viernes, 19 de diciembre de 2014

¿Soy Seveso?



En toda profesión u oficio, con el devenir del tiempo, es inevitable que se vaya creando una jerga profesional, usada con mayor o menor intensidad pero, en todo caso, muy difícil de entender para los no iniciados.

Creo que ya les he contado la anécdota, pero en una ocasión en la que había quedado con mi mujer para comer un pintxo a mediodía, nos encontramos en el momento que me despedía de una conversación por el teléfono móvil:

- No... - andaba yo diciendo- ... pero ten en cuenta que los VLE recogidos en los BREFs, con el cambio de la IPPC a la DEI, pasan a ser de obligado cumplimiento en la redacción de la AAI...
- ....
- Muy bien, y para cualquier cosa, me llamas sin problemas. Hasta luego.

Cuando colgué, mi mujer me miró con cara de póker y me preguntó:

- La persona con la que hablabas... ¿entendía lo que estabas diciendo?
- Pues claro - afirme seguro - si no, estaría loco de remate.
- Eso es lo que me estaba preocupando...

En aquella ocasión, la jerga era quizás un poco más particular y recóndita, pues todas esas siglas se han convertido ya en "palabros" de uso común entre el grupo restringido de empresas afectadas por la Directiva de Prevención y Control Integrado de la Contaminación (conocida por sus siglas en inglés como "IPPC"), el nivel más alto de exigencia europea (y por lo tanto mundial) en materia medioambiental, que afecta a unas 350 empresas en la Comunidad Autónoma Vasca.

Esas jergas particulares tienen una extensión variable en función de subsectores o, más en concreto, en función de las normas de aplicación casi en cada empresa. A nosotros, la verdad, no nos queda más remedio que conocerlas todas y manejarnos con ellas con cierta soltura.

A veces, hay términos especialmente complejos de explicar: "¿Me das el CER?", en referencia al número del Catálogo Europeo de Residuos correspondiente a un residuo concreto, catálogo que fue sustituido en 2002 por la Lista Europea de Residuos, con lo que, en propiedad, debería decirse LER y no CER,sin embargo, el término antiguo es el que se sigue usando.

En transporte de mercancías peligrosas es fácil oír a alguien decir "...si, además es consejero" de alguien que ha aprobado el examen que convoca cada año el Gobierno Vasco y que creó el Real Decreto 1566/1999 de 8 de octubre, sobre los consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera, por ferrocarril o por vía navegable, hoy derogado y sustituido por el Real Decreto 97/2014, de 14 de febrero, por el que se regulan las operaciones de transporte de mercancías peligrosas por carretera en territorio español que, por cierto, entre el galimatías que organiza, trae palabros nuevos como PSICS... término al que dedicaremos un día de estos una entrada propia en este modesto blog.

Una de las jeringonzas más extendidas entre los HSE de nuestra industria (perdón, responsables de higiene, seguridad y medio ambiente, de las siglas en inglés) es la relativa a toda la normativa de Seguridad Industrial.

El vocabulario básico se compone de muchas siglas y acrónimos (APQ, AT/BT, BIE...) , pero no solamente, a veces deriva de referencias legislativas o de aspectos técnicos, como "columna seca" o "columna húmeda"...

Por ejemplo, es muy habitual oír frases como "Esta máquina es vieja pero tiene el 12-15"... en referencia al certificado de haber superado las adaptaciones necesarias para cumplir con los requisitos del Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo.

Pero bueno, si hay alguna norma de la que casi todo el mundo en la industria ha oído hablar, esa es la Directiva Seveso.

La Directiva original es de 1982, la Directiva 82/501/CEE del Consejo, de 24 de junio de 1982, relativa a los riesgos de accidentes graves en determinadas actividades industriales, es decir, cuatro años antes de la entrada de España en el entonces llamada CEE, y fue el resultado  de la reacción política europea al accidente que, en julio de 1976, sacudió a una fábrica de cosméticos en la localidad italiana de Seveso, en Lombardía, unos kilómetros al norte de Milán.

Cuando alguien de la industria pregunta "¿soy Seveso?", se refiere a si su instalación cumple con los criterios marcados por la Directiva y por los reales decretos de implementación, para que los exigentes requisitos de dichas normas sean de aplicación a la misma.

Estos criterios se basan en dos tablas de doble entrada en la que debe tenerse en cuenta, por un lado, la clasificación de las sustancias, mezclas y residuos almacenados y utilizados en la planta y, por el otro, la cantidad de la misma medida en toneladas.

De este modo, uno de los factores que provoca que la normativa Seveso, sea un ámbito de gestión especialmente complejo, es que un cambio en la propia normativa o bien, una sencilla modificación de clasificación de alguna de las sustancias que utiliza la instalación, pueden provocar un cambio radical en la gestión de riesgos de la instalación sin haber realizado cambio físico o de proceso alguno.

Hace unos días, en AVEQ-KIMIKA pusimos en marcha un proyecto que pretende realizar un análisis individualizado en aquellas instalaciones que cantidades no muy elevadas de sustancias, mezclas o residuos clasificados como peligrosas y evaluar a qué distancia se encuentran de los umbrales marcados por la normativa, qué previsiones tienen, por un lado, los expertos en Tutela de Producto y Reglamento REACH de que la clasificación de dichos productos pueda cambiar en un futuro y, por otro, qué cambios prevén en la normativa Seveso, con la próxima implementación de la Directiva 2012/158/UE (conocida como Seveso III) y cómo dichos cambios pueden alterar la situación legal de la instalación respecto a esta normativa.

Normalmente, cuando alguien se identifica como por "Empresa Seveso", suele acompañar la afirmación con un discreto "somos columna 2" o bien, "somos columna 3"... este nuevo arcano se refiere a que la norma marca dos niveles de afección según las cantidades presentes en la instalación.

La afección de una instalación por la normativa Seveso en “Columna 2”, a día de hoy, implica una revisión completa del Plan de Emergencia para su adaptación a la normativa establecida por el Real Decreto 1196/2003 y modificaciones importantes en materia de autoprotección (Real Decreto 393/2007 y Decreto 277/2010 Gobierno Vasco). Seveso III ampliará los deberes de las empresas "columna 2".

La afección de una instalación por la “Columna 3”, es decir el umbral superior, que en función de algunas clasificaciones de riesgo como, por ejemplo, peligrosidad medio ambiental (R50 – H400 – H410), no se trata de cantidades exorbitadas, supone la necesidad de pasar inspecciones todos los años y preparar la información necesaria para la elaboración de un Plan de Emergencia Exterior por parte del Departamento de Seguridad del Gobierno Vasco, que incluye acciones de información activa hacia la población circundante.

Lo que pretende el proyecto, básicamente, es que los técnicos conozcan con precisión y tengan una visión a largo plazo de los cambios que pueden afectarles en este tema concreto.

Como suele ser habitual en estos casos, AVEQ-KIMIKA ha diseñado el proyecto de forma que requiera de la mínima dedicación posible por parte de los técnicos de las empresas.

Completando el siguiente formulario on line o bien, alternativamente, completando este documento Word y enviándolo vía email, nos pondríamos en contacto inmediatamente para cerrar una visita y terminar el proceso lo antes posible. El propio formulario permite remitir a AVEQ-KIMIKA de forma sencilla y confidencial las FDS de los productos considerados.

Pero, bueno, en todo caso, ninguno de los formularios es obligatorio, nos adaptamos a las necesidades de cada empresa y de cada técnico.

Llámenos o escríbanos y se lo contamos y, al final les diremos si es usted Seveso o está en riesgo de serlo.

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viernes, 12 de diciembre de 2014

Maestros


No hay como vivir un tópico por dentro para darte cuenta cuanta mentira y cuanta estupidez encierran sus afirmaciones, siempre categóricas. Y dice el tópico que la negociación de un convenio es un lucha sin cuartel entre avaros egoístas, caraduras y aprovechados.

Mi aventura en la Asociación de Empresas Químicas comenzó en septiembre de 1997. La Junta Rectora buscaba a alguien joven, con cierta experiencia en gestión y en derecho de la industria para sustituir a Claudio Rodríguez, que había sido la columna de la industria química vizcaína durante muchos años.

Me contrataba una asociación empresarial que, obviamente, nació por y para negociar convenios colectivos, pero en aquellos días José Mª Urquiola, representante de Sun Chemical en la Junta, sacaba tiempo de donde buenamente podía y acudía a Madrid en representación de toda la asociación y mi era un tema que me rozaba de lejos.

José Mª, que en 2008 recibió el premio Korta a su trayectoria empresarial precisamente, por su enorme y desinteresado esfuerzo en favor de la Asociación durante más de 35 años, acudía a las reuniones de FEIQUE de la Comisión Socio Laboral, las reuniones internas de preparación del convenio, a las reuniones de la Comisión Mixta, el foro conjunto, de reuniones casi mensuales, entre sindicatos firmantes y FEIQUE, para resolver conflictos de interpretación del texto que ellos mismos firmaron y que tanto y tan bien ha funcionado en el sector químico y, por último, con especial intensidad, a la serie de reuniones de negociación de cada nueva edición del convenio que, concentradas en periodos cortos, de entre 3 y 6 meses, exigían, y exigen, acudir a Madrid prácticamente cada 15 días durante la negociación.

José Mª, como les digo, restaba tiempo de su bien merecido descanso o de estar con su familia para ir a Madrid y, puntual, durante la tarde del día siguiente, se acercarse a mi despacho para preparar conmigo la circular, el informe o la presentación a la Junta o al Grupo de Trabajo Socio Laboral. Lo que correspondiera. Mucho aprendí en aquellas tardes y sigo aprendiendo cada vez que coincidimos.

En primavera de 2006, José Mª, ya jubilado en su propia empresa, comunicó a la Junta que debía someterse a una operación quirúrgica y a un largo proceso de rehabilitación, y que, lamentándolo profundamente, no se sentía con fuerzas para seguir viajando a Madrid representando a la asociación.

Y la Junta me dio a mí el mandato.

La primera reunión de la Comisión Socio Laboral de FEIQUE a la que asistí se celebró en Huelva, a finales de junio de 2006 y tenía como objetivo preparar la negociación del XV Convenio General que empezaría el siguiente mes de enero.

Hacía las veces de anfitrión de un grupo muy intimidante de profesionales, un sabio tranquilo llamado Ramón Oliva, director de recursos humanos responsable de negociar los convenios de FMC Foret. Un grupo de enorme experiencia en materia de recursos humanos, negociación de convenios y en el propio Convenio General, formado, entre otros (y lamento olvidarme de alguno), por Fabian Marquez y Daniel Macho, de Analistas de Relaciones Industriales, Laureano Albán de CEPSA, Gustavo Alonso, director de RRHH de BASF, Luis Hervella, de Solvay, Joaquín Juan, de Novartis, Daniel Vilalta, de Bayer, Teresa Duarte, de Linde Gas, Luis García-Orea, del Consorcio del Caucho, Juanjo Meca, secretario general de la Federación Catalana de Industria Química y dos maestros inolvidables, históricos del convenio, que por desgracia nos han dejado hace no mucho tiempo como Ramón de la Mora, que acudía en representación de la Asociación Española de Fabricantes de Pinturas y Tintas de Imprimir (ASEFAPI) y Juan Salvador, que lo hacía en nombre de ANAIP, la asociación de empresas del plástico. Sinceramente, no pensaba, es más, estaba seguro de no estar al nivel.

Pues bien, desde el primer día me sentí bienvenido y aceptado como uno más, y no sólo eso, gracias a tales maestros, en poco tiempo, pude manejarme bastante bien con el complicado texto del convenio.

Estamos ya trabajando en el XVIII Convenio y después de ocho años les puedo asegurar que todos los tópicos sobre las negociaciones de los convenio son falsos.

No hay disputas, egoísmos, ni peleas. No hay divergencia entre capital y trabajo.

El nivel profesional e intelectual de los representantes de las empresas y los sindicatos, al menos en el convenio de químicas, es muy alto y ambas partes se esfuerzan en encontrar soluciones y en hacer compatible la competitividad de las empresas, la calidad del empleo y de las condiciones laborales... aunque en realidad, todo forma un único objetivo porque unos trabajadores satisfechos con su trabajo y su nivel de vida son un factor esencial de competitividad.

En algo a lo que, por desgracia, algunos con su actuación no permiten que nos acostumbremos en Euskadi, en el convenio de químicas nos dedicamos a buscar soluciones, en lugar de dedicarnos a señalar culpables.

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jueves, 4 de diciembre de 2014

De un boicot que no lo es y de una patada al diccionario


Tengo un amigo al que le gusta mucho la química, la industria, las palabras y enrollarse en su blog contando historias sobre Sostenibilidad y esas cosas.... pero, entiéndanme bien, no soy yo.

El caso es que mi amigo, éste que no soy yo, es un poco friki para ciertas cosas y es incapaz de pasar por la sección de productos de limpieza del supermercado, sin pararse un rato a revisar etiquetas... con el lógico y consiguiente enfado de su, por lo demás, paciente esposa:

- "Pero... ¿otra vez?.... ¿no puedes dejar eso?"
- "... es que esto está mal etiquetado... ¡fíjate!... ¡han puesto el pictograma equivocado!, ¡es indignante!"

Ella no dice nada pero el gesto de llevarse índice y pulgar al espacio entre las cejas y su cara de estar pensando "¿qué habré hecho yo para merecer esto?" lo dicen casi todo.

Este amigo mío, éste que no soy yo, trabaja en una asociación de empresas del sector químico que, como todas las asociaciones de ámbito geográfico limitado, vive en una permanente relación de amor y de odio con las empresas multinacionales.

De "amor", no sólo porque paguen su cuota de asociados, sean sus clientes y debe representar sus intereses en todo momento (al menos mientras sigan siéndolo), sino porque son empresas muy bien gestionadas y que cuentan con los profesionales más eficientes y mejor formados, que aportan decisivamente al trabajo conjunto del sector.

Pero "odio", sí odio, porque en decisiones, que no por ser predecibles dejan de causar frustración y rabia, pueden cerrar una fábrica u otra en función de cálculos estratégicos globales en los que esa fábrica y esas personas son poco más que peones en una partida de ajedrez. Personas, técnicos y trabajadores, con los que ha trabajado y peleado día a día durante años.

Una de esas empresas, una de las compañías líderes de aquella asociación en la que mi amigo trabaja, decidió cerrar una fábrica de productos de cosmética y limpieza en 2006 y llevarse la producción a Polonia. Él comenta que, para muchas empresas industriales de la propia asociación, la decisión fue un "chollo" porque "pescaron" a algunos de los mejores profesionales que ahora trabajan en sus fábricas y mantiene contacto con muchos de ellos de forma habitual.

No lo admite abiertamente, pero desde entonces, prefiere no adquirir productos de dicha empresa para su propia compra domestica aunque reconoce que son productos muy buenos y, en ocasiones, a mejores precios que la competencia. No es que sea algo sistemático, premeditado y, ni mucho menos, promovido... es una mera cuestión de antipatía y puesto a elegir, siempre que sea posible, prefiere productos elaborados por empresas, actualmente, asociadas. No se lo tengan en cuenta...él es así.

Mi amigo, éste que no soy yo, es por lo general paciente y tranquilo pero el otro día, estalló en cólera en el supermercado.

No ve mucho la tele. No porque le tenga manía o porque le parezca mal, es que casi siempre tiene algo más interesante que hacer. Sin embargo, el otro día, mientras preparaba la cena le pareció entreoír un eslogan en un anuncio que decía algo parecido a... "¡Ahora con menos químicos!"...  y pensó... "he oído mal, no puede ser".... y siguió preparando la cena. Pero, al día siguiente, se acercó a mirar las etiquetas en el supermercado y lo vio. Allí, en medio, en todo sus esplendor y todo su lustre:



Y pensó: "¿presumen de tener menos profesionales de la química contratados en la empresa, es simple ignorancia... o es que, sencillamente, han vendido su alma al marketing quimifóbico?"...

Mi amigo, ese que no soy yo, lleva unos días pensando en ello y no cree que, además de cerrar fábricas, puedan presumir en su publicidad contratar menos profesionales de la química aunque, en el ámbito de su asociación al menos, ese eslogan es cruel y completamente cierto.

Puede ser sencilla ignorancia. Puede ser que no sepan que en castellano, "químico" no es en ningún caso sinónimo de "producto químico". Usarlo así es un anglicismo derivado del término "chemical", que en inglés sí tiene esa acepción; recuerden que en inglés "químico" como "persona que profesa la química o tiene en ella especiales conocimientos" se dice "chemist".

Pero para rizar la patada al diccionario, ésta viene combinada con una ignorancia aún mayor. Lo que los abogados llamamos, una ignorancia inexcusable, lo que la hace equivalente a una mentira.

El Reglamento 648/2004 de detergentes determinó la obligación de todos los fabricantes y distribuidores de productos limpiadores para uso doméstico de publicar el listado de los componentes de sus productos en una página web.

Esta empresa, a la que mi amigo, ese que no soy yo, aunque no lo admite guarda un cierto rencor, como es habitual en las multinacionales, cumple a rajatabla las normas y, si se busca un poco, es muy fácil encontrarlos: ¿me podría decir alguno de los (pocos, deduzco...) químicos que queden en esa empresa explicar cuál de los siguientes componentes no es un "producto químico", no es un "chemical"?



(Por cierto, con "con Oxígeno Activo", supongo que se refieren al percabonato de sodio que lleva el producto, que tiene esta ficha de datos de seguridad según Sigma-Aldrich... de modo que presumen, a la vez, de que lleva menos (productos) químicos y de que lleva más percarbonato de sodio.... sorprendente, cuando menos...)


Suele decir este amigo mío, éste que no soy yo, que la "maldad" no existe, que ningún ser humano cuerdo, ni ningún otro ser vivo obviamente, actúa con el fin exclusivo de hacer daño y que la forma más habitual de maldad es una combinación de egoísmo, avaricia e ignorancia.

Esta empresa, ésta que lideró proyectos muy significativos en la asociación que dirige mi amigo, este que no soy yo, con esta campaña, con este eslogan, supera una barrera hacia su propia perdición.

Dice mi amigo, éste que no soy yo, que por mucha rabia que nos dé, por mucho que a mi amigo le duela, no se puede reprochar a una empresa mercantil su avaricia. Al fin y al cabo, son organizaciones en las que el afán de lucro preside toda su actuación y que no engañan en ese aspecto, una empresa se crea y se mantiene para ganar la mayor cantidad de dinero posible para sus accionistas.

Pero que una empresa química venda su alma al diablo del marketing quimifóbico, mintiendo descaradamente, disculpen ustedes a mi amigo, pero le parece imperdonable.

No es mi amigo, éste que no soy yo, muy dado a promover boicots pero, a veces dice, no es por falta de ganas.

Foto de cabecera cortesía de: Fletxaberde (Own work) [CC-BY-SA-3.0-es (http://creativecommons.org/licenses/by-sa/3.0/es/deed.en)], via Wikimedia Commons

jueves, 27 de noviembre de 2014

El principio de precaución y la viruela (y II)



En el siglo de las luces español, especialmente durante los reinados de Carlos III y Carlos IV, abundaron personas e instituciones de gran mérito, cuyas luces, con acusaciones de afrancesamiento e impiedad, trataron de apagar la reacción absolutista que siguió a la invasión napoleónica de 1808.

Últimamente se ha empezado hablar en foros públicos de Blas de Lezo, marino y militar guipuzcoana, héroe del sitio de Cartagena de Indias contra los ingleses pero aún se habla poco de los hermanos Elhuyar, de los primeros investigadores científicos o de las primeras aportaciones a la medicina, el saneamiento y la salud pública que, contra inmensas dificultades  y precarios medios, llevaron a cabo personas como Francisco Javier Balmis.

Francisco Javier Balmis, médico alicantino nacido en 1753, estaba a punto de cumplir 50 años cuando, el 30 noviembre de 1803, bajo su dirección e impulsó, la corbeta María Pita partió del puerto de A Coruña con destino a América.

Llevaba aquel barco un cargamento un tanto especial: 22 niños coruñeses, entre 8 y 10 años de edad, sacados del hospicio Casa de Expósitos de la ciudad, con el fin de incorporarse a la expedición, el propio Balmis, que era un prestigioso cirujano y había llegado a ser médico personal del rey Carlos IV, 2 médicos asistentes, 2 practicantes, 3 enfermeras y la rectora del orfanato del que los niños procedía.

La idea de Balmis, sin duda ingeniosa pero que hoy consideraríamos falta de ética, era sencilla: dado que el suero generado en las pústulas de los pacientes inoculados, servía para inmunizar a los subsiguientes, irían vacunando de dos en dos a los niños de forma que los días que pasaban entre una inoculación, acumulados en cadena, fueran suficientes para el largo viaje por mar y comenzar la vacunación en el nuevo continente.

Entiendo sus reparos, comparables a los míos, pero la vacuna de la viruela descubierta por Jenner estaba salvando miles de vidas en Europa y, entre tanto, a su vez miles de personas enfermaban y morían sin remedio en América. Traten de ponerse en el estado de la técnica en aquel momento: la refrigeración, la asepsia, el envasado al vacío no existía... ¿Qué otra cosa podían hacer más que utilizar seres humanos como portadores de la vacuna?... 

En esa tesitura, podían haber utilizado adultos voluntarios y pagados, pero, de nuevo, téngase en cuenta lo que significaba ser huérfano y vivir en un hospicio en aquella época: a la imposibilidad  de  una alimentación mínima adecuada, la falta de higiene o la carencia de atención médica, se sumaba el hecho de estar expuestos a la violencia y los abusos. La probabilidad de morir por cualquier otra causa para aquellos niños era seguramente mucho mayor si se quedaban en Europa que si viajaban a América en aquella expedición.

El viaje duró tres años y durante su recorrido por América, fue reclutando más huérfanos y siguió extendiendo por nuevas tierras la vacunación. Balmis recorrió Canarias, Venezuela, Colombia, Ecuador, Perú y México pero la expedición se dividió y otros participantes en la misma llevaron la vacuna hasta Chile por el sur y el actual estado de Texas por el norte.

En febrero de 1805, con 25 huérfanos mejicanos, Balmis se embarca en Acapulco en el navío Magallanes, cruza el Pacífico y, con idéntico procedimiento, extendió la vacunación por las islas Filipinas y, desde allí, a Macao y Cantón, dando comienzo a la vacunación en Asia.

Los esfuerzos de Balmis y de aquella Real Expedición Filantrópica de la Vacuna salvaron miles de vidas. Quizás aquel médico ilustrado se saltó, a la brava, el principio de precaución pero se merece consideración y respeto... y seguramente un monumento.

No me entiendan mal. Con esta historia, no estoy justificando saltarse los principios éticos para obtener un buen fin. El debate sobre si el fin legítima los medios o deben ser los medios los que legitimen el fin es tan viejo como la humanidad y yo, personalmente, estoy completamente de acuerdo con la frase que mi padre siempre nos decía de pequeños: "Puedes tener la razón y perderla si pegas a tu hermano".

Soy partidario de analizar y estudiar a fondo pros y contras de toda innovación, iniciativa o proyecto, pero no puedo ser partidario de la inacción y de no analizar, de no evaluar por muy asentado que esté la convicción sociológica de que algo es malo o de que algo es bueno.

Hoy en día la viruela no es el problema. O mejor dicho, es un problema que la ciencia, venciendo a la incertidumbre, ha logrado solucionar, pero la humanidad sigue teniendo muchos otros problemas.

Aplicar el principio de precaución es importante para prevenir que determinados avances técnicos o científicos provoquen efectos indeseables o, directamente, desastresos, casos conocemos muchos y están día sí, día también en los medios de comunicación, la talidomida, el amianto, los CFCs... pero por cada uno de esos casos, se pueden citar cientos de avances que han salvado millones de vidas, historias que por desgracia duermen en el olvido, en un cajón de la redacciones, uno etiquetado con la frase: "Las buenas noticias no son noticia"

Es posible que la nanotecnología tenga la cura para el cáncer. Es posible que la modificación genética tenga la solución para el hambre. Es posible que la explotación de gas no convencional sea una vía para una transición suave entre el carbono y las energías renovables... no lo sabemos. Pero, ahora mismo, sólo pensamos, creemos, aventuramos que "es posible" o que no lo es... No sabemos nada más: averigüemoslo.


jueves, 20 de noviembre de 2014

El principio de precaución y la viruela (I)



Esta es una de esas entradas con las que hago tantos "amigos"... y les cuento: es que últimamente estoy oyendo citar mucho el "principio de precaución" en un sentido que me preocupa, sí, cuando se habla de Organismos Modificados Genéticamente, de nanotecnología o de fracking,  pero también cuando se habla de química.

En una ocasión, con motivo de una jornada organizada por tres entidades privadas sobre cierto sistema informático de transacción de datos medioambientales entre las industrias y el Gobierno Vasco, alguien se empeñó en afirmar algo que, jurídicamente, era completamente incorrecto.

Cuando me tocó intervenir, no me quedó más remedio que contradecirle respetuosamente y explicando previamente que, con tantos científicos como había en la sala, no se quedaría sin respuesta que alguien dijera algo como, por ejemplo, "el número pi es 6,28"... Y es que es cierto que, el Derecho, como ciencia que analiza y trata de dar pautas al comportamiento humano, ofrece muy pocas certezas, y las que nos quedan, tenemos que defenderlas.

Aún así, se supone, la función esencial de los juristas, de todos aquellos que teorizan, escriben, interpreta y aplican Derecho, es la de dar seguridades.

Ya... han leído esta última frase se les ha escapado un ligero mohín y han pensado, "jo, pues esto de ser jurista debe ser muy frustrante, es como si a un ingeniero se le caen todos los puentes que construye..." y no van del todo desencaminados, no se crean.

Una de las  herramientas básicas con las que cuenta el Derecho para dar certeza a la normativa son los "principios interpretativos" o, como el Código Civil los denomina, "los principios generales del Derecho".

Hay unos cuantos principios que son universales y, en principio, inmutables en el tiempo, hay otros que derivan de pautas políticas, legitimadas por la democracia y tan válidas y exigibles como las anteriores y, por ultimo, hay otros que derivados de formulaciones científicas generalmente aceptadas, tras el filtro de la legitimidad democrática, se adoptan como nuevos principios.

En esta última categoría se podría clasificar el "principio de precaución", que tiene diversas definiciones pero que la Comisión Europea formula como:

"Según la Comisión, puede invocarse el principio de precaución cuando un fenómeno, un producto o un proceso puede tener efectos potencialmente peligrosos identificados por una evaluación científica y objetiva, si dicha evaluación no permite determinar el riesgo con suficiente certeza."

No voy a entrar a calificar el nivel de seguridad jurídica que ofrece una formulación como esta pero si me lo permiten, verán que se trata de una definición atemporal, que provoca que todo fenómeno, producto o proceso esté sometido a una evaluación y re-evaluación permanente, lo cual no es malo en absoluto, pero que, en su uso en un momento determinado tiende necesariamente a alargar extraordinariamente los plazos de puesta marcha de cualquier innovación, ante la inmensa inseguridad que subyace en la pregunta: ¿cuándo una certeza sobre un acontecimiento futuro es 'suficiente'?

Pues bien, como les decía, la alegación al "principio de precaución" en un momento puntual estará siempre asociado al estado del arte y los conocimientos científicos de ese concreto momento y... bueno, creo que en lugar de seguir contándoles este rollo, les voy a poner un ejemplo.

La viruela es la única enfermedad infecciosa realmente grave que el ser humano ha sido capaz de erradicar definitivamente, cuando la OMS así lo declaró oficialmente en 1980. Con algo de perseverancia, convenciendo a determinadas culturas de la necesidad de la vacunación, es previsible que en pocos años, la poliomielitis sea la siguiente.

La viruela es, o "era", una enfermedad causada por un virus, llamado "variola virus", transmitido por los fluidos corporales, igual que el ébola, y ha sido una de las enfermedades más devastadoras de la historia de la humanidad.

Sus síntomas incluían fiebre alta, fatiga y las características erupciones y ampollas, sobre todo en cara, brazos y piernas, que se llenaban de pus y dejaban en los supervivientes a la enfermedad con las marcas características de por vida. La tasa de mortalidad, en su variante más común y contagiosa, superaba el 30% y se cebaba especialmente en niños menores de 5 años.

En el año 1800, en España, se estima que 45 de cada 100 niños no superaba los 5 años. La viruela era responsable de muchas de aquellas muertes. 

El último caso conocido de contagio "natural" de viruela sucedió en Somalia en 1977. Desde entonces, solamente existe un caso conocido, provocado por una accidente de laboratorio en Birmingham, Gran Bretaña, en 1978, que provocó la muerte de una persona.

Pero la epopeya humana que culminó en aquella fecha de 1980 comenzó unos dos siglos antes.

Sitúense a finales del siglo XVIII. Para que se hagan una idea, hasta que en 1777, Lavoisier, uno de los padres de la química moderna, no terminó de desacreditarla, una de las formulaciones científicas más difundidas y aceptadas era la llamada "Teoría del Flogisto", según la cual, todo cuerpo susceptible de arder contenía una sustancia, común a todos ellos, llamada "flogisto" y la combustión era, básicamente la pérdida de dicha sustancia.

Otra "verdad" científica, ya en cuestión desde finales del siglo anterior, pero aún muy extendida, era la llamada "Teoría de la Generación Espontánea" en la que insignes pensadores como Decartes o Newton creyeron firmemente, y que decía que la aparición de hongos o levaduras probaba que la vida podía aparecer de forma espontánea en un recipiente cerrado. La teoría soportó el paso del tiempo, hasta que Louis Pasteur, bien entrado el siglo XIX, demostró que los microorganismos tampoco se generaban espontáneamente. 

Fue ese estado de la ciencia en el que Edward Jenner, médico inglés nacido en 1749, realizaría los experimentos que conducirían a la vacuna de la viruela.

Había en aquella época antecedentes de inoculación, era bien conocido el escándalo que provocó en la Inglaterra de aquella época el intento de Lady Mary Montagu de importar las prácticas que, con motivo de sus viajes al Imperio Otomano había conocido, de inocular una dosis de fluidos corporales de enfermos en personas sanas como método de inmunización. Una práctica ciertamente muy arriesgada.

Entre 1770 y 1790 se publicaron varios artículos de investigadores ingleses y alemanes al respecto pero el mérito de Jenner tuvo más que ver con darse cuenta de que las lecheras que, debido a su estrecho contacto con las vacas, contraían la versión vacuna de la enfermedad (la viruela de la vaca), inmensamente más benigna que la variante humana, quedaban inmunizadas también frente a ésta.

Ligando sus conocimientos sobre la inoculación con este descubrimiento, el 14 de mayo de 1796, en lo que hoy sería considerado un experimento absolutamente contrario a un mínimo principio ético, Jenner inoculó fluido extraído de las ampollas que la viruela de la vaca había provocado en las manos de una lechera en el hijo de 8 años de su jardinero, llamado James Phipps.

El niño tuvo algo de fiebre, más bien baja y un cierto malestar pero no tuvo más síntomas. Posteriormente, le administró suero de la variante humana de la enfermedad en varias ocasiones y no desarrolló la enfermedad.

Jenner publicó sus estudios con otros 23 pacientes y su teoría fue rápidamente aceptada por la comunidad científica y política hasta el punto de que Napoleón ordenó vacunar a todos sus soldados en fecha tan próxima como 1805 y es que el procedimiento era muy sencillo y accesible: bastaba con extraer suero de las ampollas desarrolladas por un inmunizado para inyectarlo en un amplio número de nuevos pacientes y así, sucesivamente.

¿Llevan la cuenta de las flagrantes violaciones del "principio de precaución" que llevamos en esta historia?... pues el próximo día les cuento otra, no demasiado conocida, que tiene por protagonista a un médico español y a la que el propio Jenner se refirió como:

"No puedo imaginar que en los anales de la Historia se proporcione un ejemplo de filantropía más noble y más amplio que este."


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(En la imagen: Edward Jenner. Pastel de John Raphael Smith. Wellcome Library Collection. Londres)

jueves, 13 de noviembre de 2014

"He leído la tesis y quiero trabajar en la Industria Química..."


Buenos días Libe,

¿Has hecho la tesis sobre...[producto químico]...?... ¿has estado entonces investigando con [......] o con [....] ?... bueno, no te preocupes, el tema de la tesis es lo de menos. Haber sido capaz de doctorarte dice mucho de tu capacidad y de tu perseverancia... pero, claro, no hace que tu CV sea automáticamente interesante.

Dedica un tiempo a investigar y a pensar en qué te gustaría trabajar y qué formación y experiencia necesitarías para trabajar en ello…. y haz tu propio “plan de  carrera”.

¿Quieres seguir investigando?, pues salvo algún tipo de lotería, no será tanto tus conocimientos concretos en las materias en las que has investigado hasta ahora las que puedan ayudarte, sino las habilidades, las competencias que has adquirido.

Ten en cuenta que por estos lares la I+D está bastante restringida a sectores muy concretos y en Euskadi más aún. Mira las webs de los centros tecnológicos (de Tecnalia e IK4) y de subsectores como biotecnología o nanotecnología. Si te orientas hacia la farmacia asume que tendrás que ir fuera porque en Euskadi solamente hay dos farmacéuticas potentes, meritorias, pero solamente dos.

Obviamente, toda la formación complementaria y especializada que pudieras aportar en éste área sería interesante.

Si quieres abrir un poco más el campo, en la industria en general no se trabaja en investigación básica, hay algunas cosas de desarrollo, que es la investigación ya orientada a temas empresariales pero en todos los sectores, de una forma u otra, tienen programas de innovación... (la “i” minúscula de I+D+i) y que es, básicamente y para entendernos, la aplicación final del I+D sobre el terreno. El trabajo se parece un poco a la investigación, pero trabajas sobre carriles muy marcados y, eso sí, con la presión inmediata de los resultados.

Un ejemplo que me invento sobre la marcha: imagínate que te contrata una empresa dedicada a dar un servicio “llave en mano” de reducción de contaminantes en chimenea. Su mercado tradicional ha sido la ingeniería de sistemas de “oxidación térmica” de compuestos orgánicos volátiles (vapores de disolventes o monómeros orgánicos) … lo que viene a ser quemadores previos a la emisión por chimenea… una ingeniería de toda la vida.

Han colaborado con el Departamento de Ingeniería Química de la Facultad (Investigación) sobre las bondades de un determinado catalizador en el tratamiento de ciertos gases. Tienen unos resultados esperanzadores, ya que hasta ahora el precio de los catalizadores y el plazo para que dejaran de ser efectivos los hacían poco competitivos frente a los quemadores alimentados por gas natural de toda la vida. Están probando ya en instalaciones piloto (Desarrollo), en principio complementarias a instalaciones tradicionales.

Sin embargo, en determinados sectores, por ejemplo de procesos de producción de polímeros por lotes, que tienen el problema de no producir una emisión de gases regular sino emisiones muy importantes y muy concentradas cuando el reactor se abre, pero que durante el 90% del tiempo no emiten nada, en los que el quemador está ese 90% del tiempo en llama piloto y que, en el momento puntual de emisión, es más bien poco efectivo por la alta concentración de vapores, están convencidos de que pueden instalarse equipos solamente con catalizador (básicamente un “laberinto” de salida del gas con mucha superficie de contacto) que consigue descomponer los hidrocarburos a CO2 y agua y con plazos suficientemente largos de vida útil del catalizador (innovación).

Poco a poco se va imponiendo en la industria una figura que algunos llaman Innovation Manager o Gestor de Innovación, que es un poco mixta entre comercial y departamentos de I+D+i o, más bien, un “enlace”. Trabajan como apoyo de los comerciales, codo a codo con ellos, estudia los problemas de los clientes, conocen sus procesos y sus fábricas a la perfección y aportan soluciones en la aplicación de los productos y proponen mejoras a los propios clientes.

He visto ya hasta algún programa de máster específico en esa especialidad. No sería laboratorio pero la capacidad de pensar un poco más allá, que seguro has desarrollado en tus años de investigadora, puede ser muy útil en ese trabajo.

Ya completamente apartados de la I+D+i, ten en cuenta que para trabajar en la industria, en temas más habituales para técnicos superiores: producción, sistemas de gestión, calidad, laboratorio de análisis, logística, la propia gestión empresarial, seguridad, medio ambiente…  la tesis no te da ventaja, si no haces alguna formación complementaria especializada, igual que la hacen los graduados.

Si la selección de personal se hace con criterios adecuados, un candidato con grado en química o ingeniería química, un MBA y, además, el doctorado, se le va a prestar más atención que a alguien que no lo tenga… pero, claro, es obvio que, si estoy buscando alguien para gestión, necesito a alguien con esa especialización, si además tiene el doctorado estupendo, pero sin la especialización, no hay nada que hacer.…. no sé si me explico.

En esas situaciones es especialmente importante que tengáis un curriculum en el que, por supuesto, conste el doctorado pero en el que no se ponen publicaciones o congresos…  y en el que hasta el título de la tesis está un poco de más. Total… el de recursos humanos no va a saber que es un [producto químico objeto de la tesis]… y tampoco es algo que le preocupe.

No quiero enrollarme (más), pero es obvio que el inglés ya ni se pregunta y que tener idiomas extranjeros adicionales da muchas ventajas…¿otras obviedades?: capacidad de trabajar en equipo, iniciativa, capacidad de comunicación escrita y oral, informática, Internet….

Visita la páginas webs de las empresas y sectores que más puedan interesarte. Especialmente de proyecto en los que están trabajando (esas cosas suelen publicitarse en la medida de lo posible, a los departamentos de comunicación les mola presumir de empresa innovadora….). Revisa ofertas de empleo que, aunque estén ya cerradas, dan pistas sobre los perfiles que demandan las empresas o los sectores y que, con toda probabilidad, van a seguir demandando.

Y, sobre todo, nunca te des por vencida y nunca pares: si tienes un impasse y te sale un trabajo en Zara, como azafata de eventos o en Telepizza para ir sacando un dinero,  apúntate a formación complementaria, presencial o a distancia, mejora tus idiomas y tus competencias en todo aquello que no te han enseñado en la carrera o el doctorado: presentaciones, gestión de proyectos, cómo impartir formación, gestión comercial, liderazgo y gestión de equipos, contabilidad, finanzas (por ejemplo, para ser capaz de hacer un presupuesto…).

Si tienes una entrevista, mucho más importante que cuidar tu aspecto personal, es averiguar hasta la última coma del sitio al que vas. No se trata de que vayas “de lista” pero, ten por seguro que te van a preguntar y ya no hay excusa para no haberlo hecho.

Y, por último, cuida, en lo posible, tus resultados en Google. Búscate con regularidad en Google y si en la primera página aparece algo indeseado (no sé… imagínate, aquella vez que te multaron en un control de alcoholemia por una tontería y te notificaron vía boletín oficial) piensa en que, aunque te cueste, tendrás que empezar a salir más en Internet con cosas que a ti te interese decir de ti misma: un blog profesional, por ejemplo, es una buena idea… aún queda algún responsable de recursos humanos que lo niega, pero todo el mundo sabe que miente: en cuanto la consideración de un candidato es un poco seria, mucho antes de la entrevista, se le busca en Google a ver qué sale.

Uff… ¡cómo me he enrollado!..... termino: en el Comité Ejecutivo que lidera la Asociación de Químicas, gerentes y directores generales de empresas importantes, es decir, entre mis jefes, hay 3 doctores y me consta que nunca han ocultado su doctorado, más bien al contrario, están especialmente orgullosos (y orgullosa) de tenerlo… y no es para menos.

Muchas suerte y disculpa el rollo….


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viernes, 7 de noviembre de 2014

Un accidente mortal y una contrata



Desde que yo empecé a trabajar en AVEQ-KIMIKA, en las plantas de las empresas asociadas, hemos sufrido 3 accidentes mortales. Los tres con trabajadores de contratas.

El primero de ellos, me acuerdo como si fuera ayer, fue una caída a distinto nivel. En un proceso de mantenimiento de una torre de absorción a unos 12 metros de altura, en una plataforma con barandilla y suelo de tramex, desmontaban una línea que, había sido previa y convenientemente higienizada, pero que normalmente conducía un gas tóxico.

Los dos trabajadores llevaban arnés pero no estaba enganchado, al fin y al cabo, estaban en una plataforma horizontal, perfectamente practicable y con barandilla.

En el proceso de desmontaje, repentinamente, al soltar una de las bridas, se oyó un agudo silbido de gas e instintivamente ambos trabajadores, con gran experiencia y perfectamente informados, dieron dos bruscos pasos hacia atrás hasta que sus espaldas tropezaron con la barandilla.... pero uno de ellos medía casi 2 metros y la barandilla era demasiado baja para su altura.

Las empresas asociadas a AVEQ-KIMIKA han alcanzado cotas muy elevadas en materia de seguridad con trabajadores propios de sus plantillas. Si bien, esos mismos indicadores en trabajadores externos que prestan servicios en sus instalaciones son también notables, son algo inferiores y, por lo tanto, tienen claramente un margen de mejora.

Una buena gestión de los trabajadores externos debe empezar por asegurarse de que la documentación de cada uno de ellos es la correcta. En realidad, la documentación no es un fin en si mismo, es un medio destinado a asegurarse de que los requisitos básicos de prevención se cumplen: formación mínima, disposición de EPIs, evaluación de riesgos específicos, etc.

Según hemos ido avanzando en la gestión de esa documentación, en AVEQ-KIMIKA nos hemos dado cuenta de que, en cuanto el número de contratas supera unos niveles bastante modestos, si la empresa realiza la gestión del modo correcto y adecuado, los trámites administrativos se multiplican de forma desproporcionada y el tiempo y esfuerzo que hay que dedicar a dicha documentación es muy grande.

Además, es un trabajo especialmente antipático. Andar reclamando a las empresas contratistas papeles que falta, una y otra vez, no es algo agradable. Y es casi peor cuando, envían un PDF de 600 páginas de las cuales apenas 2 ó 3 son pertinentes para el caso.

En todos los casos que hemos tenido de accidentes graves o muy graves, no digamos ya mortales, con implicación de trabajadores de contratas en empresa asociadas, la primera fase de la investigación se centra en la comprobación de todos los requisitos y aspectos documentales. Las implicaciones legales de no tener la documentación bien gestionada de un accidente de este tipo son extremadamente serias.

Como es habitual, la Asociación ha venido trabajando en varios frentes: se ha redactado un manual recomendando un procedimiento, se han convocado cursos de formación para los responsables y, en la fase más avanzada de su gestión, ha llegado a un acuerdo con la firma  IMQ Prevención  para el despliegue de un Proyecto de Valor Añadido destinado implantar un avanzado sistema informático que reduzca la carga administrativa de la coordinación de actividades, tanto de las empresas principales como de los propios contratistas con, entre otras ventajas, una base de datos documental común para las empresas que participen en el mismo.

La decisión de trabajar con IMQ Prevención, se debe a las experiencias positivas previas de algunas empresa asociadas de referencia en materia de seguridad que ya trabajan con éxito dentro de la iniciativa Koordinatu, cuya plataforma es la base en la que este proyecto, al que hemos llamado Giltza, se apoya.

En estos momentos, dos empresa asociadas, de 50 y 41 trabajadores, una situada en Gipuzkoa y la otra en Bizkaia, están ya trabajando en el proyecto.

En fase muy avanzada de decisión, con perspectivas de comenzar en las próximas semanas, se encuentran 2 empresas más en Gran Bilbao, 1 más de Gipuzkoa, 2 situadas en Lantarón y 1 de Vitoria-Gasteiz. La mayor parte de ellas de tamaño mediano, 30-50 trabajadores aunque también hay una empresa de más de 250.

Durante lo que queda de año 2014 vamos a realizar en AVEQ-KIMIKA una campaña de comunicación al respecto, destinada a implicar la mayor cantidad de empresas posible. Es obvio que cuantas más empresas participen, el sistema será más eficiente y barato.

Creemos que el proyecto, no sólo mejorará la seguridad, la real y la jurídica, en la gestión de las contratas sino que la reducción en la carga de trabajo del personal propio hará que la inversión inicial y el gasto de mantenimiento se amorticen en un período de tiempo muy moderado.

Estoy a su disposición para darles todos los detalles, mándenme un email a info@aveq-kimika.es y yo les llamo y se lo cuento.

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[Una aclaración por un email recibido esta mañana: en el accidente que he contado, el hecho de tener la documentación perfecta, como era el caso, no salvó la vida al accidentado. Pero, es mi papel como abogado, decirles que no solamente es necesaria una gestión excelente de la seguridad en las instalaciones (que es lo más importante) además, es imprescindible, ser capaz de demostrarlo... y para eso la documentación es clave].

viernes, 31 de octubre de 2014

Una Ley para reunirlos a todos



Me voy haciendo mayor. No hay día de la semana que no me encuentre algún achaque. Y si hago algo de deporte durante el fin de semana, el lunes me encuentro agujetas en partes del cuerpo que ni sabia que tenía.

Me dirán que es culpa mía. Que estoy bajo de forma. Que mucha gente, con 43 años, si hace ejercicio regularmente, están fenomenal.... Y tendrán razón. Pero... ¿qué quieren?... me cuesta mucho sacar un rato para hacer ejercicio... y como diría un amigo mío: "me quita tiempo de hacer el vago..."

No, pero en serio, ¿por qué les cuento esto?, pues porque había empezado la entrada contándoles que la primera jornada informativa a la que asistí como público, cuando empecé a trabajar en AVEQ-KIMIKA, fue en el Hotel Indautxu, más o menos en abril de 1998, estuvo dedicada a presentar la entonces recién publicada Ley 3/1998 de protección del medio ambiente del País Vasco y, bueno, me he dado cuenta que han pasado 16 años (y pico) y, así, de repente, me han empezado a doler las articulaciones...

En aquella jornada, introducida por el entonces consejero Patxi Ormazabal, creo recordar, el peso de la presentación de la nueva Ley lo asumió Esther Larrañaga, entonces viceconsejera.

El título III de dicha ley, titulado "Ordenación de la Actividades con Incidencia en el Medio Ambiente" tenía un objetivo retomar la bandera que, caída en el suelo de la batalla, había dejado el RAMINP y ordenar los procedimientos municipales de Licencia de Actividad y Apertura, además de regular los Estudios de Impacto Ambiental.

Digo "la bandera del RAMINP" porque la licencia de actividades clasificadas existía y era obligatoria desde la publicación del RAMINP por el Decreto 2414 de ¡1961!, pero su aplicación dependía de la buena voluntad y persistencia de los promotores y profesionales de algunas actividades, ya que aquellas otras que por desconocimiento o desinterés no solicitaban la licencia, no habían sufrido hasta entonces ningún tipo de presión o molestia por parte de las autoridades municipales.

Si el RAMINP fracasó, quizás por ser demasiado ambicioso y adelantarse en exceso a su tiempo, el Titulo III de la Ley 3/1998 del País Vasco, reconociendo el hecho de que ha dado estructura al esfuerzo compartido de industria, ayuntamientos y Gobierno Vasco para regularizar miles de actividades, se quedó un poco corto. Fue poco ambicioso.

La aprobación el 27 de febrero de la Ley 3/1998 del País Vasco coincidió en el tiempo con la aprobación de la también Ley 3/1998 y también del 27 de febrero, pero de Cataluña: Ley 3/1998 de la Intervención Integral de la Administración Ambiental.

Ambas comunidades autónomas, como por otro lado ha sido habitual, lideraron un avance en materia ambiental que sería imitado por todas las demás años más tarde. Sin embargo, había una sutil diferencia entre ambas leyes, mientras la ley vasca establecía 2 niveles de intervención para las actividades, que denominaba (con poco acierto jurídico, la verdad) "actividades clasificadas" y "actividades exentas" la ley catalana iba un paso más adelante y establecía un tercer nivel y regulaba un procedimiento para las actividades afectadas por la, entonces aún reciente, Directiva 96/61/CE IPPC (aunque, en realidad, ampliaba el ámbito de la autorización integrada a bastantes más actividades que las indicadas por la directiva).

La Directiva previó un plazo de adaptación largo (3 años de implementación, más un periodo transitorio de 8) que terminaba en 2007 y, aunque como es costumbre el Estadio Español implementó la Directiva tarde (Ley 16/2002, de prevención y control integrado de la contaminación, la "Ley IPPC"), octubre de 2007 seguía pareciendo una fecha lejana.

A partir de la publicación de la ley básica estatal, las comunidades autónomas fueron publicando sus propias leyes de intervención en la autorización de actividades clasificadas y, en todas ellas, se establecían 3 niveles: actividades de baja incidencia, actividades sometidas a licencia de actividad y actividades sometidas a Autorización Ambiental Integrada, es decir, "empresas IPPC".

Así, por ejemplo: Ley 11/2003 de Castilla y León (reformada, por cierto, este mismo mes para adaptarla a las Directivas de Servicios y de Emisiones Industriales por la Ley 8/2014), la Ley Foral 4/2005 de Navarra  o la Ley 17/2006 de Cantabria, así que la mayoría de las Comunidades Autónomas, con algunas llamativas excepciones, como Galicia, que se encontraba en una situación parecida a la de la CAPV con una Ley de 1995, se enfrentaron al complejo y duro proceso de adaptación de las actividades existentes a la normativa IPPC con una ley específica y que regulaba dicho proceso.

En fin, el resultado de dicha ausencia lo recordarán muchos de ustedes. Los técnicos de la industria y los de la propia Administración padecieron un terrible nivel de incertidumbre, una inmensa cantidad de decisiones tomadas sobre la marcha, lo que supuso una gran dilación de los procedimientos y una descomunal inversión en tiempo y dinero por parte de todos.

Incertidumbres tales como, por ejemplo: ¿para una actividad existente, es necesario tramitar de nuevo su licencia de actividad municipal, una vez obtenida la Autorización Ambiental Integrada?, yo he dicho, por activa y por pasiva, en todos los foros en los que ha salido el tema, que no... y, desde la penúltima reforma de la Ley 16/2002, para las nuevas, tampoco..... pero no todo el mundo está de acuerdo...

Han pasado 16 años (y pico) y, aunque la Ley 3/1998 ha sido retocada (por ejemplo, para eliminar la licencia de apertura) ese defecto, la ausencia de coordinación entre el procedimiento de actividades clasificadas y el de AAI, sigue sin corregirse. El Departamento anda muy liado con la reforma de la Ley de Prevención y Corrección de la Contaminación del Suelo (que también le hacía falta, la verdad...) y la Ley 3/1998 está en espera... lo malo es que las fechas para actualizar las Autorizaciones Ambientales Integradas se van acercando y, sinceramente, espero que no nos vuelva a pillar la ola con la guardia baja...

Eso sí, dejo constancia de que nosotros venimos haciendo el "Pepito Grillo" con este tema desde 2011... como han podido comprobar en la ilustración.


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jueves, 23 de octubre de 2014

Desviaciones en la chimenea



Hola Teresa,

Te adjunto un informe que necesita una breve explicación y te llamo además por teléfono en un momento.

Respecto al procedimiento: Nos han preocupado las fechas: la resolución da 6 meses para entregar el informe inicial APCA y esos seis meses terminaron en enero de este año. Salvo que hayáis pedido prórroga se supone que estamos fuera de plazo. En general, los servicios de la vice-consejería son flexibles con estas cosas pero, es necesario tenerlo en cuenta, gestionarlo y, sinceramente, yo no subiría el informe por IKS sin más.

Respecto al fondo: Cuando detectamos una desviación, que siempre surge tras comparar una realidad fáctica con una previsión legal, lo primero que hacemos es comprobar que la realidad, el hecho, está bien analizada y si la comparación de este hecho con las normas de aplicación se ha hecho correctamente del hecho en cuestión se ha realizado correctamente.

En este caso, no podemos valorar si la ECA tomó  o no las muestras correctamente. El informe está acompañado por las homologaciones con las que cuenta y parece que todo está correctamente llevado a cabo. En este tema del Decreto 278/2011 solía haber errores en la valoración de los intervalos de confianza que es, obviamente, lo primero que hemos mirado.

En fin, en este caso creemos que el informe es correcto y está bien comparado con la normativa así que, efectivamente, tenemos dos desviaciones en sendos focos.

Una vez constatada la desviación hay dos formas de enfrentarse a ellas: actuar sobre la realidad o actuar sobre la norma.

Respecto a cambiar la realidad, a los condicionantes técnicos de la instalación, supongo que ya habéis pensado en ello y hasta sabéis lo que puede costar realizar cambios operativos, de materias primas o de tratamientos de final de línea que alcancen reduzcan las emisiones a los niveles requeridos. Estéis o no en disposición de llevar a cabo las inversiones, conviene saber con exactitud de qué cantidad estaríamos hablando pues, si el coste es excesivo, como suele suceder, puede usarse como argumento en la otra alternativa.

Respecto a cambiar la norma: Obviamente, la norma jurídica de carácter general no se puede cambiar pero sí el acto administrativo individual que emite la administración en aplicación de aquella. La normativa ambiental moderna ha abandonado completamente las tablas fijas, con indicadores de referencias concreto, y deriva la fijación de los VLE a actos jurídicos individuales con gran margen discrecional… el llamado “caso por caso”.

En este caso, y en todos los demás, se tiene tener en cuenta a la hora de fijar los límites concretos, los procesos, materias primas, las características del medio receptor y, muy importante, la mejor tecnología disponible a costes asumibles para desarrollar esos procesos.
Normalmente, la solución viene por una combinación de ambas vías.

No sé si habéis mandado ya el informe a Gobierno Vasco pero creo que sería muy positivo organizar una reunión con el Servicio de Atmósfera en el que le presentemos los datos y, bien armados con argumentos, le justifiquemos hasta dónde es viable (sí, económicamente viable) llegar en las medidas técnicas para la reducción de las emisiones.

Te llamo en un momento.


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jueves, 16 de octubre de 2014

¿Somos "pyme"?


Tengo un amigo filólogo, un poco vacilón y algo bocazas, que está pensando en montar una sentada contra la actual dirección de la Real Academia Española:

- "Toda a vida metiéndome con mi suegra porque decía 'almóndiga" en lugar de 'albóndiga" y va la RAE y lo mete en el diccionario..."

Este tipo de inclusiones, que muchas veces extrañan o incluso escandalizan, es la forma que tienen los académicos de mantener el diccionario actualizado. La lengua la hacemos las personas hablando y las formas de hablar cambian y las normas, sobre las bases que permitan el entendimiento y, al fin y al cabo, el uso final de la lengua que es la comunicación, cambian con aquellas.

En la 23ª edición del diccionario, publicada hoy 16 de octubre de 2014, se incluyen al parecer términos como "tuit", "tuitear", "tuiteo" o "hacker" con lo que nadie podrá extrañarse que "pyme" forme parte del diccionario hace ya bastante tiempo.

pyme.
(Acrón. de pequeña y mediana empresa).
1. f. Empresa mercantil, industrial, etc., compuesta por un número reducido de trabajadores, y con un moderado volumen de facturación.

Creo que ya les he contado alguna vez cómo el Derecho solamente tiene palabras para trabajar y que el diccionario es para los juristas la fuente básica de definiciones. Sin embargo, en este caso preciso, el diccionario no es de mucha ayuda. Contiene dos términos jurídicamente indeterminados: "reducido" y "moderado".

Lo que para un territorio o incluso sector puede ser "reducido" para otro puede resultar "descomunal". En nuestra propia asociación se da esa circunstancia, una empresa de fabricación de piezas de caucho de 50 trabajadores en Euskadi es una empresa "moderada"... una industria química de base con 50 trabajadores puede ser calificada de empresa "no reducida". Todo depende de con qué se compare.

En los últimos meses, la definición de "pyme" ha aflorado en bastantes temas en los que trabajamos.

Todas las empresa que llevaron a cabo registros de sustancias en la ECHA abonando las cuantías de las tasas señaladas para pymes, han recibido notificaciones reclamando la justificación documental de dicha condición. Hemos ayudado con la gestión a una docena de empresas (asociadas y no-asociadas) y, lamentablemente, alguna que no nos pidió ayuda se enfrenta ahora a una sanción de la ECHA de 37.500 € por retrasarse en dicha justificación.

Además, la jornada que hemos convocado para el día 23 de octubre sobre eficiencia energética, en colaboración con CREARA y el Ente Vasco de la Energía, parte del reto normativo que impone la Directiva 2012/27/UE relativa a la eficiencia energética y que impondrá, tras su implementación, la obligación de realizar auditorías energéticas periódicas o bien contar con un sistema de gestión de energía certificado, a todas las "grandes empresas", eximiendo de dichas obligaciones a:

"... las PYMES, es decir, aquellas que, de  acuerdo con el título I del anexo de la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión,  de 6 de mayo de 2003, entran en la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas."

Et volià... ya tenemos una referencia básica en la que compararnos. Pues bien, desde que convocamos la jornada, en la que, por cierto aún queda alguna plaza (no muchas, no esperen demasiado), me han llamado no menos de 7 ú 8 empresas con idéntica pregunta: "¿somos pyme?"... lamentablemente, en la mayoría de los casos, he tenido que responder que no y que la jornada les interesaba, no solo por el ahorro energético que iban a lograr, sino por la obligación legal que les llegará en 2015.

Para saber si nuestra empresa es una pyme tenemos que tener en cuenta tres parámetros cuantitativos aplicables a la persona jurídica titular de la fábrica y, finalmente, el más difícil, un criterio de vinculación con otras empresas. Como no podía ser de otra forma, la Unión Europea tiene publicada una guía (de unas moderadas 50 páginas) para aclarar la definición...

Así, para empezar, califiquen a su empresa en estos parámetros:

Micro-empresa:
  • Plantilla: < 10 
  • Volumen de negocios: ≤ 2 millones de euros 
  • Balance: ≤ 2 millones de euros 
Pequeña empresa:
  • Plantilla: < 50
  • Volumen de negocios: ≤ 10 millones de euros
  • Balance: ≤ 10 millones de euros

Mediana empresa:
  • Plantilla: < 250
  • Volumen de negocios: ≤ 50 millones de euros
  • Balance: ≤ 43 millones de euros

La norma está redactadas de modo que debe tener, en todo caso, menos del número de empleados señalado y uno de los otros dos parámetros por debajo de las cifras indicadas.

- "Bueno, en nuestro caso es que la fábrica es muy pequeña. La que tiene volumen es la actividad de comercial que, además de nuestros productos, distribuye productos que importa de fuera..."

Si ambas actividades están incluidas en la misma razón social, en la misma S.L. o S.A., son la misma empresa, no hay diferencia... si son razones sociales distintas, siga leyendo.

Con esta cifras, así sin mayores consideraciones, casi todas las empresa de AVEQ-KIMIKA serían pymes. Las fábricas de más de 250 trabajadores no abundan mucho en el País Vasco pero hay un factor adicional a tener en cuenta.

Esos patrones en los que compararse son para "empresa autónomas", es decir independientes, para el resultado de un calculo en el caso de "empresas asociadas" y para el total de compañías ligadas en lo que el Reglamento llama "empresas vinculadas".

Resulta un tanto redundante decir que "empresa autónoma" será toda aquella empresa que no sea "empresa asociada" o "empresa vinculada".

Son "empresas asociadas", sociedades que son "propietarias de" o "poseídas por" otras en un porcentaje de capital significativo pero que no concede capacidad de dominio. La UE señala entre un 25% y un 50% del capital.

El cálculo necesario para determinar si una empresa con ese tipo de vinculaciones, es o no pyme, para por incluir en sus propios datos un porcentaje equivalente de las sociedades asociadas a los suyos propios. Así, si su empresa tiene una participación del 30% en otra empresa, tendrá que añadir a sus propias cifras el 30% de la plantilla, el volumen de negocios y el balance general de esa otra empresa. Pero solamente de las empresas inmediatamente "por encima" o inmediatamente "por debajo" de la suya.

Sin embargo, el caso más frecuente en AVEQ-KIMIKA es el de "empresas vinculadas". Este tipo de relación corresponde a la situación económica de empresas que forman un grupo mediante el control directo o indirecto de la mayoría de los derechos de voto de una empresa por parte de otra o recurriendo a la capacidad de ejercer una influencia dominante sobre una empresa. Un clásico ejemplo de una empresa vinculada es el de la filial al 100 %.

Pues bien, para establecer si una S.L.U domiciliada en el País Vasco, cuyas acciones pertenecen en un 100% a una empresa de otra nacionalidad europea, deberán sumar sus datos para establecer su condición de pyme o no de forma conjunta. Básicamente, por muy pequeña que sea la planta en Euskadi, si está controlada en situación de dominio por una gran empresa, no será pyme a los efectos de esta normativa. Tendrá que pagar tasas de "gran empresa" y está obligada por la disposiciones de la Directiva de eficiencia energética.

Adicionalmente, se consideran "empresas vinculadas" aquellas que, aún no teniendo una relación directa entre sí, tiene posición dominante en ambas la misma persona, física o jurídica, y actúan en el mismo mercado o "mercados contiguos", es decir, que pudieran llegar mantener una relación de cliente-proveedor.

En fin... espero que, si se acaban de dar cuenta de que no les corresponde disfrutar de la condición de pyme, no me guarden rencor....


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Imagen cortesía de «Academia de la Lengua» por J.L. De Diego - Madripedia - http://www.madripedia.es/wiki/Imagen:Academia_de_la_Lengua.jpg
Disponible bajo la licencia Public domain vía Wikimedia Commons.

jueves, 9 de octubre de 2014

Energía: ¿Un nuevo "gorro" para el responsable de sistemas?



En la Asamblea General de AVEQ-KIMIKA en 2013, las empresas asociadas transmitieron un mandato a la secretaría general (vamos, que me encargaron un "marrón"): a lo largo de 2014, AVEQ-KIMIKA debía empezar a trabajar en Energía al mismo nivel que ya lo hacía en Medio Ambiente, Tutela de Producto o Transporte de Mercancías Peligrosas.

Durante los últimos meses de 2013 comenzamos con la planificación y la búsqueda de un socio de referencia técnica: los servicios propios de AVEQ-KIMIKA son capaces de responder técnicamente al máximo nivel en aspectos de medio ambiente o de seguridad o incluso respecto al Convenio General de Industria Química pero no estaban preparados para dar una respuesta en el campo energético al nivel que las empresas asociadas están acostumbradas.

En este año 2014, la Asoiación ha alcanzado un principio de acuerdo de colaboración con la firma CREARA (www.creara.es), líder en la prestación de servicios de ingeniería, consultoría y gestión en los campos de la eficiencia energética, el ahorro energético y las energías renovables.

Los servicios que prestará AVEQ-KIMIKA en materia energética serán idénticos al resto de temas estratégicos, tanto en Información (en todas sus modalidades, tanto colectiva como las circulares, como individual, en forma de consultas concretas), en Representación, teniendo el asesoramiento experto de CREARA  para las relaciones que en materia energética mantenga AVEQ-KIMIKA  con Gobierno Vasco y otras entidades y, por supuesto, en proyectos de Valor Añadido.

Es esta última área de gestión, Valor Añadido, donde la Asociación lleva a cabo la coordinación y ejecución de proyectos agrupados, pondremos en marcha, por ejemplo, estudios de eficiencia, implantación ISO 50.001, gestión agrupada de compra, cursos especializados, etcétera.

Las empresas de AVEQ-KIMIKA no dan puntadas sin hilo... es evidente que la Energía ha sido, es y lo va a ser aún más en el futuro, un ámbito de competitividad clave para la Industria y, como tal, es necesario que la Asociación ponga todos sus medios para ayudar a sus socios, pero, en este 2014, coincide, además, un reto legislativo un tanto especial.

La Directiva 2012/27/UE de Eficiencia Energética, una de las piezas clave de la política europea de energía, que debía haber sido implementada a Derecho interno antes del pasado mes de junio, incluye obligaciones para las empresas que no tengan la consideración de pyme conforme a la normativa europea (más de 250 trabajadores, volumen de negocio por encima de 50 millones de euros o un balance general por encima de los 43 millones... o que no pertenezcan a grupos que superen dichas cifras).

El capítulo II del borrador de Real Decreto destinado a implementar la citada Directiva sigue con bastante fidelidad el mandato y establece que todas las empresas afectadas deberán realizar una auditoria energética antes del 5 de diciembre de 2015 y, a partir de esa fecha, deberán repetir la auditoria, con unas estrictas condiciones de homologación de los autores de la misma y de control público de los resultados, cada 4 años.

La norma da una alternativa que, desde el punto de vista de AVEQ-KIMIKA y teniendo en cuenta la experiencia de las industrias asociadas en la puesta en marcha de los sistemas de gestión, es la más favorable: certificar la instalación conforme a referentes de gestión energética, es decir, implantar la ISO-50.001 en la empresa, con el objetivo de una mejora continua en la eficiencia energética de sus procesos e instalaciones.

La Directiva es también clara en marcar pautas a los estados miembros para que de facilidades a las empresas que no superen los umbrales para ser obligadas para lograr ese mismo objetivo.

Comienza en este curso 2014-2015 la colaboración con CREARA con una jornada que celebramos el próximo día 23 de octubre en nuestra sede de Bilbao, dedicada a presentar el acuerdo, adelantar las obligaciones legales que para la industria va a suponer al Directiva 2012/27/UE, introducir los ejes claves de actuación en la mejora de la competitividad energética de la industria, como la auditoria energética y la certificación de la gestión energética orientada a la mejora continua y, presentar el proyecto de Valor Añadido de certificación agrupada KIMISO-50.

Y, para ello, contaremos con la asistencia de expertos de la propia CREARA, del Ente Vasco de Energía y la participación especial de Alejandro Moro, Director Industrial de Vicrila, una de las empresas pioneras en obtener la certificación ISO-50.001 en Euskadi, miembro del Comité Ejecutivo de AVEQ-KIMIKA, que explicará su visión y su experiencia con dicha certificación.

En fin... ¿qué quieren que les diga?... yo que ustedes no me la perdería.

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jueves, 25 de septiembre de 2014

Obras del metal (y 3ª parte)




Les estaba contando cómo dos químicas y una ingeniera, armadas con un "manos libres" y el repertorio de jurisprudencia, me tenían contra las cuerdas preguntando si el carnet TPC creado por el convenio del metal era obligatorio o no tras la anulación por el Tribunal Supremo de la obligatoriedad del propio TPC en su sector originario, el de la construcción.

Estas sutilezas tienen sus importancia en Prevención de Riesgos Laborales. Por desgracia, las investigaciones de accidentes graves, no digamos ya mortales, pueden suponer una atribución de responsabilidades no deseada si durante la misma se pone de manifiesto un incumplimiento legal, por pequeño que sea.

Las pymes no están en absoluto a salvo de estas obligaciones. Uno de los únicos tres accidentes mortales que han sufrido empresas asociadas desde que yo trabajo en AVEQ-KIMIKA, fue precisamente en una pyme, un trabajador de una empresa contratada para la reparación de un tejado, dañado por un vendaval pocos días antes.

Coincidió en el tiempo aquella desgracia con una accidente grave en otra pyme asociada. Un trabajador de una contrata, una empresa de pintura que habían vendido a pintar la puerta de la nave, se cayó desde un andamio móvil. El trabajador no llevaba equipo de protección alguno y... no había evidencia de que la empresa contratista se hubiera asegurado de que los trabajadores externos habían recibido los EPIs. "Como el trabajo solamente iba a durar unas pocas horas..."... ¿es "obligatorio" tener evidencia de que un pintor, que viene una sola vez a mi fábrica, ha recibido los EPIs?

En la primer caso no hubo proceso penal... en el segundo, sí.

Pero les estaba contando si el carnet TPC era obligatorio o no para las obras de construcción en las que de subcontraten empresa que apliquen el Convenio del Metal....

.... pues... ¿saben qué?, he pensado que solamente se lo voy a contar a quienes se acerquen a nuestra oficina el 3 de octubre. Se lo contaré de viva voz y, de paso, les invitaremos a un café.

Seminario KiMIKA Documentación Contratas

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jueves, 18 de septiembre de 2014

Obras del metal (2ª parte)


Viene de la entrada anterior en la que les contaba las dificultades para distinguir entre qué es una "obra de construcción" y qué no lo es cuando se contrata un trabajo en una fábrica. En función de esa clasificación, se aplica la sistemática prescrita por dos reales decretos diferentes: el RD 1627/1997 que regula las obligaciones de los proyectos calificados como "obras de construcción" y el RD 171/2004 las de aquellos proyectos que no lo son.

Pues bien, el Real Decreto 1627/1997 define "promotor" y, por lo tanto, sujeto de un montón de obligaciones derivadas de la aplicación del mismo como:

Art.2.1.c) Promotor: cualquier persona física o jurídica por cuenta de la cual se realice una obra.

Si esta definición, la cruzamos con la que figura un poco más arriba

Art.2.1.a) Obra de construcción u obra: cualquier obra, pública o privada, en la que se efectúen trabajos de construcción o ingeniería civil cuya relación no exhaustiva figura en el anexo I.

y, para acabar, echamos un vistazo al listado (no exhaustivo del anexo I)

a) Excavación.
b) Movimiento de tierras.
c) Construcción.
d) Montaje y desmontaje de elementos prefabricados.
e) Acondicionamiento o instalaciones. (!!)
f) Transformación.
g) Rehabilitación.
h) Reparación. (!!)
i) Desmantelamiento.
j) Derribo.
k) Mantenimiento. (!!)
l) Conservación-Trabajos de pintura y de limpieza. (!!)
m) Saneamiento.

Es fácil pensar que una industria, a poco grande que sea, está "promoviendo obras de construcción" de forma habitual.

Sin embargo, personalmente, me cuesta mucho aceptar que casi cualquier trabajo que desarrollen contratas externas en una instalación tengan que ser, por fuerza, "obras de construcción" y tiendo a interpretar el concepto de la forma más restrictiva posible.

En esta forma de ver el asunto no estoy sólo. Parece que hay más gente que opina como yo. De hecho, este documento del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (Guía Técnica para la Evaluación y Prevención de los Riesgos relativos a las Obras de Construcción) es bastante restrictivo, cuando, interpretando la definición del artículo 2 y, en concreto, el listado del anexo I dice:

"...se entiende como obra de construcción el lugar donde se desarrolla, con carácter temporal, cualquiera de las actividades señaladas en el anexo I del RD 1627/1997 o de las relacionadas en la sección F (apartados 41 a 43) de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas CNAE – 2009 (RD 475/2007, de 13 de abril), siempre que estén referidas a trabajos intrínsecamente asociados a actividades de construcción (edificación e ingeniería civil) y se ejecuten con tecnologías propias de este tipo de industrias."

Es más, al interpretar el apartado k) del anexo insiste:

"Ejemplos: mantenimiento de bajantes en fachada con utilización de andamios, mantenimiento de una carretera, de una pista de aterrizaje, de los márgenes y encauzamientos de un río, dragado de mantenimiento de un puerto o canal fluvial, dragado y extracción de fangos para el mantenimiento de las tomas y desagües de una presa, sustitución de elementos centradores y amortiguadores en puentes atirantados, etc."

¿Los trabajos de mantenimiento y limpieza de un tanque de hidrocarburos encajan en estas definiciones?... parece que no... ¿y si, como a veces sucede, para limpiar las paredes hay que utilizar andamios y para extraer los fondos de tanque solidificados hubiera que utilizar un martillo neumático?.... pues yo creo que tampoco.

En estas elucubraciones andaba yo cuando me llamaron, con el manos libres puesto, del equipo de prevención de unas de nuestras empresas punteras.

Ya les he contado el estrés (estrés positivo, que conste...) que me producen estas llamadas porque, en este caso, las dos químicas y una ingeniera, con más de 40 años de experiencia en PRL en empresas químicas en total, no llaman para preguntar tonterías. Si llaman es porque la cuestión es difícil y, en muchas ocasiones además, grave.

Hola Luis, 

- Hola, ¿qué tal?

- Bien, trabajando..... ya sabes que estamos tratando de mejorar el procedimiento de coordinación de actividades y estamos definiendo los documento que vamos a solicitar a cada categoría de contratas (...lo sé porque hemos colaborado en el proceso de definición y hemos aprovechado algunos documentos desarrollados por ellas...)Tenemos una duda con las "obras de construcción". Ya sabes que la Ley 32/2006, reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción, dice que la negociación colectiva estatal puede establecer programas formativos y contenidos específicos de formación para los trabajadores (...¿lo sé?... algo me suena: ¿artículo 10?.... me parece...) amparándose en ese artículo, el convenio de la construcción creó en 2007 la Tarjeta Profesional de la Construcción (TPC) y establecía la formación mínima necesaria para obtenerla. 

El caso es que hemos estado mirando una sentencia del Tribunal Supremo de 2010 sobre el tema... ¿la conoces?

- (¡Jopela, con las químicas e ingenieras...!, leyendo sentencias del Supremo...) Sí, bueno, no la he leído pero he visto referencias a ella en algunos artículos....

En esa sentencia, que promovieron ELA y CIG, se dice que exigir la TPC como requisito de contratación es ilegal y que no se puede reservar la formación obligatoria para los trabajadores del sector a la Fundación Laboral de la Construcción.... de modo que no incluimos la TPC como documento obligatorio para los trabajadores de las subcontratas, pero sí que acrediten, por la vía que sea, una formación equivalente.

Y... bueno, mejor termino de contarles la historia la semana que viene, ahora que está "interesante"... ¿verdad?

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