lunes, 20 de julio de 2009

El Ministerio de Medio Ambiente no nos deja de sorprender



Hoy escribe Elena Atienza sobre la Ley 5/2009 que modifica la Ley del Mercado de Valores... será que se nos han acabado los temas de la industria....

El 30 de junio se publicaba en el BOE la Ley 5/2009, de 29 de junio, por la que se modifican la Ley 24/1988, de 28 de julio, del mercado de valores, la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre disciplina e intervención de las entidades de crédito y el texto refundido de la Ley de ordenación y supervisión de los seguros privados, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre, para la reforma del régimen de participaciones significativas en empresas de servicios de inversión, en entidades de crédito y en entidades aseguradoras.

Y ustedes se preguntarán… ¿y es que la industria ya no “da para más”? ¿No me van a volver a hablar sobre AAI, IPPC, IKS-L03, E-PRTR, E-DMA, EMAS, OSHAS, ISO, ADR, APQ´s ni tampoco sobre el GHS tan en boga últimamente? ¡Con lo que me había costado asimilar tantas siglas! ¿Y tampoco sobre el REACH?, ya le habíamos cogido cierto cariño, tanto oír hablar de él….

Pues no, la industria no se ha agotado, ¡¡¡ni mucho menos!!! Ni tampoco la creatividad del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino (no olvidemos que es el año bautizado como tal “Creativity and Innovation European Year 2009”), pues no deja de sorprendernos, ahora con la transposición de una Directiva Comunitario por medio de una Disposición Adicional de una Ley que poco tiene ver con la temática de la normativa europea.


Pues bien, la citada Ley 5/2009 incluye una disposición adicional, la segunda, que hace referencia a la revisión del régimen de comercio de derechos de emisión, estableciendo obligaciones de notificación para los sectores cuyas instalaciones no estaban incluidas en el régimen de comercio de derechos de emisión en el periodo 2008-2012, pero que sí lo están a partir del 2012 (detalladas en ANEXO de la Ley 5/2009).

Dichas instalaciones deberán presentar, antes de 30 de abril de 2010, a los órganos competentes de las Comunidades Autónomas, datos de emisiones correspondientes a los años 2007 y 2008, de conformidad con la normativa comunitaria y con lo que se determine reglamentariamente. Dichos datos deberán presentarse debidamente documentados y verificados de forma independiente por un verificador acreditado en el ámbito del comercio de derechos de emisión. Los órganos competentes de las Comunidades Autónomas los remitirán a la Secretaría de Estado de Cambio Climático en un plazo máximo de diez días desde su recepción.

Por tanto, y recapitulando, la disposición adicional segunda de la Ley 5/2009 sobre entidades financieras acomete la función de transponer al ordenamiento jurídico nacional una Directiva comunitaria de materia medioambiental: La Directiva 2009/29/CE del Parlamento europeo y del Consejo por la que se modifica la Directiva 2003/87/CE para perfeccionar y ampliar el régimen comunitario de comercio de derechos de emisión.

Además con dicha transposición se modifica, (a nuestro entender), indirectamente la Ley 1/2005, de 9 de marzo, por la que se regula el régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero; pero esta interpretación es cosa nuestra puesto que, y de nuevo nos sorprende el Ministerio, no se cita la modificación de esta Ley en la citada disposición.

… Pensándolo bien no ha sido tan creativo el Ministerio pues ya sucedió algo semejante con la Ley Orgánica 7/2006, de 21 de noviembre, de protección de la salud y de lucha contra el dopaje en el deporte y la
Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

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2 comentarios:

ALyCie dijo...

Parece que se trata de la aviación y es la primera norma "preventiva y anticipatoria" que leo, para los sujetos de una futura norma. ¡Mencanta!
Lo mas divertido que había leído era el artículo 52 de la Bunreact Na hÉireann (Constitución de Irlanda) que prohíbe publicar el artículo 52 y siguientes de la constitución de Irlanda a partir del 1938, ... se trataba de disposiciones transitorias.
Cada año que pasa me gusta mas el derecho: Humor en el Diario Oficial.
¡Salud y buenos alimentos!

Unknown dijo...

Un articulo muy bien redactado y muy interesante
Felicidades Elena¡¡¡¡¡