viernes, 18 de marzo de 2016

Tesoros en la basura



Tengo la teoría de que, respecto a los trasteros, los armarios y el maletero de los coches, las personas somos como los gases: tendemos a ocupar todo el espacio disponible. Da igual lo grande que sea el trastero, si pasa el tiempo suficiente, estará lleno de cosas.

Hace un par de fines de semana, dedicamos un sábado en familia a ordenar el trastero y, con cada viaje que emprendía hacia el Garbigune (o “punto limpio”), más me preguntaba: ¿para qué hemos guardado esto 10 años...?

Una parte de mi familia vive en Holanda. Mi sobrina, una adolescente alegre y encantadora, siguiendo la costumbre local, hace unos meses puso a la venta una buena parte de sus juguetes viejos el día de la fiesta del cumpleaños del rey y, tras una dura jornada comercial, con el dinero que obtuvo por ellos, pudo renovar su viejo teléfono móvil, heredado de su madre.

Allá por noviembre del año pasado, mi hija y sus amigas, en una localidad cercana a Bilbao, participaron en un mercadillo solidario, similar a la costumbre holandesa, y dedicaron la mañana de un domingo de sol a preparar su puesto de venta y atender a sus clientes. Independientemente del fin solidario de la actividad e independientemente de sus bondades respecto a la Sostenibilidad, el hecho de que las niñas se preocuparan de organizar su "negocio", emprendieran, al fin y al cabo, y dedicaran la mañana a trabajar y esforzarse, ya mereció la pena.

Sinceramente, con la tranquilidad que puede dar el hecho de que el mercadillo había sido organizado por un ayuntamiento, mientras observamos de lejos a las niñas, tomando una cerveza en una terraza, yo dejaba de preguntarme qué tratamiento fiscal tendría una actividad como esa, si no sería necesaria una licencia municipal de venta ambulante, si las jugueterías locales no podrían quejarse por la competencia desleal... Ya, imagino lo que están pensando, pero después de tantos años en el sector químico, tengo el cumplimiento legal metido hasta el ADN...

Todo ello me lleva a pensar lo impreciso del concepto "residuo" y cómo, una rigurosidad normativa mal entendida, puede hacer ilegal una práctica social, ambiental y pedagógicamente magnífica. Claro, es teóricamente posible obtener las licencias necesarias para vender juguetes de segunda mano pero... ¿merecería la pena el esfuerzo?

Leía el otro día, en la revista Abogados del Consejo General de la Abogacía, un artículo de Jesús López-Medel, un diputado que, en su día, fue capaz de tener ideas propias, diferentes de las de su partido, en temas muy trascendentes y, ¡oh, gran pecado!... expresarlas... Lógicamente, según la lógica absurda de este país, ahora es ex diputado.

Hablaba López-Medel sobre algo sobre lo que ya les he aburrido yo alguna ves, la seguridad jurídica y la estabilidad normativa como valor en sí mismo, aunque muy centrado en el flaco favor que le hace al país, un gobierno con mayoría absoluta en las cámaras, aprobando leyes con toda la oposición en contra, sin molestarse en alcanzar consensos. Leyes que, probablemente sean modificadas en la siguiente legislatura.

La tesis básica sería, más o menos, que, por muy convencido que yo esté de que mis ideas son las mejores, al país le conviene más aplicar ideas, quizás no tan excelentes (desde mi punto de vista) pero compartidas por más gente y, por lo tanto, más estables en el tiempo.

Creo que alguien en la Comisión Europea debería leerse el artículo, que, si bien es cierto que dialoga mucho en cada revisión normativa, no escucha demasiado y, sobre todo, no entiende que la industria necesita estabilidad y coherencia normativa. A la industria, a la industria seria, la de verdad, la que crea empleo estable y de calidad, no le preocupa en exceso que la normativa sea exigente, siempre que sea igual para todos, pero necesita continuidad y no dar bandazos para que sus planes de inversión a 15, 20 ó 30 años se cumplan.

La Comisión ha puesto en marcha, otra vez, la máquina para revisar la Directiva de Residuos. Sí, otra vez. En esta ocasión para hacerla coherente con la gran apuesta estrategia europea por la Economía Circular.

¿Cómo piensa la Comisión que puede favorecer que unos procesos industriales aprovechen los subproductos de otros, algo que la Industria Química lleva 150 años haciendo y que recomendamos ajustar en los borradores de 2008? En mi opinión, esta vez, debería tener en cuenta nuestra opinión. Al menos más en cuenta de lo que la tuvo en 2008.

A estas alturas, es difícil que nadie, ni siquiera los más fervientes y radicales defensores del libre mercado, discutan la intervención de la Administración en el tráfico de residuos, pero una cierta flexibilización a empresas que han demostrado su compromiso y concienciación con certificaciones y verificaciones constantes, tampoco estaría de más.

Pero el problema esencial está en las imprecisas y móviles zonas fronterizas.

Como es lógico, una empresa que ha recorrido el duro camino para obtener una autorización de gestor de residuos, en general, aspira a cobrar por hacerse cargo de los deshechos de otras empresas. Es intrascendente si, tras procesarlos, obtiene una rentabilidad de ellos, su autorización de gestor le permite considerar que su trabajo ha operado el milagro de activar algo llamado "fin de la condición de residuo" y, entregando una ficha de seguridad si es un material peligroso y poco más, vuelve al mercado como si tal cosa.

También es cierto, que hay mercados de residuos (o no-residuos, según con quién se hable) por los que se ha pagado desde siempre.

Los catalizadores agotados de platino en los reactores de ácido nítrico valen un dineral y las empresas tienen cola en la puerta de gestores autorizados para hacerse cargo de ellos. No por ello dejan de ser un residuo. Sin embargo, los alquitranes subproducto derivado de la coquetización de la hulla, que también valen un dineral, se han vendido de siempre como producto sin mayor problema.

Por más vueltas que le doy al proceso de declaración de subproducto y a los reglamentos de fin de condición de residuo, menos entiendo que no volvamos a la lógica del mercado: si alguien está dispuesto a pagar por un material, una empresa legalmente establecida, con sus autorizaciones en regla, ¿por qué tanto empeño en ponerle puertas al campo?

Con demasiada frecuencia, materiales que se pueden reintegrar fácilmente en el proceso de producción, sin ningún riesgo especial para la seguridad y el medio ambiente, se clasifican como residuos. La clasificación de materiales valiosos como residuos disuade de posibles inversiones en prácticas comerciales que lo que buscan es optimizar la reutilización de esos recursos. Además, va en contra del principio de la Economía Circular.

Es esencial que los criterios de subproductos se definan de tal manera que los materiales secundarios de producción que sean utilizados posteriormente, sin que ello suponga ningún riesgo especial para la salud humana y el medio ambiente, no sean clasificados como residuos y no necesiten ningún tipo de declaración administrativa.

Pero, en todo caso,  lo que seguro que ni la industria, ni el medio ambiente necesita, es que los criterios de subproductos estén abiertos a diversas interpretaciones por parte de las autoridades nacionales distintas, dando lugar a una inseguridad jurídica para las empresas que compiten en un único mercado.

A largo plazo, la Unión Europea debería pasar de un marco legislativo orientado al residuo a un marco legislativo orientado a los recursos, para mantener el valor de los materiales durante el mayor tiempo que sea posible Con este fin, los responsables políticos de la UE deberían evaluar en qué medida la definición actual de los residuos, y la dificultad administrativa para desclasificarlos como tales, está obstaculizando el desarrollo de una economía circular.

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domingo, 6 de marzo de 2016

La Comisión Europea Filibustera



El pasado viernes, al finalizar el debate previo a la segunda votación de la investidura intentada por Pedro Sánchez, el ex-lehendakari Patxi López, actual presidente del Congreso, en el fragor de un rifirrafe sobre el uso o no de turnos de palabra adicionales “por alusiones” con el portavoz del Grupo Parlamentario Popular, Rafael Hernando, dijo: “Ya sé que hay mucha gente acostumbrada a este especie de filibusterismo parlamentario, para pedir la palabra cuando no le corresponde"

El término filibusterismo no tiene demasiado sentido en el funcionamiento del parlamento en España, debido a la tasación previa en tiempo de todos los turnos de palabra, de modo que, una vez concluido el tiempo asignado a cada portavoz, el presidente de la sesión puede cortar la intervención del orador, digamos, por la fuerza.

La práctica filibustera, sin embargo, es posible en los sistemas parlamentarios con reglamentos inspirados en la Cámara de los Comunes británica y han sido especialmente famosas estas prácticas en el Senado de los Estados Unidos, donde no hay tiempo asignados previamente y el orador que está en uso la palabra puede retenerla y alargar indefinidamente su intervención, en tanto no se siente ni deje de hablar, sobre el tema debatido o sobre cualquier otro, con la única intención de obstaculizar la aprobación de una resolución que personalmente rechaza.

Un ejemplo de esta práctica apareció en la película de Frank Capra de 1939 “Mr. Smith Goes to Washington”, llamada en España “Caballero sin Espada”, en la que James Stewart, un joven idealista nominado como senador, víctima de un complot de corrupción, se ve obligado a utilizarla para defender su inocencia y destapar a los verdaderos corruptos.

Lamentablemente, en la vida real, el récord de práctica filibustera que más tiempo duró en el Senado de los Estados Unidos se debió a una causa bastante menos noble. Dicho récord lo ostenta el senador por Carolina del Sur, Strom Thurmond, que el 28 de agosto de 1957 obstruyó, durante 24 h y 18 minutos, la Ley de Derechos Civiles, promovida por el presidente Eisenhower, que fue el principio del fin de la segregación racial en los estados del Sur, leyendo, entre otras cosas el cuaderno de recetas de cocina de su abuela.

El senador por Vermont y actual candidato a la denominación por el Partido Demócrata, Bernie Sanders retuvo la palabra durante 8 horas y 34 minutos en un debate en 2010 sobre la ampliación del plazo de exenciones fiscales en favor de las rentas más altas. En el enlace a Youtube puede verse la intervención completa, si bien es cierto que recibió la ayuda de una senadora demócrata de Lousiana que le permitió descansar durante casi 20 minutos.

El término inglés, filibuster proviene del castellano filibustero, uno de los nombres utilizado para referirse a los piratas en el Caribe, y éste, a su vez, del holandés vrijbuiter “pirata, ladrón”. Su traspaso a la práctica parlamentaria deviene, al parecer,  de un debate en el Congreso de los Estados Unidos en 1853 al respecto de las expediciones, organizadas por particulares estadounidenses desde California y otros estados del sur, destinadas, precisamente, a realizar prácticas filibusteras en México, Nicaragua, Cuba y otras jóvenes repúblicas de Centro América y el Caribe.

Pues bien, hace unas pocas semanas vivimos una práctica filibustera contra la Industria Química y no, no fue en el Caribe, ni si quiera en el Congreso de los Diputados, sino que fue promovida por una entidad tan respetable como la Comisión Europea.

La Industria Carboquímica del siglo XXI se basa en la destilación de un hidrocarburo generado en el proceso de obtención del coque de carbón de hulla, el alquitrán.

Uno de sus productos básicos, la brea (nº CAS 65996-93-29), que constituye casi el 50% de su producción y que es la materia prima esencial para la fabricación de los electrodos necesarios para la fundición de aluminio o del acero en las acerías de arco eléctrico, como la ACB de Sestao, va a ser objeto de reclasificación el próximo 1 de abril.

En 2013, la Comisión Europea decidió, en el Reglamento 944/2013, agravar la clasificación de la brea y añadir a la misma la frase H400: "Muy tóxico para organismos acuáticos", a pesar de que la mayoría de los estudios realizados sobre la sustancia no apoyaban dicha clasificación.

Ese cambio de clasificación no es gratuito. El propio Reglamento advertía de las dificultades que dicha clasificación generaría a la industria europea y, en su artículo 3.3 preveía un plazo largo de adecuación, derivando la entrada en vigor de ésta clasificación específica al 1 de abril de 2016.

Ese cambio implica, entre otras muchas cosas, la modificación del etiquetado, de los materiales de transporte o, por ejemplo, implica que toda instalación en la que estén presente más de 100 toneladas de este material se verá afectada por la normativa Seveso. Si supera las 200 toneladas, conforme a la misma normativa, deberá elaborar un Informe de Seguridad para la elaboración de un Plan de Emergencia Exterior.

La Industria Carboquímica Europea, entre la que se encuentra una empresa asociada a AVEQ-KIMIKA, recurrió la norma reglamentaria por carecer de justificación científica suficiente, y el pasado 7 de octubre de 2015, el Tribunal General de la Unión Europea dio la razón a la industria y anuló la reclasificación por falta de fundamentos científico (T-689/13 Sentencia). La Comisión fue incluso condenada en costas por el tribunal.

En mi opinión una apelación tiene poco sentido. La falta de evidencias suficientes está claramente expresada en la sentencia y una apelación no va a cambiar la interpretación de los tribunales sobre ese aspecto.

Sin embargo, sorprendentemente, la Comisión Europea ha recurrido la sentencia ante el Tribunal de Justicia y, cuando se trata de un recurso contra un Reglamento general, el recurso de la Comisión tiene el efecto de suspender la sentencia del Tribunal,de modo que la reclasificación estará vigente a partir de la fecha inicialmente prevista.

No tengo pruebas que demuestren cuál es la intencionalidad última de la Comisión con este recurso pero los efectos del mismo son demoledores. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea tardará no menos de 2 años en responder si acepta o no tramitar el recurso y, en caso de admitir a trámite la apelación, no menos de 5 en resolver sobre el fondo de la misma.

A efectos prácticos, la industria, especialmente los clientes de la carboquímica, que no adapte sus sistemas de trabajo, de transporte o que no aplique la normativa Seveso a sus instalaciones el día 1 de abril de 2016, se encontrará en situación de ilegalidad.

Con ese recurso de la Comisión, digno de la mejor práctica filibustera, lo que la justicia pueda decidir dentro de 2 ó 5 años, a efectos prácticos, es indiferente. Es decir, lo justo o lo injusto, no importa porque, debido a una maniobra dilatoria, a la industria no le habrá quedado más remedio que aplicar y adaptarse a normativas que, de otro modo y según las evidencias científicas, no les serían de aplicación. Tendrán que asumir costes importantes no justificados y repercutirlos sobre sus clientes, la ya ampliamente maltratada industria del acero europea.

No tiene ningún sentido elaborar un Plan de Emergencia Exterior de Seveso, con la ingente cantidad de recursos públicos y privados que hace falta para ello si, dentro de 2 ó 5 años, la justicia va a decir que no era necesario. Sin embargo, la estricta observancia de la legalidad, forzada por una cuestionable práctica procesal de la Comisión Europea nos lleva a ese absurdo.

A pesar de sus esfuerzos, el senador Thurmond, un radical segregacionista, no consiguió frenar la integración racial en los Estados Unidos… pues bien, la Comisión Europea, con prácticas como esta, va a convertir Europa en un desierto industrial.

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