lunes, 27 de noviembre de 2017

¿Es el Rubius "sospechoso" de ser "un particular"?


¿No saben quién es el Rubius?... definitivamente, se han hecho mayores. Si me lo permiten, yo se lo cuento y es que soy muy fan de las nuevas formas de comunicación que ha traído Internet... Aún recuerdo la cara de alguno de mis jefes cuando pusimos en marcha el blog, va para 10 años: “... pero, ahí, en los comentarios, ¿cualquiera puede escribir lo que quiera?... pero... ¿lo que quiera?

La comunicación por Internet va tan rápido que decir que algo es la “última moda” es muy arriesgado pero, entre las últimas tendencias, sin duda, está el fenómeno “YouTuber”, que a casi todos ustedes ya les sonará.

Son, básicamente, personas jóvenes, algunas muy jóvenes, que se graban en vídeo a sí mismos diciendo o haciendo cosas y suben el resultado a la plataforma YouTube.

¿Y eso lo ve alguien?... pues sí. Requiere una cierta habilidad para la comunicación pero, en general, la espontaneidad y la falta de un guión encorsetado, contribuyen a un lenguaje muy fácil y próximo, que engancha, sobre todo cuando eres joven.

Dado que YouTube paga a los generadores de contenido un porcentaje de los ingresos obtenidos por publicidad en sus publicaciones concretas y un considerable número de estos llamados YouTubers pueden vivir de esos ingresos, su profesión es ser, precisamente, Youtuber.

Yo ya no soy tan joven, pero hay algunos canales de YouTube a los que estoy suscrito. Me gusta mucho, por ejemplo, aprender con los vídeos de Jaime Altozano, que divulga sobre música clásica o culta y música nada clásica, pero igual de culta, o me sorprende Ter cada semana, que puede relacionar intelectualmente la arquitectura racionalista, Kandiski, la Iliada y el amor entre Justin Bieber y Selena Gómez en el mismo vídeo y hacerlo con total coherencia y soltura.

Un caso interesante es el de Deborah García Bello, química y gran divulgadora, que escribe un blog desde hace tiempo, que sigo fielmente, pero que ha visto la necesidad de adaptar su lenguaje a los nuevos tiempos. Recomendaría especialmente sus vídeos sobre química y alimentación y sobre química y arte, pero casi cualquiera resulta interesante.

Uno de los YouTubers con más éxito a nivel mundial, en concreto el segundo más seguido del mundo en lengua castellana y el tercero de todos los idiomas, es un chaval de málaga, mitad español, mita noruego, llamado “el Rubius”... y ¿de qué habla en sus vídeos?... pues es difícil de decir. Comenzó jugando a videojuegos y comentando la partida sobre la marcha, pero, cada vez más...  de lo que se le ocurre en cada momento.

Es ingenioso, ocurrente, habla muy, muy rápido y consigue mantener la atención de la audiencia vídeo tras vídeo aunque reconozco que para mí ya es demasiado y no los veo nunca.

Pero, hace un par de semana, consiguió llamar mi atención cuando Deborah García Bello comentó uno de sus vídeos en un artículo, "El Rubius hace un vídeo de química y la lía parda", en el Cuaderno de Cultura Científica de la UPV/EHU,  que dirige Juan Ignacio Pérez,* otro grande de la divulgación científica.  Como se imaginarán, efectivamente trataba de química... en una serie que el Rubius denomina “Experimentos 100tificos”.

[Corrección 09:31 h: Me indican que, si bien Juan Ignacio Pérez dirige la Cátedra de Cultura Científica de la UPV/EHU, los Cuadernos están al cargo de César Tomé, químico y también divulgador de altura. Mil persones por el desliz...]

Aquí tienen el vídeo que, a día de hoy, lleva 7.972.000 de reproducciones y en el artículo las explicaciones químicas del mismo, por parte de Deborah. Yo no voy a intentar explicarlas cuando ella lo hace mucho mejor pero, básicamente, se trata de aprovechar la espectacularidad de algunas reacciones red-ox.

Pero, yo, a lo mío: aparte de un defecto en el etiquetado que se aprecia en el peróxido de hidrógeno al 12% (a aquellos que me digan cuál es el defecto o defectos, están invitados a pintxo de tortilla y zurito o café, la próxima vez que se pasen por Bilbao) , el uso por parte del Rubius de ese producto me viene al pelo para compartir algunas dudas que tenemos por aquí con el Reglamento (UE) n° 98/2013, sobre la comercialización y la utilización de precursores de explosivos y la recién publicada Ley 8/2017, de 8 de noviembre, sobre precursores de explosivos  y que, espero que podamos plantear en la jornada que tenemos prevista para este mismo viernes.

Es este un tema muy serio y dice la Ley que las empresas que comercialicen productos químicos recogidos en el Anexo I del Reglamento (entre ellos, el peróxido de hidrógeno por encima del 12%), deben informar a la autoridad de cualquier petición “sospechosa” de los mismos.... no hacerlo es considerado “infracción muy grave” y está sancionado con una multa de entre 10.001 € y 60.000 €.

No es fácil saber a ciencia cierta qué es una transacción o demanda “sospechosa” pero, el sentido común nos lleva a pensar que lo mejor es informar ante cualquier mínima duda.

Ya, en diversas circulares hemos dado pautas, pero el tema puede complicarse y mucho. Por ejemplo, ¿hasta qué punto puede saber una pyme (o no pyme), ante un cliente nuevo, si se encuentra ante una empresa seria o alguien que está suplantando su identidad?

Pero la normativa va un poco más allá: Se crea una licencia, aún sin nombre, para que los particulares puedan adquirir los productos del Anexo I. Y las empresas que los comercializan deberán anotar en un registro, que deberán llevar, toda transacción en la que se entreguen dichos productos a particulares con licencia... porque la norma prohíbe taxativamente vender a particulares sin licencia.

En la práctica, este alambique jurídico es una prohibición de vender a particulares. No se me ocurren muchos motivos para que alguien que no es profesional tramite esa licencia... ¿algún tipo de hobby?... ¿no ha pensado la Comisión Europea que, si de verdad hay demanda, va a proliferar la venta de peróxido de hidrógeno al 12,00% pelado?

Y claro, viendo el vídeo de El Rubius, no pude evitar hacerme las preguntas que dan título a la entrada... "sospechoso", en el sentido que pretende esta normativa al menos, no parece serlo pero... ¿es "el Rubus" un particular?... yo tengo mi opinión, que espero poder contrastar este viernes:


JORNADA KIMIKA: SEGURIDAD CIUDADANA Y PRODUCTOS QUÍMICOS: PRECURSORES EXPLOSIVOS
AVEQ-KIMIKA (Gran Vía, 50 - 5º  - 48011 Bilbao)
01/12/2017 - 9:30 - 13:30
Entrada gratuita
Programa completo 


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jueves, 23 de noviembre de 2017

¿Qué es SeguridadKIMIKA.eus?



AVEQ-KIMIKA está constituida por 131 empresas de todo el País Vasco comprometidas con la mejora en la Sostenibilidad de su actividad, partiendo de un estricto cumplimiento de la normativa.

Desde grandes empresas hasta micropymes, AVEQ-KIMIKA fue creada por la propia industria, para la industria, apoyándose mutuamente en esta compleja labor.

Treinta de esas empresas se incluyen en el ámbito de aplicación de la normativa de seguridad industrial más exigente del mundo: la Directiva Europea conocida como Seveso. Seguridad KIMIKA es una iniciativa de esas treintena de empresas.

Son las empresas químicas más grandes de la asociación, pues el criterio que sigue la normativa europea es el de considerar la posibilidad, por remota que sea, de que un accidente industrial pudiera llegar a afectar a las comunidades colindantes a la instalación. Esa es una posibilidad que, salvo casos muy puntuales, se descarta en el caso de las pequeñas empresas.

Esta normativa supone la implantaciones de un sistema de gestión específico para evitar que accidentes de ese calibre puedan producirse y marca la necesidad de que, elaborado por las autoridades de protección civil con los datos aportados por la empresa, todas estas instalaciones cuenten con un Plan de Emergencia Exterior que determine, con todo detalle, cuáles serán las pautas de actuación que se deberán seguir en caso de que se produzca un accidente.

En los Planes de Emergencia Exterior intentamos contemplar la hipótesis más grave, la peor de todas. Los planes, constantemente actualizados y revisados, están en realidad extraordinariamente sobredimensionados para que ningún suceso, aunque su probabilidad sea ínfima, deje de estar previsto. Uno de los lemas clásicos de la Industria Química siempre ha sido: “Más vale 1000 planes sin emergencia que una sola emergencia sin plan”.

Para que un Plan de Emergencia funcione, es muy importante que las personas que pudieran verse implicadas en el mismo lo conozcan. La información y la formación son elementos esenciales para que un plan no sea un mero papel en una estantería.

Esa premisa es igualmente válida para los Planes de Emergencia Exterior. Para que sean realmente efectivos en caso de accidente, es importante que las personas que pudieran estar en el alcance de aquel, sepan cuándo se produce una activación de la emergencia y cómo actuar en cada momento.

Desde los años 90, la Dirección de Atención de Emergencias del Gobierno Vasco, de la que depende el Centro de Coordinación SOS Deiak, ha venido realizando un importantísimo esfuerzo llevando a cabo campañas informativas. Las propias empresas y los profesionales de las mismas, contribuyeron en todo lo posible con las mismas.

En 2015, un cambio legal, introducido en la Ley de Protección Civil, altera las responsabilidades y pone a las propias empresas al cargo de las campañas... las empresas confían en nosotros y, en 2016, empezamos a revolucionar el asunto.

La idea sobre la que hemos trabajado en el diseño de la campaña se basa en, para empezar, el estricto cumplimiento legal y, a partir de ahí, que todas las actividades que se desplieguen en torno al proyecto: la web, las redes sociales (Twitter y Facebook), las jornadas de puertas abiertas, las presentaciones que se lleven a cabo en los propios municipios, la difusión de vídeos en YouTube, buzoneos y un largo etcétera, sirvan para hacer de puente de transparencia y comunicación entre las instalaciones y las comunidades que las rodean.

Se trata de que las instalaciones cuenten su realidad, su día a día y que sus convecinos planteen sus dudas y se resuelvan.

Desde mi propia experiencia personal, estoy convencido de que cuanto más se conozcan las instalaciones con las que contamos en Euskadi y, sobre todo, cuanto más se difunda la calidad profesional y humana de las personas que las diseñan y operan, menores serán los miedos y las desconfianzas.

En la era de la comunicación, del fin de los secretos, la industria no tiene nada que ocultar. Vamos a demostrarlo.


Vover a: www.aveq-kimika.es



viernes, 10 de noviembre de 2017

APQs y el principio "Buzz Lightyear" (2ª parte)




Les prometí hace más de un mes que la entrada APQs y el principio “Buzz Lightyear” tendría una segunda parte... y aquí viene.

Buzz Lightyear es un personaje de la serie de películas de la compañía Pixar, ahora integrada en el gigante Disney, llamadas Toy Story.

Pixar era una pequeña empresa subsidiaria de la productora Lucasfilm, dedicada a la animación por ordenador, que aunque había hecho algunos proyectos de efectos especiales y algunos ensayos de cortos de ficción, estaba más orientada a temas industriales y médicos. En 1986, Steve Jobs, fundador de Apple, que había sido despedido de la compañía de la manzana que el mismo creó, adquirió esa división por 5 millones de dólares e invirtió 5 más para su capitalización adicional.

Durante los primeros años 90, Jobs transformó la empresa y revolucionó completamente la industria de animación con el lanzamiento de Toy Story. De hecho, la compra de la compañía por parte de Disney, de la que era proveedor, convertiría a Jobs en 2006 en el mayor accionista individual del gigante del entretenimiento. En el año de su muerte, su fortuna se valoraba en 8.300 millones de dólares.

Toy Story comienza, precisamente, cuando Buzz Lightyear llega a casa de Andy, envuelto en forma de regalo. Buzz es un juguete que, como todos los demás juguetes, cobra vida cuando los humanos no miran.

Es la figura de un guerrero del espacio, fiel amigo, algo reservado, serio y responsable, protector y atlético. Muy seguro de sí mismo en los momentos de acción, pero tímido e inseguro con las chicas.

Durante las películas, y las series que posteriormente se han hecho sobre el personaje, repite una frase que le ha hecho famoso y que, a los que no la conozcan, inmediatamente les sonará familiar... si se dedican a la prevención de riesgos laborales: "Hasta el infinito... ¡y más allá!" (To infinity and beyond!)

¿No se dedican ustedes a la prevención?... no se preocupen, yo se lo explico. En un multiplicación, cualquier número que se multiplique por un factor que tiende a infinito, dará un resultado igualmente infinito. Por muy pequeño que sea el otro factor, el resultado de la multiplicación será el mismo.

Como uno de los factores de la multiplicación del riesgo es el tiempo y el tiempo tiende al infinito, la probabilidad de sufrir un accidente, se dirige siempre a materializarse, solamente hay que esperar el tiempo necesario.

Pero la sociedad y con ella las leyes, la Administración y los jueces no entiende eso y piden, es más exigen, la seguridad absoluta. Exigen que la empresa haga TODO lo necesario para que nunca suceda un accidente... y "todo lo necesario" para cubrir un infinito es... exacto, infinito... y más allá.

El Derecho bien aplicado no es así pero esa es la percepción de su trabajo que tienen los prevencionistas. y, como en realidad, los seres humanos no somos felices por la realidad, sino por nuestra percepción de la realidad, se sienten sometidos a una presión tremenda.

La regulación de Seguridad Industrial, sin embargo, permanecía ajena a este principio.

De una forma mucho más aséptica, las Instrucciones Técnicas Complementarias de cada ramo de especialidad, iban regulando con profusión requisitos muy concretos, aspecto casi minúsculos, pero de forma muy objetiva. Son normas exigentes, pero lo hacen (o lo hacían) con claridad.

¿Por qué les decía que hay una tendencia a "buzzlightyeirzar" la normativa de Seguridad Industrial?... pues, para muestra, un botón... y reciente:

Echen un vistazo al Real Decreto 656/2017, de 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Almacenamiento de Productos Químicos y sus Instrucciones Técnicas Complementarias MIE APQ 0 a 10, y vayan al final del todo... al final, final, del todo.

Dice: "APÉNDICE: Relación de normas de obligado cumplimiento que se citan en esta instrucción técnica complementaria", y se refiere a normas UNE.

En primer lugar, habrá que hacer un día la reflexión sobre el hecho de que las normas legales regulen remisiones y declaren como obligatorias normas que no cumplen con los requisitos de divulgación pues, no solamente no se publican, es que es necesario pagar para poder meramente leerlas.

Pero lo que realmente me llama la atención es el contenido de alguna de esas normas UNE es muy del estilo "buzzlightyero": UNE 58014:2012 - Almacenaje en estanterías metálicas. Validación de los equipos de almacenaje, por ejemplo.

Pero, no crean que eso es realmente nuevo. La nueva APQ-10 no se inventa nada en realidad... en aplicación del principio "Buzz Lightyear", la interpretación del RD 1215/1997 de equipos de trabajo nos lleva directos a la  NTP 852. Almacenamiento en estanterías metálicas que, en fin, viene a ser lo mismo.

Concluyo: a un prevencionista se le puede pedir la mayor diligencia, la máxima profesionalidad, el mejor desempeño... pero no se le puede exigir la perfección. No se le puede preguntar "¿Hizo usted todo lo posible?"... la pregunta correcta debería ser: "¿Hizo todo lo que estaba en su mano?"









jueves, 2 de noviembre de 2017

Pero... ¿Qué es exactamente esto???



Hay que tener cuidado con los emails, los WhatsApp y las redes sociales en general. La velocidad tiene una relación proporcionalmente inversa con la seguridad y no es nada conveniente escribir de forma impulsiva y, ni mucho menos, estando enfadados.

Hay que leer con calma, templar el ánimo y entonces, sólo entonces, ponerse a escribir. Hay muchos incidentes al respecto que seguro todos podemos contar. El título de esta entrada es uno más.

El pasado martes, gracias al buen hacer y la diligencia de Lander Antepara, enviamos una circular que daba cuenta de la publicación de la Orden APM/1040/2017 de priorización análisis de riesgos medioambientales, con la que terminaría (bueno, casi) el desarrollo de la Ley 26/2007 de responsabilidad medioambiental.

No se acuerdan de qué les estoy hablando... ¿verdad?. No me extraña. A Jaime, el Site Manager de una de nuestras plantas tampoco le debía sonar a nada porque, preocupado, en lugar de reenviar nuestra circular a su coordinadora de medio ambiente (Ana), que seguro que también la había recibido directamente, nos respondió a nosotros impulsivamente. Al texto de nuestra circular solamente añadió:

Hola Ana,

Qué es exactamente esto??

Jaime

Como conozco bastante a Jaime, un profesional serio y muy competente, no pude evitar fijarme en el adverbio que enfatiza la frase y la doble interrogación... deduje, soy así de sagaz, que Jaime está sorprendido y preocupado.

El caso es que Lander, en la circular, ha hecho un excelente trabajo de resumen y compilación de todo este asunto. Y les aseguro que no era fácil. Echen un vistazo y, en tres páginas, tendrán una aproximación muy certera de en qué momento nos encontramos, en un asunto que, como muchas veces les he explicado por aquí, fue el tema de la primera jornada informativa que organizamos en AVEQ-KIMIKA conmigo al frente de la coordinación, allá por 1998. La misma semana en la que el juez Garzón tramitó una euroorden de detención contra Pinochet y fue arrestado en Londres... si, vamos, allá por el cretácico superior.

¿Hacen memoria?...   ¿no?... pues si son asiduos lectores de este su blog, recordarán esta entrada de febrero de 2015: ¿Qué fue de la Ley de Responsabilidad Medioambiental? en la que les contábamos que llevábamos desde 2012 esperando a que se publicara una orden ministerial que estableciera plazos para presentar ante las autoridades competentes (la autoridad ambiental de cada comunidad autónoma) de las evaluaciones de riesgos ambientales y los análisis de las consecuencias que dichos riesgos pudieran acarrear para el medio ambiente cercano a instalaciones industriales, así como la monetización de dichas consecuencias... pues bien, esa "orden ministerial" es esta.

Resumiendo:

Después del viaje de ida y vuelta que hizo la Ley 26/2007 y su desarrollo, viaje de ida y vuelta que la llevó a hasta convertirse en un engendro jurídico monstruoso, que iba a colapsar todas las consejerías de medio ambiente de España, las instalaciones obligadas a presentar estos análisis a las autoridades son las siguientes y en los siguientes plazos:

Empresas Seveso (Columna 2 y 3), Gestores de Residuos IPPC e Instalaciones de Combustión >50 MW: antes del 30 de Octubre de 2018.

Resto de epígrafes IPPC* incluidos en categoría 2: antes del 30 de Octubre de 2019.

El resto de empresas no-IPPC y no-Seveso: Por ahora, exentas.... si bien, en la entrada que les citaba de 2015, trataba de hacerles ver la importancia de realizar las evaluaciones aún no teniendo obligación legal de hacerlas... echen un vistazo, por favor.

[*Nota aclaratoria 03/11/17 - 10:33 h: Me llaman para preguntarme si todos los epígrafes IPPC están incluidos en la obligación para 2019. En realidad, no. Bastantes epígrafes de la RDL 1/2016 están marcados como categoría 3. Consulten, por favor, el suyo en la propia Orden Ministerial... he tratado de simplificar el texto del blog y creo que me he pasado... mil perdones.]

En AVEQ-KIMIKA ponemos en marcha el procedimiento habitual destinado a afrontar retos legislativos que implican nuevos papeleos: trataremos de dar formación y apoyo a los técnicos de las empresas que quieran remangarse y realizar los análisis por su cuenta, y, para aquellos que prefieran subcontratarlo, organizaremos un proyecto agrupado en el que, por nosotros mismos o con ayuda externa, trataremos de aportar soluciones a las empresas asociadas.

El regreso de la norma desde los infiernos, además de reducir su inabordable ámbito de aplicación, simplificó enormemente los análisis y evaluaciones. Creemos que con la experiencia de Seveso tenemos bastante avanzado pero, ni mucho menos, es algo que podamos dar por solucionado.

En próximos días, vía circular, les contaremos las iniciativas y programación que ponemos en marcha al respecto de este nuevo regalo que nos hace el BOE.

Espero que esta vez, Jaime no se sorprenda.

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(Si tienen interés en recibir la circular, asociados o no asociados, escríbanos a info@aveq-kimika.es)