivas en cuanto estas se aprueban pues, a efectos de responsabilidad, dado que las revisiones suelen (no siempre, pero es lo más habitual) tender a ser más restrictivas, es la demostración del máximo nivel de diligencia.

Y en estas estábamos, tratando de discernir si incumplíamos la Ley o no la incumplíamos, con la seguridad jurídica por los suelos, cuando llegó GHS. La publicación del Reglamento 1272/2008 en el DOUE pone patas arriba todo el sistema: desaparecen las frases R, cambian los pictogramas, se modifican los umbrales, aparecen nuevos riesgo...

Mañana se lo cuento.

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