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lunes, 6 de agosto de 2018

El Futuro es para Valientes I (Ley de Administración Ambiental)



Esta es la quinta de las 7 entradas que publicaremos conjuntamente en este formato y en la nueva web a la que nos trasladamos. 
Para leer esta misma entrada en su nueva ubicación puede pinchar aquí: [Blog de AVEQ-KIMIKA] El Futuro es para Valientes I (Ley de Administración Ambiental).
A pie de cada entrada encontrará un mini formulario para volver a suscribirse al blog en la nueva plataforma. Mucho nos tememos que la nueva regulación de la gestión de datos de carácter personal así nos lo exige.

Equipo AVEQ-KIMIKA

Hace un par de meses viví un incidente, en el siempre entretenido proceso de la educación de una hija adolescente, que me hizo pensar que, por un lado, quizás, no lo estemos haciendo mal y, por otro, que, por muy “actual” que uno se sienta, el cambio de valores generacional es inevitable...  un cambio, generalmente, para bien.

El caso es que, un fin de semana de principio de primavera, mi hija de 13 años había quedado con sus amigas y amigos para, comprar unas chuches y dar una vuelta por el barrio. Sentarse en un banco de la plaza y charlar, mientras comen pipas. Vamos, lo mismo que hacíamos nosotros, con 13 años... pero con los móviles siempre en la mano.

Como es habitual, quedamos en que la recogeríamos, a ella y a dos de sus amigas, a las 21:00 h, ya anochecida la tarde. Cuando quedaban apenas 5 minutos para la hora fijada y ya nos habíamos despedido de los amigos con los que nos habíamos tomado un café, suena una llamada en mi móvil:

- ¿Aita?
- Sí, dime.
- Que vamos a llegar un poco más tarde.
- ¿Ha habido algún problema?
- No, bueno, es que se quedaban solos Gorka y Mikel y, como les daba miedo ir hasta el metro, les hemos acompañado.
- ¿Estáis vosotras acompañando a los chicos?... pero, luego vosotras tenéis que volver.
- Sí, claro, pero es que nosotras somos tres, somos más...

En ese instante se me ocurrieron muchos chistes, muchas frases sarcásticas, que incluían expresiones como “cobardicas”, “cagaos” o “menudos machotes”... y otras inconveniencias, propias de la generación a la que pertenezco. Pero cuando estaba a punto de decir alguna de ellas, otro pensamiento cruzó por mi mente: "esto es exactamente para lo que les estamos educando, tanto a las chicas, como a los chicos" y sólo acerté a decir:

- ¿Voy a buscaros yo hasta allí.
- No, aita, no hace falta. Ya estamos volviendo.

La valentía de los chicos para proteger a las chicas era un valor en mi generación. Personalmente, yo me hubiera muerto antes de confesarle a una chica que tenía miedo y que necesitaba que me acompañara y, sin embargo, mi hija y sus amigas ven natural, obvio, que, si ellas son más, les acompañen.

¿Ha dejado de ser la valentía un valor en nuestra sociedad?... no exactamente. Lo que, por suerte, o porque estamos haciendo bien las cosas, ha dejado de ser una convención social es que las chicas son débiles y necesitan protección, porque la valentía, el arrojo, siguen siendo necesarios para emprender, para innovar, para tratar de aplicar soluciones nuevas, a problemas antiguos. Es otro tipo de valentía, no asociada a la tradicional y casposa "hombría". Es el tipo de valor que hace falta para que cambie el mundo.

Hace unas semanas, a finales de mayo, la vice-consejería de medio ambiente del Gobierno Vasco presentaba el borrador del anteproyecto de Ley de Administración Ambiental, uno de los ejes normativos esenciales sobre los que debe rodar la Sostenibilidad de la Comunidad Autónoma Vasca para las próximas décadas.

El caso es que, tras una lectura pausada y contrastar el texto con abogados y técnicos, queda una sensación que podría resumirse con la frase: “¿Esos es todo?”

Llevamos mucho tiempo esperando este borrador. Hemos oído muchas veces, desde hace casi 20 años, a los consejeros y consejeras que se han ido sucediendo, reconocer que el sector industrial es el agente que más y mejor ha trabajado por mejorar su balance ambiental en las últimas décadas y asegurando que la propia Administración tenía que acompañar esa mejora, modernizando sus procesos y acompasándolos a los ritmos que la industria necesita.

La semana pasada me llamó una de nuestras mejores técnicos de medio ambiente para consultarme los trámites para desmontar y clausurar todo el proceso productivo de la planta, en este caso una planta no-IPPC. A partir de septiembre, únicamente funcionará distribución, almacén y laboratorio de asistencia a los clientes. Todo se fabricará fuera.

- Pero... si hace seis meses que presentasteis la solicitud de ampliación de la instalaciones, con el Tech Center y todo. ¿Qué ha pasado?.
- Pues eso, han pasado seis meses. Seis meses en los que la planta de Eslovenia ya tiene todos los permisos en regla y se lleva la inversión. 

Todos los Departamentos de Medio Ambiente, desde hace 20 años, han basado la mejora de la eficiencia de los procesos del departamento en tres ejes fundamentales: informatización, co-responsabilidad público-privada y la transparencia, como mejor garantía del acceso universal a la información medioambiental.

El borrador del anteproyecto de ley presentado es una norma técnicamente muy correcta, con algún que otro ajuste necesario, pero bien estructurada. Vuelve a apostar, como no podía ser de otra forma, por esos tres ejes, pero repitiendo los mismos esquemas y procesos que se han demostrado fracasados, o al menos claramente insuficientes, durante todos estos años... es más de lo mismo. Es un proyecto carente de la necesaria valentía... es un proyecto, si me lo permiten un poco cobarde.

Un ejemplo: en el eje destinado a incrementar la co-responsabilidad público privada, la norma anuncia su intención de retomar el sistema de Entidades de Colaboración Ambiental (ECAs), que ya fracasó hace unos años y que se basa en la intervención previa de una entidad privada, pagada por el promotor, que de fe de que la documentación de la solicitud que se presenta es correcta y completa.

Como sucedería con la instauración de un sistema de tasas, es una medida que para la industria resulta un poco irritante. Pagar a cambio de eficacia administrativa, uno de los principios fundamentales de actuación de la Administración Pública, algo teóricamente asegurado por la ley, resulta un tanto molesto, pero, si a cualquier industrial se le asegura una respuesta a su solicitud de licencia en 15 días, por ejemplo, y los precios son razonables, la inmensa mayoría pagaría de mil amores.

Ese sistema sólo puede funcionar si se produce una efectiva trasferencia de responsabilidad del sector público al privado, de modo que, la autoridad competente se limite a sellar y archivar la documentación que reciba, que venga con el visto bueno de la ECA porque, si se hace una nueva revisión de la misma por parte del órgano administrativo, estaríamos en una situación aún peor que la de partida, pues, además de pagar, a los plazos iniciales habría que sumar los de la ECA y no se ahorraría ni un minuto en el trámite oficial. Creo que aquellos que hayan tramitado expedientes de suelos contaminados en los últimos años, saben a qué me refiero, porque, si algo he aprendido en estos años de trabajar con la industria es que, a pesar de la fama que llevamos los abogados, juntas a tres técnicos expertos para decidir si un proyecto es “correcto y completo” y pueden pasarse días discutiendo, sin llegar a ningún acuerdo.

Pero, con eso mimbres puede hacerse un buen cesto... ahora bien, para este trabajo concreto es necesario un cestero o cestera con valentía. 

¿Cuál sería una apuesta valiente en el eje de la co-responsabilidad público privada, en esa trasferencia de responsabilidad administrativa hacía entidades privadas que realmente sirviera para modificar el status quo en las tramitaciones administrativas?...pues, por ejemplo, que la auditoría EMAS se homologará con las inspecciones IPPC, de modo que una empresa verificada con EMAS,  no tendría que ser visitada por funcionarios públicos, salvo en situaciones excepcionales.

¿Otra?, que, en el proceso de revisión, una empresa verificada EMAS pudiera escribir su propia autorización ambiental, integrada (o unificada, tanto da). Hacer una propuesta de límites, en principio voluntarios, que el auditor garantizara que cumplen con la normativa general y que son adecuados para el caso concreto, tanto desde el punto de vista de la mejor tecnología disponible, como respecto al medio receptor, de modo que, la mera recepción y archivo del texto de la autorización por parte de la Autoridad Ambiental, convertiría esos valores en obligatorios.

¿Más?, las modificaciones que se plantee una empresa con AAI o AAU será únicamente valoradas por el auditor EMAS de la empresa y la Autoridad Ambiental se limitará a archivarlas, tomar nota y autorizar la modificación de las autorizaciones que pudiera derivar de una modificación sustancial.

¿Sigo?, las empresas verificadas EMAS estarán exentas de presentar cualquier declaración responsable porque incorporarán todas las que correspondiera durante el año en la publicación de su Declaración Medioambiental.

¿Una más?, una empresa verificada EMAS, cuyos procedimientos de autocontroles ambientales, realizados en su propio laboratorio, hayan sido auditados, será tratada como un organismo de colaboración a esos efectos, es decir, no requerirá de OCA para sus controles de emisiones o vertidos.

Con medidas como estas, destinadas a empresas ya en marcha, no conseguiríamos, al menos directamente, reducir los plazos administrativos de un proyecto nuevo ya que, obvia decirlo, antes de arrancar, una empresa no está verificada con EMAS, pero, medidas como esta podrían servir para que los recursos del Departamento se reasignaran y, en lugar de dedicar tiempo y esfuerzo a controlar empresas y profesionales que no necesitan control, podrían dedicarse a acelerar gestiones iniciales y a perseguir verdaderos incumplidores y otros piratas ambientales que, como las meigas, haberlos, haylos....

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jueves, 14 de septiembre de 2017

Palabras... e inspecciones medioambientales



Creo que ya les he contado alguna vez que, por lo menos una vez al año, procuramos organizar un curso que, si bien tiene un nombre más aburrido y complicado, entre nosotros llamamos "Derecho para Químicos e Ingenieros".

El objetivo es sencillo, los técnicos que gestionan el medio ambiente y la seguridad en las instalaciones industriales que normalmente han realizado estudios en materias técnicas o científicas, se enfrentan a altas dosis diarias de lectura y manejo de legislación y, en muchas ocasiones, nadie les ha dado previamente algunas pautas de cómo manejarse con ella. Se trata, como dice el tópico, no tanto de dar peces, explicando lo que está en vigor, sino de enseñar a pescar, dando las mismas pautas que usamos en AVEQ-KIMIKA para manejar la normativa existente y analizar sus cambios.

Como soy muy de organizar debates, para empezar intento siempre convencer a los asistentes de que el Derecho es una ciencia más, al mismo nivel que la química y la física.

Nunca lo consigo. Y, la verdad, no les culpo.

El Derecho es la ciencia que estudia la convivencia humana, cómo los seres humanos regulan sus relaciones. Y creo que hay pocas cosas más imprevisibles que las relaciones humanas.

Además, el único elemento con el que cuenta el Derecho para estudiar científicamente las relaciones humanas son las palabras y, más aún, el único elemento, los únicos ladrillos con los que cuenta el Derecho para realizar sus proyectos técnicos, que llamamos leyes, decretos y reglamentos, son las palabras.... sí, esas mismas que se lleva el viento, esas mismas que pueden decirse con lengua de serpiente o que, usadas sin los debidos conocimientos, pueden significar cosas opuesta a las que queremos decir.

Todo esto es para contarles que, a pesar de las palabras que usan en las comunicaciones, las visitas que una consultora está realizando a bastantes pymes industriales para comprobar el estado de sus autorizaciones y licencias ambientales, no son "inspecciones". Incluso aunque llegue un aviso previo con el membrete del Gobierno Vasco, no son "inspecciones"... bueno, sí lo son... pero no mucho. Es un lío.

Dice la Recomendación del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de abril de 2001, sobre criterios mínimos de las inspecciones medioambientales en los Estados miembros (DOUE nº L118, de 27/04/2001) que una "Inspección Medioambiental" es la actividad consistente en "comprobar si las instalaciones controladas cumplen los requisitos medioambientales pertinentes establecidos en la legislación comunitaria tal como han sido transpuestos en las legislaciones nacionales o aplicados en el ordenamiento jurídico nacional (en lo sucesivo, denominados "las disposiciones legislativas comunitarias") e impulsar dicho cumplimiento;" (Art. 2.a) y que las Inspecciones Medioambientales podrán realizarlas  "cualquier autoridad pública, ya sea a nivel nacional, regional o local, instituida o designada por el Estado miembro" (Art.4.a)  pero que  "Los organismos a que se refiere la letra a) podrán, de acuerdo con la legislación nacional, delegar las tareas que deberán realizarse en virtud de la presente Recomendación, bajo su autoridad y supervisión, en cualquier persona jurídica de Derecho público o privado siempre y cuando tal persona no tenga intereses personales en los resultados de las inspecciones que realiza.", es decir, que por ahora no habría problema y las visitas pueden ser "inspecciones" según la definición comunitaria.

Sin embargo, el truco está en la expresión "podrán de acuerdo con la legislación nacional, delegar..." y la legislación nacional que permitiría esa delegación restringe la "inspección", como tal, es decir, las actuaciones en las que los titulares de las industrias "están obligados a permitir el acceso a las instalaciones a los expertos de los Organismos de Control, facilitándoles la información y documentación necesarias para cumplir su tarea según el procedimiento reglamentariamente establecido" (Art.16.4 Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria) a, precisamente personas acreditadas y que actúan en al ámbito de un Organismo de Control Autorizado. Una OCA de toda la vida o una más moderna ECA.

El matiz es importante por dos razones: la empresas no están obligadas a recibir estas visitas (aunque nosotros recomendamos encarecidamente hacerlo) y del acta que se redacte en las mismas, no pueden derivar sanciones... al menos en una primera instancia y no sólo de esa visita.

Recomendamos colaborar porque  hay un principio del Derecho Administrativo que me he inventado yo y que he llamado el "principio del arriero": Si se niegan a recibir la visita, lógicamente, el consultor tomará nota e informará a los inspectores del Gobierno Vasco, estos sí Autoridad Publica, que sacarán un rato para pasar a saludarles.

Si su empresa es un desastre, una negligencia tras otra, tomarán nota e informarán a los inspectores que.... en fin, ya me entienden.

Hasta ahora, las visitas se han realizado en tono muy positivo y con voluntad de ayudar. Es una oportunidad interesante para repasar nuestra situación conforme a la normativa y mejorar, puede ser una intensa sesión de auditoría.

Aquí les enlazo el documento que hace las veces de guión que nos ha pasado una empresa ya visitada. No se asusten, por favor: en función de sus instalaciones y procesos, muchos de los apartados del mismo, no serán aplicables a su empresa y quedarán marcado como tal.

Por nuestra parte, hemos puesto en marcha un proceso similar, destinado a que nuestras pymes saquen nota en cualquier auditoria o inspección normativa, no sólo en medio ambiente, también en seguridad, tutela de producto y transporte... aunque a nosotros no nos queda más remedio que cobrar, ya que ninguna autoridad pública sufraga nuestros gastos.

Eso sí, nosotros no estamos obligados a "chivarnos" y no informamos a nadie más que a la propia empresa.

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viernes, 4 de agosto de 2017

¿Necesita la Viceconsejería de Medio Ambiente del Gobierno Vasco más medios para realizar su labor?




Antes de meterme en disquisiciones: Sí. Definitivamente, sí. Sin ninguna duda.

¿Es especial el Departamento de Medio Ambiente, en concreto la Dirección de Administración Ambiental, respecto a otras direcciones o servicios del Gobierno que también se quejan de la falta de medios?

Sí. Sin duda. Y ahora les cuento nuestras razones para decir estas cosas.

Durante un tiempo, creo que puedo decir que lo tengo superado, en esta forma de hablar un poco atropellada que me caracteriza, sufrí un recurrente e inexplicable desliz freudiano que me hacía decir la palabra "entropía" casi cada vez que quería decir "empatía". Y el caso es que, cuando empezó a pasarme, apenas entendía qué significaba el concepto de "entropía"... y todavía hoy estoy un "poco verde" en termodinámica... quizás algún técnico me podría explicar cómo relacionar ambos conceptos... ¿quizás por la tendencia al equilibrio de temperaturas?

Uso con frecuencia la palabra "empatía" porque en mi trabajo es un concepto importante. Ser capaces de ponernos en el lugar de otras personas, de entender cuáles son las motivaciones últimas de los directivos y los técnicos de las empresas, comprender la situación personal y profesional de políticos y técnicos de la Administración, nos permite solucionar problemas, desencuentros, diferencias de opinión y encauzar el trabajo de todos hacia el Desarrollo Sostenible.

Durante este mes de julio de jornada intensiva, he conseguido sacar un par de ratos sueltos para ver este vídeo que recoge la comparecencia del Viceconsejero de Función Pública, Ándrés Zearreta y la Viceconsejera de Medio Ambiente, Elena Moreno,  ante la Comisión de Instituciones, Seguridad y Gobernanza Pública del Parlamento Vasco el pasado 30 de junio para, literalmente, "informar de la situación de interinidad y discriminación que sufre el personal técnico del Departamento de Medio Ambiente del Gobierno Vasco y propuestas para regularizar su situación"

El vídeo es largo. Dura 2 horas y media. Y, a pesar de la comparecencia conjunta de ambos viceconsejeros, como representantes del mismo gobierno, es inevitable observar las tiranteces en el marco de la coalición y cómo ambos defienden tesis, en la práctica, contrarias.

La Viceconsejera de Medio Ambiente detalla la delicada situación que sufre la Dirección de Administración Ambiental, en la que, con un descomunal volumen de extraordinariamente complejas tareas que, para ser realizadas con una mínima eficacia requieren una amplia formación y experiencia por parte de los técnicos (y no exagero ni un poquito),  contrasta la situación de interinidad mayoritaria entre, precisamente, el personal de dicha Dirección... alguno de ellos trabajando en Gobierno Vasco en esa situación de interinos desde ¡1986!.

Para nosotros, para todo el sector industrial y medioambiental, el Concurso de Traslados previsto para los próximos meses en Gobierno Vasco, es una amenaza muy grave. "Amenaza" porque la pérdida de capital humano, del conocimiento necesario para poder ejercer sus funciones con eficacia, provocaría sin duda un colapso en la ya muy delicada situación de las tramitaciones y procesos administrativos que se llevan a cabo en la Viceconsejería.

Hay quien puede pensar ("mal-pensar", en realidad) que a la Industria le puede convenir que el órgano administrativo encargado de regular y vigilar su comportamiento ambiental sea lo más débil e inoperativo posible...  pues se equivocan: la industria necesita, reclama si me apuran, técnicos suficientes para realizar su labor con eficacia. Pide personas excelentemente formadas, porque los técnicos formados y con experiencia son exigentes, como deben serlo, pero exigen con criterio y con coherencia.

Invitamos expresamente a los técnicos de medio ambiente (y de otros departamentos) a asistir a todas nuestras charlas, jornadas técnicos y cursos de formación. Nos interesa mucho conocer sus criterios, sus opiniones y tenerlas muy en cuenta a la hora de planificar nuestros trabajo y, juntos, recorrer el difícil camino hacia el más exigente nivel de protección medio ambiental, favoreciendo de paso la creación de empleo y riqueza. El desconocimiento lleva a la desconfianza y la desconfianza al miedo... y el miedo a la parálisis.

El vídeo es interesante pero, si no pueden verlo completo, limítense a ver un par de minutos, a partir 1:35:00. En esos minutos, el Viceconsejero de Función Pública resume en muy pocas frases, con evidente intención, la clave de todo el problema, pues viene a decir que todos los servicios del Gobierno son complejos y que la Dirección de Administración Ambiental no puede pedir un trato diferente... y, sintiéndolo mucho, entendiendo desde la empatía su postura, debo decir que se equivoca.

Somos, con casi total seguridad, la asociación empresarial sectorial vasca que trabaja con mayor número de departamentos del Gobierno. Por regulación, por proyectos, por competencias, colaboramos habitualmente con no menos de 8 departamentos diferentes, según la configuración del actual gobierno: empleo, transportes, desarrollo económico e infraestructuras, seguridad, salud, política lingüística, educación, etc. Sabemos lo complejo que puede llegar a ser el trabajo de un técnico en recursos humanos, de una empresa o del gobierno, siguiendo con la comparación que realiza el Sr. Zearreta, pero no llega, ni por asomo, a lo que supone el trabajo de un técnico que tiene que conocer la legislación ambiental y aplicarla a las actividades industriales.

Pero no culpen al Viceconsejero. No es culpa suya. A todos los que trabajamos en este ámbito nos ha pasado alguna vez. Cuando hemos intentado explicar un problema que nos preocupa a nuestra pareja, a un primo, un amigo... o al gerente, nos encontramos con cierta incomprensión, lo que dificulta mucho la empatía, y con respuestas del tipo: "No será para tanto"....

No es solamente que la legislación se amplísima, con cientos de páginas de boletín oficial europeo, del Estado, de la Comunidad Autónoma que leer y manejar con soltura, no es sólo que las actividades industriales sean instalaciones extraordinariamente complejas y de una diversidad enorme de equipos, de procesos, de materias primas, de tipos de contaminantes, no es sólo que los conocimientos científicos y técnicos que hacen falta para entender un sencillo informe de evaluación de emisiones a la atmósfera o de vertidos a dominio público sean amplios y complejos... es que todos esos factores cambian con extraordinaria velocidad y, casi cada semana, hay modificaciones importantes que los técnicos deben tener en cuenta.

AVEQ-KIMIKA es una asociación empresarial atípica. Lo sabemos y lo asumimos. Una premisa habitual de las asociaciones empresariales es que el Gobierno debe ser lo más pequeño (y eficaz, dicho sea de paso) posible. Esto se debe al axioma económico que dice que los sectores productivos mantienen a los no-productivos, en este caso vía gasto en impuestos, restando competitividad a aquellos.

Pues bien, nosotros declaramos solemnemente, como asociación empresarial en cuya misión y visión figura la protección del medio ambiente, que solicitamos que nuestros impuestos, nuestra carga fiscal, se dedique a dotar de los medios necesarios y de suficiente seguridad laboral a los técnicos del Departamento de Medio Ambiente del Gobierno Vasco, para que tengan tiempo de realizar su trabajo con eficacia, de formarse de forma continua y de visitar cuantas veces quieran nuestras instalaciones porque, si gracias a ello conseguimos que se mejoren en plazos y eficiencia los procedimientos ambientales, esa carga fiscal no será un gasto, será una inversión...  y de las muy productivas.

* Imagen cortesía de Azkorri Ikastetxea, Sdad. Coop.



viernes, 7 de abril de 2017

Planes para una E-Administración de largo recorrido (¿el fin del "IKS"?)



Hace unos días, en un encuentro organizado por Aclima, la Asociación Clúster del Medio Ambiente de Euskadi, Elena Moreno, la  viceconsejera de medio ambiente del actual Gobierno Vasco de coalición, acompañada de todo su equipo de directores (Administración Ambiental, Medio Natural, Ura e Ihobe), presentó sus planes para la legislatura.

Ante un grupo interesante de profesionales, muchos de ellos con gran experiencia, predominantemente del sector ambiental (sobre todo gestores de residuos, consultoras y recicladores), pero también de la industria, de la gran y vieja industria y de la joven y dinámica, expuso los principales objetivos que se ha marcado la viceconsejeria, qué planes han preparado para conseguirlos y cómo esos objetivos se ajustan al programa de legislatura marcado por conjunto del gobierno.

Creo que ya saben que no soy de "peloteo fácil" hacia las instituciones y que, cuando una decisión de la Autoridad me parece mal, porque creo que perjudicará el Desarrollo Sostenible de la industria vasca, no me callo. Pero, tras todos estos años de dar guerra, creo que también sabrán que, ante todo, soy sincero, que trato de ser justo y que tampoco me avergüenza reconocer cuando se hacen las cosas bien.

La presentación de la viceconsejera, el programa en sí mismo, me pareció coherente y sólido. Una planificación ambiciosa pero bien estructurada y que, esto no es demasiado difícil, acierta con el diagnóstico... pero, entre la audiencia, formada por ese nutrido y experientado grupo de técnicos y gestores cundió una cierta sensación de deja-vú... de que está novela ya nos la habían contado antes.

No, por favor, no estoy hablando de plagio, algo que, por otra lado, tratándose de un programa de gobierno resultaría un poco absurdo, pero es que el diagnostico de los principales problemas a los que se enfrenta el nuevo equipo, en concreto en Administración Ambiental, son muy similares a los que en su día se enfrentaron los viejos equipos.

Y no es que los anteriores fracasaran en solucionarlos, es que... ¿no tienen ustedes, como técnicos y responsables de seguridad y medio ambiente de empresas industriales en la Unión Europea, la terrible sensación de que su trabajo nunca termina de estar perfecto, de que, cada vez que completan algo, de que terminan un trabajo, surgen nuevas cosas?... pues ese mismo cruel síndrome, al que en AVEQ-KIMIKA hemos bautizado como "síndrome del cumplimiento legal asintótico", lo sufren también los técnicos y responsables de la autoridad ambiental.

Y no sólo aquí. Ayer mismo, en una reunión con el departamento de Regulatoy Affairs de una multinacional europea, coincidíamos en el diagnóstico: el regulador europeo está muy lejos de la realidad que regula y, constantemente modifica la normativa, ampliando las obligaciones de la industria, una vez tras otra.... obligaciones que la autoridad está, a su vez, obligada a controlar, sin reparar en el "músculo" administrativo necesario para implementarlas.

A esta fiesta se suma de vez en cuando el gobierno central al amparo de su competencia básica reguladora en los temas industriales y ambientales y, bueno, es bien cierto que, en ocasiones, el Gobierno Vasco se ha echado la soga a sí mismo.

Obviamente la presentación de la viceconsejera fue bastante amplia, con algunas medidas muy políticas y otras más prácticas, pero, en este asunto de la tramitación normativa: ¿Qué soluciones propone el nuevo equipo de la viceconsejería?: trabajar básicamente en tres ejes.

1.- Sustituir la Ley 3/1998, General de Medio Ambiente por una norma nueva y desarrollar algunos aspectos concretos normativos.

2.- ¿Recuperar?, ¿resucitar?... no sé cuál sería la palabra correcta, el sistema de ECAs.

3.- Redoblar la apuesta por la e-Administrador y sustituir el sistema IKS-eeM por un nuevo sistema en 2018.

La Ley 3/1998 fue una apuesta muy avanzada en su momento... pero se ha quedado un poco antigua. En materia de autorizaciones ambientales no incluye el procedimiento que deben seguir las empresas IPPC. El Gobierno quiere desarrollar una ley marco más amplia, denominada Ley Marco de Medio Ambiente, Cambio Climático y Conservación de la Naturaleza... y eso es un tanto preocupante.... porque, en esta época de la post-verdad y la demagogia, aprobar una ley no-técnica en aspectos medioambientales puede ser muy difícil.

Junto con este gran objetivo, el Departamento anuncia su intención de introducir, entre otros, desarrollos normativos en materias urgentes, como el traslado intracomunitario de residuos y en otras necesarias, como el desarrollo de la Ley 4/2015, de suelos contaminados de la CAPV.

Además, la vicesonsejera anunció su intención de "actualizar" (sí, esa fue la palabra) el Decreto de Entidades Acreditadas... y, bueno, aquí debo hacer una pausa: la intención de utilizar un sistema de "intermediarios", técnicamente capaces, para facilitar que la relación entre la autoridad y el administrado sea más fácil y fluida no es nueva (eso son, básicamente, los procuradores en los tribunales de justicia).

La industria mira a los sistemas de ECAs con cierto recelo. En el fondo, es pagar para conseguir agilidad administrativa pero, para que un sistema de ECAs funcione en un ámbito técnicamente tan complejo, son necesarias dos cosas: un amplio marco de Instrucciones Técnicas y normas de estandarización sobre las que basarse y un amplio consenso de todos en apoyar el sistema. Y, con "todos" me refiero específicamente a los técnicos del Departamento en Lakua.

Si la obligación de presentar un documento sellado por una ECA, acompañando a una solicitud, no va a servir para que el funcionario se limite a darle trámite, si va a entrar también al fondo del asunto y a pedir ampliaciones de documentación si no está satisfecho con el contenido, entonces no sólo no arreglará el problema, sino que lo agravará. Si va a ser así, sinceramente, sería mejor que una reforma fiscal incluya tasas en las tramitaciones ambientales que sirvan, de verdad, para dotar de más medios a la tramitación que financian... es básicamente lo mismo (pagar por eficiencia administrativa) pero, así, al menos, habría una única instancia y no dos.

Por último, se explicó una decidida apuesta por la e-Administración y anunció su intención de que el sistema IKS sea sustituido por uno nuevo en 2018. Uno nuevo que aún no tiene nombre y que denominó: "Sistema de Gestión Ambiental"... (con confundir con una ISO14).

Anunció que será "modular", que se contrastará con los usuarios en fases iniciales de desarrollo, que se implantaría primero en el Servicio IPPC y luego irían entrando el resto de unidades administrativas: Medio Natural, Servicio Jurídico, Evaluación Impacto Ambiental, Calidad del Suelo, Inspección Ambiental, EMAS, Ecoetiqueta, Actividades Clasificadas, PRTR, Residuos Peligrosos, No Peligrosos, Aire...

No lo digo con desdén, pero apostar por la e-Administración en 2017 no tiene gran mérito, después de que la reforma del procedimiento administrativo de 2015 la hace obligatoria. Cuando tuvo mérito apostar por la e-Administración fue en 2003 aunque, por desgracia, a la vez, se cometió un inmenso error cuando se puso en marcha de espaldas a las necesidades de los usuarios.

La industria ve con algo de temor la sustitución del IKS ("¡ahora que funciona!") pero está dispuesta a colaborar en todo lo que pueda con el anunciado "contraste con los usuarios".  Las herramientas de la e-Administración deben estar hechas para los usuarios y no al contrario... si el Departamento lo tiene claro, que parece que sí, tendrá toda nuestra ayuda y apoyo.

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miércoles, 26 de agosto de 2015

¿Sirve para algo la ISO-14001?



Me escribe el responsable de medio ambiente de una fábrica importante, ubicada en Euskadi, propiedad de una multinacional:

Muy buenas Luis,

He intentado llamarte pero creo que estáis de vacaciones.

La cuestión que quería plantearte es la siguiente:
Estamos valorando si mantener o no la certificación ISO-14.001.
Entre los argumentos económicos/legales directos que se me ocurren, en los que dicha certificación nos ayuda, recuerdo dos:

- 70% de ahorro/subvención en el Canon del Agua según el Decreto 181/2008
-  Y el incremento del límite del importe del coste medioambiental de 300.000€ a 2.000.000€ para la obligatoriedad de la contratación de las garantías financieras de la legislación de Responsabilidad Medioambiental... aunque según el RD 183/2015 solo sería aplicable actualmente a las empresas IPPC y SEVESO, por lo cual actualmente no nos es de aplicación.

¿Recuerdas alguna otra norma o similar en la cual, la certificación ISO-14.001 nos ayudara económicamente?

Muchas Gracias.
Un saludo.

Kike

Y... la verdad, no sé que decirle.

No sé si será por los pocos días que me quedan de vacaciones o por el mal tiempo que nos ha hecho este año en Galicia durante el mes de agosto pero, al leer la pregunta de Kike, me he sentido un poco fracasado y, quizás, incluso un poco triste.

En AVEQ-KIMIKA, como en tantos otros sitios, llevamos muchos años tratando de fomentar que las fábricas implanten y certifiquen su gestión medioambiental.

La implantación de sistemas de gestión medioambiental ha supuesto un avance enorme en la industria vasca. Gracias a ella, se han corregido despilfarros y se han ahorrado ingentes cantidades de materias primas, materiales auxiliares y energía.

Por supuesto, la gestión medioambiental ha hecho nuestra fábricas más eficientes y competitivas, más limpias, aplicando aquella máxima que decían las abuelas: no es más limpio el que más limpia sino el que menos ensucia.

Entre todos conseguimos que conocer y sistematizar la legislación aplicable a una gran actividad industrial, algo que parecía tan difícil hace 20 años, ahora sea un estándar, un punto de partida, algo sobre lo que no pueden ponerse excusas.

Me dirán, con razón, que una cosa es "implantar", algo que aunque solamente sea por el procedimiento de requisitos legales nos parece imprescindible, y otra distinta "certificar" externamente, pero la experiencia nos ha demostrado que en las organizaciones, con muy honrosas excepciones, el trabajo del día a día se lo come todo y los sistemas de gestión que no se certifican externamente, que no tienen la presión de la auditoria, tienden a anquilosarse con el tiempo o bien a simplemente desaparecer, si hay un cambio de responsables.

Puede que este no sea el caso de la fábrica en la que Kike trabaja, pero es bastante habitual.

Pero claro, los tiempos han sido duros, y lo siguen siendo para casi todos, y los costes se miran con lupa y, a pesar de los riesgos, muchas empresas se han planteado y se siguen planteando si de verdad merece la pena seguir pagando los costes de certificación y auditoria... en una pregunta de una sola palabra: ¿compensan?.

Y me temo que no, Kike, no hay muchos más argumentos legales y de coste para que pongas en la balanza y trates de convencer al gerente que la certificación merece la pena. Y porque no los hay me siento un poco fracasado...

En AVEQ-KIMIKA llevamos 10 años trabajando en un plan muy serio, sometido a ciclos de mejora continua, destinado a incrementar y mejorar la certificación medioambiental. Tenemos un respetable porcentaje de empresas certificadas en ISO-14 (76 sobre un total de 123 empresas asociadas, algunas de ellas muy pequeñas) y, sin embargo, solamente tenemos 4 verificaciones EMAS.

El plan se basa en dos ejes, uno centrado en acercar la certificación paulatinamente hacia las empresas, con información y formación, demostrando sus ventajas intrínsecas y haciendo ver que no es tan difícil como parece desde fuera y el otro, utilizando nuestra labor institucional para tratar de que toda norma ambiental que se apruebe reconozca ventajas a las empresas certificadas, medidas económicas como las citadas por Kike, destinadas a tratar de hacerla más interesante para las empresas y, de reducción sustancial de carga burocrática, para animar, ayudar y, ¿por qué no decirlo?, premiar a los propios técnicos de medio ambiente.

Al poco de iniciar el trabajo en el plan nos pusimos muy contentos porque se publicó el reglamento de desarrollo de la Ley IPPC de 2002, el Real Decreto 509/2007, ya derogado, cuyo artículo 8 decía:

Artículo 8. Autorización ambiental integrada y sistemas de gestión medioambiental.
En relación con aquellas actividades para las cuales se apliquen sistemas de gestión ambiental certificados externamente mediante EMAS o ISO 14001, las comunidades autónomas establecerán las normas que simplifiquen los mecanismos de comprobación del cumplimiento de las obligaciones derivadas de la autorización ambiental integrada, así como la tramitación de la correspondiente solicitud de autorización o de adaptación y de sus sucesivas renovaciones.

Pues bien, en la CAPV, nada se simplificó para las empresas certificadas... es más, ocho años después, los indicadores no son buenos y no hemos conseguido avances significativos, al menos en EMAS... y la reciente Ley 4/2015, de 25 de junio, para la prevención y corrección de la contaminación del suelo no contiene ni una sola referencia, ni una ventaja para empresas certificadas.

Se supone que en este final de legislatura, uno de los objetivos básicos de los actuales responsables de medio ambiente del Gobierno Vasco (Objetivo 1.10.5. Agilizar y simplificar la Administración ambiental) es la reforma de los procedimientos de intervención ambiental que, aplicando una de las premisas básicas de su gestión (la corresponsabilidad público privada), pretende Iniciativa 3. Emplear las herramientas de certificación ambiental existentes en el mercado para dar credibilidad a las entidades y actividades que apuesten por ellas, disminuyendo la presión administrativa.

Kike: llámame iluso, pero tengo muchas esperanzas puestas en esta reforma pendiente de la Ley 3/1998 y de todos los trámites ambientales por lo que, solamente en horas de trabajo por tu parte, mantener la certificación ISO-14.001 compensará...  espero.

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lunes, 27 de julio de 2015

¿A la ventanilla del ayuntamiento en caballo blanco? (AAI y Licencia de Apertura)



Hola Luis, qué tal? Me gustaría hacerte una consulta en relación a la Licencia de Apertura y Autorización Ambiental Integrada.

En Noviembre comuniqué al ayuntamiento el cambio de titularidad, ahora, en Julio, he recibido contestación en la que me instan a pagar una tasa de cambio de titularidad y además, me dicen que no se tramitó la oportuna Licencia de Apertura, debemos de enviar un Certificado expedido por persona técnico competente, que acredite que la actividad y/o las instalaciones se adecuan al proyecto constructivo y a la documentación técnica presentada y que cumple todos los requisitos ambientales
Yo pensaba, igual estoy equivocada, que la AAI sustituye a la Licencia de Apertura. He llamado al ayuntamiento y me dicen que no en su totalidad. ¿Esto es así?

El 22/7/2015, a las 12:59, Patricia Hernández

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Hola Patricia,

¿Contestación versión larga o versión resumida?….. Bueno… voy con la intermedia…. creo.

Como curiosidad, te adjunto el borrador de texto refundido de la ley que nos ha mandado el ministerio. Un texto refundido es solamente un instrumento para reunir todas las reformas en un solo texto. No tiene cambios sustanciales pero esta bien para trabajar con él.

1. Introducción teórica

En este tema de la licencia de actividad/apertura y la AAI yo tengo un opinión muy clara pero, como me ha pasado en otras ocasiones, parece que es solamente mía. Nadie más se la cree…. y es que el tema no es sencillo de interpretar…. pongo en copia a Lander porque, seguro, algo tendrá que decir al respecto.

Dos cuestiones básicas para explicar el lío:

- Sistema de “legislación básica”

La Constitución (título VIII) establece un reparto de competencias entre CCAA y el Gobierno central configurada en, digamos, tres grupos, por un lado aquellas exclusivas del Estado (por mucho que se empeñara el Gobierno Vasco no podría cambiar la hora oficial o dejar de utilizar el sistema métrico… por ejemplo) y aquellas otras exclusivas de las CCAA (el Estado no puede establecer como gestionar el urbanismo, por ejemplo) y, por otra lado, cómo fórmula intermedia, están las competencias de “legislación básica”, como el medio ambiente:

Art.149.(Competencias del Estado).
23.ª Legislación básica sobre protección del medio ambiente, sin perjuicio de las facultades de las Comunidades Autónomas de establecer normas adicionales de protección. […]

Art.148 (Competencias de las CCAA)
9.ª La gestión en materia de protección del medio ambiente.

Es decir, el Estado puede regular aspectos medioambientales, las CCAA pueden regular sobre esa base, siendo más exigentes y, es la Administración autonómica la que ejecuta todo ello.


- Principio de economía procesal administrativa.

En Derecho, un “principio” es una tendencia interpretativa, es decir, el legislador prevé que puede haber dudas o matices en la interpretación de las normas y establece que, en caso de duda, debe tenderse a…. en este caso, a que la actuación de la administración debe desarrollarse con arreglo a normas de economía, celeridad y eficacia

La Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administración Públicas y Procedimiento Administrativo Común, aunque no lo cita expresamente, tiene muchas muestras de este principio. En el artículo 75 obliga a acordar en un solo acto todos los trámites que, por su naturaleza, admitan una impulsión simultánea y no sea necesario su cumplimiento sucesivo. El artículo 73 permite la acumulación de varios expedientes cuando se dé entre ellos una conexión íntima o guarden identidad sustancial.

O sea, que la Ley nos permite entender que, si dos actos pueden hacerse simultáneamente (o incluso si uno pudiera sustituir al otro) no tienen porque hacerse sucesivos.


2. Ley IPPC, AAI y Ley 3/1998 del País Vasco

Hasta 1998, en Euskadi, la incidencia ambiental de las industrias estaba regulada por una norma que, a pesar de ser pre-constitucional, había sido reconocida por el Tribunal Constitucional como válida y parte integrante de las competencias del Estado para la regulación básica en materia de medio ambiente: el Decreto RAMINP de 1964 que daba la competencia a las autoridades locales para regular lo que, por aquella época, se entendía que era un mero problema de convivencia entre vecinos.

En 1998 el Parlamento Vasco aprueba la Ley General de Medio Ambiente y sustituye completamente el procedimiento establecido por el RAMINP y establece un sistema de 2 licencias en línea:

  • Cuando tenías el terreno y el proyecto de fábrica se presentaba al ayuntamiento pidiendo la "licencia de actividad”
  • El ayuntamiento (aunque en casi todas partes la valoración técnica la hacía el Gobierno Vasco) decía que sí y emitida la licencia de actividad y obligaba a que el proyecto tuviera una serie de medidas complementarias.
  • Se pedía licencia de obras, se construía el proyecto teniendo en cuenta las medidas impuestas.
  • Se pedía al ayuntamiento que viniera a revisar que lo construido cumplía con el proyecto y con las medidas.
  • Un funcionario municipal giraba visita a la fabrica y comprobaba.
  • El ayuntamiento emitía la licencia de apertura
  • La fábrica podía empezar a funcionar…. si antes no se habían muerto todos de viejos.


De hecho, el número de licencias de apertura por acto expreso emitidas para empresas asociadas a AVEQ-KIMIKA se pueden contar con los dedos de una mano…. y aún me sobran dedos. Lo normal es tenerlas concedidas por silencio administrativo.

La Ley 3/1998 estableció dos niveles de licencia: actividades clasificadas y actividades exentas (que no están realmente exentas, pero cuyo trámite es más sencillo) y, sinceramente, fue un poco cobardica porque la absolutamente coetánea Ley 3/1998 de Cataluña ya estableció un 3er nivel destinado a cumplir lo que ya decía la Directiva 96/61/CE IPPC y sin embargo, la ley vasca no se atrevió.

Así, cuando salió la Ley 16/2002 IPPC resultó que, aplicando los principios y mecánicas de la “legislación básica”, las empresas afectadas tenían que pedir la AAI al Gobierno Vasco directamente y… bueno, pues parecía que sí, que tenían que solicitar Licencia de Actividad adicionalmente, en tanto las CCAA podían ser más exigentes en sus propias normas… ¿o no, por el principio de economía procesal?

Porque, además, la Ley 16/2002 ya preveía esta situación. Así lo decía en su exposición de motivos:

"Así, es evidente que la gran mayoría de los trámites del procedimiento de la licencia municipal de actividades clasificadas, o de la figura de intervención establecida en esta materia por las Comunidades Autónomas, encajan de una forma casi literal en el procedimiento de otorgamiento de la autorización ambiental integrada, por lo que resulta lógico integrar todos estos trámites en un solo procedimiento, siempre que quede garantizada la participación local en lo referente a materias de su exclusiva competencia y al pronunciamiento final de la autoridad municipal sobre la concesión de la mencionada licencia, por respeto a la garantía constitucional del derecho a la autonomía local.

En este sentido, se establece que todos los trámites de esta licencia municipal, incluido el de la presentación de la correspondiente solicitud y con excepción de la resolución final de la autoridad municipal, se integran en el procedimiento de otorgamiento de la autorización ambiental integrada, cuyo condicionado ambiental será, en todo caso, vinculante para la autoridad municipal en todos los aspectos ambientales recogidos en aquélla."

Es decir, según la Ley IPPC, los documentos se presentarían en ventanilla única (en el Gobierno Vasco), éste daría traslado al ayuntamiento de la solicitud y de la resolución, y el ayuntamiento emitiría, sin necesidad de pedirla, una resolución de “licencia municipal” vinculada en todos los aspectos ambientales con lo establecido en AAI.

Pero claro, en Euskadi, “antes muerta que sencilla”, y si bien el Gobierno Vasco da traslado a los ayuntamiento de la solicitud y de la resolución de la AAI, éstos, en muchos casos, siguen tramitando las licencias como siempre y pidiendo, como un documento más, copia de la AAI emitida por el Gobierno Vasco y, por supuesto, ninguna, que yo sepa, emite “motu propio” de licencias de actividad/apertura…. eso sí, hasta ahora por lo menos, han sido disciplinados en lo del contenido ambiental.

La salvaguarda de las competencias municipales que realizó la Ley 16/2002 es una de las afrentas a la lógica más ridículas de la historia del Derecho ambiental. Dicha competencia se basa, como ya he dicho antes, en la anticuada idea de que el bien jurídico protegido por la regulación medioambiental es evitar molestias a los vecinos colindantes a las instalaciones. Es aún más ridícula si pensamos que el 99% de los ayuntamientos de España no tienen medios técnicos, ni humanos, ni formación suficiente para aplicar y controlar la actividad de las industrias afectadas por la IPPC… recurriendo a los mismos técnicos del Departamento de Medio Ambiente que ya se han manifestado en la AAI.

No me voy a extender mucho (ya lo hice hace 3 años en el blog: aquí, aquí, aquí y aquí), pero esta cuestión alcanza un punto de surrealismo en el caso de “empresas existentes”, como es el vuestro.  Este tema lo hablamos específicamente con el Gobierno Vasco de entonces y solamente pensar en que en el Departamento iban a recibir la documentación de 300 y pico actualizaciones de licencia de actividad se les pusieron los pelos de punta y nos dijeron, sin mucha seguridad todo hay que decirlo: “No, no… se considera que la Licencia de Actividad/Apertura queda automáticamente actualizada por el principio de economía procesal…” pero, al parecer, no dijeron nada al respecto a los ayuntamientos y cada uno ha hecho la guerra por su cuenta.

Y aún hay más, no te creas, en 2011 la Ley IPPC se reforma mediante el RDL 8/2011 y parece que se da un paso más en este sentido, al eliminar del artículo 29, en el que se hablaba de la coordinación con otras licencias, la referencia a “la resolución definitiva de la autoridad municipal”… pero, a pesar de haber sido uno de los objetivos iniciales de los dos últimos mandatos del Departamento de Medio Ambiente, la Ley 3/1998 del País Vasco sigue sin reformarse y sigue sin existir una coordinación real entre AAI y licencias de actividad/apertura.  


3. Conclusiones

Tras leer pacientemente todo este rollo te dirás: “Vale, sí, pues me alegro.. pero, ¿qué  puñetas hacemos?.”

Pues hay dos opciones, lo dejo a tu criterio:

- Opción A: Defender la Verdad, la Razón y la Justicia contra las fuerzas de la oscuridad y preparar un largo y trabajado escrito ante el Ayuntamiento, citando doctrina y jurisprudencia, diciendo que no se va a tramitar ni un papel más y que ya está bien de abusar de la paciencia de la industria… propongo que acudamos tú y yo a lomos de sendos caballos blancos a entregar el documento en la ventanilla…. Iniciando así una larga y peligrosa aventura, de recursos y tribunales, que nos enemistará con el ayuntamiento, que nos costará fama y fortuna, pero que será recordada por generaciones venideras como una quijotesca hazaña en pos de la civilización frente a la barbarie.

- Opción B: Plegarse a la sinrazón y no rebelarnos contra la injusticia. Vivir de rodillas, esclavos carentes de dignidad, y encargar, con nocturnidad y alevosía, un certificado de técnico competente y un escrito de licencia de apertura en el ayuntamiento. Lander puede ayudarte... pero id a entregarlos con gabardina con el cuello alzado, sombrero y gafas de sol, por favor… y, bueno, solucionar el problema en dos días.

(Además, con la reforma parcial de la Ley 3/1998 de 2012 la licencia de apertura está sometida a régimen de “Comunicación previa”, es decir, en cuanto se entrega el papel en ventanilla ya estaría este supuesto trámite regularizado)

¿Tú decides?.... caerá sobre tu conciencia.


Luis Blanco Urgoiti
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jueves, 23 de octubre de 2014

Desviaciones en la chimenea



Hola Teresa,

Te adjunto un informe que necesita una breve explicación y te llamo además por teléfono en un momento.

Respecto al procedimiento: Nos han preocupado las fechas: la resolución da 6 meses para entregar el informe inicial APCA y esos seis meses terminaron en enero de este año. Salvo que hayáis pedido prórroga se supone que estamos fuera de plazo. En general, los servicios de la vice-consejería son flexibles con estas cosas pero, es necesario tenerlo en cuenta, gestionarlo y, sinceramente, yo no subiría el informe por IKS sin más.

Respecto al fondo: Cuando detectamos una desviación, que siempre surge tras comparar una realidad fáctica con una previsión legal, lo primero que hacemos es comprobar que la realidad, el hecho, está bien analizada y si la comparación de este hecho con las normas de aplicación se ha hecho correctamente del hecho en cuestión se ha realizado correctamente.

En este caso, no podemos valorar si la ECA tomó  o no las muestras correctamente. El informe está acompañado por las homologaciones con las que cuenta y parece que todo está correctamente llevado a cabo. En este tema del Decreto 278/2011 solía haber errores en la valoración de los intervalos de confianza que es, obviamente, lo primero que hemos mirado.

En fin, en este caso creemos que el informe es correcto y está bien comparado con la normativa así que, efectivamente, tenemos dos desviaciones en sendos focos.

Una vez constatada la desviación hay dos formas de enfrentarse a ellas: actuar sobre la realidad o actuar sobre la norma.

Respecto a cambiar la realidad, a los condicionantes técnicos de la instalación, supongo que ya habéis pensado en ello y hasta sabéis lo que puede costar realizar cambios operativos, de materias primas o de tratamientos de final de línea que alcancen reduzcan las emisiones a los niveles requeridos. Estéis o no en disposición de llevar a cabo las inversiones, conviene saber con exactitud de qué cantidad estaríamos hablando pues, si el coste es excesivo, como suele suceder, puede usarse como argumento en la otra alternativa.

Respecto a cambiar la norma: Obviamente, la norma jurídica de carácter general no se puede cambiar pero sí el acto administrativo individual que emite la administración en aplicación de aquella. La normativa ambiental moderna ha abandonado completamente las tablas fijas, con indicadores de referencias concreto, y deriva la fijación de los VLE a actos jurídicos individuales con gran margen discrecional… el llamado “caso por caso”.

En este caso, y en todos los demás, se tiene tener en cuenta a la hora de fijar los límites concretos, los procesos, materias primas, las características del medio receptor y, muy importante, la mejor tecnología disponible a costes asumibles para desarrollar esos procesos.
Normalmente, la solución viene por una combinación de ambas vías.

No sé si habéis mandado ya el informe a Gobierno Vasco pero creo que sería muy positivo organizar una reunión con el Servicio de Atmósfera en el que le presentemos los datos y, bien armados con argumentos, le justifiquemos hasta dónde es viable (sí, económicamente viable) llegar en las medidas técnicas para la reducción de las emisiones.

Te llamo en un momento.


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viernes, 4 de julio de 2014

¿Qué opinaría Abraham Lincoln del carácter público de los informes de inspección IPPC? (y III)


El 19 de noviembre de 1863 en una colina al sur de Gettysburg, en Pennsilvania, se celebraba el acto de consagración de un cementerio militar. Abraham Lincoln subió a la tribuna para dar conclusión a la ceremonia, hizo una breve pausa tras los aplausos que siguieron a su presentación y pronunció menos de 300 palabras, entre 270 y 285 según las transcripciones que se conservan. Menos de 300 palabras muy bien escogidas, en las que Lincoln había trabajado a conciencia.

En realidad, en el programa del acto, el discurso principal de la jornada ya había sido pronunciado por el político y diplomático Edward Everett, que habló durante casi dos horas y sin embargo, es la breve intervención de Lincoln, con toda probabilidad, el discurso político más famoso, más reproducido y que más ha influido en la historia de la democracia, que ha inspirado incluso a redactores de la constituciones de otros países.

Gettysburg está 130 kilómetro al norte de Washington. Hoy en día alberga un interesante museo y recibe miles de turistas para visitar el campo de batalla y el famoso cementerio. Allí, entre el 1 y el 3 de julio de aquel año se libró la batalla que se considera el punto de inflexión de la Guerra de Secesión Norteamericana en favor del Norte. A partir de la derrota de Gettysburg, el Sur ya no podía ganar la guerra.

El General Lee y su ejército confederado, en lugar de insistir en un nuevo ataque directo sobre Washington a través del río Potomac, había atacado mucho más al oeste, por el valle de Shenandoah y las montañas de Virginia Occidental y, realizando un movimiento envolvente, giraba ahora hacia el este. El 28 de junio las tropas confederadas alcanzaron Wrightsville, en la orilla sur del río Susquehanna, a escasos 130 kilómetros de Filadelfia y 80 de la desembocadura del río. Si alcanzaban cualquiera de los dos objetivos, hubieran rodeado la capital federal que quedaría sometida a cerco y separada del resto de la Unión

Lincoln ordenó al ejercito del Potomac, el que defendía la ciudad de Washington de los ataques procedentes del sur, desde la vecina Virginia, que se dirigiera al norte e interceptara al ejercito de Lee. En su marcha, se aprestó a defender Gettysburg e impedir que los sudistas completarán su plan.

La guerra siempre es cruel, pero en la Guerra Civil Americana se utilizaron tácticas, que culminaron 50 años más tarde en la Primera Guerra Mundial, de absoluto desprecio a la vida de los soldados que provocaron, sólo en la batalla de Gettysburg casi 50.000 bajas, respecto a un total de 150.000 soldados intervinientes, y más de un millón en los 3 años de guerra.

Era por tanto aquella una ocasión solemne de homenaje a los caídos, cuatro meses después de la batalla, pero cuando Lincoln dijo aquellas frases con la que terminaba su discurso: "Que resolvamos aquí firmemente que estos muertos no habrán dado su vida en vano. Que esta nación, Dios mediante, tendrá un nuevo nacimiento de libertad. Y que el gobierno del pueblo, por el pueblo y para el pueblo no desaparecerá de la Tierra" aunque seguro era consciente de la importancia del acto, no fue consciente de la trascendencia y el alcance de sus palabras.

A nadie se le esconde que el carácter público o no de una persona o de un documento no es en sí mismo algo demasiado trascendente y que su trascendencia, la importancia de la publicidad que recibe dicha persona o dicho documento, depende más bien del número de personas que adquieran conocimiento del mismo. Ese breve discurso en la colina de Gettysburg, del que no se conservan las notas originales de Lincoln, del que no existen, obviamente, grabaciones de audio y mucho menos vídeo, ha sido estudiado, reproducido y recitado de memoria por millones de personas desde entonces.

El carácter público de los informes derivados de las inspecciones que se realicen a las empresas IPPC a partir de ahora viene establecido por la propia Directiva 2010/75/UE en su artículo 23.6:

"El informe se notificará al titular de que se trate en un plazo de dos meses a partir de la fecha en que tenga lugar la visita. La Auto­ridad competente publicará el informe [...]"

La redacción del artículo no parece dejar lugar dudas en tanto que utiliza un verbo activo. Casi, casi podemos plantearnos si está pidiendo una publicación en el Boletín Oficial o bastaría con colgarlos en Internet... y poco más.

Sin embargo, hay dos matices importantes.

El primero es que la única versión de la Directivo que contiene un verbo en forma activa es la versión castellana. Comparen:

"The report shall be notified to the operator concerned within 2 months of the site visit taking place. The report shall be made publicly available by the competent authority [...]" (EN)

"Le rapport est notifié à l’exploitant concerné dans un délai de deux mois après la visite du site. Il est rendu disponible au public par l’autorité compétente [...]" (FR)

"La relazione è notificata al gestore interessato entro due mesi dalla visita in loco ed è resa disponibile al pubblico dall’autorità com­ petente [...]" (IT)

"Der Bericht wird dem betreffenden Betreiber binnen zwei Monaten nach der Vor-Ort-Besichtigung übermittelt. Die zuständige Behörde macht den Bericht [...] Öffentlichkeit binnen vier Monaten nach der Vor-Ort-Besichtigung zugänglich." (DE)

"O relatório é comunicado ao operador em causa no prazo de dois meses a contar da realização da visita no local. O relatório é colo­cado à disposição do público pela autoridade competente [...]" (PT)

Les aseguro que la industria no tiene problema alguno en que los informes se publiquen, si están bien elaborados en un lenguaje accesible para el público y siempre que se hagan de forma equilibrada en toda Europa. A lo que la Industria Vasca no está muy dispuesta es a recordar viejos tiempos y ver sus informes publicados en crudo en la web y que para consultar los de la competencia en Oviedo, Burdeos, Nottingham, Milán, Mainz u Oporto haya que viajar hasta la sede de la autoridad ambiental competente y consultarlos en papel.

El segundo matiz tiene que ver con los corchetes y los puntos suspensivos que aparecen en cada cita. Tanto el verbo activo de la versión castellana, como las puestas a disposición pasivas del resto de versiones, son matizadas por la frase:

"...de acuerdo con la Directiva 2003/4/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de enero de 2003, relativa al acceso del público a la información medioambiental en un plazo de cuatro meses a partir de la visita in situ."

Directiva que dice que todos los documentos relativos a materias ambientales en posesión de la Administración Pública, salvo contadas y muy tasadas excepciones, son públicos en si mismos y accesibles a los ciudadanos.

Es decir, en mi muy modesta opinión: este artículo sobra por redundante pues, en tanto la acción de la Administración debe ajustarse a lo dispuesto en la Directiva de acceso y el Convenio de Aarhus, los documentos no necesitan ningún tratamiento especial, basta con que el órgano competente se los facilite al ciudadano que los solicite.

En estas condiciones, entenderán que la Industria Vasca no puede, ni quiere oponerse al carácter público de los documentos, lo único que solita es que, aplicando idéntica normativa, se apliquen idénticas medidas coordinadas y no se produzcan agravios comparativos.

Lincoln no tenía ni idea de IPPC, ni de blogs, ni de Internet pero sabía que aquella ocasión solemne merecía un discurso cuidado. Todos los expertos que saben de Internet lo dicen: la clave para que una web triunfe está en el contenido. La Industria está dispuesta a hacer un esfuerzo extra para lograr que los informes de inspección se adapten a un lenguaje accesible para el público, su contenido aporte valor y sean algo más que un rollo técnico ilegible pero sí espera que haya un cierto equilibrio en los medios que se usen para divulgarlos.

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viernes, 20 de junio de 2014

¿Qué opinaría Abraham Lincoln del carácter público de los informes de inspección IPPC? (II)


Pues sí, el carácter público de los procesos y de los documentos administrativos fruto de aquellos, es una garantía de igualdad y democracia.

Además, el Convenio de Aarhus parte de una afirmación prácticamente incuestionable: si el medio ambiente es de todos, y por lo tanto también mío, tengo derecho a saber cómo afecta a mi propiedad una actividad privada.

Una de las premisas básicas de la Asociación en este punto concretó es que, en materia medio ambiental, la Industria Química Vasca no tiene nada que ocultar. En AVEQ-KIMIKA siempre hemos apostado por la transparencia. Estamos convencidos de que hacemos las cosas bien y de que podemos presumir de ello. ¿Entonces?, ¿cuál es el problema?.... 

Bueno, hay básicamente dos problemas: las importantes diferencias entre el lenguaje de la calle, el que usamos normalmente y el lenguaje técnico y, por otro lado, los medios utilizados para dar publicidad a los informes. Es posible que el tema del contenido sea menor, pero nos ha dado problemas en el pasado y, mucho me temo, no seguirá dando problemas en el futuro.

El Gobierno Vasco, como no puede ser de otra manera, tiene las puertas abiertas para poder visitar e inspeccionar nuestras instalaciones siempre que quiera y, de hecho, lo hace habitualmente desde hace años. Las dificultades llegan a la hora de transmitir los resultados de esas visitas, que se resuelven en la inmensa mayoría de los casos satisfactoriamente.

Pero el lenguaje que se usa en una auditoría-inspección no tiene nada que ver con el que usan los medios de comunicación y las confusiones, que siempre irán orientadas a confirmar los tópicos, son inevitables. Para qué me entiendan una anécdota que ya les conté o un ejemplo:

El ejemplo es puramente jurídico, donde esta falta de lenguaje común es más sangrante porque la ciencia y la técnica todavía pueden excursarse en las fórmulas y los números. El Derecho son solamente palabras. Las mismas palabras, al fin y al cabo, aunque con significados diferentes.

En los medios de comunicación, con cierta periodicidad, suelen repetirse titulares parecidos a este: "Asesta 30 puñaladas al cuerpo de su víctima y el juez no lo considera ensañamiento"

Por supuesto, está notica en Internet va seguida de una ristra de comentarios y calificaciones del juez y de sus ascendientes más directos que, si se trata de un crimen relacionado con la violencia doméstica, se convierte en clamor.

Puede ser que el juez haya metido la pata, claro, pero generalmente el titular se debe a que la acepción coloquial del término, asociado a recrearse y exagerar en el uso de la violencia, tiene un evidente matiz diferenciador con la definición técnica su viene en el Código Penal:

Art. 22.5ª "Aumentar deliberada e inhumanamente el sufrimiento de la víctima, causando a ésta padecimientos innecesarios para la ejecución del delito."

Si la víctima ya estaba muerta cuando el criminal se "ensañó" con el cadaver, no hay ensañamiento... técnicamente hablando.

¿Están los medios de comunicación, los ciudadanos, los sindicatos y los grupos políticos preparados para entender que una desviación en una auditoria, por ejemplo un error en la codificación de un residuo no es un "incumplimiento legal" en lenguaje de la calle aunque en puridad legal pueda serlo? ... ejemplos que demuestran este problema nos sobran: "ELA cree «inadmisibles» los niveles de contaminación de las empresas de la comarca"

El próximo día termino con este tema. Les contaré que los medios utilizados para dar "carácter público" a los informes de las inspecciones medioambientales también pueden surgir problemas.... porque a los efectos de "dar publicidad" a algo, los medios utilizados cuentan... y cuentan mucho.


viernes, 13 de junio de 2014

¿Qué opinaría Abraham Lincoln del carácter público de los informes de inspección IPPC? (I)



“You can fool some of the people all of the time, and all of the people some of the time, but you can not fool all of the people all of the time”
Abraham Lincoln (attributed)
American lawyer and president of the United States (1809-1865)

Cuando el candidato de Illinois por el Partido Republicano, Abraham Lincoln, ganó las elecciones en 1860 todos en los Estados Unidos sabían que algo iba a pasar. Aún no se sabía con qué alcance pero los estados del Sur, algunos de ellos parte de las 13 colonias, cuyos representantes casi un siglo antes habían participado en los debates, redactado y firmado la primera constitución democrática de la historia, habían dejado claro que si ganaba Abraham Lincoln se separaría de la Unión para crear un estado confederal, con mayor autonomía aún de los estados respecto al gobierno central.

A pesar de sus convicciones personales, Lincoln no llevaba en su programa electoral la prohibición de la esclavitud. En aquel momento, la discusión ni siquiera había llegado a ese punto. El punto crítico de ruptura respecto a este tema estaba en la extensión hacia el oeste del país y en si los nuevos estados que se fueran creando permitirían o no la esclavitud.

El límite entre los estados que autorizaban a unos seres humanos a ser propietarios de otros seres humanos y los que lo prohibían, lo marcaba el paralelo 36º30 y los estados del Sur, apegados a una forma de vida y una economía basada en la explotación de la mano de obra esclava, se aferraban al acuerdo firmado en 1820 conocido como Compromiso de Misuri y estaban empeñados en que los nuevos miembros de la Unión que fueran creándose hacia el oeste, por debajo de ese paralelo, deberían ser estados esclavistas.

Pero la constitución de California, admitida en la unión en 1850 y cuyo territorio queda partido casi por la mitad por el paralelo36º30, tras ser arrebatada a México y unos breves años de semi-independencia, prohibía taxativamente la esclavitud en su artículo 1.6 porque esa fue la voluntad de sus ciudadanos.

Aunque ese era el principal motivo de la discusión pública, como creo que ya les he dicho alguna vez, Karl Marx tenía toda la razón cuando dijo que los hombres no inician una guerra si no hay dinero por medio, y las diferencias socioeconómicas entre el norte y el sur hubieran terminado por romper el país, con una excusa u otra, antes o después. Al Norte industrial, mucho más poblado, le convenían políticas proteccionistas y de altos aranceles, al Sur agrícola, le interesaban aranceles bajos, que abarataran sus necesidades de importación de productos manufacturados.

Una de las preocupaciones básicas de los redactores de la constitución de los Estados Unidos, como les decía la primera democrática de la historia firmada en 1787, fue la elaboración de un censo.

No había ninguna experiencia en ese sentido pero a los "padres fundadores" les pareció evidente que si todos los poderes del Estado emanaban del pueblo, debía saberse con toda la certeza posible, cuántas personas formaban "el pueblo".

Para ello, el artículo 1.2 de la Constitución obliga a la elaboración periódica de un censo con la siguiente aseveración:

"Tanto los representantes como las contribuciones directas se prorratearán entre los diversos estados que integren esta Unión, en relación al número respectivo de sus habitantes, el cual se determinará añadiendo al número total de personas libres, [...] las tres quintas partes de todas las demás."

"Las tres quintas partes de todas las demás"... ¡qué triste manera de referirse a los esclavos!

- Pues no sé cómo puedes llamar a esa constitución "democrática" entonces si permitía algo tan abominable como la esclavitud - dirán ustedes, no exentos de razón.

Pues es la primera constitución democrática sencillamente por comparación con lo que existía en su época en el resto de los países del mundo. Por suerte o por desgracia, "la democracia" nunca ha sido una cuestión de blanco o negro... siempre ha aceptado muchos tonos de gris.

Muchas de las garantías que se incluyeron en la Constitución y en la Declaración de Derechos de 1791 eran auténticamente revolucionarias para su época y muchos de esos cambios revolucionarios, se basaban, precisamente, en dar publicidad a los procesos y a las leyes: obliga a publicar las leyes, a publicar los presupuestos del gobierno y su justificación, obliga a que los juicios sean siempre públicos y prohibe el encarcelamiento sin el debido proceso también público.

Y es que resulta evidente, para nosotros ciudadanos del siglo XXI, que la transparencia y la publicidad son en sí mismas, garantías de democracia, despejando dudas de arbitrariedad y corrupción.

Entonces.... ¿deben ser públicos los informes derivados de las inspecciones periódicas IPPC?: por supuesto.

No sólo porque lo diga, a pesar de los matices, la Directiva de Emisiones Industriales sino porque al tratarse de un documento de carácter medioambiental en posesión de la Administración Pública está afectado, en escala, por el Tratado de Aarhus, la Directiva 2003/4/CE y la Ley 27/2006 de acceso a la información medioambiental.

Pero como sucede con la democracia, el carácter público de los documentos en propiedad de la Administración tiene una amplia escala de matices de gris.

Matices y dudas que comienza porque la propia Directiva 2010/75/UE de Emisiones Industriales en su artículo 23.6 en su versión en castellano dice:

"La autoridad competente publicará el informe de acuerdo con la Directiva 2003/4/CE"

Que difiere claramente en los matices de la versión en inglés de la misma (Directive 2010/75/UE):

"The report shall be made publicly available by the competent authority in accordance with Directive 2003/4/EC"

y de la versión en francés (Directive 2010/75/UE):

"(Le rapport) Il est rendu disponible au public par l’autorité compétente, conformément à la directive 2003/4/CE"

Pero... me estoy alargando, si me lo permiten, se lo termino de contar en la siguiente entrada.

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viernes, 31 de enero de 2014

La certeza es ridícula...¿pedir informe urbanístico en la revisión AAI también?



Resulta curioso cómo la frase de un personaje celebre puede ser utilizada, en muchas ocasiones, casi en sentido contrario a lo que realmente su autor quiso decir con ella.

Por ejemplo, Voltaire, en una carta de 1770 dirigida al príncipe de Prusia que años más tarde se convertiría en el rey Federico Guillermo II, escribió:

Le doute n'est pas un état bien agréable, mais l'assurance est un état ridicule…

(La duda no es un estado agradable, pero la certeza es un estado ridículo…)

Es una frase que suele utilizarse, sobre todo, contra las certezas que nos ofrece la religión. Verdades reveladas, axiomas, que no necesitan demostración.

Pues bien, esa frase continuaba así:

… Ce qui révolte le plus dans le Système de la Nature ( après la façon de faire des anguilles avec de la farine), c'est l'audace avec laquelle il décide qu'il n'y a point de Dieu, sans avoir seulement tenté d'en prouver l'impossibilité.

(… Lo que produce más repulsión de Sistema de la Naturaleza (después de la receta para hacer anguilas con harina), es la audacia con la que decide que no existe Dios, sin ni siquiera haber intentado probar la imposibilidad).

La frase la dedicó Voltaire a criticar la certeza atea de Paul Henri Thiry, barón de Holbach que expone en su libro Sistema de la Naturaleza. Holbach es famosos por haber sido el primer pensador occidental de la historia que se declaró publica y formalmente ateo.

El barón Holbach, que influyó sin duda en la fuerte reacción anticlerical de la Revolución Francesa, materialista acérrimo, afirmaba que la libertad no era más que una ilusión pues, siendo los hombres solamente materia, su conducta viene determinada por la necesidad de ésta.  Se mostró muy radical en negar la existencia de Dios, generando un gran escándalo lo que llevó a Sistema de la Naturaleza al índice de libros prohibidos.

Es curioso que la frase de Voltaire se utilice con asiduidad para criticar la religión y el pensador francés la escribiera para criticar a un ateo… aunque, por otro lado, un ateísmo radical no deja de tener un componente “casi-religioso”, pues el ateísmo necesita de una seguridad a la que solamente se llega mediante ciertos axiomas que son también imposibles de probar.

Desde la perspectiva del Derecho no es que la certeza sea ridícula, es que la “certeza”, concebida como la seguridad absoluta, es sencillamente imposible y nos conformamos con una razonable probabilidad de que algo sea cierto. Es lo que llamamos “una ficción jurídica”, algo que quizás no sea del todo correcto, al menos no del todo cierto, pero que al convenir socialmente dicha “certeza” nos permite convivir con reglas claras e iguales para todos.

La única ciencia que puede ofrecer certeza absoluta son las matemáticas. A partir de ahí, ni siquiera el resto de las ciencias experimentales son capaces de ofrecer respuestas apodícticas y mucho menos una ciencia social como el Derecho. Es por ello, y por otras muchas razones, la pena de muerte es racionalmente una aberración... pero eso es otra historia y me estoy yendo por las ramas.

¿Por qué les cuento todo esto?... pues porque antes de ayer me llamó la responsable de medio ambiente de una empresa IPPC que ya tiene plazo de revisión de la Autorización Ambiental Integrada y me hizo una pregunta sencilla:

- ¿Va a pedir el Gobierno Vasco el certificado de compatibilidad urbanística para la renovación de la AAI?

Y respondí con total certeza... jurídica:

- No. Seguro que no.

Y tengo una razonable convicción que así será por varios motivos.

Para empezar, la "renovación" de la AAI del artículo 25 de la Ley 16/2002 ya no se llama "renovación", ahora se llama "revisión"... y el matiz es importante, y aunque la nueva redacción del artículo 25.1 dice que "A instancia del órgano competente, el titular presentará toda la información referida en el artículo 12..." que incluye en el artículo 12.1.b) el dichoso informe, lo matiza a continuación con "...que sea necesaria para la revisión de las condiciones de la autorización".

Ya crujía, y de hecho se demostró un error, que se exigiera en las solicitudes originales de AAI para empresas existentes. Digo que fue un error porque algunos ayuntamientos trataron de utilizar la emisión de dicha certificación, un acto tasado que sólo podía decir que la empresa era, de hecho o de derecho, compatible con el urbanismo para forzar salidas o traslados por vía, digamos, lateral.

¿Qué sentido podría tener volver a pedir un documento, que solamente puede certificar una situación pasada, que ya se presentó, y certificó, en su momento?... y, pues no va la Ley 30/1992 y dice:

"Artículo 35 Derechos de los ciudadanos
Los ciudadanos, en sus relaciones con las Administraciones Públicas, tienen los siguientes derechos:
[...]
f) A no presentar documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate, o que ya se encuentren en poder de la Administración actuante."

En fin, lo dicho, con toda la certeza, jurídica eso sí, de la que soy capaz, el Gobierno Vasco no pedirá el Informe de Compatibilidad.... creo.


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miércoles, 6 de noviembre de 2013

Están invitados a un concierto


El próximo viernes día 8, es decir pasado mañana, en la sede de APD de Bilbao, justo detrás de la Estación de Abando, hemos organizado una reunión, pequeña pero muy selecta, destinada a poder preguntar, en vivo y en directo al Viceconsejero de Medio Ambiente, Josean Galera y a la Directora de Administración Ambiental, Alejandra Iturrioz, todas las dudas y esperanzas que la industria puede albergar al respecto de del programa de gobierno del Departamento de Medio Ambiente para esta legislatura.

Es verdad, lo admito, que con ello hemos traicionado un poco el espíritu del Foro APD de Medio Ambiente, que siempre ha estado muy volcado en aspectos muy técnicos, muy específicos, pero en mi descargo puedo alegar dos circunstancias atenuantes: la primera es que el mismo Josean Galera es 100% técnico y si le preguntamos sobre los plazos de respuesta de la Administración a una Licencia de Actividad sabe perfectamente de que hablamos porque conoce el procedimiento desde un lado y desde el otro. Josean ha gastado muchos zapatos pateando fábricas y  ayuntamiento, y es consciente de los retos y de las dificultades a los que se enfrentan los técnicos de las fábricas.

Quizás por eso mismo, y este es mi segundo atenuante, el nuevo equipo de dirección de la Viceconsejería, con Josean y Alejandra, a los que hay que sumar a Tomás Epalza, también viejo rockero en estas lides y Javier Agirre, nuevo director general de Ihobe que a lo largo de su vida profesional ha visto infinidad de expediente administrativos de autorizaciones y permisos, han empezado a tocar acompasadamente, una música que empieza a sonar muy bien.

- “¡Empieza!… todas las legislaturas empiezan con muy buenas intenciones y luego las circunstancias del gobierno se las comen….” - me espetarán con un mohín de estar asistiendo a una película de cine con muy mal guión y para la que ya pagaron entrada en su día.

Es posible, lo admito, es posible que me confunda, pero ya saben aquellos lectores veteranos de este modesto diario que soy un optimista patológico y que siempre, a pesar de que la vida se empeñe en decirme lo contrario, creo en las buenas intenciones.

Además, en esta ocasión, esos compases de música sinfónica, para una gran orquesta como es la Viceconsejería que, por desgracia en el pasado no siempre ha acertado con la partitura adecuada, ha comenzado con un solo de violín, un movimiento llamado “corresponsabilidad” que desde la Industria siempre hemos considerado la clave de sol, el estribillo, el concierto de Bach en el que debe basarse todo lo demás.

Acompáñenme a escucharlo y quizás, al final, esta vez sí, la industria dejaremos de ser espectadores del proceso administrativo y podamos incorporarnos a la orquesta y juntos tocar, por fin, una partitura llamada Sostenibilidad, esperanza y futuro de la Industria Vasca.


jueves, 31 de octubre de 2013

El gen altruista




Existe una teoría, una teoría ampliamente debatida, refutada y vuelta a debatir, en la apasionante disciplina de la etología, la rama de la zoología que estudia el comportamiento animal, llamada teoría del "gen altruista" y según la cual, la conducta de algunos animales, en situaciones concretas, no cumple el patrón determinista de la supervivencia propia y de su prole a toda costa, tiene excepciones en aras de la supervivencia colectiva de su especie. Situaciones en las que un individuo sacrifica su propia supervivencia, la supervivencia de sus propios genes, para que el colectivo prospere.

Para ilustrarlo, se utilizaban algunos ejemplo, pero dos muy concretos:

Los jóvenes pingüinos emperador, nacidos en la primavera austral, tras un durísimo período de incubación de los huevos, durante el crudo invierno del continente antártico, llegan al borde mismo del acantilado de hielo en un gran grupo formado por cientos de individuos, dispuestos a zambullirse en el mar para pescar. 

Poco a poco van acercándose al borde del precipicio, de en torno a los 5 ó 6 metros de alto. A sus pies, las aguas del frío océano parecen tranquilas.

Sucede, sin embargo, que los jóvenes pingüinos saben por instinto que bajo las aguas es probable que se escondan orcas o focas leopardo, listas para el ataque y saciar su hambre con los pingüinos.

Los pingüinos, acuciados también por el hambre y su necesidad de pescar, se van acercando más y más, apretándose contra el abismo.

Finalmente, algunos individuos se precipitan a las olas y los cazadores que, en la mayoría de los casos, los estaban efectivamente esperado comienzan a perseguirlos y, casi siempre, a dar buena cuenta de esos primeros pioneros.

Aprovechando la confusión, el resto de los pingüinos se lanzan al agua y consiguen evitar a los depredadores, pudiendo así alimentarse y regresar a la colonia con pescado en el buche suficiente para alimentar al resto de sus congéneres.

¿Es ese salto al vacío un sacrificio altruista de unos pocos pingüinos destinado a que la generalidad del grupo pueda prosperar?

Otro ejemplo, quizás menos evidente, es el de las gacelas Springbok, que dan nombre los jugadores del equipo de rugby de Sudáfrica. Cuando la manada es atacada por un grupo de leonas, por ejemplo, algunos ejemplares parecen exhibirse dando enormes saltos, en lo que se ha interpretado como un intento de llamar la atención de los cazadores y evitar con ello que ataquen el grueso del grupo.

¿Es ese comportamiento tan llamativo, quizás un tanto alocado, una inmolación voluntaria que protegerá al resto de la manada?

Richard Dawkins, etólogo y divulgador británico, publicó en 1976 un libro titulado “El Gen Egoísta” (The Selfish Gene) en el que refutaba esta teoría, en el que, siguiendo las pautas de un darwinismo bastante ortodoxo, venía a decir que todos esos comportamientos era perfectamente explicables desde el más puro egoísmo genético.

En el primer caso, en el de los pingüinos, el grupo se va apretando contra el borde del precipicio y son los individuos más fuertes los que van empujando a los más débiles hacia el borde en una forma de selección natural adicional, impuesta por el grupo.

En el caso de las gacelas, los vigorosos saltos de los individuos más fuertes parecen ser una forma de indicar a los depredadores lo rápido, ágil y sano de la condición de aquellos y dirigir a los asaltantes hacia individuos más débiles, siendo ambas pautas de conducta nuevas muestras de egoísmo que de forma indirecta puede beneficiar al colectivo, pero egoísmo al fin y al cabo.

 A estas alturas, ya se estarán preguntando… ¿qué mosca le ha picado hoy a Luis y a qué viene todo esto?

Pues bien, me he acordado de Dawkins porque en las últimas semanas estoy teniendo muchas solicitudes del tipo:

- “Luis, te importa llamar al Gobierno Vasco y decir que tienes un amigo, que tiene un amigo, que tiene un amigo que trabaja en una fábrica y que tiene una duda al respecto de….

Yo suelo decir que cada ciudadano tiene la misma autoridad que los técnicos del Gobierno Vasco para interpretar la normativa y que no es necesario llamar, sin embargo, en un mundo tan difícil como este de la industria, es lógico buscar seguridad... aunque, ante todo, no se quiere llamar demasiado la atención... no apetece ser el primero o, como se suele decir, "levantar una liebre":

Y el caso es que, siendo como es este un país tan pequeño, si llamo a Nico García Borreguero, jefe del servicio de atmósfera del Gobierno Vasco y le pregunto por una empresa que tiene dudas al respecto de reparar y alargar la vida útil de su equipo de medición en continuo de gases en chimenea, que últimamente le está dando problemas y provocando cortes de señal, o bien sustituirlo por uno nuevo, sabe, a los 5 segundos, de qué empresa se trata.

Si mando un email a Poli Bilbao, jefe del servicio IPPC y le pregunto por el caso de una empresa que tiene dudas al respecto de los criterios de la Viceconsejería para la desclasificación de un residuos con categoría espejo en el Listado Europeo de Residuos, en su respuesta ya me dice razón social y nombre y apellido del técnico de la empresa encabezando el mensaje con una primera frase que dice “Dile a Fulanito Detal que…..”

Si hago una llamada a Ana Salinas, técnico de Salud Pública, una auténtica referencia en productos químicos en Euskadi, y le pregunto por el caso de una industria que fabrica ácidos inorgánicos que se usan en el mercado alimentario, casi se sabe de memoria el email de la técnico responsable de la empresa.

Y es que el error es de concepto. El error es pensar que los servicios técnicos del Gobierno Vasco, ya sea en Medio Ambiente, en Industria, en Interior, en Sanidad o en cualquier consejería hacen el papel de “cazadores”. Si hablamos con ellos, lo único que encontraremos, es colaboración y ayuda.

John Stuart Mill, filósofo también británico, contemporáneo del propio Darwin, uno de los grandes precursores de la libertad, la igualdad, el feminismo y la democracia, asumió que, si bien los seres humanos somos por naturaleza, genéticamente diríamos ahora, egoístas, la educación y la transmisión cultural, las cosas que aprendemos que son nuestro principal elemento diferenciador con los animales, corrigen ese comportamiento.

Juntos, gobierno e industria, hemos aprendido que los objetivos de ambos no son en absoluto contrapuestos y que son, en realidad, uno solo: mantener la actividad de las fábricas en las mejores condiciones de seguridad y prevención de la contaminación posibles.

Sinceramente, no me importa hacer ese tipo de gestiones. Es muy agradable hablar con los técnicos del Gobierno. Gente con criterio y amabilidad a raudales pero si quieren llamar, de verdad, anímense, llamen ustedes… 

Bueno… permítanme una salvedad... es casi mejor que, si no conocen a la persona concreta a la que quieren llamar,  me hagan una llamada a mí primero… más que nada porque en Lakua hay muy pocas, muy poquitas, focas leopardo… pero alguna puede haber.