miércoles, 15 de julio de 2009

¿Soy un “técnico competente”?



No sé ustedes pero yo vivo en un mar de dudas... dicen que dudar de uno mismo, de tus más intimas convicciones es de personas sensatas y sabias, pero yo vivo en un sin vivir... Voltaire dijo una vez que “la duda es incómoda, la certidumbre ridícula” y no le faltaba razón. Dudar, podemos dudar de todo, y más aún, cuando la Autoridad Ambiental competente nos lleva a empujones hacia la duda.... hacia una de las más terribles dudas: ¿me puedo considerar a mi mismo como un “técnico competente”?

Aquellos de ustedes que no trabajen en una empresa afectada por la IPPC.... ¡no saben lo que se han perdido!, hace más de 6 años que firmamos el acuerdo voluntario del sector químico y, al menos hasta el último cambio de responsables, la Autoridad Ambiental no ha dejado de sorprendernos. Cada papel, cada nuevo trámite, nos generaba cada vez más dudas e incertidumbres, lo que nos ha mantenido atentos, despiertos todo este tiempo... nos hemos sentido… ¿cómo expresarlo?.... ¿más vivos?, no fuéramos a caer en el aburrimiento, no... aquellos que sí “sean IPPC” pueden atestiguarlo, ¿verdad?

Una de las últimas, que todavía colea, es la necesidad de presentar, junto con la enésima remesa de documentación, en este caso para solicitar la efectividad “definitiva” de la AAI condicionada, un.... esperen, que busco la cita que no quiero equivocarme:

28.- Certificado emitido por técnico competente

Y lo explican:

Se deberá presentar certificado emitido por técnico competente del cumplimiento de que las instalaciones están construidas y equipadas de conformidad con el proyecto presentado y con lo dispuesto en la Resolución. Este certificado deberá acompañarse de un informe en el que se recoja un análisis con respecto a cada uno de los apartados de la autorización ambiental integrada.

En el caso de que ni el proyecto presentado para la obtención de la autorización ni la autorización concedida prevean la necesidad de llevar a cabo ninguna actuación encaminada a implantar medidas correctoras o protectoras adicionales a las ya existentes en la instalación, será suficiente que el certificado explicite que las instalaciones están construidas y equipadas de conformidad con lo dispuesto en la autorización ambiental integrada. No es necesario que el técnico que suscriba dicho certificado pertenezca a una entidad externa.


Este párrafo pertenece a la Guía de Efectividad que presentó la Autoridad Ambiental en diciembre de 2008 y es un ejemplo "de libro" de documento burocrático innecesario y absurdo.

Innecesario, porque el artículo 31.3.c de la Ley 16/2002, IPPC dice que será infracción grave: “Ocultar o alterar maliciosamente la información exigida en los procedimientos regulados en esta Ley” y la sanción mínima es de 20.001 €. Es innecesario porque el artículo 392 del Código Penal castiga la falsedad documental... y es innecesario porque resulta infamante y ofensivo que se dude de la palabra de un profesional, convertida planos, gráficos y descripciones técnicas, pero al fin y al cabo de su palabra. Demuestre la Autoridad Ambiental que miento y luego que me sancióname, pero no me obligue a darle por adelantado mi “palabrita del Niño Jesús”... por favor.

Y es absurdo, porque la entrega de un documento a la Administración es una declaración de verdacidad en sí misma que no necesita de ningún certificado porque, puestos a pedir un certificado que certifique la veracidad de una documentación, en principio veraz, quizás necesite, así mismo, de un segundo certificado que certifique la veracidad del primero, y éste, a su vez, un tercer certificado que certifique la veracidad del certificado que a su vez certificaba la veracidad del certificado que certificaba la veracidad de la documentación que, como decíamos, se presupone veraz en todo caso… ¿sigo?....

Vale, pero una vez que hemos pataleado, con el documento recibido de la Autoridad Ambiental sobre la mesa, aún húmedo por las lágrimas derramadas... provocadas por una curiosa mezcla de tristeza, desesperanza y simple cabreo... ¿qué hacemos?.

Bueno, pues siendo prácticos, descartando nuestro primer impulso de decir que “lo firme Rita”….. si yo fuera el responsable de medio ambiente de una empresa IPPC existente presentaría el siguiente formulario de escrito:

“....................., Coordiandor/a / Responsable / Director/a de Medio Ambiente de .......................... por el presente documento

CERTIFICA

QUE:

Según su leal saber y entender las instalaciones de...................... sitas en el municipio de ........................ están construidas y equipadas de conformidad con lo dispuesto en la Autorización Ambiental Integrada expedida por el Departamento de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio en fecha................ de 2008

Y para que conste y surta los efectos oportunos lo firmo en ..............., a .......... de ..................de 200...”


Y como decía siempre mi abuela: “aquí paz, y después Gloria”.


¡Ah!, se me olvidaba… a pesar de lo que diga Voltaire, no tengo ninguna duda que el/la responsable de medio ambiente de cualquiera de las instalaciones IPPC de este pequeño país está en condiciones de llamarse a sí mismo “técnico” y “competente” y puede, por lo tanto, firmar el certificado…. ¿o también vamos a dudar de eso?

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3 comentarios:

ALyCie dijo...

La duda, como dar patadas, debe ser una herramienta para algo. Es tan absurdo dudar sin una causa como peligroso patear a diestro y siniestro.
Lo del "técnico competente" es como el dudar o dar patadas.
Lo absurdo, es contratar un técnico competente, al que se le abona el servicio, para que genere una documentación objetiva y además haya que pagar una tasas ante la administración que lo valida.
Es decir el sistema napoleónico y el rule of law en la misma operación.
De todo ésto, échale la culpa a los ingenieros de caminos, la tengan o no.
¡Salud y buenos alimentos

Alberto Marinero dijo...

Doy fe y certifico que eres un técnico competente aunque seas abogado .
Sin ti todos nosotros estaríamos en luchas estériles ; ahora algunas de estas
luchas son fustrantes , como la de las inspecciones y sus derivada de AAI;
creo recordar que en septiembre - octubre del 2002 nos diste un primer revolcon
en la legislacion y en concreto en la 16 /2002 ; sigo teniendo aquéllo y después ,
cuando he asistido a alguna reunión relacionada con el tema , siempre has sido
comedido y prudente .Entre esa fecha y el 2005 participé en cursos de iniciación a
otros técnicos
En las reuniones de Seguridad o Medio Ambiente a las que puedo asistir observo con
satisfacción el compromiso y preparación de los técnicos de las distintas empresas que
forman ambas comisiones y su constante fustración y resignación con el tema del AAI.
Doy fe por ellos también en cuanto a que son TECNICOS COMPETENTES y por tanto
aptos firmar el documento preciso ; me gustaría saber si en la Administración del GV
existe la entrega y el compromiso que existe en los técnicos de las empresas químicas
y en la AVEQ con este tema.
Como despedida recordar LARRIALDI , maravillosa experiencia de formación , coordinacion
y seguimiento que nos situó como punteros en la lucha contra incendios en la Industria ;
por cierto en esas reuniones participó un Jefe de Bomberos de la DFB, extraordinario, y
el Jefe del Servicio 112 , siempre a disposición de todos
Y me pregunto : si aquéllo se pudo hacer bien , por qué ahora tantas dudas sobre las i
ntenciones y declaraciones de nuestra industria química en el el tema de la Autorización
Ambiental Integrada
Entonces también tú , Luis , fuiste el motor
ENHORABUENA NADIE PUEDE DUDAR DE QUE ERES UN TECNICO COMPETENTE PARA EL AAI
Y UN COORDINADOR Y FORMADOR EXTRAORDINARIO DE TECNICOS COPENTENTES PARA LA
INDUSTRIA QUIMICA.

AVEQ-KIMIKA dijo...

Gracias por el comentario ALyCie. La verdad es que el símil es muy ajustado.

El tema de la autorización previa tiene que desaparecer... parafraseando lo que decía Jack Nicholoson en una película: "el ego de la UE extiende cheques que las autoridades ambientales de paisano no pueden pagar"... si la industria necesita cada vez más y más revisiones y autorizaciones previas y preceptivas, hay que dotar a los encargados de concederlas de los medios necesarios y si no, no lo hagas, no se beneficia el medio ambiente y se provocan flagrantes perjuicios de competencia desleal.

Alberto, en fin, que gracias. (Estoy pensando en no dejar a los amigos, aunque sean veteranos sabios de la industria, escriban en el blog... es que me ronrojo yo con estas cosas...)

Un abrazo a ambos

Luis