miércoles, 15 de julio de 2009

¿Soy un “técnico competente”?



No sé ustedes pero yo vivo en un mar de dudas... dicen que dudar de uno mismo, de tus más intimas convicciones es de personas sensatas y sabias, pero yo vivo en un sin vivir... Voltaire dijo una vez que “la duda es incómoda, la certidumbre ridícula” y no le faltaba razón. Dudar, podemos dudar de todo, y más aún, cuando la Autoridad Ambiental competente nos lleva a empujones hacia la duda.... hacia una de las más terribles dudas: ¿me puedo considerar a mi mismo como un “técnico competente”?

Aquellos de ustedes que no trabajen en una empresa afectada por la IPPC.... ¡no saben lo que se han perdido!, hace más de 6 años que firmamos el acuerdo voluntario del sector químico y, al menos hasta el último cambio de responsables, la Autoridad Ambiental no ha dejado de sorprendernos. Cada papel, cada nuevo trámite, nos generaba cada vez más dudas e incertidumbres, lo que nos ha mantenido atentos, despiertos todo este tiempo... nos hemos sentido… ¿cómo expresarlo?.... ¿más vivos?, no fuéramos a caer en el aburrimiento, no... aquellos que sí “sean IPPC” pueden atestiguarlo, ¿verdad?

Una de las últimas, que todavía colea, es la necesidad de presentar, junto con la enésima remesa de documentación, en este caso para solicitar la efectividad “definitiva” de la AAI condicionada, un.... esperen, que busco la cita que no quiero equivocarme:

28.- Certificado emitido por técnico competente

Y lo explican:

Se deberá presentar certificado emitido por técnico competente del cumplimiento de que las instalaciones están construidas y equipadas de conformidad con el proyecto presentado y con lo dispuesto en la Resolución. Este certificado deberá acompañarse de un informe en el que se recoja un análisis con respecto a cada uno de los apartados de la autorización ambiental integrada.

En el caso de que ni el proyecto presentado para la obtención de la autorización ni la autorización concedida prevean la necesidad de llevar a cabo ninguna actuación encaminada a implantar medidas correctoras o protectoras adicionales a las ya existentes en la instalación, será suficiente que el certificado explicite que las instalaciones están construidas y equipadas de conformidad con lo dispuesto en la autorización ambiental integrada. No es necesario que el técnico que suscriba dicho certificado pertenezca a una entidad externa.


Este párrafo pertenece a la Guía de Efectividad que presentó la Autoridad Ambiental en diciembre de 2008 y es un ejemplo "de libro" de documento burocrático innecesario y absurdo.

Innecesario, porque el artículo 31.3.c de la Ley 16/2002, IPPC dice que será infracción grave: “Ocultar o alterar maliciosamente la información exigida en los procedimientos regulados en esta Ley” y la sanción mínima es de 20.001 €. Es innecesario porque el artículo 392 del Código Penal castiga la falsedad documental... y es innecesario porque resulta infamante y ofensivo que se dude de la palabra de un profesional, convertida planos, gráficos y descripciones técnicas, pero al fin y al cabo de su palabra. Demuestre la Autoridad Ambiental que miento y luego que me sancióname, pero no me obligue a darle por adelantado mi “palabrita del Niño Jesús”... por favor.

Y es absurdo, porque la entrega de un documento a la Administración es una declaración de verdacidad en sí misma que no necesita de ningún certificado porque, puestos a pedir un certificado que certifique la veracidad de una documentación, en principio veraz, quizás necesite, así mismo, de un segundo certificado que certifique la veracidad del primero, y éste, a su vez, un tercer certificado que certifique la veracidad del certificado que a su vez certificaba la veracidad del certificado que certificaba la veracidad de la documentación que, como decíamos, se presupone veraz en todo caso… ¿sigo?....

Vale, pero una vez que hemos pataleado, con el documento recibido de la Autoridad Ambiental sobre la mesa, aún húmedo por las lágrimas derramadas... provocadas por una curiosa mezcla de tristeza, desesperanza y simple cabreo... ¿qué hacemos?.

Bueno, pues siendo prácticos, descartando nuestro primer impulso de decir que “lo firme Rita”….. si yo fuera el responsable de medio ambiente de una empresa IPPC existente presentaría el siguiente formulario de escrito:

“....................., Coordiandor/a / Responsable / Director/a de Medio Ambiente de .......................... por el presente documento

CERTIFICA

QUE:

Según su leal saber y entender las instalaciones de...................... sitas en el municipio de ........................ están construidas y equipadas de conformidad con lo dispuesto en la Autorización Ambiental Integrada expedida por el Departamento de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio en fecha................ de 2008

Y para que conste y surta los efectos oportunos lo firmo en ..............., a .......... de ..................de 200...”


Y como decía siempre mi abuela: “aquí paz, y después Gloria”.


¡Ah!, se me olvidaba… a pesar de lo que diga Voltaire, no tengo ninguna duda que el/la responsable de medio ambiente de cualquiera de las instalaciones IPPC de este pequeño país está en condiciones de llamarse a sí mismo “técnico” y “competente” y puede, por lo tanto, firmar el certificado…. ¿o también vamos a dudar de eso?

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martes, 14 de julio de 2009

Kimisig: un Sistema Integrado de Gestión de Envases para el Sector Químico Vasco



En Puerto Rico hay un dicho popular, que viene de una superstición, que dice: "cuando el lagarto verde muerde, no suelta su presa hasta que truena o hasta que muja una vaca negra". En AVEQ-KIMIKA somos como el lagarto verde, muy persistentes... muy "pesados" y cuando estamos firmemente convencidos de que una de nuestras propuestas beneficiará tanto al medio ambiente como a la competitividad de las empresas asociadas no soltamos hasta lograr su generalización... o hasta que muja una vaca negra...

Así sucedió con la ISO-14001, los veteranos se acordarán de la mucha guerra que dimos al respecto a partir de 1996 y no cejamos hasta conseguir que todas las empresas asociadas, o bien estén ya certificadas o lo tengan como claro objetivo de gestión (por supuesto, no es solamente mérito nuestro... lo es principalmente de las propias empresas).

¿Qué hemos "mordido" ahora?... Pues mejorar la gestión de envases en el sector, reducir costes, reducir impactos ambientales y mejorar la seguridad de la logística y el transporte mediante la puesta en marcha de un SIG. Que son las siglas de la desafortunada denominación, por confusa con otro tipo de iniciativas, que utiliza la Ley de Envases de 1997 para referirse al esfuerzo común de los envasadores: un Sistema Integrado de Gestión de envases.

SIG es el punto verde (aunque, en realidad no tiene por qué ser de color verde), pero que, con esta forma:



puede encontrarse en el 90% de los envases domésticos, que gestiona Ecoembes, para envases de plástico, bricks y latas, y Ecovidrio para envases de vidrio y con el que se financia todo el sistema de contenedores separados, su recogida y reciclado.

Hace ya unos años AVEQ-KIMIKA puso en marcha el proyectos Fundisig, que pretendía el mismo objetivo pero circunscribiéndose a las empresas que proveen de productos químicos a la industria de la fundición. El objetivo final no se consiguió y uno de los motivos principales por los que no se puso en marcha aquel sistema integrado fue la falta de dimensión, debilidad que, al generalizar el proyecto a todo el sector químico envasador, quedará superada.

Pero Fundisig no fue, ni mucho menos un fracaso. El proyecto consiguió sistematizar y dar precisión milimétrica a un área de gestión en las empresas que participaron en los estudios previos y consiguió, en gran parte, concienciar a la generalidad de los clientes de la necesidad de dar una correcta gestión a los envases en sus instalaciones: vaciado completo, conservar tapas y válvulas, documentación, no golpearlos con el fin de favorecer su reutilización.

Con aquel antecedente, y firmemente convencidos de las posibilidades de mejora que abre el proyecto, durante el último trimestre de 2008, AVEQ-KIMIKA desplegó una serie de actividades de difusión y presentación del proyecto KIMISIG.

El proyecto contaba con dos fases claramente diferenciadas: una inicial de estudio y análisis sobre el verdadero potencial de mejora que ofrecía la gestión de envases de la industria química asociada en AVEQ-KIMIKA y una segunda parte de puesta en marcha de la que, a priori, parecía la solución más viable: el SIG.

La oportunidad detectada quedó formulada así: De forma general, en la gestión de envases industriales destinados a contener productos químicos (GRGs, Bidones metálicos y plásticos, Big Bags y otros formatos) existen evidentes áreas de mejora. La gestión de los residuos de envases en la sede de los clientes, la recogida de los envases reutilizables para su lavado y recuperación suponen, en general, grandes esfuerzos, problemas en la gestión comercial y, en muchos caso, elevados costes.

Una vez finalizada la fase de estudio, para la que se ha contado con la colaboración de un amplio grupo de empresas asociadas, corresponde presentar los resultados y, entre todos los participantes, consensuar los próximos pasos

Con este objetivo hemos convocado a las empresas asociadas, una vez más, en nuestra sede de Bilbao, ¿conseguiremos esta vez poner en marcha la iniciativa?... pues no lo sé, creo que sí, pero por falta de insistencia no será....

KIMIKA 09-32 26-06-09 Proyecto KIMISIG-envases presentacion cifras y proximos pasos

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lunes, 13 de julio de 2009

Algunas conclusiones de la jornada de inspección




El pasado viernes, en nuestra sede de Bilbao, representantes de unas 50 empresas industriales y algunos abogados, reflexionamos conjuntamente sobre la inspección ambiental en general y, en particular, sobre las visitas de efectividad que el Gobierno Vasco se propone realizar a todas las empresas que han solicitado Autorización Ambiental Integrada (AAI).

Tras la bienvenida y las indicaciones logísticas de rigor, Elena Atienza, a la sazón responsable de organización de la jornada, le tocó realizar la introducción a las ponencias respondiendo a la pregunta que siempre nos hacemos al plantear una convocatoria: "¿por qué haremos perder una mañana de trabajo a los profesionales de la empresas?, ¿merecerá la pena?".

Elena acertó al realizar un socorrido símil: Nadie tiene dudas sobre la utilidad y necesidad de preparar adecuadamente una inspección fiscal. No se trata de que haya algo que ocultar sino de preparar un exhaustivo examen de una normativa extraordinariamente compleja y en constante cambio, donde es muy importante que la empresa conozca la obligaciones que le afectan y los derechos que le asisten.

Además, a Elena le tocó la parte más áspera de la mañana, explicando el más bien escaso marco jurídico y normativo, así como su plasmación en planes y programas administrativos, que rigen el propio procedimiento de inspección ambiental en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Entrelazada con este marco, Elena transmitió los ejes de la política de AVEQ-KIMIKA al respecto de las actividades de la inspección ambiental que se basan en las siguientes premisas: Pulcro respeto a la legislación ambiental, la legislación ambiental protectora del Desarrollo Sostenible y su aplicación estricta y generalizada como garantía de la competencia leal... es en este último aspecto donde la inspección ambiental tiene mucho que decir....

Carlos de Miguel realizó una ponencia muy práctica y muy directa, muy pegada al terreno. La verdad es que contar con Carlos es toda una garantía (así lo demuestran las encuestas), porque a su gran base teórica de los temas se suma una experiencia práctica que ilustra cada afirmación y una gran capacidad didáctica y comunicativa.

Carlos explicó los derechos y obligaciones de la empresa el día que el inspector llama a la puerta de la fábrica. Detalló cuáles son las formalidades que conviene tener en cuenta y cómo el acta de inspección es el documento central del proceso.

Por mi parte, después del café, además de contar algunos chistes malos, relaté los antecedentes que nos han conducido hasta las inspecciones de efectividad de la AAI y, con la poca experiencia que nos han contado las escasas empresas que ya la han pasado, qué se puede esperar de las próximas visitas.

En este sentido, destacar que las visitas de efectividad son muy exhaustivas, dos días intensos de trabajo. En alguna empresa asociada visitaron la instalación 3 inspectores del Gobierno Vasco y 2 más del ayuntamiento. Documentan la visita con detalle, se proveen de datos y son muy detallados en los controles y aspectos que registran.

En general, dada la naturaleza de final de un proceso de autorización, no se han deducido actas de infracción y la notificación que reciben las empresas suele contener aspectos que deben ser modificados en plazos determinados para poder recibir la autorización efectiva.

Insisto en mi percepción: estamos completamente conformes con que se realicen inspecciones exhaustivas y precisas y por lo tanto, no nos queda más remedio que estar conformes con que nos las hagan a nosotros.... sin embargo, no estamos de acuerdo con la priorización de recursos del programa, pensamos que hay otras áreas mucho más urgentes y que beneficiarían mucho más al Desarrollo Sostenible.... mientras tanto, todas las empresas asociadas lo saben: apertura, transparencia y diálogo. No queda otra.....


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jueves, 9 de julio de 2009

(La Administración Pública Desnuda).... vamos con las pegas.



Esto de los blogs es lo que tiene... te empiezas a liar...... Llevo un rato, entre mordisco y mordisco al sándwich, siguiendo un interesante debate en Twitter/blogs sobre la la definición y alcance que puede darse al término Administración Pública y en el cual hay una aportación realmente interesante de Aitor Grandes en su blog llamada “Administración Pública Desnuda”... que les invito a que la lean.

Defiende Aitor, con cierta razón, que cuando se unifiquen y soluciones los problemas de formatos, casi toda la relación (por no decir toda) de los ciudadanos con las Administraciones Públicas, podrían realizarse por vías electrónicas, lo que facilitaría el acceso a la información por parte de la ciudadanía en un ejercicio de transparencia absoluto y descomunal.

Este planteamiento idealista (y si me perdona Aitor, un tanto ingenuo) choca directamente con varios derechos fundamentales que, espero y confio sinceramente, las nuevas tecnologías no se encarguen de destruir completamente, como son la protección de la intimidad, la protección de los datos de carácter personal o, tal y como recoge con acierto la Ley 11/2007 de acceso a la Administración Electrónica: la no discriminación de los ciudadanos que, por el motivo que sea, no tienen acceso al uso de TICs

Desde el punto de vista de la industria, tenemos además un visión un poco más avanzada en estos temas, pues la normativa de acceso a la información medioambiental (Convenio de Aarhus, Directiva 2003/4/CE y Ley 27/2006) hace ya algún tiempo que condiciona el modo en el que la industria se relaciona con la Administración Pública, en un tema tan crucial como es la conciliación entre el derecho de acceso de los ciudadanos y el derecho al secreto industrial.

Me explico: el derecho de acceso a la información ambiental no puede cuestionarse pues parte de un principio incontestable: el medio ambiente es de todos (por lo tanto también mío) y tengo derecho a saber cómo afectan a mi propiedad las actividades de terceros..... pero es imprescindible conciliarlo con el legítimos derecho al secreto profesional e industrial, pues la transparencia absoluta de las actividades industriales y económicas, aplicado en ámbitos geográficos determinados, llevaría a limitar la competitividad de las empresas radicadas en dichos ámbitos, de tal manera que las abocaría a su cierre sin remedio.

En realidad, es la traslación de el concepto clave de la cumbre de la tierra de Río de Janeiro en 1992 a esta materia: el Desarrollo Sostenible.... la clave está en el equilibrio. En conciliar derechos, en compaginar la generación de riqueza, empleo y bienestar con la protección del medio ambiente y la salud.

La teoría que expone Aitor de la Administración Pública Desnuda, es atractiva y lúcida sin duda, pero debemos ser concientes, por muy partidarios que seamos de las TICs de los grandes riesgos que entraña para ciudadanos y actividades económicas.

Por no hablar de datos de Hacienda o de Sanidad y Salud, el Padrón.... o tantos datos sensibles que maneja la Administración y que no pueden, no deben, caer en manos equivocadas.


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miércoles, 8 de julio de 2009

¿Qué debo tener en cuenta en las inspecciones ambientales de la AAI?




Alberto Uriona, periodista del El País, que es posiblemente uno de los profesionales de prensa con más criterio en materia de industria y medio ambiente, publicaba la semana pasada un pequeño artículo, francamente preocupante, sobre la situación de colapso de los expedientes administrativos en el Departamento de Medio Ambiente del Gobierno Vasco.

La verdad es que una problemática combinación de factores se han cernido sobre dos procedimientos concretos: los expedientes de declaración de la calidad del suelo y, por supuesto, la tramitación de las Autorización Ambiental Integrada (AAI) de la IPPC.

Esos factores han sido, entre otros, el exponencial incremento de las obligaciones burocráticas y administrativas derivadas de la legislación europea con una indisimulada vocación de exigir autorización previa para casi cualquier cosa que se haga en una fábrica, el enorme (excesivo dirían algunos, proporcionadamente exigente dirían otros) celo en cada autorización, en cada documento que ha pretendido imponer Lakua en cada paso y, por supuesto, el medio ambiente como política de campaña electoral, como prioridad "de boquilla", para la cual no se aportan los suficientes recursos económicos cuando llega la hora de presupuestar, porque dotar de dinero es el verdadero gobierno. Marcar prioridades, hacer un programa electoral es muy fácil, lo difícil es cumplirlo.

El Departamento de Medio Ambiente del anterior Gobierno Vasco no lo tenía fácil, es cierto, pero tampoco acertó con la gestión.

Es paradigmático el hecho condicionar las AAI definitivas a superar una inspección llamada de efectividad y para la cual, en algunas empresas que ya la han superado, se han dedicado dos días de trabajo completos... Si multiplicamos 200 (y pico) empresas por 16 horas, suponen un total de 3200 horas (y pico) de inspección, más las que sean necesarias para procesar la información, redactar los escritos de no conformidades, realizar las re-visitas que sean necesarias... ¿cuantos inspectores tiene el Departamento?. Y eso que son, posiblemente, las 200 (y pico) empresas con mejor gestión ambiental de Euskadi... ¿qué pasará con el resto?.

Una inspección ambiental, en el fondo, se parece mucho a una auditoria, pero tiene algunos matices que conviene tener muy en cuenta. Es en esos matices de donde se pueden derivar ulteriores problemas jurídicos para los que conviene haberse preparado.

Elena Atienza, la abogada más joven de la oficina, ha organizado como proyecto final de sus prácticas y con mucha eficacia, una jornada sobre qué debe tener en cuenta una empresa industrial a la hora de recibir una inspección que celebraremos este viernes día 10 por la mañana.

Vendrá a nuestra sede Carlos de Miguel, que además de ser abogado especialista en medio ambiente, socio de Uría Menéndez, uno de los grandes despachos de abogados de España y tener un impresionante currículo, tiene una excelente capacidad didáctica y de comunicación.

Todavía quedan plazas, si están pendientes de su AAI y de la visita de inspección… háganme caso, les conviene asistir.


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lunes, 6 de julio de 2009

No me voy a Helsinki



Será por haber vuelto hoy de vacaciones, pero me he puesto clásico y les voy a contar una fábula de Esopo: “Estaba una zorra con mucha hambre, y al ver colgando de una parra unos deliciosos racimos de uvas, quiso atraparlos con su boca. Mas, por mucho que saltó, no pudo alcanzarlos y se alejó diciéndose: - ¡Ni me agradan, están tan verdes...! Moraleja: Nunca traslades la culpa a los demás de lo que no eres capaz de alcanzar.”

Adelanto la cita porque esta entrada del blog va a sonar parecido....

Me ha escrito la ECHA para decirme, una de esas frases que usan los compañeros de recursos humanos "sus elevados méritos y cualificaciones no se ajustan al perfil específico del puesto"... que, en esta época de eufemismos y perífrasis viene a significar “que no, hombre, que no”. Lo único que me fastidia es que me quedo sin saber es si no me ajusto por saber poco del REACH, poco inglés o... porque me han buscado en Google y soy políticamente incorrecto... no lo sé

Alex Moro, que además de tener los mismos líos que los demás en la dirección de su fábrica echa una mano como tesorero en AVEQ-KIMIKA, me acorraló el día de la Asamblea General de CEBEK y me espetó sin tapujo: -"Pero, ¿te marchas o no te marchas?, porque si te marchas hay decisiones que tomar."

Después de tantos años de trabajo conjunto, creo que Alex me tiene algo de aprecio y que aprecia mi trabajo. Vamos que es un amigo. Ante su pregunta enérgica y directa (cómo es él, vamos....), yo le contesté la verdad: “como me han enseñado los que saben de seguridad, siempre que algo es físicamente posible no se le puede adjudicar un riesgo igual a cero, pero yo no quiero ir, mi familia no quiere ir y estoy muy a gusto trabajando en Bilbao... ahora, mientras sea posible, riesgo cero no se le puede adjudicar.”

Yo creo que él se quedó tranquilo...

El objetivo del “proyecto Helsinki” se cumplió el día 1 de junio cuando tuve el honor de conocer la Agencia por dentro, sus instalaciones, sus personas y su lugar de trabajo. Hice las pruebas a las que me sometieron lo mejor que supe y pude, fui sincero en mis opiniones sobre el Reglamento REACH y sobre la labor de la Agencia, aunque pecara de incorrección política, creo que fui completamente honesto. La respuesta de la ECHA era lo de menos.

Alguno dirá, “ya, como la zorra y las uvas.... que estaban verdes.... “ y yo contestaré: “Si de verdad hubiera querido irme, ¿lo hubiera publicado, en tiempo real y sin ocultar ni una coma, en el blog oficial de la Asociación?, ¿soy así de ingenuo?....”

Muchas gracias a todos los que, durante estas semanas, me habéis animado a irme o a quedarme, todos con buenos consejos, palabras sinceras y próximas. Ha sido muy gratificante y me hace pensar que me aprecia más gente de la que imaginaba...

Así que, me quedo........ ¡por ahora!


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jueves, 2 de julio de 2009

Una pregunta sin respuesta



En los 14 años que llevo trabajando como asesor jurídico de la industria en materia medioambiental hay una constante (que como buena constante no ha cambiado), que me sorprendió mucho en su momento y que, a pesar de los años, me sigue sorprendiendo: el reverencial respeto que tienen los técnicos de la industria a las opiniones jurídicas que emiten los, a su vez, técnicos de la Administración.

Lo cierto es que yo no me suelo enfadar. Es muy difícil que alguien pueda decir que me ha visto realmente enfadado. Pues hace unos años, un consultor medioambiental lo consiguió y es que se trataba de una cuestión muy seria pues suponía (nada menos) que el ingreso de una empresa en el selecto, carísimo y super-exigente-en-tiempo-de-trabajo club de la columna 3 de la Directiva Seveso.

Por no aburrirles demasiado, les resumo: La empresa en cuestión tenía un depósito de oxígeno de 300 Tm. El oxígeno se cita expresamente en la Parte 1 del anexo I de la Directiva (y del Real Decreto 1254/1999) dando un umbral del 200 tm en columna 2 y 2000 tm en columna 3.

Así mismo, en la Parte 2 se recogen unos umbrales de 50 tm y 200 tm para columnas 2 y 3 respectivamente para sustancias calificadas como comburentes.

El técnico de la consultora, que ayudaba a la empresa con la ISO-14001, afirmaba con rotundidad que siempre hay aplicar los límites más restrictivos y que por lo tanto la empresa entraba en columna 3. El técnico de la empresa, un veterano químico industrial con muchas horas de vuelo, exasperado, se tiraba de los pocos pelos de la cabeza que le quedaban, pensando en la que se le venía encima....

El caso es que nos enviaron el documento de notificación oficial al Gobierno Vasco, ya completado, para que lo revisáramos y les llamamos para decirles que estaba mal, rematadamente mal. Si el legislador ha previsto un límite específico para el oxígeno siempre se ha de aplicar éste sobre el general de productos comburentes pues dado que el oxígeno siempre es comburente su límite propio no se aplicaría nunca y no hubiera tenido ningún sentido ponerlo (ley especial deroga ley general).

Ahora era el consultor el que estaba contrariado. Le estábamos quitando autoridad y estaba francamente molesto con nosotros, unos entrometidos al fin y al cabo.

Finamente, acordamos reunirnos en la fábrica y fue entonces cuando llegó por un lado la sorpresa y por otro el enfado cuando el técnico de la empresa nos dijo, con tono de estamos-perdidos-esto-no-tiene-remedio: -“Es que Fulanito Consultor ya ha llamado al Gobierno Vasco y le han dicho que es como él dice”...

La sorpresa, como decía al principio, vino porque a ese mismo químico industrial veterano le había visto discutir decenas de veces con los técnicos del Gobierno Vasco sobre venteos, cubetos, by-passes, bombas, intercambiadores o condensadores de placas y siempre, al terminar las discusiones, decirme ya en privado la frase: “No tienen ni idea”.... y eso que todos eran (y son) químicos e ingenieros muy bien cualificados... ahora bien, si opinaban sobre una cuestión jurídica, entonces no había discusión, el oráculo había hablado....

El enfado vino por la iniciativa del consultor... sin consultar.

Y es que los técnicos del sector privado (industriales, consultores, auditores, verificadores...) tienen que apuntarse algunas de las reglas básicas del Derecho Administrativo, por ejemplo:

Los técnicos de la Administración tienen otras prerrogativas pero no más autoridad interpretativa del Derecho que cualquier ciudadano. Las diferencias con ellos las dirimirá un juez, si hace falta, pero.... (atención al atrevimiento de lo que voy a decir).....¡se les puede llevar la contraria!

El Derecho Administrativo está pensado para proteger al ciudadano (sí, también a la industria) de la Administración: los actos administrativos (las decisiones) deben ser razonadas y basadas en prerrogativas que les conceda una norma general, las normas generales deben ser emitidas por cargos políticos (parlamento, gobierno, consejeros, vice-consejeros...), nunca por funcionarios. Los funcionarios solamente ejecutan las políticas que determinan los políticos, nada más, no pueden inventarse nada, no pueden tomar iniciativas por su cuenta y riesgo. Y, por último, las normas generales deben publicarse en boletín, si no, no existen. La mera voluntad de un funcionario, la publicación en una página web o el envío de circulares por email no son fuente de obligaciones.


(Y no, el servicio E-PRTR no ha contestado a mi pregunta sobre la “obligatoriedad” de los “requisitos extra” de la Metodología Euskadi E-PRTR. Sinceramente, no creo que lo hagan. Saben que no tienen razón.... de todos modos, no se preocupen, si recibiera alguna respuesta serán ustedes los primeros en saberlo).



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