domingo, 6 de marzo de 2016

La Comisión Europea Filibustera



El pasado viernes, al finalizar el debate previo a la segunda votación de la investidura intentada por Pedro Sánchez, el ex-lehendakari Patxi López, actual presidente del Congreso, en el fragor de un rifirrafe sobre el uso o no de turnos de palabra adicionales “por alusiones” con el portavoz del Grupo Parlamentario Popular, Rafael Hernando, dijo: “Ya sé que hay mucha gente acostumbrada a este especie de filibusterismo parlamentario, para pedir la palabra cuando no le corresponde"

El término filibusterismo no tiene demasiado sentido en el funcionamiento del parlamento en España, debido a la tasación previa en tiempo de todos los turnos de palabra, de modo que, una vez concluido el tiempo asignado a cada portavoz, el presidente de la sesión puede cortar la intervención del orador, digamos, por la fuerza.

La práctica filibustera, sin embargo, es posible en los sistemas parlamentarios con reglamentos inspirados en la Cámara de los Comunes británica y han sido especialmente famosas estas prácticas en el Senado de los Estados Unidos, donde no hay tiempo asignados previamente y el orador que está en uso la palabra puede retenerla y alargar indefinidamente su intervención, en tanto no se siente ni deje de hablar, sobre el tema debatido o sobre cualquier otro, con la única intención de obstaculizar la aprobación de una resolución que personalmente rechaza.

Un ejemplo de esta práctica apareció en la película de Frank Capra de 1939 “Mr. Smith Goes to Washington”, llamada en España “Caballero sin Espada”, en la que James Stewart, un joven idealista nominado como senador, víctima de un complot de corrupción, se ve obligado a utilizarla para defender su inocencia y destapar a los verdaderos corruptos.

Lamentablemente, en la vida real, el récord de práctica filibustera que más tiempo duró en el Senado de los Estados Unidos se debió a una causa bastante menos noble. Dicho récord lo ostenta el senador por Carolina del Sur, Strom Thurmond, que el 28 de agosto de 1957 obstruyó, durante 24 h y 18 minutos, la Ley de Derechos Civiles, promovida por el presidente Eisenhower, que fue el principio del fin de la segregación racial en los estados del Sur, leyendo, entre otras cosas el cuaderno de recetas de cocina de su abuela.

El senador por Vermont y actual candidato a la denominación por el Partido Demócrata, Bernie Sanders retuvo la palabra durante 8 horas y 34 minutos en un debate en 2010 sobre la ampliación del plazo de exenciones fiscales en favor de las rentas más altas. En el enlace a Youtube puede verse la intervención completa, si bien es cierto que recibió la ayuda de una senadora demócrata de Lousiana que le permitió descansar durante casi 20 minutos.

El término inglés, filibuster proviene del castellano filibustero, uno de los nombres utilizado para referirse a los piratas en el Caribe, y éste, a su vez, del holandés vrijbuiter “pirata, ladrón”. Su traspaso a la práctica parlamentaria deviene, al parecer,  de un debate en el Congreso de los Estados Unidos en 1853 al respecto de las expediciones, organizadas por particulares estadounidenses desde California y otros estados del sur, destinadas, precisamente, a realizar prácticas filibusteras en México, Nicaragua, Cuba y otras jóvenes repúblicas de Centro América y el Caribe.

Pues bien, hace unas pocas semanas vivimos una práctica filibustera contra la Industria Química y no, no fue en el Caribe, ni si quiera en el Congreso de los Diputados, sino que fue promovida por una entidad tan respetable como la Comisión Europea.

La Industria Carboquímica del siglo XXI se basa en la destilación de un hidrocarburo generado en el proceso de obtención del coque de carbón de hulla, el alquitrán.

Uno de sus productos básicos, la brea (nº CAS 65996-93-29), que constituye casi el 50% de su producción y que es la materia prima esencial para la fabricación de los electrodos necesarios para la fundición de aluminio o del acero en las acerías de arco eléctrico, como la ACB de Sestao, va a ser objeto de reclasificación el próximo 1 de abril.

En 2013, la Comisión Europea decidió, en el Reglamento 944/2013, agravar la clasificación de la brea y añadir a la misma la frase H400: "Muy tóxico para organismos acuáticos", a pesar de que la mayoría de los estudios realizados sobre la sustancia no apoyaban dicha clasificación.

Ese cambio de clasificación no es gratuito. El propio Reglamento advertía de las dificultades que dicha clasificación generaría a la industria europea y, en su artículo 3.3 preveía un plazo largo de adecuación, derivando la entrada en vigor de ésta clasificación específica al 1 de abril de 2016.

Ese cambio implica, entre otras muchas cosas, la modificación del etiquetado, de los materiales de transporte o, por ejemplo, implica que toda instalación en la que estén presente más de 100 toneladas de este material se verá afectada por la normativa Seveso. Si supera las 200 toneladas, conforme a la misma normativa, deberá elaborar un Informe de Seguridad para la elaboración de un Plan de Emergencia Exterior.

La Industria Carboquímica Europea, entre la que se encuentra una empresa asociada a AVEQ-KIMIKA, recurrió la norma reglamentaria por carecer de justificación científica suficiente, y el pasado 7 de octubre de 2015, el Tribunal General de la Unión Europea dio la razón a la industria y anuló la reclasificación por falta de fundamentos científico (T-689/13 Sentencia). La Comisión fue incluso condenada en costas por el tribunal.

En mi opinión una apelación tiene poco sentido. La falta de evidencias suficientes está claramente expresada en la sentencia y una apelación no va a cambiar la interpretación de los tribunales sobre ese aspecto.

Sin embargo, sorprendentemente, la Comisión Europea ha recurrido la sentencia ante el Tribunal de Justicia y, cuando se trata de un recurso contra un Reglamento general, el recurso de la Comisión tiene el efecto de suspender la sentencia del Tribunal,de modo que la reclasificación estará vigente a partir de la fecha inicialmente prevista.

No tengo pruebas que demuestren cuál es la intencionalidad última de la Comisión con este recurso pero los efectos del mismo son demoledores. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea tardará no menos de 2 años en responder si acepta o no tramitar el recurso y, en caso de admitir a trámite la apelación, no menos de 5 en resolver sobre el fondo de la misma.

A efectos prácticos, la industria, especialmente los clientes de la carboquímica, que no adapte sus sistemas de trabajo, de transporte o que no aplique la normativa Seveso a sus instalaciones el día 1 de abril de 2016, se encontrará en situación de ilegalidad.

Con ese recurso de la Comisión, digno de la mejor práctica filibustera, lo que la justicia pueda decidir dentro de 2 ó 5 años, a efectos prácticos, es indiferente. Es decir, lo justo o lo injusto, no importa porque, debido a una maniobra dilatoria, a la industria no le habrá quedado más remedio que aplicar y adaptarse a normativas que, de otro modo y según las evidencias científicas, no les serían de aplicación. Tendrán que asumir costes importantes no justificados y repercutirlos sobre sus clientes, la ya ampliamente maltratada industria del acero europea.

No tiene ningún sentido elaborar un Plan de Emergencia Exterior de Seveso, con la ingente cantidad de recursos públicos y privados que hace falta para ello si, dentro de 2 ó 5 años, la justicia va a decir que no era necesario. Sin embargo, la estricta observancia de la legalidad, forzada por una cuestionable práctica procesal de la Comisión Europea nos lleva a ese absurdo.

A pesar de sus esfuerzos, el senador Thurmond, un radical segregacionista, no consiguió frenar la integración racial en los Estados Unidos… pues bien, la Comisión Europea, con prácticas como esta, va a convertir Europa en un desierto industrial.

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