Después de tantos años tratando de ayudar a los técnicos, a las ingenieras y a los químicos de la industria, creo que tengo ya material suficiente para escribir un magnífico culebrón sobre la relación amor-odio que mantienen día a día con los "papeles".
Por una parte, los papeles dan seguridad. Y los profesionales piensan que nada mejor que un buen formulario para enfrentarse a un trámite administrativo. Los consultores, quizás inconscientemente, se han aprendido el truco, y un buen trabajo de consultoría siempre empieza con un buen formato para que la empresa rellene.
A los técnicos, los ingenieros y químicas de la industria, no les ha quedado más remedio que aprender que, en su ámbito de actuación es fundamental, la "evidencia" y que no basta con hacer algo, es necesario ser capaz de demostrar que lo has hecho.
En teoría, su trabajo no está sometido a unos niveles de responsabilidad mayores que los de cualquier otro profesional. Nosotros mismos, si cometemos un error en un sencillo consejo por email, podríamos ser demandados, denunciados o querellados por ello, sin embargo, el constante escrutinio social al que se somete la industria y, en gran parte derivado de éste, el constante uso político de lo que en ella sucede, provoca que su responsabilidad sea más visible y las posibles acciones para reclamarla sean mucho más habituales.
Para que me entiendan: en teoría mi responsabilidad profesional y la del director de una pequeña industria química es idéntica, en la práctica, la probabilidad de que él o ella se vean en problemas legales, es mucho mayor.
También es cierto, todo hay que decirlo, que el runrún fatalista en este ámbito por parte de los profesionales es exagerado. Yo he oído decir, más de una vez, a excelentes profesionales dedicados a la seguridad laboral, con un trabajo y resultados magníficos, demostrablemente magníficos, afirmar con convicción "yo asumo que, a lo largo de mi carrera profesional,pasaré algún día por la cárcel" y eso, como broma, con escasa gracia, no está mal pero, además resulta que no es cierto en absoluto, pues la probabilidad es ínfima, ya que requiere o bien ser un "piernas", y entonces quizás ese paso por la cárcel no fuera del todo injusto, o una larguísima y muy improbable cadena de errores.
De todas maneras, y volvemos al principio, en todos los ámbitos de actuación de los profesionales de la industria... bueno, y también de la Administacion Pública que trabajan en el ámbito industrial, "tener un papel" da mucha seguridad.
Esta preocupación por los "papeles", aunque, en realidad su contenido, en lugar de en unas nobles fibras de carbono, conformadas y blanqueada con cariño y buen hacer por una industria papelera, se plasmen en unos miserables millones de viles bits en formato PDF, ha llegado al paroxismo, a la exaltación orgiástica, en materia de coordinación de actividades empresariales, en la documentación que la empresa titular o principal tiene que intercambiar con las contratas que acceder a trabajar a sus instalaciones.
Llegó un momento en el que en AVEQ-KIMIKA fuimos conscientes de que era necesario y de que podíamos y debíamos ayudar a empresas principales y contratistas en esta bacanal papelera, en este tren de los hermanos Marx en el que, al grito de "¡más papeles!", se había convertido un proceso que, quizás olvidamos en un momento dado, solamente está enfocado a que el trabajo de personas que conocen menos nuestras instalaciones y que realizan labores que no suelen ser habituales en las mismas, trabajen con total seguridad para sí mismos y para las personas con las que convivan en el centro de trabajo al que acceden.
El grupo de trabajo KIMIKA en seguridad comenzó a moverse en esta cuestión y desarrolló una guía para la elaboración de un procedimiento de gestión de coordinación de documentación de contratas muy sencillo, muy práctico y que pone los papeles al servicio de la prevención y no a la inversa, como lamentablemente estaba sucediendo.
Contando con algunos de los y de las mejores profesionales de la seguridad de la Química Vasca y, créanme, eso es mucho decir, el documento simplifica al máximo el proceso y nuestro papel, el de los abogados de la Asociación, fue asegurarnos que cumplía todas las exigencias legales, tanto los requisito de obligación directa, como es el caso del intercambio de los papeles asociados a la normativa de coordinación de actividades, y que quedaban cubiertas todas las posibles responsabilidades, subsidiarias o solidarias, como, por ejemplo, asegurarse de que los trabajadores de la contrata están efectivamente dados de alta en la Seguridad Social.
Para que nada se nos esacapara, en lugar de ir sumando papeles, fuimos restando.
Recopilamos un buen montón de listados de documentación que demandaban a sus contratistas empresas "de referencia", asociadas y no-asociadas, químicas, petro-químicas y de otros sectores, los comparamos, completamos y fuimos analizando el porqué de todos y cada uno de ellos.
Como anécdota, en el caso de una empresa asociada, no muy grande pero de un nivel de gestión excelente, cuando les pregunté por qué pedían un papel en concreto (en este caso, copia del recibo del pago de la cuota del servicio de prevención) me respondieron:
- Pues no lo sabemos... En realidad, copiamos hace ya unos cuantos años el listado de documentos que pedían en Iberdrola/Endesa/Telefónica (...o la que fuera) y no nos hemos planteado mucho los motivos.
De ese listado estricto, justificado y preciso, y del robusto procedimiento montado a su alrededor, con el apoyo de IMQ Prevención, se organizó el proyecto que inicialmente llamamos Giltza, que finalmente se ha quedado con "proyecto Koordinatu", que pretende dar un ciclo de mejora adicional al proceso y, una vez sistematizado y simplificado el procedimiento, integrar a todas las empresas asociadas en una única base de datos de documentación, con una revisión y validación de cada documento externalizada y experta, de modo que, con mejoremos los niveles de seguridad en que tenemos todos los "papeles", que son los "papeles" adecuados y que están correctos, facilitemos un poco la vida a los contratistas que, en lugar de tener que mandar 100 veces el mismo papel a 100 empresas químicas de Euskadi (y alguna zona limítrofe), lo "suban" una única vez para todas...y en lugar de ser revisado por 100 técnicos de empresas asociadas, sea revisado una única vez, dividiendo el coste de la revisión entre 100.
Tanto el procedimiento como el informe jurídico en el que se soporta el mismo, incluido el listado de documentos, está a disposición de las empresas asociadas.
En estos meses que lleva el proyecto en marcha, apenas nos han preguntado por qué pedimos tal o cual documento, sin embargo, nos han preguntado bastantes veces lo contrario, por qué no pedimos tal otro.
Obviamente, no existe ninguna norma jurídica que diga que, por ejemplo, el recibo del pago mensual al servicio de prevención no se pueda o no se deba pedir, sin embargo, nuestra lectura es la inversa, no conocemos ninguna norma jurídica que requiera dicha petición y, por muchas vueltas que le hemos dado, no hemos sido capaces de encontrar ámbitos de responsabilidad, solidaria (o subsidiaria, eso es indiferente), que puedan llevar a la empresa principal (o titular) a responder por el hecho de que su contratista no abone los servicio de su SPA.
Pero es que, en este caso, además, ese documento no aporta nada para el proceso de coordinación; ni procede en el intercambio de información de los riesgos, ni en la proporción de instrucciones, ni en la adopción de medidas para garantizar la seguridad y salud del personal tanto propio como de las contratas, que es en definitiva el objeto de la coordinación. Es más, este recibo no certifica que el SPA esté cumpliendo con su labor, que no esté elaborando evaluaciones de riesgos genéricas "mero papel", que esté realizando las visitas anuales, etc. etc...)
- Sí, bueno, pero nosotros lo pedimos como indicio de la seriedad y el compromiso del contratista con la prevención.
- ¡Ah, bueno!, dentro de la libertad del tráfico, el cliente puede pedirle a su proveedor lo que quiera pero, ya puestos, ¿metemos en el procedimiento de coordinación la OSHAS-18.001?...
- Pues no es mala idea...
- ¿Y por qué no la ISO-9.001?
- No, eso lo pedimos para calificar a los proveedores en fase de compra. No tiene que ver con prevención.
- Pues, convénzase, el recibo del SPA o el registro OSHAS tiene la misma incidencia para la coordinación de actividades que la ISO-9.001... O que un certificado de penales del gerente...
Así que, salvo opinión mejor fundada en Derecho, en nuestra modesta opinión, pueden proceder a dar de baja ese documento del listado de "papeles”.
¡Venga!, sí, ¡ánimo!, ¡libérense de sus miedos!, ¡saquen a relucir su instinto animal!... Dejen libre a la fiera que llevan dentro... y, por esta vez, hagan una locura, ¡sin pensar!.... ¡a lo loco!... y ¡¡borren un papel de su listado!!... por probar, nada más.
Empiecen por el recibo del SPA, o cualquier otro que no esté en el procedimiento de AVEQ-KIMIKA, renuncien, por esta vez, al "síndrome de Diógenes papelista" que todos sufrimos y que nos da tanta (falsa) seguridad.
¿Lo han hecho ya?... ¿a que se sienten mucho mejor?... Ánimo. Al principio cuesta un poco pero luego... ya verán... luego, engancha.
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