jueves, 5 de marzo de 2015

Autoprotección implantada




Con cariño y con afán de crítica constructiva, algunos lectores habituales me han comentado que en la última entrada me excedí con la introducción histórica y que pocos llegaron a la "miga" de la cuestión. Entendido el mensaje, voy al grano.

Si han adaptado su Plan de Autoprotección a las exigencias del Real Decreto 393/2007 y al Decreto 277/2010 del Gobierno Vasco, lo han homologado, si les correspondía hacerlo, ha subido el registro a la web del Departamento de Seguridad e, incluso, han instalado una copia en papel del mismo en un armario bien visible a la entrada de su fábrica, es muy posible que crean que ya han cumplido, que no tienen nada más que hacer al respecto.

Se equivocan y, que conste que se lo digo con cariño y con afán constructivo.

Revisen la documentación y verán que, si la persona que ha elaborado el plan ha sido diligente y eficaz, les habrá dado a firmar un certificado de implantación que, bien por separado o en el mismo trámite del registro, habrán remitido al Gobierno Vasco. Ustedes han asegurado por escrito, han dado su palabra a la Administración de que ese, y no otro, es su plan de emergencia, que sus trabajadores reciben formación periódica sobre su contenido y que es ese plan el que se utiliza como guión y base para los simulacros periódicos... obligatorios.

Como les decía en la última entrada, tras el rollo histórico, la prevención, el efectivo ejercicio de la seguridad, va mucho más allá de los trámites administrativos, que solamente son los instrumentos que el gobierno pone en marcha para asegurarse, con mejor o peor fortuna, de que, efectivamente, las empresas cumplen con las prescripciones que la legislación considera necesarias para cumplir los objetivos de las normas.

Me dirán, y seguramente no les faltará razón, que su plan de emergencias, basado quizás en los procedimientos corporativos de su empresa, es francamente mejor que el regulado por la normativa... pero al Derecho eso le da igual... La normativa de prevención de riesgos ya exige que todas las empresas cuenten con un plan de emergencia pero daba libertad de forma en su definición e implantación. La normativa de Autoprotección ha venido a establecer una forma determinada para ese plan que afecta a aquellas instalaciones que la norma considera de mayor riesgo.

No quiero que se disgusten conmigo pero es mi deber como abogado ponerme en los peores supuestos que a usted pueden sucederles, analizarlos y advertirles cómo evitarlos. Si, por desgracia, sucede un accidente y se comprueba que la interfase con los servicio públicos de emergencias no ha funcionado bien porque el Plan de Autoprotección era solamente "de papel" y que no estaba efectivamente implantado, aunque fuera porque el plan usado por la empresa era otro.... las responsabilidades y consecuencias jurídicas de ello, incluso de carácter personal, pueden ser muy graves. Para la persona que firmó el documento y para el técnico que le aconsejó firmarlo.

El consejo que puedo darles es obvio: implanten efectivamente el plan. Impartan la formación de seguridad a sus trabajadores sobre la base del mismo y realicen los simulacros usando el plan como guión.

Para todo ello podemos ayudarles. Llámenos.

Podemos ofrecerle formación en los contenidos de su propio plan... Y si prefieren impartir esta materia ustedes mismos, pueden prepararse para ello en alguno de nuestros cursos de "Formación de Formadores".

Tenemos en fase de diseño un proyecto que hemos llamado "Simulacros 2.1". Pretendemos dar una vuelta de rosca a los ejercicios prácticos e incluir situaciones más realistas y que, con riesgos siempre controlados, pongan efectivamente a prueba los componentes organizativos, materiales y humanos de los planes de emergencia.

¿Qué podemos hacer?... por ejemplo, ¿se han planteado qué sucedería si realizarán un simulacro sin avisar y, por ejemplo, introduciendo un bote de humo técnico en un almacén?, ¿creen que las personas que trabajan en su fábrica reaccionarían igual?, ¿qué sucedería si integra el ejercicio de despliegue de mangueras con el simulacro y su equipo de intervención cree que es una emergencia real?.... ¿ha calculado cuánto tardan en ser avisados los servicios de emergencia y cuánto tiempo tardan en llegar a su fábrica?... Eso sería el "simulacro 2.0"...

Pero nosotros iremos, si a ustedes les parece bien, claro, un poco más allá e integraremos un ejercicio de comunicación durante la emergencia, de gestión adecuada de las relaciones  durante aquella con los medios de comunicación pública, familiares de los trabajadores, vecinos y redes sociales. Eso es lo que llamamos "Simulacro 2.1"

Nuestro papel consistiría en colaborar con ustedes en el diseño del ejercicio, a partir del análisis de su plan de Autoprotección, proveerle de los medio técnicos de los que carezca, ejercer el papel que se nos asigne en materia de comunicación, haciendo de periodistas, familiares, autoridades o vecinos, hacer las veces de auditores el día elegido y preparar un documentado informe con nuestro análisis y aportaciones de mejora para una (aún) mejor implantación del plan.

¿Han firmado y enviado el certificado de implantación?... Tanto si no lo han hecho (les podemos facilitar un modelo, pídanoslo) como si están a punto de hacerlo, sean conscientes del alcance de su compromiso y, con ello, hagan de su fábrica un lugar (aún) más seguro.

Por cierto.... ¿se dieron cuenta de que el plan tiene que revisarlo casa 3 años un técnico homologado para firmar planes y renovar el registro?... en eso también podemos ayudarles.

¿Les parece que hoy hemos ido poco al grano?

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