miércoles, 31 de marzo de 2010

Observatorio de Coyuntura Industrial (OCI)


Ayer por la tarde estuve en una reunión tremendamente interesante. Una reunión de esas en las que, a pesar de ser el mismo de siempre, el nivel de la gente con la que compartes mesa, hace que te sientas alguien importante.

El Observatorio de Coyuntura Industrial (OCI) es una iniciativa del Departamento de Industria y de SPRI. La iniciativa, además de contar con un potente herramienta web, instrumento de comunicación para el intercambio de datos e indicadores, realizar publicaciones y foros, celebra una reunión plenaria cada 6 meses, en la que, con asistencia de la plana mayor del Departamento de Industria encabezados por el consejero Bernabé Unda, los secretarios generales, directores o gerentes de las asociaciones y clusters sectoriales de toda la industria del País Vasco, exponen la situación de cada sector y se realiza un interesante debate sobre los factores de competitividad que preocupan a cada uno.

Allí comparecen viejos amigos y compañeros de trinchera (y de refugio anti-aereo...) como Iñaki Ugarte, del papel, Fernando Vergniory, del acero, Marcial Alzaga, de fundición.... y gente con la que he compartido menos tiempo y preocupaciones pero igualmente interesantes (y de las que aprendo mucho cuando intervienen) como María Aguirre, que coordina el sector de biociencias desde SPRI o Mónica Moso, la nueva directora general de Aclima... y así hasta 21 representantes de sectores a los que no cito uno por uno por no aburrirles pero que son los mejores conocedores de la industria de este pequeño país que es Euskadi.

La reunión la introdujo Bernabé Unda, consejero de industria del Gobierno Vasco en una intervención muy alejada de la que pueda hacer un consejero “al uso”, fue muy interesante y concreta, presentando una batería de indicadores generales de coyuntura que están preparando en el departamento y que tienen muy buena pinta. (De hecho pidió perdón por entrar tan directamente en cuestión... lo que más que molestar, se agradece...)

A continuación intervino Xabier Pascual, del Departamento de Economía y Hacienda, que realizó una exposición describiendo la situación económica global, europea, española y vasca y como empiezan a aparecer los primeros síntomas de recuperación.

La reunión la condujo con mucho brío Tomás Orbea, director general de SPRI, dando paso a la ronda de intervenciones de los representantes de los sectores que se fueron ajustando matemáticamente al tiempo asignado, con lo que, a pesar de ser muchos, no se hizo largo, ni aburrido.

Casi todos los sectores coincidieron en que 2009 ha sido un año muy malo. Nuestras cifras están ahí y sólo se puede decir que ha sido pésimo. Coincidimos todos, o casi, en que esperamos que 2010 no sea tan malo como 2009.

En nuestro caso, además de las cifras, comentamos un par de temas cualitativos que nos preocupan especialmente que son la presión urbanística sobre las instalaciones, que desincentiva la inversión, reduciendo la capacidad competitiva de las empresas a largo plazo y los precios de la energía, una losa muy pesada que, poco a poco, va a terminar por enterrar a la Industria Química Vasca.

En el turno de debate, gente que sabe de energía eléctrica mucho más que yo y explicó el problema del déficit de tarifa y de los constantes y escandalosos incrementos en los precios en el concepto fijo de enganche a la red de alta tensión, no la parte de consumo... (miren sus facturas, hagan números y cuéntenos qué tal....), hablaron del problema de la deficiente regulación actual de la interrumpibilidad eléctrica y de los problemas que las redes de distribución tienen en Euskadi que provoca un problema de “salto de tarifa” frente a otras comunidades.... otro día se lo cuento con más estudio previo y detalle, porque la cosa tiene su “miga”.

Lo cierto es que esta posibilidad de contactar directamente con los máximos responsables del Departamento de Industria es un lujo para los sectores. Espero que la incitativa se mantenga activa muchos años y que, dentro de unos meses, sirva para contarse alegrías y no solamente tristezas


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martes, 30 de marzo de 2010

Y si el sistema no funciona... ¿qué hacemos?


¿Les había dicho yo que esto de dedicarse al Derecho Industrial se está convirtiendo en una profesión de riesgo?... Hay días que me siento como Indiana Jones en uno de esas escenas tan emocionantes en medio de un laberinto, trufado de trampas mortales y en el que el suelo se mueve a su capricho..

Ayer lunes, en la reunión de programación de todas las semana, Borja Fernández Almau comentó que había dedicado parte del domingo a analizar el Real Decreto 367/2010 publicado el sábado en el BOE (sí, entre ustedes y yo, es un poco friki...). Es el instrumento de adecuación de las normas reglamentarias pertinentes relacionadas con temas ambientales a los cambios introducidos por la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior, la Directiva de Servicios, y por su implementación en la Ley 25/2009, la conocida como Ley Omnibus por reformar cuarenta y pico leyes diferentes en un solo viaje.

El Real Decreto en cuestión reforma una lista larga de normas: la Ley de Pesca Fluvial (aprobada por Decreto en 1943), Reglamentos de Montes, Caza, el de Incendios Forestales de 1972, el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, Reglamento de Costas, el Real Decreto 833/1988 Reglamento de Residuos Tóxicos y Peligrosos, el Real Decreto 782/1998 desarrollo reglamentario de la Ley de Envases, el Real Decreto 1378/1999 de PCBs, el RD 1481/2001 de vertederos, el RD 1383/2002 de VFUs, el RD 653/2003 de incineración de residuos, el RD 208/2005 de REEE, el RD 1619/2005 de neumáticos fuera de uso, el RD 679/2006 de aceites industriales usados, el RD 106/2008 de pilas, el RD 117/2003 de COVs., el RD 509/2007 de desarrollo de la IPPC, el Real Decreto 178/2004 de organismos modificados genéticamente, ... ah! y, por supuesto como no podía ser de otra manera, con entrada en vigor al día siguiente, domingo, 28 de marzo...

Aunque mandaremos circular al respecto, lo que la norma hace, básicamente es unificar en el procedimiento autorización de productor de residuos peligrosos de la Ley 10/1998 todos los procedimientos similares sueltos que había por estas normas.

Pero hoy voy a fijarme en un par de detalles nada más, que están de plena actualidad y que nos va a obligar, así mismo, a matizar una circular que mandamos la semana pasada (se ha movido el suelo y ante nuestros ojos ha aparecido una zanja llena de serpientes... aunque alguna es de plástico y las otras no tienen dientes)

Oirán decir que la declaración anual de productor de RPs es ahora obligatorio enviarla al Gobierno Vasco en formato electrónico... pues no exactamente. Lo único que obliga a las CCAA a remitir la información en formato electrónico al Ministerio:

Real Decreto 833/1988 El artículo 19 queda redactado como sigue: «La declaración anual, que se presentará antes del día 1 de marzo, así como, en todo caso, la correspondiente información a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, se formalizará en el modelo que se especifica en el Anexo III del presente reglamento. La comunidad autónoma remitirá dicha información en soporte electrónico

Oirán decir que el Real Decreto obliga a gestionar los DCS por vía electrónica:

Real Decreto 833/1988. El artículo 42 queda redactado en los siguientes términos: «Artículo 42. Formalización de los documentos de traslado. El documento de control y seguimiento de traslado de residuos tóxicos y peligrosos, [...], se efectuará con arreglo al modelo establecido en el Anexo V del presente reglamento. Esta documentación se gestionará electrónicamente cuando la tramitación por esta vía se encuentre disponible


Oirán decir que el reglamento de envases obliga a remitir la información por vía electrónica:

Real Decreto 782/1998 Uno. Se añade un apartado 4 en el artículo 8: «4. Las autorizaciones de los sistemas integrados de gestión de residuos de envases y envases usados se inscribirán por la comunidad autónoma en el Registro de producción y gestión de residuos en un plazo máximo de un mes. Las obligaciones de información que derivan de este artículo podrán presentarse ante la comunidad autónoma en soporte electrónico.»

Se añade un apartado 3 en el artículo 15 (declaración anual de envases) que queda redactado como sigue: «3. Las obligaciones de información recogidas en este artículo se gestionarán electrónicamente cuando la tramitación por esta vía se encuentre disponible.»


Oirán decir que el RD de aceites usados obliga a informar por vía electrónica:

RD 679/2006, de aceites industriales usados El párrafo tercero del apartado 3 del artículo 14 queda redactado como sigue: «Antes del día 1 de mayo del año siguiente al período anual al que estén referidos los datos, las comunidades autónomas enviarán en soporte electrónico a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino la información que hayan recibido, a efectos de su remisión a la Comisión Europea, a través del cauce correspondiente.»

Oirán decir que el plan de gestión de disolventes del RD de COVS es obligatorio mandarlo por vía electrónica:

Real Decreto 117/2003 de COVs «Disposición adicional única. Tramitación electrónica. Los interesados podrán tramitar las obligaciones de información y los procedimientos que deriven de esta norma por vía electrónica. Las administraciones públicas promoverán que se habiliten los medios necesarios para hacer efectiva esta forma de tramitación.»

O incluso que la Declaración Medio Ambiental (DMA) derivada de las Autorizaciones Ambientales integradas IPPC son ahora obligatoriamente e-DMA:


Real Decreto 509/2007, desarrollo de la IPPC «Disposición adicional tercera. Tramitación electrónica. Los interesados podrán tramitar las obligaciones de información y los procedimientos que deriven de esta norma por vía electrónica. Las administraciones públicas promoverán que se habiliten los medios necesarios para hacer efectiva esta vía.»


Oirán muchas cosas pero, por dejarlo claro, en estas cinco normas encontramos tres escalones:

Primero, las que se limitan a recoger la obligación de los gobiernos autonómicos de enviar los datos al ministerio en formato electrónico, como informaticen los datos las CCAA es asunto suyo.

Segundo, normas que se limitan a decir que las empresas “podrán” usar medios electrónicos (uso que nosotros recomendamos encarecidamente) configurándolo, en la línea con la Ley 11/2007, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, como un derecho del ciudadano y una obligación de la Administración.

Tercero, las disposiciones del RD 833/88 referida a los DCS y el RD 782/98 a la declaración anual de envases que se configura en forma de obligación aunque con un matiz, “cuando la tramitación por esta vía se encuentre disponible”.... este último término, lo define el diccionario como: “que está lista para usarse o utilizarse” con todo lo que eso implica...

Como conclusión y para que lo tenga claro todo el mundo (los asociados pueden llamar las veces que quieran para hacer consultas, obviamente, pero a la pregunta ¿es legalmente obligatorio utilizar sistemas electrónicos para realizar un trámite administrativo concreto?, la respuesta va a ser siempre esta):

  1. La Ley 30/1992, la norma básica que regula cómo funciona la Administración en España dice que los ciudadanos se podrán relacionarse con la Administración por cualquier medio “válido en Derecho”, es decir, en papel también.

  2. La Ley 11/2007, la norma que regula la aplicación de las TICs a la Administración Pública en España, establece en su artículo 27.6 las condiciones necesarias para que, en un procedimiento sea obligatorio el uso de medios electrónicos, excepcionando lo dispuesto en la Ley 30/1992: “Reglamentariamente, las Administraciones Públicas podrán establecer la obligatoriedad de comunicarse con ellas utilizando sólo medios electrónicos, cuando los interesados se correspondan con personas jurídicas o colectivos de personas físicas que por razón de su capacidad económica o técnica, dedicación profesional u otros motivos acreditados tengan garantizado el acceso y disponibilidad de los medios tecnológicos precisos”

  3. Conclusión: es imprescindible una norma reglamentaria (una orden, un decreto...) que establezca dicha obligatoriedad y sin esa norma concreta, dicha obligación legal no existe. No se pueden usar alternativas como resoluciones individuales o publicación de metodologías en páginas web... sin Decreto no hay obligación y punto.

  4. ¿Modifica el RD 367/2010 este panorama?, ¿es la norma reglamentaria que esperábamos? En parte sí, aunque exclusivamente en lo referente a DCS y declaración anual de envases, pero ojo que es una obligación condicional, “cuando la tramitación por esta vía se encuentre disponible.”.... si dicha vía no está disponible, la obligación se vacía de contenido y opera lo dispuesto en la Ley 30/1992.... el papel.

Y si el sistema no funciona... ¿qué hacemos?.. si el sistema no funciona, no está disponible, así de sencillo.

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martes, 23 de marzo de 2010

Ofensas y discrepancias



Hay algo con lo que en este blog intento ser muy cuidadoso... Aunque al parecer no siempre acierto. Pretendo ser muy escrupuloso en evitar, por todos los medios, que nadie pueda sentirse ofendido en su esfera estrictamente personal, por las reflexiones que vuelco en estos bits... y, además, no tengo el más mínimo reparo en disculparme públicamente si alguien se ha sentido personalmente molesto o agraviado.

Si se han fijado alguna vez, en este blog, todas las referencias que se realizan a personas concretas son, o intentan ser positivas, destacando aspectos que me parecen admirables. Alguien me dijo una vez: "Siempre que citas a alguien en el blog es para ponerlo por las nubes, ¿nunca tropiezas con alguien que no te guste?", y respondí una máxima que intento aplicar también en mi vida personal:"es que, para hablar mal de alguien, prefiero no hablar".

Si se han fijado, en todo momento, me he referido al ámbito personal, a cuestiones propias de su persona, eso no puede aplicarse a cuestiones profesionales.. si creo que un determinado proyecto o una determinada decisión es, en mi opinión, equivocada, si la creo perjudicial para el Desarrollo Sostenible de la Industria Vasca (y con ella de nuestra sociedad entera, no lo olvidemos...) lo diré aquí y donde haga falta... en democracia, tomar decisiones implica el riesgo de ser criticado por ello, implica que quien discrepe lo pueda decir y que del contraste de opiniones, de esa dialéctica, surjan soluciones y equilibrios.

Me revelan especialmente los adjetivos otorgados a colectivos, las generalizaciones que, por desgracia, no suele traer referencias positivas. Tópicos injustos, usados casi siempre con mala intención... y el motivo de esta rebeldía creo que no necesita mucha explicación: trabajo codo con codo con la industria y, hasta ahora, no me he encontrado al malvado y sin escrúpulos industrial avaricioso que busca el beneficio económico a cualquier precio y que tanto sale en las películas... ¿será porque quizás es que no existe?...

Hay un colectivo especialmente maltratado en cualquier conversación de sobremesa, especialmente zaherido por los siempre agudos (y divertidos, todo hay que decirlo...) chistes de Forges. Colectivo al que yo he defendido, en público y en privado, ante quien haya hecho falta, con el que he compartido muchas horas de reuniones, discusiones y peleas y que forman los funcionarios públicos.

Por cada ejemplo de funcionario indolente y pasota yo ofrezco 100 de abnegados trabajadores, motivados, con escasos medios, que pelean día a día por hacer las cosas cada vez mejor. Por cada funcionario ignorante yo señalaré 100 capaces y preparados, que pueden sostener (y de hecho han sostenido) elevadas discusiones con algunos de nuestros mejores técnicos... y eso es mucho decir...

Tras 15 años (o casi) dedicado al Derecho Administrativo, 13 años largos dedicado el Derecho Industrial, puedo decir que he conocido funcionarios y funcionarias de todos los perfiles, de todos los niveles de motivación, trabajando hora tras hora, batallando dentro de (y también “contra”) una organización muy ineficiente y extremadamente difícil de cambiar que no empuja, precisamente, a la implicación personal.

Si alguna persona de este colectivo se ha sentido ofendida por el contenido de este blog, humildemente, le pido que me perdone.

Eso sí, reclamo mi derecho a discrepar. Reclamo mi derecho a decir lo que pienso. Reclamo mi derecho a decir que una medida es desacertada, que un programa no está bien planteado, que un política no es correcta. Reclamo mi derecho a defender nuestra visión del Desarrollo Sostenible y no creo que nadie se pueda sentir ofendido por ello.

Reclamo mi derecho a decir que, de la misma forma que la industria más eficiente, también es la más limpia, la sobre-exigencia no conduce más que a la pérdida de competitividad, a la ilegalidad, a la competencia desleal y al subdesarrollo y, no lo olvidemos, el subdesarrollo y la contaminación están íntimamente ligados, de modo que esa sobre-exigencia, de la que algunos incluso presumen, perjudica el Desarrollo Sostenible, perjudica la salud y perjudica el medio ambiente.

De la discusión, de la dialéctica entre una Administración preparada y motivada y una industria innovadora y proactiva, surge, de la mejor manera posible, el Desarrollo Sostenible que tanto necesitamos y que la historia nos ha enseñado no se puede planificar en planes quinquenales.

Si alguien se ofende en lo personal porque diga y aplique esto en mi trabajo, lo siento enormemente, pero será esa persona la que tenga que hacer propósito de enmienda.


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martes, 9 de marzo de 2010

Twitter, el Nitrógeno y el "magufismo institucionalizado, populista y torpe"

(En la imagen: una Gracilaria, una de las especies de algas marinas de las que se extrae el Agar-Agar)


Twitter: (gorjear, parlotear, trinar) Servicio gratuito de microblogging que permite a sus usuarios enviar micro-entradas basadas en texto, denominadas "tweets", de una longitud máxima de 140 caracteres. (Fuente: Wikipedia)

Nitrógeno: Elemento químico, de número atómico 7, símbolo N y que en condiciones normales forma un gas diatómico (nitrógeno diatómico o molecular) que constituye del orden del 78% del aire atmosférico. (Fuente: Wikipedia)

“Magufismo” ideología del “Magufo”: (contracción de "Mago" y "UFO", siglas inglesas para OVNI) término utilizado generalmente en listas de correos, foros de Internet y otros ámbitos por personas escépticas de las pseudociencias para referirse informalmente a los promotores de éstas. (Fuente: Magonia)


Sí, ya han oído hablar de ella, no disimulen. Y sí, Twitter es otra red social en Internet (otra más)... pero, como todas las redes sociales tiene unas enormes posibilidades para la comunicación y esta en concreto tiene algunas cosas que la hacen especial...

Yo uso http://twitter.com/blancourgoiti como ejercicio de transparencia. Casi en cada momento explico qué estoy haciendo, a qué me estoy dedicando, de modo que, en mi papel de "malvadísimo" abogado de la industria química, pueda demostrar que mi quehacer diario no sólo es perfectamente legítimo sino que es claramente favorecedor del Desarrollo Sostenible.

La semana pasada acudí a una interesante jornada en el Colegio de Abogados de Bizkaia sobre un tema que los habituales lectores de este blog saben ya que me apasiona: la e-Administración y su regulación jurídica.

Había varias ponencias que me interesaban mucho. La de Alberto Ortiz de Zárate, (@alorza) director de Atención Ciudadana del Gobierno Vasco especialmente, por su contenido y por su fama de excelente comunicador. Fama que confirmó con creces aunque, como le tocó hablar el último y comenzó su exposición cuando ya se había superado ampliamente el tiempo total de la jornada, tuve que dejar a medias, antes de que terminara... Ya me disculpé por Twitter aunque aprovecho para hacerlo de nuevo en este post.

(Intervino en primer lugar Pilar Irurzun Huici, Técnico de proyectos normativos de la Administración electrónica dependiente de la Dirección de Innovación y Administración Electrónica del Departamento de Justicia y Administración Pública del Gobierno Vasco, es decir jurista encargada de preparar las normas legales que regulan (y seguirán regulando) la e-Administración… y, claro, le tuve que hacer una pregunta interesándome por su opinión en un par de cosas que distan mucho de estar claras y asentadas:

1ª ¿Cómo debemos interpretar la expresión “acceso y disponibilidad de los medios tecnológicos precisos” cuando la Ley 11/2007 de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos en su Artículo 27.6. dice que las Administraciones Públicas podrán establecer reglamentariamente la obligatoriedad de utilizar medios electrónicos.”? y

2ª. ¿Qué valoración le merece la tendencia de la Administración Pública vasca, en general, del Departamento de Medio Ambiente en particular, a remitirse a normas técnicas publicadas exclusivamente en Internet en sus resoluciones administrativas de, por ejemplo, autorizar una actividad industrial?....

pero otro día les cuento la respuesta… aunque ya les adelanto que salió del paso muy bien y muy elegantemente) .


Bueno, el caso es que Twitter tiene muchas aplicaciones durante una charla: informar en directo sobre lo que se está diciendo en la misma o para que los miembros de la mesa interactúen con el público y desde el público se les responda aunque ni si quiera se conozcan “desvirtualmente”.

El caso es que durante esta interesante jornada, observé que en mi “timeline” se desarrollaba una amena conversación entre alguno de los miembros del equipo de cocina del restaurante Etxanobe de Bilbao (@Etxanobe) y alguien del servicio de comunicación de Fagor Industrial, la empresa de Fagor especializada en montar cocinas profesionales para hostelería (@FagorIndustrial).

En un momento dado, la gente del Etxanobe presenta su entrada en el blog dedicada al uso del Nitrógeno en la cocina:

“Un poco de espectáculo: El nitrógeno es el 7º elemento más común del universo. Un médico, químico y botánico escoc... http://bit.ly/br70sc

(por cierto, un post muy interesante con videos y todo… y el nitrógeno es de “nuestros chicos” de Praxair…)

Y, desde Fagor Industrial contestan:

“el séptimo más común, pero a partir de ahora prohibido en Italia! “
http://twitter.com/FagorIndustrial/status/9919582359

y claro... yo veo un elemento químico y la palabra prohibir en la misma frase y me mosqueo… y, además, ¿Cómo se va a prohibir el nitrógeno?... alguien se ha vuelto loco...

Así que, de forma inmediata pregunto: “@FagorIndustrial @Etxanobe ¿prohibido en Italia para qué?, (¿tienes la fuente de esa información?)”
http://twitter.com/blancourgoiti/status/9919797760

(Twitter tiene estas cosas, que intervienes, así, como quien no quiere la cosa, en una conversación entre, supongamos, Andreu Buenafuente (@Buenafuente) y, pogamos,... Demi Moore (@mrskutcheR) ... ¡Y muy posiblemente te contesten!... )

El caso es que desde el @Etxanobe contestan:

“@blancourgoiti @FagorIndustrial
http://www.elmundo.es/elmundo/2010/02/21/cultura/1266774839.html
Italia es un país apasionante. Italia es el país del arte, de la pasión. Creativo, vitalista, algo caótico... Italia es el país de la creación... las sentencias más interesantes de los tribunales de Justicia de la Unión Europea sobre Derecho Ambiental derivan de asuntos italianos, porque la capacidad de los italianos de "innovar" formas de regatear las directivas europeas parece no parecen conocer límites. Italia es también el país europeo de la política-espectáculo y el más dado al populismo.

Al parecer, en Italia ha arreciado la absurda polémica que ya sacudió a la cocina española en 2008 sobre el uso de la “química” en la cocina... como si la cocina no fuera, toda ella y sin excepción, química pura y simple (ya hablamos de esto en su momento: Receta de la Abuela para hacer un huevo frito (versión Colegio de Químicos del País Vasco)

Pero en Italia ha intervenido el gobierno..., y empujada, digo yo, por ese populismo tan italiano, la secretaria de Estado de Trabajo, Salud y Políticas Sociales, Francesca Martini, firmó en enero, ante las cámaras del programa de televisión (!!!) 'Striscia la Notizia', la Orden Ministerial que, según la información garantiza que la comida de los restaurantes sea completamente “natural” (Échenle un vistazo al video. Si agudizan el oído, el italiano se entiende bastante bien.... y la conversación no tiene desperdicio).

Terminada la jornada, esa noche ya en casa, acostada la niña y con la cocina recogida, me pongo a investigar y, efectivamente, la Gazzetta Ufficiale della Repubblica Italiana Serie Generale n. 40 del 18 de febrero de 2010 publica la Orden de 29 de enero de 2010 (fecha de la firma de la orden ante las cámaras de la televisión...) titulada “Misure urgenti in merito alla tutela della salute del consumatore con riguardo al settore della ristorazione.”

La Orden tiene solamente 2 artículos que, resumidamente, prohíben el uso en restaurantes de aditivos alimentarios para los cuales la normativa europea ha establecido usos concretos y dosis máximas (salvo en el caso de edulcorantes).

Esto lo regulaba hasta hace bien poco la Directiva 95/2/CE relativa a aditivos alimentarios distintos de los colorantes y edulcorantes, aquí en su versión “consolidada” de 2006 (traspuesta por Real Decreto 1917/1997). Y digo “regulaba” porque el Reglamento Europeo (CE) nº 1333/2008 que la sustituye está aún en pleno proceso transitorio...

Dicha norma, incluye un anexo I de aditivos regulados pero exentos de restricciones de uso y dosis máximas entre los que se encuentran algunos de los favoritos de la “cocina molecular”: Lecitinas (E322), Agar-agar (E406).... y el Nitrógeno (E941) y para los cuales, la norma europea establece que “podrán añadirse a todos los productos alimenticios, con excepción de los contemplados en el apartado 3 del artículo 2 [preparados para lactantes, preparados de continuación y alimentos elaborados a base de cereales y alimentos infantiles], según el principio de quantum satis.”.... principio básico de la regulación alimentaria que deja a criterio del profesional la determinación de la dosis necesaria de un ingrediente para que sea alcanzado el efecto deseado, pero no se añada más si se considera demasiado.... ¡pura lex artis, confianza en el buen hacer de los profesionales!.

Para los aditivos contenidos en el Anexo I (es decir para aquellos que no tienen usos determinados y dosis limitadas por norma), el artículo 1.2 de la orden italiana, prevé que será de aplicación lo dispuesto en el artículo 5 del Reglamento (CE) nº 852/2004... que regula algo tan habitual como la obligación de realizar análisis de puntos críticos de higiene (los famosos APPCC) y que se deberá informar al consumidor de su uso.... lo que no creo que sea ningún problema para los restauradores... ya que incluso publican sus recetas en libros o en Internet....

Además, el artículo 1.3., prohíbe el uso de sustancias en forma gaseosa, excepto los regulados en el punto 1.2... es decir el nitrógeno, entre otros... norma en la que se apoyan los medios para afirmar que prohíbe el uso de dicho gas, lo cual no sería correcto en ningún caso, dado que el nitrógeno en la cocina de un restaurante se usa en forma líquida... y lo mejor de todo es que el motivo que dan los medios (y la secretaria de estado) para prohibir el nitrógeno es la seguridad en el trabajo.... ¡ni que una bombona de butano no tuviera riesgos si no se maneja de forma adecuada!

Así que, concretando: que, aunque puede que lo hayan intentado, la orden ministerial italiana no limita las posibilidades de creación de la cocina y que, como suele suceder en estos casos, el espectáculo pierde a los medios y a los políticos y el uso del nitrógeno en la cocina no está prohibido en Italia, ni en ninguna parte de Europa, siempre que se use conforme a las buenas prácticas de los profesionales y se informe de su uso al cliente....

¡Ah! y prometo que la próxima vez que vaya a comer al Etxanobe pediré de postre “Crema de naranja con NITROGENO LIQUIDO y dulce de leche” sin falta.


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lunes, 1 de marzo de 2010

formspring.me

Necesito que me digas, si el D.C.S que imprimes del IKS, en el cual te aparecen unos cuadrados para firmar tanto al lado de los residuos como para el transportista, para el transporte tienen que estar firmados todos.

"Tienen" significa "obligación legal": Pues en principio, con cumplir lo que hacías antes con los DCSs en papel que repartía el GV sería más que de sobra. ¿Quiénes firmaban los DCS en papel?... Pues lo mismo.

¿Si el hueco queda en blanco pasa algo?: absolutamente, nada.

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¿Cómo eres tan valiente?Saludos ALyCie

¿Valiente?.... no creo que sea valiente... hace mucho tiempo de que me convencí de que la única vía que nos queda a los "malvados" que nos dedicamos a (Oh! pecado!) mejorar la calidad de vida de las personas es ser lo más transparentes posible. Y eso es lo que hago, contar a lo que me dedico, contar a qué dedica su tiempo un "malvado" abogado de la industria química...

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