Existe una máxima, o tal vez sería mejor decir un tópico, que afirma que la gestión privada siempre es más eficiente que la gestión pública y que, en los últimos tiempos, hemos oído infinidad de veces en los medios de comunicación, especialmente en los debates acerca de los programas de privatización de la gestión de los hospitales que dependen de la Comunidad de Madrid.
Dicen los economistas, especialmente aquellos que se consideran de izquierdas, que no existen razones objetivas que conduzcan siempre a ese resultado y que no hay ni siquiera una forma científica, derivada de estadísticas por ejemplo, de demostrar que tal premisa sea cierta. Es decir, no es científicamente correcto afirmar que la gestión privada siempre es más eficiente que la pública, y yo estoy de acuerdo, lo que sucede es que la percepción, lo "que se ve", el "feeling"… pues, en fin, parece afirmar categóricamente lo contrario.
Una empresa asociada a AVEQ-KIMIKA, con casi 100 años de historia, fue durante bastantes años propiedad del Instituto Nacional de Industria. Una institución creada por el régimen franquista en los años de la autarquía inmediatamente posteriores a la Guerra Civil y a la Segunda Guerra Mundial, a imagen y semejanza del Istituto per la Ricostruzione Industriale de Mussolini. En su inspiración estaba, claramente, la ideología falangista (tan ligada al fascismo italiano) que propugnaba la superación de la lucha de clases y, por lo tanto, del socialismo y del comunismo, mediante la exacerbación nacionalista, la dictadura y la fuerte intervención del estado en la economía.
El caso es que, allá por principio de los 90 esta empresa asociada a AVEQ-KIMIKA es adquirida al INI por un grupo de socios industriales muy arraigados en Bizkaia. En su día, cuando me contaban el periplo, explicaban el horror e incluso el miedo físico que pasaron al hacerse cargo de aquellas instalaciones, con un mantenimiento absolutamente inexistente, mermas de productos y de materias primas a raudales, nulo trabajo en seguridad, ni un solo permiso o licencia ambiental, municipal o autonómica, un absoluto descontrol de los recursos humanos de la empresa, con trabajadores en la plantilla que solamente pasaban por la fábrica a recoger su nomina y que llevaban años en esa situación… y un larguísimo etcétera que explicaba claramente por qué la empresa encadenaba, año tras año, pérdidas millonarias y sólo había sido capaz de mantenerse en marcha gracias a la constante inyección de dinero público.
Pero, con la Unión Europea (Comunidad Económica Europea por entonces) eso de las ayudas de Estado se acabó... y sin embargo, la fábrica ahí sigue, generando empleo y riqueza, compitiendo en todo el mundo.
Dicen los historiadores de la economía que, en general, los proyectos e iniciativas del INI no estaban mal planteados pero que el sometimiento de los criterios empresariales a condicionantes políticos impidió un mejor desarrollo de las llamadas empresas nacionales. En este aspecto, no me queda más remedio que discrepar. Es posible que la instalación de Altos Hornos del Mediterráneo en Sagunto en 1971, que hasta su cierre en 1984 acumuló pérdidas entre los 3.000 y los 8.000 millones de pesetas años tras año, fuera una decisión política mal planteada empresarialmente pero el hecho de que en todas las empresas del INI floreciera una tupida flora de personas cuyos méritos para el puesto eran ser sobrinos, hijos de conocidos o familiares más o menos cercanos del gobernador civil de turno, no creo que sea un condicionante político... ¿O en realidad sí que lo es?
El caso es que, en estos últimos días han coincidido un asunto personal y otro profesional que me han hecho reflexionar en esta modesta disquisición entre la gestión pública y la gestión privada.
Antes de verano, en circunstancias que no vienen al caso, me regalaron un aparato, un gadget tecnológico de última tecnología denominado Apple TV.
Es un aparato muy pequeño, que se enchufa a la televisión y se conecta a la Wifi y que permite que cualquier dispositivo que utilice sistemas operativos de Apple pueda conectarse a la televisión y usarse ésta como monitor externo. Se puede conectar el iPhone a la televisión con un solo toque en la pantalla... Aún no sé para qué puede servir conectar el iPhone a la tele, más allá de impresionar a las visitas, pero se puede.
Además de estas funciones de monitor externo, tiene un menú propio que permite conectar con Youtube sin necesidad de ordenador, ver fotos, comprar partidos de la liga de béisbol americana en Pay per View y alquilar películas durante 48 horas, en una especie de video club virtual.
El sábado por la noche, tras un ajetreado día de compromisos familiares, mi mujer y yo nos sentamos en el salón de casa. Lo cierto es que es raro el día que nos sentamos a "ver la tele" pero ese día ella comentó "Pues me apetecería ver una película..." y yo propuse probar el alquiler de Apple TV.
Entramos en el menú, elegimos la película, dimos el OK para que me cargarán en la tarjeta que tengo dada de alta en iTunes, la tienda virtual de Apple, 4,99 €... y listo, comenzó la película, con una calidad de imagen espectacular, mejor que la de cualquier DVD. Sin embargo, había un problema, cada 5-10 minutos, la película se detenía y, parece, tenía que cargar datos de la red durante unos 2 minutos. Así no había forma de ver una película en condiciones. Probé a bajar la resolución y, aunque ya no se veía tan bien, el tema no mejoró sustancialmente.
Finalmente, intrigados como estábamos con la trama de la película, opté por probar con el ordenador y conectarlo al Apple TV... a pesar de que en el proceso de compra me advirtieron que me volverían a cobrar por la misma película, terminé la operación y terminamos de ver la última hora, con una calidad espectacular y sin el menor resto de parones.
Al terminar la peli, sin ninguna pretensión, pues me habían advertido y yo daba por perdidos los 5 €, entré en mi cuanta de iTunes con el ordenador y dejé un comentario explicando el asunto. Inmediatamente recibí un email de respuesta automática diciendo que estudiarían mi comentario y que me responderían en breve plazo. Sinceramente, pensé que no iban a contestar.
Pues bien, el martes siguiente recibí un email de, aparentemente una persona llamada Alex (si se trata de un ordenador, es la mejor respuesta automática que he recibido en mi vida) en el que me decían: "Tenga en cuanta para futuras ocasiones que tal, tal y tal pero, hemos estudiado su caso y procederemos a devolverle el precio del primer alquiler"... Sorprendió y admirado, aún no he decidido si contestar dando las gracias o no. Responder a un ordenador me da mucha rabia...
El caso es que, ayer mismo, estuve hablando con la Consejera de Seguridad de una empresa asociada que me pedía opinión sobre una multa de transporte ADR que les habían impuesto en Valladolid claramente injusta.
No quiero enrollarme mucho pero la denuncia era presentada por el agente de la Guardia Civil por la ausencia de una indicación especial en la carta de porte que no es exigible en el caso concreto de la materia transportada. Un error evidente por parte del agente y fácilmente detectable y subsanable por parte del órgano administrativo instructor.
La empresa recibe la notificación de la apertura del expediente en el que se le avisa que se le puede imponer una multa de hasta 1200 € y, dentro del preceptivo plazo de 15 días, presenta un escrito haciendo notar el error material. En la propia denuncia se recoge como hecho que transportaba una mercancía con un número ONU para la que no es aplicable el precepto infringido. No era necesario más.
Unas semanas más tarde, reciben un escrito prácticamente igual, aunque titulado Propuesta de Resolución (aunque procedimentalmente fuera una especie de trámite de audiencia) en el que incluye un claro "corta y pega" del escrito anterior y, supuestamente, contesta las alegaciones presentadas por la empresa aunque la contestación no tiene nada que ver con lo alegado por aquella.
Dedica varios párrafos a explicar, de forma estándar, que el órgano es competente, que el agente tiene condición de agente de la autoridad, que el boletín de la denuncia constituye prueba suficiente. El único párrafo específico de el caso que se supone pretende resolver, dice:
"Manifiesta la parte denunciada que la materia transportada no requería indicación "........." en la Carta de Porte al ser de aplicación las disposiciones del 7.3.1.1 b). Solicita el informe del agente denunciante".
Ese párrafo, hasta la "b)", es copia literal del único párrafo subrayado y en negrita de las alegaciones presentadas, sin cambiar ni una coma y, además, la empresa no solicitó, en ningún momento, el informe del agente denunciante... en el resto del escrito no vuelve a hacer referencia alguna al punto 7.3.1.1. b) del ADR, ni se refiere al hecho, insisto evidente, de que la propia denuncia se contradice a sí misma. Propone una sanción de 801 € y, vuelve a conceder 15 días para alegaciones y... aquí paz, y después gloria.
La empresa vuelve a presentar alegaciones. Las mismas ¿qué otra cosa podía hacer?... si es un error evidente....
Ahora, en el mes de octubre, reciben un nuevo escrito. En este caso es la resolución. Un documento exactamente igual que la propuesta de resolución al que solamente le han cambiado el título y la fecha. Con exactamente el mismo texto y la misma ausencia de respuestas y que viene a imponer una sanción de 801 € y concede el preceptivo plazo de 1 mes para el recurso de alzada. En fin...
Una empresa privada (Apple) con millones de clientes en todo el mundo, es capaz de responder en dos días una reclamación de 4,99 € que, o bien lo ha redactado una persona o bien lo ha hecho un sistema informático tan perfeccionado que es muy difícil de detectar.
Una administración pública (Junta de Castilla-León), con apenas unas decenas de denuncias ADR al mes por valor de en torno a los 1000 € cada una y no es capaz ni siquiera de leerse unas alegaciones modestas alegaciones de tres hojas, y se limita a contestar con escritos de "corta y pega", cambiándoles poco más que las fechas.
¿Qué quieren que les diga?... la gestión pública no será menos eficiente que la privada... pero hay ocasiones en las que lo disimula muy bien.
Actualización de las 13:40 h: Es que he recibido un par de emails preocupantes y me gustaría aclarar una cuestión. Con esta entrada no estoy defendiendo la gestión privada a toda costa y, ni mucho menos, la privatización de los hospitales. La diferencia básica entre un hospital y una fábrica de acero es que el hospital cura personas y una fábrica de acero... fabrica acero.
No quiero enrollarme mucho pero la denuncia era presentada por el agente de la Guardia Civil por la ausencia de una indicación especial en la carta de porte que no es exigible en el caso concreto de la materia transportada. Un error evidente por parte del agente y fácilmente detectable y subsanable por parte del órgano administrativo instructor.
La empresa recibe la notificación de la apertura del expediente en el que se le avisa que se le puede imponer una multa de hasta 1200 € y, dentro del preceptivo plazo de 15 días, presenta un escrito haciendo notar el error material. En la propia denuncia se recoge como hecho que transportaba una mercancía con un número ONU para la que no es aplicable el precepto infringido. No era necesario más.
Unas semanas más tarde, reciben un escrito prácticamente igual, aunque titulado Propuesta de Resolución (aunque procedimentalmente fuera una especie de trámite de audiencia) en el que incluye un claro "corta y pega" del escrito anterior y, supuestamente, contesta las alegaciones presentadas por la empresa aunque la contestación no tiene nada que ver con lo alegado por aquella.
Dedica varios párrafos a explicar, de forma estándar, que el órgano es competente, que el agente tiene condición de agente de la autoridad, que el boletín de la denuncia constituye prueba suficiente. El único párrafo específico de el caso que se supone pretende resolver, dice:
"Manifiesta la parte denunciada que la materia transportada no requería indicación "........." en la Carta de Porte al ser de aplicación las disposiciones del 7.3.1.1 b). Solicita el informe del agente denunciante".
Ese párrafo, hasta la "b)", es copia literal del único párrafo subrayado y en negrita de las alegaciones presentadas, sin cambiar ni una coma y, además, la empresa no solicitó, en ningún momento, el informe del agente denunciante... en el resto del escrito no vuelve a hacer referencia alguna al punto 7.3.1.1. b) del ADR, ni se refiere al hecho, insisto evidente, de que la propia denuncia se contradice a sí misma. Propone una sanción de 801 € y, vuelve a conceder 15 días para alegaciones y... aquí paz, y después gloria.
La empresa vuelve a presentar alegaciones. Las mismas ¿qué otra cosa podía hacer?... si es un error evidente....
Ahora, en el mes de octubre, reciben un nuevo escrito. En este caso es la resolución. Un documento exactamente igual que la propuesta de resolución al que solamente le han cambiado el título y la fecha. Con exactamente el mismo texto y la misma ausencia de respuestas y que viene a imponer una sanción de 801 € y concede el preceptivo plazo de 1 mes para el recurso de alzada. En fin...
Una empresa privada (Apple) con millones de clientes en todo el mundo, es capaz de responder en dos días una reclamación de 4,99 € que, o bien lo ha redactado una persona o bien lo ha hecho un sistema informático tan perfeccionado que es muy difícil de detectar.
Una administración pública (Junta de Castilla-León), con apenas unas decenas de denuncias ADR al mes por valor de en torno a los 1000 € cada una y no es capaz ni siquiera de leerse unas alegaciones modestas alegaciones de tres hojas, y se limita a contestar con escritos de "corta y pega", cambiándoles poco más que las fechas.
¿Qué quieren que les diga?... la gestión pública no será menos eficiente que la privada... pero hay ocasiones en las que lo disimula muy bien.
Actualización de las 13:40 h: Es que he recibido un par de emails preocupantes y me gustaría aclarar una cuestión. Con esta entrada no estoy defendiendo la gestión privada a toda costa y, ni mucho menos, la privatización de los hospitales. La diferencia básica entre un hospital y una fábrica de acero es que el hospital cura personas y una fábrica de acero... fabrica acero.
Creo que es evidente que, por encima del beneficio y de la propia eficiencia estrictamente economicista del mercado, hay objetivos superiores. Muy superiores, de hecho.
No hay comentarios:
Publicar un comentario