viernes, 31 de mayo de 2013

¿De verdad queremos reindustrializar Euskadi?



Llevo unos días un poco liados pero no, no me quejo, están resultando muy interesantes.

En estos últimos días de mayo se concentran las asambleas generales de muchas asociaciones, federaciones y confederaciones y, aunque, salvo a la de AVEQ-KIMIKA voy de invitado, son días completos perdidos... bueno, o quizás, con más propiedad, días "ganados".

Esa sensación, la de dedicar un día fuera de la oficina a algo útil e interesante, se acrecentó la semana pasada cuando asistí, como todos los años, a la asamblea general de la Confederación Empresarial de Bizkaia, por todos conocida como CEBEK.

Año tras año, por muy altas que sean mis expectativas, la organización de la asamblea de CEBEK no deja de superarlas. Se trata de un evento complejo, en el que pueden surgir muchos imprevistos, con los tiempos siempre muy medidos y cada año, el programa se cumple a la perfección y los asistentes se olvidan completamente del continente y pueden centrarse al 100% en el contenido. Creo que no se puede decir nada mejor de la organización de un evento.

Como es tradicional, desde hace ya algunos años, CEBEK organiza un "encuentro empresarial", una fórmula mixta ente un conferencia y una mesa redonda en la que, un ponente de fuera de Euskadi y otro local, responden a una única pregunta durante uno 25 minutos para luego pasar a un debate que siempre cuenta con un moderador de prestigio.

El tema de este año no podía ser más interesante: "¿Es posible reindustrializar Euskadi?". Los que son habituales de este blog ya sabrán que el planteamiento ya me tenía ganado desde su formulación.

Es obvio que no soy objetivo en la percepción de este tema pero yo entendí la pregunta como una superación del absurdo debate entre la Euskadi industrial y la Euskadi "de los servicios", que parece por fin rebasado: el único camino que tiene Euskadi para garantizar el futuro de los que aquí vivimos y no abocarnos a ser un país de emigración, es la industria... ahora toca debatir como volvemos a impulsarla.

A mi indudable interés sobre el tema en abstracto se sumó una acertada elección de los ponentes: como "local" saltó al terreno de juego Josu Jon Imaz, presidente de Petronor y ex-consejero de Industria del Gobieno Vasco. Josu Jon es brillante y claro y, sobretodo, responde de forma directa a las preguntas que se le plantean. La última vez que asistí a una conferencia suya fue en el marco del IV Encuentro del Sector Químico en el IESE en Barcelona en el que, ante un público muy exigente y esta vez "jugando fuera de casa", hizo una exposición magnífica sobre el futuro de la Industria Química del grupo Repsol.

Como visitante jugaba Juan José Toribio, profesor precisamente del IESE y asesor de la Asociación Española de Banca (AEB). Confieso que era la primera vez que le escuchaba en público, si bien había oído hablar mucho de su capacidad de análisis y lo fino que hila en las exposiciones, así como de su fama de acérrimo liberal y de cierta capacidad de provocación, pues expresa puntos de vista muy alejados de los "políticamente correcto", al menos en el ámbito social y de los medios de comunicación, a lo cual creo que también se ve empujado por su papel, en los tiempos que corren, de defensa del sector bancario.

Como moderadora, CEBEK tuvo el tino de invitar a una apuesta segura: Mª Carmen Gallastegui catedrática de Teoría Económica de la UPV/EHU que ha sido Consejera de Economía del Gobierno Vasco. Allí coincidí con Joxean Calvo, de Acorde Consulting, uno de los mejores expertos con los que cuenta Euskadi en gestión empresarial y excelencia, y una referencia fundamental en EFQM en toda Europa, que me dijo con rotundidad: "La mejor profesora que tuve yo en todo mi paso por la facultad de económicas de Sarriko".

Tras la presentación del nuevo presidente de CEBEK, Iñaki Garcinuño y una introducción por parte de la moderadora, tomó la palabra Josu Jon Imaz y fue directo al grano: la pregunta clave que debemos hacernos para saber si es posible o no una reindustrialización en Euskadi es "¿De verdad queremos reindustrializar Euskadi?" y planteó la cuestión de forma muy cruda: "Preparen un proyecto industrial de alcance, una acería, una papelera, una fundición, tengan lista la financiación, el plano constructivo, el plan de negocio.... y, entonces, busquen un municipio en Euskadi para implantarlo..." y ligó esta circunstancia, este dominio social del "no, por sistema" con las oportunidades que está abriendo la explotación del gas no convencional en Estados Unidos, lideradas por la Industria Química.

Tras él fue el turno del profesor Toribio que se centró en aspectos puramente económicos y en tratar de convencernos de que no estamos tan mal como dicen. Hizo algunas afirmaciones que, académicamente son correctas, pero que han generado mucha polémica por el foro en el que las hizo y la hipersensibilidad actual que hay en esta materia. De hecho, he recibido algunos email de directivos de empresas asociadas, presentes en la sala, con alguna queja y preguntas incisivas como "¿Se identifica CEBEK con las afirmaciones del profesor Toribio?" o "Se perdió una buena oportunidad para rebatir las teorías ultraliberales de Toribio. La única que saco un poco la cara fue Mari Carmen Gallastegui". Se referían, por ejemplo, a cuando dijo: "Lo que los sociólogos llaman conquistas sociales y lo que los juristas llaman derechos laborales, nosotros lo llamamos distorsiones del mercado de trabajo. Eso es lo que son en lenguaje económico" o cuando proponía que los territorios y países compitieran entre ellos por atraer inversiones industriales mediante, por ejemplo, la eliminación del Impuesto de Sociedades para empresas que no repartan beneficios y los reinvierten. Y me enlazaban algunos artículos muy críticos, como este de Imanol Zubero.

Evelyn Beatrice Hall, biografa inglesa de Voltaire, para resumir el pensamiento del gran filósofo francés de la Ilustración, dijo: "Estoy en desacuerdo con lo que dices, pero defenderé hasta la muerte tu derecho a decirlo". Es evidente que CEBEK no se identifica con las afirmaciones de todos los conferenciantes que pasan por sus actos y eventos (que son muchos y muy variados), pero con este evento concreto, pretendía abrir un debate, llevar una pregunta al primer plano social y ese objetivo se logró con creces. Las visiones de cómo llevar a cabo ese imprescindible proceso de reindustrialización son muchas y muy variadas y todas deben ser, al menos, escuchadas.

Pero, más allá de que CEBEK no se identifique con sus teorías, el profesor Toribio no propuso en ningún momento eliminar los derechos laborales. Se limitó a una afirmación de carácter académico. Del mismo modo, en este modesto blog, cuando me refiero a los efectos ambientales de las actividades y a su denominación en teoría económica como "externalidades", no estoy proponiendo en absoluto eliminar la regulación medioambiental.

Si me lo permiten, me quedaré con lo esencial: Europa, la industria europea, compite en mercados globales llevando en la mochila algunas necesarias, imprescindibles, irrenunciables, esenciales, medulares, básicas, elementales, primordiales, indispensables... sin duda, pero, al fin y al cabo distorsiones del mercado, pues en otros países no existen y las autoridades europeas, españolas y vascas deberían aportar y promover aquellas condiciones que favorezcan la competitividad de la industria y compensen dichas distorsiones.

Una política seria, continuada y estable de inversiones en I+D+i, en formación reglada y continuada, un programa decidido de infraestructuras bien planificadas, sin "faraonismos" pero sin escatimar en todo aquello que sea necesario, una política fiscal favorable y un largo etcétera de aspectos y medidas que los gobiernos, y los ciudadanos al elegir aquellos, deberían favorecer si de verdad queremos reindustrializar Euskadi.


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lunes, 20 de mayo de 2013

Mantenella y no enmendalla (en la expedición ADR)



Es bastante común, por ejemplo en artículos de opinión en prensa, citar la expresión que titula esta entrada y atribuírsela, con alguna variación ("defendella", "sostenella"...) y sin mucha reflexión, al autor teatral Pedro Muñoz Seca.

Cuenta la leyenda que Pedro Muñoz Seca, autor de gran éxito y renombre durante el primer tercio del siglo XX, al enfrentarse al pelotón de fusilamiento el 28 de noviembre de 1936 y ver a los soldados formados para su ejecución les dijo: "Me temo que ustedes no tienen intención de incluirme en su círculo de amistades"

Muñoz Seca fue extremadamente popular en su época, sobre todo a partir del estreno en 1918 de su obra más conocida: "La Venganza de Don Mendo". De ideología católica y conservadora fue detenido en Barcelona al día siguiente del fallido golpe de estado que provocó la Guerra Civil, conducido y encarcelado en Madrid, hasta ser llevado a Paracuellos del Jarama y fusilado.

Es evidente que la obra de Muñoz Seca, dedicada a la comedia descacharrada y al chiste por el chiste, no tiene ni la trascendencia histórica ni la calidad literaria de la de Lorca o Miguel Hernández, pero al final, la barbarie y la intolerancia, unieron el tragico destino de estos tres escritores.

"La Venganza de Don Mendo", caricatura de tragedia en cuatro jornadas, original, escrita en verso, con algún ripio", ambientada en la Castilla medieval, acumulando chistes, despliega una parodia de las tragedias románticas ambientadas en el medievo, con infidelidades, duelos a espada, promesas de amor y venganzas, que resulta francamente divertida. Si tienen un rato, en este enlace pueden ver la versión cinematográfica de Fernando Fernán Gómez de 1961.

Pues bien, resulta que la frase atribuída a "La Venganza...", que no es de tal, se asienta en la supuesta cualidad que, en virtud de la altanería, afirma que un caballero no debe humillarse pidiendo perdón ni aún cuando se haya equivocado y que, aunque advertido de su error, debe sostener su opinión, caiga quien caiga.

En realidad, la frase pertenece a una obra del siglo XVII, "Las Mocedades del Cid" de Guillén de Castro y que, efectivamente, se refiere a la situación descrita. El Conde Lozano, padre de Doña Jimena, futura esposa del Cid, consciente de haber proferido una falsa acusación, prefiere batirse en duelo que pedir perdón y afirma:

CONDE:   Procure siempre acertalla
         el honrado y principal;
         pero si la acierta mal,
         defendella y no enmendalla

Pues bien, algo de esto debe haber en la, por otro lado, muy difícil tarea de regular el transporte de mercancías en España.

Como la mayoría de ustedes ya sabe, el Código ADR se revisa cada dos años en la Oficina Económica para Europa de las Naciones Unidas en Ginebra. Se aplica en bastantes más países de los que forman la Unión Europea, pues abarca desde Marruecos hasta Rusia, y se edita oficialmente, desde 1957, en inglés, francés y ruso.

Hasta 1998, había en España una dualidad de códigos de transporte de mercancías peligrosas pues, si se trataba de transporte interno, debía aplicarse el código TPC y utilizar solamente el ADR para transporte internacional. En dicho año, se publicó el Real Decreto 2115/1998 que estableció los mecanismos para que el código internacional se aplicará en España también en transporte interior.

El código TPC, en su versión de 1992 al menos, ya establecía, en mi modesta opinión acertadamente, unas definiciones de las denominaciones de dos de las personas que intervienen en los contratos de transporte que podían llevar a confusión:

(Art.3.1.Primero) Expedidor.–La persona natural o jurídica por cuya orden y cuenta se realiza el envío de la mercancía peligrosa, para lo cual contrata su transporte. [...]

(Art.3.1.Cuarto) Cargador-descargador.–La persona natural o jurídica bajo cuya responsabilidad se realizan las operaciones de carga y descarga de la mercancía objeto del transporte.

Definiciones que podemos considerar más que correctas y que coinciden que las del Diccionario de la Real Academia que, al fin y al cabo, es la fuente última del significado de las palabras:

expedidor, ra.
1. adj. Que expide. U. t. c. s.

expedir.
(Del lat. expedīre).
1. tr. Dar curso a las causas y negocios.
2. tr. Despachar, extender por escrito, con las formalidades acostumbradas, bulas, privilegios, reales órdenes, etc.etc.
3. tr. Pronunciar un auto o decreto.
4. tr. Remitir, enviar mercancías, telegramas, pliegos, etc.


El código ADR, en las primeras ediciones oficiales en castellano publicadas por el BOE en julio de 1973 y noviembre de 1977 no definía dichas figuras pero el uso de ambos términos era coherente con el significado expuesto. Ni siquiera en la versión de febrero de 1992 que compendiaba y agrupaba todas las enmiendas aprobadas hasta entonces, se explicitaba la definición de ambos términos en los marginales 2.000 y 2.001 dedicados a tal fin.

No será hasta la gran revisión de 2001, cuando desaparecen los históricos marginales y el ADR se estructura en partes, capítulos, apartados, y sub-apartados,  que en el apartado 1.2.1 dedicado a definiciones aparece la pretendida aclaración del término "expedidor" en una redacción, cuando menos, compleja:

"Expedidor", la empresa que expide para ella misma o para un tercero mercancías peligrosas. Cuando el transporte es efectuado en base a un contrato de transporte, el expedidor según el contrato es considerado como el expedidor.


"Cargador", cualquier empresa que:
a)  carga las mercancías peligrosas en bultos, pequeños contenedores o cisternas portátiles en o sobre un vehículo o contenedor; o
b)  carga un contenedor, un contenedor para granel, un CGEM, un contenedor cisterna o una cisterna portátil sobre un vehículo; 


No se debe culpar de la poco afortunada redacción de la definición de "expedidor" a los traductores porque las versiones inglesa y francesa, oficiales de UNECE, son muy similares (en este caso en su versión 2011):

"Consignee" means the consignee according to the contract for carriage. If the consignee designates a third party in accordance with the provisions applicable to the contract for carriage, this person shall be deemed to be the consignee within the meaning of ADR. 

"Expéditeur", l'entreprise qui expédie pour elle-même ou pour un tiers des marchandises dangereuses. Lorsque le transport est effectué sur la base d'un contrat de transport, l'expéditeur selon ce contrat est considéré comme l'expéditeur ;

El significado último de este párrafo debe buscarse en la aclaración contenida en el Real Decreto 551/2006 (que vino a sustituir al ya citado Real Decreto 2115/1998) y que dice:

Art.2.d) Expedidor: la persona física o jurídica por cuya orden y cuenta se realiza el envío de la mercancía peligrosa, para el cual se realiza el transporte, figurando como tal en la carta de porte.

Art.2.f) Cargador-descargador: la persona física o jurídica bajo cuya responsabilidad se realizan las operaciones de carga y descarga de la mercancía, de acuerdo con las normas establecidas en el artículo 22 de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres.

Todo aclarado: la persona que contrata el transporte de las mercancías peligrosas es el expedidor y el responsable de cargar físicamente la mercancía, el cargador... es obvio decir que ambas figuras pueden ser la misma persona... aunque, bueno, quizás convenga consultar qué dice el artículo 22 de la LOTT, la Ley 16/1987... no vaya a ser....por confirmar, más que nada:

Art 22.1. 

A los efectos señalados en esta ley, se entiende por cargador o remitente la persona, física o jurídica, que, ya sea directamente o como intermediario de transporte, solicita la realización del transporte en nombre propio y frente a la cual el porteador asume, en virtud del contrato, la obligación de efectuarlo. [...]

Por su parte, se entiende por expedidor la persona, física o jurídica, que entrega las mercancías al porteador para su transporte. Podrá ser expedidor de las mercancías el propio cargador o una persona distinta.

Pero... si dice justo lo contrario... "solicitud" y "obligación" son, indudablemente, términos contractuales.... ¿Cómo demonios...?

Esta redacción del artículo 22 de la LOTT no procede del texto original de la norma sino de la reforma introducida por la Ley 29/2003, de 8 de octubre, sobre mejora de las condiciones de competencia y seguridad en el mercado de transporte por carretera, por la que se modifica, parcialmente, la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres.

Los redactores y ponentes de la LOTT, en lo que parece ser su única obsesión al respecto del transporte de mercancías que es la prevención y persecución del intrusismo y la piratería de transportistas no autorizados, define las figuras del contrato justo en contradicción con con lo marcado por el ADR y lo que señalaba el TPC muchos años antes.

Desde entonces, la LOTT se ha reformado tres veces, con la Ley 39/2003 del ferrocarril, con la Ley 25/2009 conocida conocida como Ley Omnibus y en la Ley 2/2011 llamada de "Economía Sostenible pero nada, las definiciones continúan intercambiadas.

Entre tanto, a los responsables de logística de las empresas industriales que de modo habitual expiden, cargan y descargan mercancías peligrosas y no peligrosas, tenemos que decirles que, en función del ámbito en el que se encuentren y del papel que asuman en cada transporte, debe considerarse así mismos incluidos en un término u otro, aunque en realidad realicen el mismo papel.

Así, por ejemplo, en un contrato muy habitual de transporte de residuos, en el que el gestor contrata el transporte para hacer la recogida y el residuo está clasificado como mercancía peligrosa (ojo, que no siempre un residuo peligroso es mercancía peligrosa...) el gestor será "expedidor" y el productor del residuo será el "cargador". Sin embargo, si el residuo no es mercancía peligrosa (e insisto, no porque el residuo sea peligroso la aplicación del ADR es ni mucho menos automática), el gestor que contrata el transporte y manda al transportista a realizar una recogida, será "cargador" y el productor, "expedidor"... un galimatías.

Un galimatías que puede tener mucha importancia pues la asunción de responsabilidades, con algunos matices bastante finos, se enumera en la normativa detalladamente a cada una de las figuras del contrato de transporte.

¿Es un ejemplo más del, al parecer tan hispano principio de "mantenella y no enmendalla"?... pues no me atrevería afirmarlo pero, la verdad, lo parece.


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miércoles, 1 de mayo de 2013

¿Qué hay detrás de las revoluciones?



Bien que lo siento pero creo que le voy a aguar la fiesta del 1º de Mayo.

No sé si habrá algún antropólogo entre la audiencia de este modesto blog que pueda explicarme porqué los seres humanos nos movemos y nos conmovemos mucho más por los sentimientos, por la música, por el heroísmo y el romanticismo que por la razón.

Hace bien poco tuvimos un ejemplo muy evidente en España que, al menos para mí, resultó muy revelador: Los mineros leoneses que marcharon sobre Madrid, hace menos de un año, fueron recibidos en la capital por miles de personas, aclamados como héroes de una lucha contra un sistema injusto que oprime a los débiles y da más poder a los ya poderosos.

Las imágenes de la evocación colectiva de las revoluciones obreras eran evidentes: banderas rojas al viento, cantos revolucionarios, una vanguardia (los propios mineros) fuerte y cohesionada… solamente faltaron las barricadas.

Sin embargo, el análisis razonado de la situación no tenía nada que ver con la lucha obrera ni con la ocupación de los medios de producción por parte de la clase obrera… ¡que va!: los mineros marchaban sobre Madrid para reivindicar el mantenimiento de las subvenciones y subsidios públicos…. ¡para sus patrones!

En el fondo siento mucho pensar así. Siento mucho tener la manía de mirar detrás del cartón-piedra y ser un aguafiestas… los mineros, lo que atacaban con su marcha no era al sistema y a la burguesía en pro de la clase obrera… defendían sus propios privilegios, sus coeficientes reductores y su derecho a jubilarse antes que todos los demás.

Si se fijan, ninguna de las reivindicaciones de la marcha estaba dirigida a reivindicar las necesarias inversiones en infraestructuras para el desarrollo de alternativas económicas viables para las comarcas mineras. Si cerraran las minas, cierre al que tarde o temprano están abocadas por el necesario declive del carbón en defensa del clima, se desarrollaran alternativas reales en las comarcas mineras y todos los mineros tuvieran empleo, se verían obligados a jubilares con 65 años (o tal vez 67 años, al ritmo que van las cosas), como todos los demás y esa perspectiva bien merecía una marcha sobre Madrid… ¿ustedes no lo harían?

Esta triste y fría visión de la realidad, tan poco romántica, tan antipática me supone un conflicto interno. Por un lado quiero pensar en el asalto al Palacio de Invierno de San Petersburgo, de octubre de 1917, como un acto de rebeldía en el que el pueblo, por fin organizado, cantando “La Internacional”, asaltó el poder en el primer gran triunfo contra la injusticia.

La realidad es cruel y no tiene banda sonora. Los bolcheviques, un grupo muy pequeño de personas en un inmenso país como es Rusia, con aquel acto, dieron un golpe de estado contra una incipiente, débil y muy imperfecta democracia e instauraron un régimen totalitario y opresivo que reprimió la libertad durante 70 años y asesinó a millones de personas.

Es materia de Sostenibilidad esta dicotomía también está presente. Nuestro lado romántico nos empuja a ver la realidad distorsionada y de forma parcial, emocionados con la belleza de unas pocas flores y perdiendo la capacidad de ver todo jardín.

En octubre de 2012 murió Barry Commoner. Uno de los primeros y, casi seguro, más grandes pensadores del ecologismo… o, más propiamente, del ecosocialismo. Digo ecosocialismo porque que Commoner no se limitó a ver el mundo con una visión conservacionista y limitada, sino que desarrolló sus teorías en la percepción de que el ser humano y la Tierra son compatibles y pueden vivir en armonía.

Commoner es el autor de “El Circulo se Cierra”, escrito en 1971, y que se adelanta en muchos años a las hoy asentadas tesis de la Sostenibilidad y el equilibrio entre tecnología y todas sus ventajas y la preservación del medio natural.

En ese libro, Barry Commoner enunció lo que, quizás, es su teoría más citada y conocida, las cuatro reglas de la ecología:

1. Todo está conectado con todo lo demás. Hay una sola ecosfera para todos los organismos vivos y lo que afecta a uno, afecta a todos.

2. Todo debe ir a parar a alguna parte. No hay "residuos" en la naturaleza y no hay un "afuera" adonde las cosas puedan ser arrojadas.

3. La naturaleza es la más sabia. La humanidad ha creado tecnología para mejorar la naturaleza, pero los tales cambios en el sistema natural usualmente han sido en detrimento de tal sistema.

4. No existe eso de la "Barra Libre". En la naturaleza, ambos miembros de la ecuación deben estar equilibrados, para cada ganancia hay un coste, y las deudas al final se pagan.

La aplicación de esta teoría a la Sostenibilidad es evidente. Todas las esferas de nuestra vida como seres vivos están conectadas y, nos guste o no, todo tiene un trasfondo, una trastienda… unos bastidores que los sujetan.

Y es ahí, precisamente ahí, donde el romanticismo y los actos de heroísmo se acaban, donde los activistas colgándose de arneses desde chimeneas desplegando pancartas son una mera anécdota, un mal chiste, donde la humanidad se la está jugando.

Y sí, lo siento, esa tramoya se mueve con dinero.

Y no estoy hablando de avaricia, en estos últimos meses se ha hablado mucho de la llamada “pobreza energética”, la situación económica que supone la imposibilidad de pagar el coste de la calefacción. Pues bien, si nos dejáramos llevar por el romanticismo aplicado a la Sostenibilidad, ¿no sería una buena idea prohibir los combustibles fósiles y abrazar, de una vez por todas, las energías renovables?... ¿saben a cuanto tendría que subir el precio de cada kilovatio para que cuadraran las cuentas?. Alguien dirá que lo que necesitamos es investigar y desarrollar nuevas tecnologías en el mundo de las renovables para que sus costes sean asumibles… pues para eso, también hace falta dinero.

Por ello que esta entrevista a Connie Hedegaard, comisaria europea de Cambio Climático, me ha preocupado mucho.

Aplicando lo que dice la 1ª ley de Commoner, en estos momentos, castigar aún más a la industria europea sólo servirá para favorecer la producción fuera de Europa, especial y obviamente en China, y allí no utilizan energías renovables, ni siquiera gas natural, allí utilizan directamente carbón. Carbón al que habrá que sumar las miles de toneladas de carbono necesarias para el transporte. Y sólo tenemos una atmósfera.

Y, aplicando lo que dice la 4º ley, ¿cómo es posible que alguien, con capacidad, responsabilidad y conocimiento, diga que “Sé que España lo ha hecho muy bien en las renovables”?... España ha aceptado una factura en renovables que no puede pagar y que no podrá pagar en muchos años.

Eso sería tanto como decir que “lo ha hecho muy bien” un gestor de un equipo de fútbol que compra jugadores que no puede pagar, gana títulos que con una gestión adecuada nunca habría alcanzado provocando la quiebra y desaparición del club… una situación que supongo que les suena. Y mucho me temo que no hay una diputación o un ayuntamiento que pueda salvar al sector de las renovables en España… aunque, para el futuro de nuestros hijos, sería mucho más importante haberlo salvado antes que a toda una liga de fútbol.

Alguno de ustedes, sufridos lectores, podrá decir, “¡Cómo eres!, estamos hablando del aire, las olas, las ballenas, de la gloria del triunfo de la copa de Europa, de luchar contra la injusticia y del futuro de nuestros hijos… y tú te pones a hablar de sucio dinero”.

Bien que lo siento pero… ¿no les había dicho que venía dispuesto a aguarles la fiesta?

miércoles, 24 de abril de 2013

Estimada Miriam: Epítetos y fracking

(Ilustración cortesía de lab.rtve.es/fracking)

Estimada Miriam,

Lo primero de todo, aunque apenas acabamos de conocernos y solamente ha sido cibernáticamente, es confesarte mi admiración por tu trabajo.

Lo que hacéis en Lab.RTVE me parece, sencillamente, alucinante. Es verdad, y no me cuesta admitirlo, que en el fondo tengo alma de periodista y cuando un trabajo informativo se hace bien, ya me tiene ganado (cosas de familia), pero si a la información sumáis mi debilidad por el diseño y las nuevas tecnologías... pues eso, que todavía tengo la boca abierta desde que vi el reportaje de la violencia en Honduras. En definitiva, cada infografía que sacáis me gusta más que la anterior.

Todo ese gran trabajo visual, la capacidad de síntesis. la facilidad para seguir el hilo de la explicación... en todos esos aspectos, el especial sobre el "fracking" me parece impecable y te felicité por ello. Solamente te comenté que, en mi modesta opinión, "sobraba algún epíteto"... Y, como me diste pie, pues nada aquí voy.

Conocía un trabajo parecido, este microsite, que visualmente es una obra de arte que explica qué es el fracking desde un claro posicionamiento previo "anti". Lo digo porque cae en, uno tras otro, todos los argumentos tópicos de los grupos contrarios, sin contraste científico o documental alguno, pero que incluyen palabras que dan mucho miedo a la gente: las más socorridas son "cáncer" y "contaminación del agua que beben nuestros hijos"

Aquí, en AVEQ-KIMIKA somos abogados. Somos unos abogados un poco raros porque nos dedicamos a una especialidad concreta del Derecho. Tan concreta que ni siquiera tiene un nombre serio y reconocido. Nosotros lo llamamos Derecho Industrial.

Una parte importante de nuestra actividad de todos los días, que nosotros llamamos con el casi poético nombre de "Tutela de Producto", está dedicada a la clasificación de productos químicos. Trabajamos conjuntamente con laboratorios, grupos de toxicología, expertos en ciencias ambientales, por supuesto químicos de toda Europa, con la coordinación de la Agencia Europea de Productos Químicos (ECHA) para determinar, con toda la precisión que sea posible, cuando un producto químico es peligroso y cuando no, y en qué escala de peligrosidad debe clasificarse... incluida la peligrosidad para el medio ambiente.

La sociedad nos exige, y hace bien, que hagamos nuestro trabajo con seriedad y precisión y que la Industria para la que trabajamos cumpla la normativa vigente al milímetro. En la misma medida, creo yo, la sociedad pide a los medios que presenten la información de forma objetiva y contrastada, separando opinión de información.

Como audiencia podemos pediros que, aunque todo el mundo que habla en voz alta (o que incluso vocifera) dice que los productos químicos que se usan en el fracking son "altamente contaminantes", vosotros os lo cuestionéis y vayais un poco más allá y os preguntéis si ese epíteto responde a una realidad objetiva o a una opinión valorable y, cuando menos, parcial.

Toda actividad humana es contaminante. Toda. Pero la clave para decidir sobre una actividad humana contaminante, no es ni siquiera si es más o menos contaminante, la cuestión clave para tomar la decisión es si compensa. Y, me explico y lo llevo a propósito al extremo de la demagogia: trasladar a un herido a un hospital contamina, si se hace en un carro de bueyes contamina poco, si se hace en una ambulancia diésel, contamina más... pero esa contaminación, compensa por otros beneficios.

El caso es que de todos los listados oficiales de productos químicos utilizados en miles de pozos en los Estados Unidos, auditados por las autoridades medioambientales norteamericanas, están disponibles en esta web. Perfectamente geo-localizados. Hemos analizado decenas de ellos y no hemos encontrado ningún pozo que utilice un fluido hidráulico que sea "altamente contaminante". Para ello, basta con contrastar los listado con las clasificaciones oficiales de la Agencia Europea de Productos Químicos (ECHA) (lo más sencillo es copiar el número CAS de cada sustancia y buscarlo en la página de la ECHA).

Y es que, partiendo de la idea de que toda la materia existente es un producto químico, aquellos que pueden producir efectos preocupantes en el medio ambiente se clasifican, conforme al Sistema Globalmente Armonizado de Clasificación y Etiquetado de Productos Químicos y, específicamente, a la adaptación realizada del mismo por la Unión Europea, en peligrosidad aguda, de efectos inmediatos para el medio ambiente acuático, en grados 1, 2, 3 y 4, adicionalmente aquellos que pueden provocar efectos nocivos en el medio ambiente a largo plazo y, además, aquellas sustancias que afectan a la capa de ozono. Además, muy importante, es imprescindible de hecho, tener en cuenta la concentración. Para tratar el agua del grifo, la que tú y yo bebemos, la del Canal de Isabel II o del Consorcio de Aguas de Bilbao, se utilizan productos que también podrían calificarse como "altamente contaminantes", como por ejemplo, el cloro. Lo importante es cuanto.

Bueno, pues en las decenas de pozos que hemos analizados no hemos encontrado ninguna sustancia con capacidad de contaminación ambiental apreciable en porcentajes con la más mínima incidencia. De hecho, la sustancia más peligrosa para el medio ambiente que hemos encontrado, utilizada en torno al 0,005% en algunos pozos, es Hipoclorito Sódico al 30%... es decir, lo que solemos llamar lejía en nuestras casas.

El gran problema del fracking no son los productos químicos, ni la contaminación de los acuíferos, ni los terremotos... el gran problema del fracking se ve en las diferencias entre los temas de la  campaña de las elecciones presidenciales de los Estados Unidos en 2008 y en 2012.

En las presidenciales de 2008, uno de los ejes principales en los que se basó la victoria de Barack Obama fueron las energías renovables y los futuros "Green Jobs" derivados de aquellas. En 2012, debido al descenso escalofriante de los precios del gas natural por boom del fracking, ese tema desapareció. El gran problema del fracking es que va a retrasar la apuesta que tendremos que acabar haciendo por las energías renovables... haciendo que los enormes costes económicos de dicha apuesta se paguen de forma más gradual pero afectando de forma clara a la lucha contra el cambio climático.

Pero, esta sencilla explicación, para los grupos de presión más conocidos, no parece ser suficiente y parecen partir del principio que dice que el pueblo no puede entender aspectos científicos complejos o a largo plazo y que, para conseguir que la gente se posicionen en contra de "algo", es necesario exagerar, e incluso mentir descaradamente, para conducirles hacia "la verdad". Parecen necesitar infundir miedo con conceptos como terremotos, agua contaminada o cáncer...  Personalmente, esta manera de enfocar los debates sobre Sostenibilidad me parece un insulto a la inteligencia de todos nosotros.

Para terminar, creo que debo aclarar es que no soy ni pro-fracking, ni anti-fracking. Me considero más bien pro-verdad, así que, desde mis modestos conocimientos, trato de situar este tema en su sitio objetivo y luego que cada cual obtenga sus propias conclusiones y... ¡me gustaría tanto que los medios de comunicación me ayudéis en esa labor!.

Ha sido un placer, Miriam, tienes en mi un fiel seguidor en Twitter y, te lo aseguro, visitaré vuestro laboratorio a menudo.

viernes, 19 de abril de 2013

Conceptos sencillos, palabras complicadas en el aire




He puesto a Izaskun Bilbao presidiendo esta entrada porque hacia tiempo que no me sentía tan bien representado por un o por una parlamentaria. Sabía de su capacidad pero me ha sorprendido muy gratamente comprobar, al leer su blog esta entrada (a partir del octavo párrafo), lo bien que ha preparado un tema tan técnico y complejo para una votación sobre un asunto concreto que, supongo yo, para un parlamentario no especialista en temas ambientales, le parecerá lejano y abstracto. Mi enhorabuena.

El pasado martes tenía lugar en el Parlamento Europeo una votación que, sin ser ni mucho menos “crucial” (pues la medida que finalmente fue rechazada puede volver a ser presenta por al Comisión más adelante), sí que me parecía importante como indicador de cuánto hay de sinceridad en las instituciones europeas y en los países miembros en la protección del medio ambiente y, hasta que punto, esa voluntad de protección se puede ver "contaminada" con intereses que nada tienen que ver con la naturaleza, la salud y la atmósfera pero que terminan por perjudicar a la capacidad competitiva de la industria europea, a su capacidad para crear empleo.

Como jurista, no puedo dejar de admitir que el sistema de comercio de derechos de emisión es el sistema más avanzado, más justo y, teóricamente, eficiente de internalización de costes ambientales y, como tal, la herramienta perfecta para poner al mercado a trabajar eficazmente en favor del medio ambiente.

Se supone que la existencia de un mercado líquido concede a las empresas eficientes la posibilidad de vender “derechos de emisión” y por lo tanto, ser premiadas por sus mejoras, y que obliga a las empresas menos eficientes a gastar dinero en comprarlos, castigando su competitividad en el mercado. Es el sistema definitivo para que las empresas se muevan y con ellas el I+D+i en pro de tecnologías más amigables para el medio ambiente.

Los principios teóricos se supone que ya están en marcha y que el mercado funciona. Pero un mercado, para que se consolide y funcione, necesita algo más, algo que solamente se lo da una actividad estable durante un periodo de tiempo: necesita seguridad jurídica.

Se trata de que el mercado no esté sometido a decisiones arbitrarias (básicamente derivadas de decisiones administrativas) que impidan la planificación a largo plazo.

¿Cuál es el objetivo del mercado de derechos de emisión de gases de efecto invernadero?: reducir las emisiones de gases de efecto invernadero, lo demás son efectos secundarios, buenos o malos, pero secundarios.

Parece ser que algunos estados miembros y la propia Comisión están preocupados por la efectividad de algunas de las políticas que se pretendían desarrollar colateralmente con la puesta en marcha del mercado de derechos de emisión y es que, al parecer, la exigencia optima para las empresas en la mejora de procesos, que a su vez provocaría una decidida apuesta por la I+D, estaba calculada por las autoridades europeas en un precio del derecho fluctuando en torno a 30,00 €/tm

Pero, en el camino se ha cruzado la dichosa crisis. La producción de la industria ha descendido dramáticamente y sectores clave para el mercado de derechos de emisión como la producción eléctrica, el refino de petróleo o la producción de cemento, han dejado de demandar derechos de emisión saturando el mercado de oferta y situando el precio en torno a los 5,00 €/tm habiendo marcado esta semana un mínimo histórico de 2,63 €/tm, el mismo día de al votación.

Independiente de los motivos, el caso es que los objetivos de reducción de emisiones de CO2 se están cumpliendo pero, claro, los derechos que las empresas compran y venden. En esta fase ya madura del desarrollo de la directiva, se van poniendo en el mercado por emisión de los estados miembros mediante subastas y, evidentemente, las expectativas de recaudación distan mucho de ser las esperadas.

Esta información del Parlamento Europe y, en concreto las explicaciones de los dos ponentes de las posturas enfrentadas en la votación, Matthias Groote y Herbert Reul, resumen la cuestión bastante bien.
Es en esta situación, peculiar pero previsible sin duda y que, como tal, debió ser contemplada en el diseño del sistema, en l que la Comisión Europea propone al Parlamento una medida que viene a decir: la libertad (en este caso la de mercado) me gusta, siempre y cuando haga lo que al regulador (económicamente) interesa... porque el fin jurídico de la norma esta, de hecho, cumpliéndose.

Además, no seamos ingenuos, cargar aún más las espaldas de la industria europea, con esta especie de "ayudas de estado invertidas", compitiendo en un mercado global, no sólo no beneficia a la atmósfera, sino que la perjudica seriamente pues cada neumático que dejemos de fabricar en Europa será sustituido por uno hecho en China, con tecnología mucho menos eficiente. No olvidemos que el problemas del calentamiento... es global.

Decían los chicos y chicas de Factor CO2, la consultora de referencia en este complejo mundo en España y una de las más importantes del mundo (y no lo digo porque sean de Bilbao), en su boletín semanal emitido, precisamente, el mismo día 16: "Día nefasto para el comercio europeo de derechos de emisión"... es posible, pero fue un buen día para la seguridad jurídica y para la atmósfera, que es de lo que se trata.


sábado, 6 de abril de 2013

¿Un producto químico en el grifo de mi casa?



No son pocas las ocasiones en las que, en el ámbito de la Unión Europea o en círculos políticos y sociales aún más cercanos, se ha comentado el poder y capacidad de control de los grupos de presión.

Pues si el poder de los grupos de presión en Europa puede ser objeto de preocupación, en los Estados Unidos, de donde procede la denominación y el propio sistema de organización como tal, debería serlo aún más,  porque su poder allí es inmenso.

Este mismo mes de abril, en una localidad del estado de Florida, se pudo comprobar que ni siquiera en un círculo de audiencia de carácter local, los medios de comunicación están libres de ver su fundamental labor de denuncia pública, tan importante para la salud de una democracia, libre de presiones y posibles represalias.

Los hechos hablan por sí mismos: el pasado 1 de abril, Val St. John y Scott Fish, responsables del programa de radio matinal de la emisora WWGR/Gator Country de Fort Myers, denunciaron públicamente la presencia de abundantes cantidades de una sustancia de compleja denominación química, también conocida por sus siglas en inglés DHMO en los grifos de los domicilios particulares de toda su comunidad.

No señalaron a ninguna entidad o persona directamente responsable de esta circunstancia y se limitaron a presentar hechos objetivos pero que, lógicamente, provocaron la natural alarma entre la población.

Aunque personalmente no he escuchado las grabaciones, entiendo que los conductores del programa, tras experimentar los efectos de dicha sustancia química en su propios cuerpos y en los de sus familias durante años, habrán explicado, con objetividad y cierta base científica, a la comunidad y a los alarmados conciudadanos, dichos efectos.

Los datos objetivos son que la sustancia química objeto de la alarma no tiene efectos perjudiciales para la salud en dosis bajas, sin embargo, su ingesta excesiva sí puede suponer un riesgo grave, con casos incluso mortales, ampliamente descritos y documentados en la toxicología médica.

Este concreto producto químico ha sido objeto de polémica desde hace ya tiempo. Es, con casi total probabilidad, el producto que más muertes y accidentes provoca a lo largo del año y ha sido objeto de abundantes estudios y análisis como solvente y facilitador de muchas sustancias clasificadas como cancerígenas, mutagenicas e incluso que pueden producir infertilidad o riesgos durante el embarazo.

Como es habitual, su inadecuada gestión se ceba especialmente en los más débiles. En los países más pobres del mundo esa inadecuada gestión produce un diario drama de muerte y sufrimiento especialmente cruel con los niños.

La sustancia en cuestión está químicamente muy relacionada con otras como el peróxido de hidrógeno, una sustancia nociva por ingestión e inhalación, muy corrosiva y comburente y con el óxido de deuterio, utilizado hasta hace poco años en la producción de energía nuclear.

Como suele ser habitual en estos casos, la excusa alegada para tomar represalias contra quien, únicamente, ha cumplido con su deber profesional, ha sido la alarma social creada en torno la denuncia. Como suele suceder también, dichas excusas deben ser rechazadas pues la más leve noción de sentido común dicta bien a las claras que, cuando se trata de salud, toda precaución es poca y cualquier alarma está justificada.

Me tomo la libertad, desde esta modesta tribuna, de reclamar y exigir a WWGR/Gator Country que no se pliegue a las presiones y que proceda a la inmediata restitución en su puesto de los informadores.

Así mismo, reclamamos una investigación exhaustiva y precisa de los hechos, con depuración de responsabilidades hasta sus últimas consecuencias, incluso penales si fuera preciso, y la elaboración de un concienzudo estudio toxicológico en la zona afectad para conocer el verdadero alcance del problema.

Para más información sobre la noticia: WPTV, ABC y WFTV

Ficha de datos de seguridad del DHMO

Página de la Wikipedia en castellano sobre la sustancia en cuestión: monóxido de dihidrógeno

martes, 19 de marzo de 2013

Acceso seguro a domos de cisternas


Pues aquí estoy, a las 23:00 empezando una entrada del blog... ya sé que no son horas, pero ayer le prometí a un asociado que le constestaba aquí a una consulta por email... y aquí me tienen.

Voy a contestar aquí porque es una consulta recurrente y en la que llevamos trabajando más de un año.

Hola Luis:

Te quería hacer una consulta ya que tenemos una duda respecto a la forma de proceder con ciertos transportistas esporádicos (los camiones cisterna) en cuanto a tema de seguridad.

En nuestra fábrica, cuando accede un transportista se le registra el acceso, se le entregan las normas básicas de seguridad para, seguidamente, llevarle a la zona de pesada para coger una muestra y así nuestro control de calidad comprueba si la materia prima cumple con las especificaciones acordadas. Ahí es donde está nuestra duda, ¿quién debe subirse a lo alto del camión para coger la muestra? ¿está marcada esa obligación o es un acuerdo entre empresas?

Nosotros acordamos con el proveedor que la muestra la tome el transportista por el simple hecho de que tomar la muestra implica subirse a lo alto del camión para acceder a las cisternas y ellos son los únicos que conocen el estado de su camión y sus elementos de seguridad (barandilla lateral). Esto no quiere decir que la obligación sea nuestra y debamos disponer de una instalación preparada para ello

Hasta ahora obligamos a los transportistas a subirse con arnés de seguridad.

Lo pregunto porque alguna vez hemos tenido desacuerdos con algún transportista y en caso de accidente no sé si tendremos alguna responsabilidad. Si la obligación es nuestra, tendremos que colocar un pórtico con línea de vida porque no creo que podamos pedir a los trabajadores que se suban a un camión que no es de nuestra propiedad ni sabemos si sus elementos de seguridad están en condiciones.

Un saludo


Jaime

Pues muy buenas, Jaime. Te cuento:

Este tema nos lo planteó el departamento de seguridad de Arkema por primera vez en diciembre de 2011. En una preocupación importante porque puede ser motivo de accidentes graves y de difícil control por nuestra parte.

La decisión de quién se sube al camión a tomar la muestra no está regulada, ni mucho menos, es una cuestión de pacto entre empresas.

Ahora bien, si se sube un trabajador de la propia empresa, esa actividad deberá estar evaluada y deberá realizarse con todas las garantías de un trabajo en altura. Si se sube el chofer del camión, lo mismo, aunque será entonces una cuestión de coordinación de actividades.

Como explicamos en su momento en este informe, la cisterna es un equipo de trabajo y, como tal, debería ser autónomamente capaz de ofrecer garantías de seguridad suficientes para realizar una operación normal, cuando no habitual, como es la toma de una muestra.

En otras empresas asociadas, ante las mismas dudas que te han surgido a ti, como habrás visto en la presentación, han instalado líneas de vida fijas en la empresa de modo que, el chofer al ascender por la escalera de gato de la cisterna y recorrer el trámel en el domo, esté permanentemente sujeto.

El caso más notable es quizás el de Derivados del Flúor en el que, ni siquiera han de subirse al domo de la cisterna y toda la operación se realiza desde la instalación fija, con escaleras de 45º para subir y bajar de la misma.

Sin embargo, aquellas empresas que tienen instalaciones de seguridad no terminan de estar tranquilas. Tienen una preocupación, que en vuestro caso se agudiza, si un chofer sube a la cisterna, con el equipo de seguridad del que le dota la empresa principal, se resbala y cae y la línea de vida falla: ¿Tiene la empresa principal responsabilidad por ello?

En realidad, como ya hemos dicho, la cisterna es un equipo de trabajo y debería ser autónomamente segura. ¿Aceptarías en la fábrica una plataforma elevadora que no tuviera barandilla suficiente, propiedad de una contrata para usarla sus trabajadores, que vienen a cambiar una luminaria de la nave o alquilada para usarla personal propio?… y si alguien te dijera: “no, pero instalas una línea de vida en la nave y ya está”…. ¿qué le responderías?... si es que te dignas a responderle… Sin embargo, esa es la situación habitual con las cisternas.

El caso es que, después de trabajar el tema en el GT de Seguridad de AVEQ-KIMIKA, se decidió que convenía implicar a FEIQUE en la solución que se consideraba y, esta presentación que ilustra la entrada, se puso en común en la Comisión de Seguridad Integral de FEIQUE en febrero del año pasado.

La Comisión acordó que FEIQUE tomaría el relevo y la federación, con su habitual diligencia, comenzó desarrollar intensamente el tema y, a su vez solicitó al Instituto Nacional de Seguridad e Higiene que redactara una Nota Técnica de Prevención (al parecer, están en ello...).

Resumiendo, las preguntas clave son:

¿El empresario principal es subsidiariamente responsable de un accidente de un conductor con una cisterna no-adecuada?. Pues no veo motivo para tratar este asunto como cualquier otra coordinación de actividades.

¿La empresa principal debe comprobar que el camión cisterna cumple con las medidas de seguridad necesarias para el acceso y permanencia seguro a la misma?... aquí, como ya he hecho antes, contesto con una pregunta: ¿debe comprobar y, en su caso, aceptaría la empresa principal a una contrata que viene a realizar un trabajo en altura que trae una plataforma elevadora que no estuviera adecuada?

¿La empresa principal, en su procedimiento de compras, debe indicar la necesidad de que se usen cisternas adecuadas?, ¿Se pueden fijar plazos para la adecuación dada la escasez en el mercado? esta es quizás, la pregunta más compleja. No hay en el mercado, en general, cisternas que cumplan con las especificiaciones necesarias... ¿paramos toda la industria?. Nosotros hemos recomendado a las empresas que empiecen a introducir este tema en sus procedimientos de compra, es decir, que empiecen con indicaciones y consejos para, posteriormente empezar a fijar plazos razonables.

¿Se puede (o se debe) suplir con instalaciones propias las deficiencias?. En este caso, ¿es conveniente prohibir expresamente subir a los domos de las cisternas fuera de los lugares indicados para ello?. Sin duda. Puede ser caro y difícil... pero no queda más remedio. Las barandillas plegables que llevan algunas cisternas no suelen, en general, tener la firmeza ni la altura suficiente.

La operación debe estar bien evaluada y las medidas de seguridad deben ser las adecuadas y suficientes.

Es evidente que, al hacerlo, la empresa principal asume una responsabilidad que, en principio, no le corresponde. Es por ello que, poco a poco, intentaremos que las cisternas se vayan adaptando hasta que la necesidad de suplir estas deficiencias desparezca.

(Esta es mi opinión, personal e intrasferible, previemente revisada por el Grupo de Trabajo KIMIKA en Seguridad. Ahora bien, no todo el mundo tiene porque estar de acuerdo... de hecho, incluso CEFIC parece matizarla...)