viernes, 31 de enero de 2014
La certeza es ridícula...¿pedir informe urbanístico en la revisión AAI también?
Resulta curioso cómo la frase de un personaje celebre puede ser utilizada, en muchas ocasiones, casi en sentido contrario a lo que realmente su autor quiso decir con ella.
Por ejemplo, Voltaire, en una carta de 1770 dirigida al príncipe de Prusia que años más tarde se convertiría en el rey Federico Guillermo II, escribió:
“Le doute n'est pas un état bien agréable, mais l'assurance est un état ridicule…”
(La duda no es un estado agradable, pero la certeza es un estado ridículo…)
Es una frase que suele utilizarse, sobre todo, contra las certezas que nos ofrece la religión. Verdades reveladas, axiomas, que no necesitan demostración.
Pues bien, esa frase continuaba así:
“… Ce qui révolte le plus dans le Système de la Nature ( après la façon de faire des anguilles avec de la farine), c'est l'audace avec laquelle il décide qu'il n'y a point de Dieu, sans avoir seulement tenté d'en prouver l'impossibilité.”
(… Lo que produce más repulsión de Sistema de la Naturaleza (después de la receta para hacer anguilas con harina), es la audacia con la que decide que no existe Dios, sin ni siquiera haber intentado probar la imposibilidad).
La frase la dedicó Voltaire a criticar la certeza atea de Paul Henri Thiry, barón de Holbach que expone en su libro Sistema de la Naturaleza. Holbach es famosos por haber sido el primer pensador occidental de la historia que se declaró publica y formalmente ateo.
El barón Holbach, que influyó sin duda en la fuerte reacción anticlerical de la Revolución Francesa, materialista acérrimo, afirmaba que la libertad no era más que una ilusión pues, siendo los hombres solamente materia, su conducta viene determinada por la necesidad de ésta. Se mostró muy radical en negar la existencia de Dios, generando un gran escándalo lo que llevó a Sistema de la Naturaleza al índice de libros prohibidos.
Es curioso que la frase de Voltaire se utilice con asiduidad para criticar la religión y el pensador francés la escribiera para criticar a un ateo… aunque, por otro lado, un ateísmo radical no deja de tener un componente “casi-religioso”, pues el ateísmo necesita de una seguridad a la que solamente se llega mediante ciertos axiomas que son también imposibles de probar.
Desde la perspectiva del Derecho no es que la certeza sea ridícula, es que la “certeza”, concebida como la seguridad absoluta, es sencillamente imposible y nos conformamos con una razonable probabilidad de que algo sea cierto. Es lo que llamamos “una ficción jurídica”, algo que quizás no sea del todo correcto, al menos no del todo cierto, pero que al convenir socialmente dicha “certeza” nos permite convivir con reglas claras e iguales para todos.
La única ciencia que puede ofrecer certeza absoluta son las matemáticas. A partir de ahí, ni siquiera el resto de las ciencias experimentales son capaces de ofrecer respuestas apodícticas y mucho menos una ciencia social como el Derecho. Es por ello, y por otras muchas razones, la pena de muerte es racionalmente una aberración... pero eso es otra historia y me estoy yendo por las ramas.
¿Por qué les cuento todo esto?... pues porque antes de ayer me llamó la responsable de medio ambiente de una empresa IPPC que ya tiene plazo de revisión de la Autorización Ambiental Integrada y me hizo una pregunta sencilla:
- ¿Va a pedir el Gobierno Vasco el certificado de compatibilidad urbanística para la renovación de la AAI?
Y respondí con total certeza... jurídica:
- No. Seguro que no.
Y tengo una razonable convicción que así será por varios motivos.
Para empezar, la "renovación" de la AAI del artículo 25 de la Ley 16/2002 ya no se llama "renovación", ahora se llama "revisión"... y el matiz es importante, y aunque la nueva redacción del artículo 25.1 dice que "A instancia del órgano competente, el titular presentará toda la información referida en el artículo 12..." que incluye en el artículo 12.1.b) el dichoso informe, lo matiza a continuación con "...que sea necesaria para la revisión de las condiciones de la autorización".
Ya crujía, y de hecho se demostró un error, que se exigiera en las solicitudes originales de AAI para empresas existentes. Digo que fue un error porque algunos ayuntamientos trataron de utilizar la emisión de dicha certificación, un acto tasado que sólo podía decir que la empresa era, de hecho o de derecho, compatible con el urbanismo para forzar salidas o traslados por vía, digamos, lateral.
¿Qué sentido podría tener volver a pedir un documento, que solamente puede certificar una situación pasada, que ya se presentó, y certificó, en su momento?... y, pues no va la Ley 30/1992 y dice:
"Artículo 35 Derechos de los ciudadanos
Los ciudadanos, en sus relaciones con las Administraciones Públicas, tienen los siguientes derechos:
[...]
f) A no presentar documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate, o que ya se encuentren en poder de la Administración actuante."
En fin, lo dicho, con toda la certeza, jurídica eso sí, de la que soy capaz, el Gobierno Vasco no pedirá el Informe de Compatibilidad.... creo.
Volver a www.aveq-kimika.es
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario